Qué son las horas complementarias y en qué contratos se pueden pactar
Las horas complementarias cotizan para la jubilación en España cuando se pactan y se pagan dentro de un contrato a tiempo parcial. Son horas de trabajo adicionales a las ordinarias del contrato, y su marco legal está en el artículo 12.5 del Estatuto de los Trabajadores.
La idea es sencilla: si tu contrato dice que trabajas 20 horas semanales, la empresa puede pedirte horas complementarias solo si existe ese pacto y solo dentro de los límites legales. No hablamos de horas extraordinarias ni de un cambio oculto de jornada; hablamos de un plus dentro del empleo parcial, muy típico en hostelería, comercio o atención al público en España.
Horas complementarias voluntarias: cuándo pueden ofrecerse
- Solo pueden ofrecerse en contratos indefinidos a tiempo parcial.
- No nacen de un pacto previo como las complementarias pactadas: la empresa las propone y la persona trabajadora decide si las acepta.
- Cobee sitúa esta modalidad en el 15% de la jornada ordinaria, ampliable por convenio colectivo hasta el 30%.
- No sustituyen al pacto escrito de las horas complementarias ordinarias; el modelo práctico de pacto oficial sigue siendo el del SEPE para las complementarias pactadas.
- Si tu convenio del sector mejora estas condiciones, manda el convenio, no la práctica de la empresa.
Horas complementarias y horas extraordinarias: diferencias clave
La diferencia de fondo es el tipo de contrato. Las complementarias son propias del contrato parcial; las horas extraordinarias se hacen en jornada completa y se rigen por el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores. En la práctica, confundirlas suele acabar en nóminas mal hechas o en límites de jornada mal calculados.
| Aspecto | Horas complementarias | Horas extraordinarias |
|---|---|---|
| Tipo de contrato | Solo contrato a tiempo parcial | Solo jornada completa |
| Base legal | Art. 12.5 ET | Art. 35 ET |
| Voluntariedad | Requieren pacto escrito; las voluntarias solo en indefinidos parciales | Por regla general son voluntarias, salvo fuerza mayor o pacto |
| Límite habitual | 30% de las horas ordinarias; el convenio puede subirlo al 60% | 80 al año, con matices legales y de convenio |
| Aviso | Preaviso mínimo de 3 días, salvo convenio distinto | Depende del pacto, convenio y organización del trabajo |
| Compensación | Se pagan como horas ordinarias | Pueden pagarse o compensarse con descanso retribuido |
En España, el punto práctico es este: si estás a tiempo parcial y la empresa te “alarga” la jornada, estás ante horas complementarias; si trabajas a jornada completa y haces tiempo extra, estás ante horas extraordinarias. La diferencia importa porque cambian los límites, la forma de pactarlas y la forma de cotizar.
Pacto escrito, mínimo de jornada y límites porcentuales
- El pacto debe hacerse por escrito entre empresa y trabajador. Puede firmarse al celebrar el contrato o más tarde, siempre que ambas partes estén de acuerdo.
- Solo es válido si la jornada del contrato parcial no baja de 10 horas semanales en cómputo anual.
- El número de horas complementarias pactadas no puede superar, con carácter general, el 30% de las horas ordinarias del contrato. El convenio colectivo puede ampliar ese tope hasta el 60%.
- La empresa debe avisar del día y la hora con un preaviso mínimo de 3 días, salvo que el convenio colectivo diga otra cosa.
- El pacto tiene que dejar claro cuántas horas puede exigir la empresa; no vale una fórmula ambigua del tipo “según necesidades del servicio”.
Qué debe recoger el modelo del SEPE
Como referencia práctica, el anexo oficial del SEPE sobre el pacto de horas complementarias ayuda a no dejar cabos sueltos. Lo normal es que incluya la identificación de la empresa y de la persona trabajadora, el tipo de contrato parcial, la jornada ordinaria pactada, el número de horas complementarias, su distribución y las firmas de ambas partes. El modelo oficial está en el anexo del SEPE para el pacto de horas complementarias.
Si el documento no concreta cuántas horas se pueden exigir o cómo se reparten, la empresa se expone a problemas de prueba y a que la persona trabajadora discuta después la validez de esas horas. En un control de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, ese papel pesa mucho.
Cómo se pagan y cómo deben aparecer en la nómina
- Se retribuyen igual que las horas ordinarias: si tu hora ordinaria vale 12 euros, la complementaria vale 12 euros.
- Deben figurar en el recibo individual de salarios con su concepto e importe, dentro de las percepciones salariales.
- Si la nómina no las refleja, conviene pedir rectificación por escrito y guardar cuadrantes, mensajes y calendarios de turnos.
- No deberían aparecer mezcladas sin detalle con otros pluses, porque eso complica comprobar si se han pagado y cotizado bien.
- Si la empresa las abona fuera de nómina o en dinero no declarado, el daño no es solo salarial: también afecta a la cotización.
Las horas complementarias cotizan para la jubilación: efecto en la pensión
Sí: cotizan íntegramente a la Seguridad Social y cuentan para la jubilación. La razón jurídica está en la Ley General de la Seguridad Social, artículo 147, que regula la base de cotización, y en el cálculo de la base reguladora de la pensión de jubilación, que se construye sobre cotizaciones reales. Dicho de forma llana: si trabajas más horas complementarias y esas horas van en nómina, suben tus bases de cotización.
Eso influye en dos planos. Primero, en la protección inmediata: desempleo, incapacidad temporal y otras prestaciones contributivas miran las bases cotizadas. Segundo, en el largo plazo: la jubilación se calcula a partir de la base reguladora, así que unas horas complementarias bien declaradas pueden mejorar tu media de cotización. No hacen milagros, pero sí suman.
Si la empresa las paga y las cotiza, cuentan. Si no aparecen en nómina o salen “en negro”, no solo pierdes salario: también puedes perder base reguladora de jubilación.
Ejemplo numérico con una media jornada
Ana trabaja en Sevilla con un contrato parcial de 80 horas al mes a 10 euros por hora. Su salario ordinario mensual es de 800 euros. En abril, la empresa le pide 8 horas complementarias pactadas y bien avisadas.
- Salario ordinario: 80 h × 10 €/h = 800 €
- Horas complementarias: 8 h × 10 €/h = 80 €
- Total bruto del mes: 880 €
- Base de cotización del mes: 880 € si todo se declara correctamente
Si esa media de 8 horas extra se repite 10 meses al año, Ana añade 800 euros de salario cotizable anual. Si se repite los 12 meses, suma 960 euros. La pensión futura no sube exactamente en la misma proporción, porque depende de los años cotizados, de la base reguladora y de los topes legales, pero esas horas sí empujan la media hacia arriba.
Descansos, aviso previo, renuncia y qué hacer si hay incumplimientos
- El pacto no puede saltarse los descansos mínimos del Estatuto de los Trabajadores: entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente deben mediar 12 horas; si la jornada continuada supera 6 horas, corresponde un descanso de al menos 15 minutos; y en jornada nocturna no puede superarse una media de 8 horas diarias en un periodo de referencia de 15 días. Además, existe un descanso semanal mínimo de día y medio ininterrumpido.
- Si el pacto ya lleva un año, la persona trabajadora puede renunciar comunicándolo con 15 días de antelación. La negativa a realizar horas complementarias pactadas no es una conducta sancionable por sí sola.
- Si la empresa supera límites, no da el preaviso o usa horas complementarias sin pacto escrito, toca reaccionar rápido: primero por escrito, después por la Inspección de Trabajo y, si hace falta, en el juzgado social.
Pasos para reclamar ante la empresa, la Inspección de Trabajo y el juzgado de lo social
- Reclama por escrito a la empresa o a Recursos Humanos en cuanto detectes el error, sin esperar a que pase otro mes. Guarda copia del correo, del burofax o del registro de entrada.
- Reúne pruebas desde el primer día: cuadrantes de turnos, mensajes de WhatsApp, fichajes, nóminas y calendario de trabajo. Sin eso, la reclamación pierde fuerza.
- Presenta denuncia ante la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de tu provincia —Madrid, Barcelona, Valencia, Sevilla o la que corresponda— en cuanto veas que se repiten horas fuera de pacto o sin cotizar.
- Si la empresa no corrige, presenta la papeleta de conciliación ante el servicio autonómico de mediación que corresponda en tu comunidad autónoma y, después, demanda en el Juzgado de lo Social si sigue el conflicto, sin dejar pasar el plazo general de un año para reclamar cantidades salariales.
- Si el problema afecta también a tu jubilación, pide revisión de vida laboral y bases de cotización a la Tesorería General de la Seguridad Social para comprobar si esas horas aparecen realmente.
Las horas complementarias no son un detalle menor del contrato parcial. Bien pactadas y bien cotizadas, suman salario, cotización y protección futura. Mal gestionadas, se convierten en un foco de reclamaciones en España que merece revisar nóminas y cuadrantes con lupa.
Dudas frecuentes sobre horas complementarias y jubilación
1. ¿Las horas complementarias cuentan para la jubilación?
Sí, las horas complementarias cotizan igual que el resto del salario del contrato a tiempo parcial, porque forman parte de la base de cotización a la Seguridad Social. Eso repercute en la pensión futura: cuanto mayor sea la base y más meses cotizados acumules, mejor. En España, esto se encuadra en el artículo 12 del Estatuto de los Trabajadores y en la normativa de cotización de la Seguridad Social.
2. ¿Qué ocurre si trabajo más horas complementarias de las permitidas?
Si se supera el límite pactado o legal, esas horas dejan de ser complementarias y el exceso puede considerarse una irregularidad laboral. En contratos a tiempo parcial, las horas complementarias ordinarias no pueden pasar, con carácter general, del 30% de las horas ordinarias, ampliable por convenio hasta el 60% (art. 12.5 del Estatuto de los Trabajadores). Además, el exceso puede dar pie a reclamación ante la Inspección de Trabajo.
Fuentes
- IberleyArticulo 12 Estatuto de los Trabajadores – Iberleyconsultado el 09/08/2026
- PayfitHoras complementarias: qué son y límites 2026 – PayFitconsultado el 09/08/2026
- Laboralpensiones[PDF] LAS HORAS EXTRAS Y LA JUBILACIÓN | Laboral Pensionesconsultado el 09/08/2026
- CuestioneslaboralesLas horas complementarias en el contrato a tiempo parcialconsultado el 09/08/2026
- Lideractual¿Cómo afecta la cotización de horas extras a mi jubilación?consultado el 09/08/2026
