Horas extra

Anexo de horas complementarias en España: qué es, cómo se firma y cuándo se usa

agosto 19, 2026 EspanaLegal 8 min read
Anexo de horas complementarias en España: qué es, cómo se firma y cuándo se usa

Qué es el anexo de horas complementarias y en qué contratos cabe

El anexo horas complementarias es el pacto escrito que se añade a un contrato a tiempo parcial para que la empresa pueda pedir horas extra dentro de los límites legales. No convierte el contrato en jornada completa ni crea un sistema paralelo: sigue siendo un contrato parcial y se apoya en el artículo 12 del Estatuto de los Trabajadores y en la exigencia de forma escrita del artículo 8 del Estatuto de los Trabajadores.

Para qué sirve de verdad

En España se usa mucho en hostelería, comercio, logística, sanidad privada o telemarketing, donde el trabajo sube y baja por campañas, fines de semana o picos de producción. El anexo permite que esas horas adicionales no se improvisen cada semana, sino que queden pactadas de antemano.

La clave es esta: las horas complementarias no son horas extraordinarias. Las horas extra solo encajan en contratos a tiempo completo; en un parcial, lo que existe son horas complementarias, con topes, preaviso y, en ciertos casos, aceptación voluntaria.

Qué cambia y qué no cambia

El anexo no altera la jornada ordinaria pactada. Si el contrato dice 20 horas semanales, esa sigue siendo la base. Lo que añade el anexo es margen para que, si hay necesidad y se respetan los límites del Estatuto, la persona trabaje más horas y las cobre como parte de su relación laboral parcial.

Si el pacto no está por escrito o se sale de los topes legales, la empresa se expone a que esas horas se discutan como ordinarias, con el coste económico y sancionador que eso puede traer.

Cuándo se puede usar: horas complementarias pactadas y voluntarias

  • En contratos a tiempo parcial; no en contratos a jornada completa, porque ahí hablaríamos de horas extraordinarias.
  • En contratos parciales de duración indefinida y, para las complementarias pactadas, también en temporales si cumplen las condiciones del artículo 12 del Estatuto de los Trabajadores.
  • Con pacto previo y por escrito entre empresa y persona trabajadora.
  • Siempre dentro del porcentaje máximo que marque la ley o el convenio colectivo aplicable en España.
  • Solo si la persona trabajadora tiene capacidad para firmar el contrato y acepta el pacto; la empresa no puede imponerlo sola.

Horas complementarias pactadas

Las horas complementarias pactadas son las que quedan cerradas en el propio anexo. Son un compromiso previo: la empresa puede llamarlas dentro del margen firmado y la persona trabajadora ya ha aceptado ese marco al firmar.

Su función es cubrir necesidades previsibles, no tapar desorganización. En la práctica, sirven para reforzar turnos en semanas de más carga, campañas de Navidad, rebajas o sustituciones parciales en centros de trabajo de Madrid, Barcelona, Valencia, Sevilla o cualquier otra provincia española.

Lo importante es no confundirlas con una ampliación definitiva de jornada. El contrato sigue siendo parcial y la jornada ordinaria no cambia por el mero hecho de firmar el anexo.

Horas complementarias voluntarias

Las voluntarias funcionan de otra manera: la empresa las puede proponer, pero la persona trabajadora decide si las acepta o no en cada ocasión. No son una obligación automática y, además, solo tienen encaje en determinados contratos a tiempo parcial indefinidos.

En la práctica, esto da flexibilidad a la empresa, pero también deja más margen de decisión a quien trabaja. Si hoy no puedes, puedes decir que no; si mañana sí puedes, puedes aceptarlas. El convenio colectivo puede mejorar este régimen, pero no empeorarlo.

Cómo se firma el anexo y qué cláusulas no deberían faltar

  1. Revisa el contrato principal y comprueba que se trata de un contrato a tiempo parcial. Sin esa base, el anexo no tiene sentido.
  2. Mira el convenio colectivo aplicable en tu sector o empresa, porque puede ampliar porcentajes, concretar preavisos o fijar reglas más favorables.
  3. Redacta el anexo por escrito con la identificación de empresa y persona trabajadora, la jornada ordinaria pactada, el tipo de horas complementarias, el porcentaje o número máximo y la duración del pacto.
  4. Incluye el preaviso con el que la empresa podrá llamar esas horas, la distribución previsible y la referencia a si son pactadas o voluntarias.
  5. Firma dos copias: una para la empresa y otra para la persona trabajadora. Guarda la tuya junto con el contrato, nóminas y cuadrantes.

Qué conviene leer dos veces

  • Que el número de horas no exceda el límite legal o convencional.
  • Que el anexo distinga si son horas complementarias pactadas o voluntarias.
  • Que se vea claro el tiempo de preaviso.
  • Que no aparezca una fórmula ambigua tipo “la empresa podrá ampliar la jornada cuando lo necesite” sin límites ni porcentaje.
  • Que no te mezclen horas complementarias con horas extraordinarias o con una modificación encubierta del contrato.

Límites legales, preaviso y control de horas

Aspecto Regla en España Qué revisar en el anexo o en la práctica
Límite de horas complementarias pactadas Hasta el 30% de las horas ordinarias, ampliable por convenio colectivo hasta el 60% Que el porcentaje figure claro y no se pase del tope aplicable
Límite de horas complementarias voluntarias Solo en determinados contratos indefinidos a tiempo parcial; hasta el 15%, ampliable por convenio hasta el 30% Que quede claro que son opcionales y que puedes aceptarlas o no
Preaviso Con carácter general, al menos 3 días Que la empresa avise con antelación suficiente; si el convenio mejora el plazo, manda el convenio
Registro horario Registro diario de jornada, con totalización mensual y entrega de resumen con la nómina, según el artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores Que las horas efectivamente realizadas aparezcan en el fichaje y en el resumen mensual
Incumplimiento Puede generar reclamación salarial y sanción administrativa por infracción en materia de tiempo de trabajo, conforme al artículo 7.5 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social Que no se repitan excesos de jornada, llamamientos fuera de plazo o falta de registro

El control horario no es un trámite decorativo. Si la empresa no registra bien la jornada, luego le costará defender que esas horas se pidieron y se hicieron respetando la ley.

Qué efecto tiene en salario, cotización, descansos y vacaciones

Imagina a Ana, en Sevilla, con un contrato parcial de 20 horas semanales y un salario de 1.000 euros brutos al mes por esa jornada. Firma un anexo de horas complementarias que le permite hacer 6 horas más en julio, a 12 euros brutos por hora.

El cálculo, con cifras

  • Salario ordinario mensual: 1.000 €.
  • Horas complementarias realizadas: 6 horas × 12 € = 72 €.
  • Bruto del mes: 1.072 €.
  • Cotización: la base de cotización sube con la retribución total del mes, porque esas horas forman parte del salario y se comunican a la Tesorería General de la Seguridad Social.

Qué pasa en la nómina

En la nómina deberían aparecer separadas o al menos identificables las horas ordinarias y las complementarias. Si el anexo está bien hecho, no se pagan como una gratificación informal ni como una bolsa opaca: se pagan como salario del trabajo realmente prestado.

Qué cambia en descansos y vacaciones

El anexo no compra descansos ni los recorta. Ana sigue teniendo que respetar los descansos del artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores y el descanso semanal del artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores. Tampoco gana más días de vacaciones por hacer esas 6 horas, porque el número de días sigue siendo el que marque la ley y, en su caso, el convenio.

Lo que sí puede variar es la cuantía pagada en el periodo vacacional si esas horas complementarias son habituales y forman parte de la retribución media que se toma como referencia. Ahí manda cómo esté configurado el salario en la empresa y lo que diga el convenio.

Qué hacer si te lo quieren imponer o si el anexo no se respeta

  1. Pide el contrato y el anexo por escrito y revisa si realmente hay pacto firmado, porcentaje, preaviso y duración. Guarda nóminas, cuadrantes y fichajes.
  2. Deja constancia por escrito ante recursos humanos o dirección si te están llamando horas fuera del pacto, sin preaviso o por encima del límite. Un correo vale; un burofax da más fuerza probatoria.
  3. Denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social si ves abuso, falta de registro horario o presión para firmar. Puedes hacerlo en cualquier momento, pero cuanto antes lo hagas, más fácil será acreditar el exceso.
  4. Presenta papeleta de conciliación ante el servicio autonómico de mediación, arbitraje y conciliación —SMAC, CMAC u órgano equivalente en tu comunidad— si quieres reclamar cantidades o corregir la situación. Para reclamaciones salariales, el plazo general es de 1 año según el artículo 59 del Estatuto de los Trabajadores.
  5. Acude al Juzgado de lo Social si no hay acuerdo o la empresa sigue sin respetar el pacto. En muchos casos, antes de la demanda habrá que pasar por conciliación previa, conforme al artículo 63 de la LRJS.
  6. Pide asesoramiento si el caso mezcla salarios, modificación de jornada o sanción disciplinaria, porque el encaje cambia mucho según la provincia y el convenio aplicable.

Si el incumplimiento es repetido, además de reclamar el dinero, puede haber acta de infracción. La vía rápida suele ser dejar todo por escrito, conservar pruebas y mover la reclamación sin dejar pasar el tiempo.

Fuentes

  1. Cgt[PDF] horas complementarias | cgtconsultado el 31/07/2026
  2. Comujesa[PDF] MODELO HORAS COMPLEMENTARIAS.odt – Comujesaconsultado el 31/07/2026
  3. SageImpresión anexo tiempo parcial sobre pacto horas complementarias …consultado el 31/07/2026
  4. VlexAnexo al contrato de trabajo a tiempo parcial sobre pacto de horas …consultado el 31/07/2026
  5. PayfitEl pacto de horas complementarias, todo lo que debes saber – PayFitconsultado el 31/07/2026