Qué es el convenio del conductor VTC en España y qué regula
Dónde encaja el convenio en el Estatuto de los Trabajadores
El convenio conductor vtc es el texto que baja a tierra lo que marca el artículo 82 del Estatuto de los Trabajadores: si hay convenio colectivo aplicable en tu territorio, manda sobre salario, jornada, descansos y parte de la organización del trabajo, siempre que mejore o concrete la norma básica. En VTC esto importa mucho porque no es lo mismo trabajar en Andalucía que en Madrid o Cataluña.
La retribución se ordena con el artículo 26 del Estatuto de los Trabajadores, y la jornada con los artículos 34, 35 y 37 del Estatuto de los Trabajadores. Eso significa, dicho claro, que el convenio no es un adorno: fija cuántas horas puedes hacer, cómo se pagan las de más, qué descansos toca y qué pluses pueden entrar en nómina.
Qué cubre en la práctica
En el sector VTC, el convenio suele tocar cuatro bloques muy concretos: salario base, pagas extra, jornada anual y complementos. También puede regular permisos retribuidos, dietas, uniforme, formación y reglas de contratación. Si el convenio mejora al Estatuto, se aplica esa mejora; si una materia no está regulada, vuelve a entrar el Estatuto.
En VTC, el convenio que manda es el que toca por territorio y, si mejora al Estatuto, se aplica de verdad en la nómina y en el cuadrante.
Qué convenios VTC existen hoy en Andalucía, Madrid y Cataluña
Andalucía: I Convenio Colectivo del Sector VTC 2024-2027
En Andalucía existe un convenio propio para el sector, publicado en el BOJA, que afecta a las empresas de arrendamiento de vehículos con conductor y a su plantilla en toda la comunidad. En la práctica cubre a conductores que trabajan con plataformas como Uber, Bolt o Cabify cuando prestan servicio dentro de Andalucía.
- Su vigencia va del 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2027.
- Ordena condiciones laborales comunes para el sector VTC andaluz.
- Sirve como referencia real para saber salario, jornada y pluses en esa comunidad.
Madrid y Cataluña: homogeneización de condiciones en el sector VTC
En Madrid la referencia sectorial ha sido la base sobre la que otras empresas y acuerdos han intentado homogeneizar derechos. La idea práctica es simple: si trabajas allí, el convenio o acuerdo aplicable debe respetar lo ya ganado en el sector madrileño, especialmente en jornada, descansos y estructura salarial.
En Cataluña, la noticia sindical citada habla de un acuerdo con Moove Cars Catalunya SLU que replica condiciones ya existentes en Madrid y beneficia a 1.100 trabajadores. No es un texto idéntico al andaluz, pero sí una señal clara de hacia dónde va el sector cuando se negocia por territorios:
- En Andalucía hay un convenio autonómico propio 2024-2027.
- En Cataluña se habla de un acuerdo 2025-2027 con condiciones alineadas con Madrid.
- La regla de fondo es la misma: el territorio marca qué condiciones reales se aplican.
Jornada, descansos y horas extra: qué límites marca el convenio
Lo que marca el convenio y el Estatuto
En Andalucía la jornada máxima anual es de 1.776 horas efectivas. Además, el convenio fija dos días consecutivos de descanso semanal y una pausa obligatoria de 30 minutos cuando la jornada supera las 6 horas. Esto es importante en VTC porque el trabajo se mide por turnos, servicios y disponibilidad real, no solo por tiempo “en la app”.
El control de horas extra y excesos se encaja con los artículos 34, 35 y 37 del Estatuto de los Trabajadores. En el convenio andaluz, las horas que excedan el cómputo trimestral se consideran horas de más, con un tope de 80 horas al año; la empresa debe compensarlas con dinero o con descanso equivalente.
Ejemplo de exceso de jornada y compensación trimestral
Imagina a Luis, conductor VTC en Sevilla. Su jornada anual es de 1.776 horas, así que el prorrateo trimestral orientativo sería de 444 horas. Si en un trimestre hace 480 horas, se va 36 horas por encima de ese tramo. Esas 36 horas no se evaporan: deben compensarse según el convenio, y además no puede rebasarse el límite anual de 80 horas de exceso.
Si la empresa prefiere pagarlas, entran en nómina como horas a compensar; si opta por descanso, tiene que darte un equivalente real, no un simple cambio de turno que deje el saldo igual. En VTC conviene guardar cuadrantes, capturas de la app y partes de servicio para poder discutir el cómputo con datos, no con sensaciones.
Salario, pagas extra y complementos: cuánto se cobra de verdad
La estructura retributiva que debes mirar
En salario, el punto de partida sigue siendo el artículo 26 del Estatuto de los Trabajadores: salario base, complementos y pagas extra. En Andalucía, el convenio desglosa esa estructura con varias piezas que sí acaban moviendo la nómina. En Cataluña, la fuente sindical habla de una remuneración total en torno a 18.000 euros anuales, por encima del SMI.
| Concepto | Andalucía | Cataluña / referencia sectorial | Qué significa en nómina |
|---|---|---|---|
| Salario base | Fijado por la tabla del convenio | Remuneración total en torno a 18.000 € | Depende de categoría y jornada |
| Paga extra de julio | 30 días de salario base + antigüedad | No detallada en la fuente resumida | Se cobra como extra de verano |
| Paga extra de diciembre | 30 días de salario base + antigüedad | No detallada en la fuente resumida | Se cobra como extra de Navidad |
| Plus de permanencia | 20,83 € al mes desde 3 meses; 41,67 € al mes desde 6 meses | No consta | Premia continuidad |
| Plus de calidad | 125 € trimestrales | No consta | Ligado a 1.776 horas y a no haber causado más de un accidente grave |
| Plus de vestuario | 104 € anuales, prorrateados en 12 meses | No consta | Si la empresa exige uniforme y no lo aporta |
En Andalucía, las dos pagas extra de julio y diciembre equivalen a 30 días de salario base más antigüedad. El plus de permanencia sube a los 3 y 6 meses en empresa, y el plus de calidad funciona como incentivo por cumplimiento de jornada y siniestralidad baja. Si la empresa obliga a llevar uniforme y no lo entrega, el plus de vestuario no es opcional: tiene que abonarlo.
Contratación, pluriempleo y turnos: qué puede hacer la empresa
Qué contratos puede usar la empresa
- El convenio andaluz contempla contratos indefinidos y fijos-discontinuos para cubrir la demanda del sector, que no es igual todos los días ni en todas las franjas.
- El contrato fijo-discontinuo encaja cuando hay trabajo recurrente pero por campañas, picos de demanda o servicios que no llenan todo el año.
- Si la empresa usa temporalidad, debe respetar el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores; no vale maquillar un puesto estable como si fuera una sustitución corta.
Pluriempleo y turnos
- El convenio andaluz prohíbe el pluriempleo en empresas de transporte si ya se trabaja a jornada completa.
- No pueden organizarte turnos que vacíen los descansos mínimos o conviertan el descanso en papel mojado.
- Cualquier pacto de permanencia o no competencia debe encajar con el artículo 21 del Estatuto de los Trabajadores.
- Si la empresa te cambia turnos de forma brusca, revisa si hay acuerdo colectivo, cuadrante publicado y respeto a descansos semanales.
Bajas, accidentes, seguros, dietas y permisos retribuidos
Coberturas por enfermedad, accidente y desplazamientos
- La baja médica y la incapacidad temporal se tramitan con la Seguridad Social, conforme al artículo 169 de la Ley General de la Seguridad Social.
- Si el daño viene del trabajo, entra la protección por accidente de trabajo del artículo 156 de la Ley General de la Seguridad Social.
- El convenio catalán que se cita incorpora la misma protección ante bajas, accidentes y seguro de vida que en Madrid.
- En Andalucía hay derecho a dietas cuando el trabajador tenga que desplazarse fuera de su provincia por motivos laborales.
- También se prevén dietas nacionales y condiciones especiales para conductores de servicio privado tradicional.
Permisos retribuidos
- El artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores sigue siendo la base de los permisos retribuidos.
- El convenio andaluz recoge permisos para matrimonio, enfermedad y otros supuestos laborales habituales.
- Si la empresa te niega un permiso que el convenio mejora, pide la negativa por escrito.
- Guarda siempre justificantes médicos, billetes y comunicaciones internas: en VTC, el papel vale casi tanto como el turno.
Formación obligatoria y otras obligaciones de la empresa
Formación, uniforme y medios de trabajo
- En Cataluña, el acuerdo citado impone 8 horas anuales de formación obligatoria a cargo de la empresa.
- El artículo 23 del Estatuto de los Trabajadores respalda la formación y promoción profesional.
- El artículo 19 del Estatuto de los Trabajadores obliga a proteger la seguridad y salud en el trabajo.
- En Andalucía, si la empresa exige uniforme y no lo proporciona, debe abonar el plus de vestuario de 104 euros anuales prorrateados.
- La empresa debe aportar los medios organizativos y preventivos necesarios para que el servicio se preste con seguridad y sin descargar el coste en el conductor.
Seguridad y organización
- La formación no es un curso de relleno: debe servir para conducción segura, atención al cliente y prevención de riesgos.
- La prevención en VTC también pasa por descansos reales, planificación de turnos y control del cansancio.
- Si te obligan a asumir material o costes que corresponden a la empresa, revisa primero el convenio aplicable y después la nómina.
Permiso de conductor VTC en Madrid desde el 2 de octubre de 2026 y qué hacer si no lo respetan
Qué cambia con el permiso VTC madrileño a partir de 2026
Según la información sectorial citada, en Madrid el permiso de conductor VTC será obligatorio a partir del 2 de octubre de 2026. Eso afecta a quienes presten servicios VTC en la Comunidad de Madrid y obliga a la empresa a organizar la actividad teniendo en cuenta esa exigencia desde la fecha prevista.
Si trabajas en Madrid, conviene tener controlados contrato, cuadrantes, formación y cualquier comunicación sobre habilitación o permiso. Si la empresa sigue operando como si nada o te deja fuera por no regularizar el permiso, el problema no es solo interno: puede acabar en conflicto laboral y en inspección.
Cómo reclamar si no aplican el convenio o no pagan lo debido
- Reúne pruebas desde el primer día. Guarda contrato, nóminas, cuadrantes, capturas de la app, mensajes de RR. HH. y justificantes de servicios. Si lo que reclamas son salarios, no dejes pasar el plazo de un año que marca el artículo 59 del Estatuto de los Trabajadores.
- Haz una reclamación interna por escrito. Envíala a la empresa, idealmente por burofax o correo con acuse. Pide que te regularicen jornada, pluses o permiso en un plazo corto, por ejemplo 7 días.
- Presenta papeleta de conciliación. Antes de demandar suele ser obligatoria la conciliación previa del artículo 63 de la LRJS, ante el servicio autonómico de mediación, arbitraje y conciliación que toque en tu comunidad.
- Denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. La denuncia puede ir en paralelo y sirve para que revisen jornada, salarios, descansos o prevención; no sustituye la reclamación de cantidades, pero ayuda mucho si hay cuadrantes falsos o abusos repetidos.
- Si no hay acuerdo, demanda en el Juzgado de lo Social. La competencia la fija el artículo 2 de la LRJS; la demanda debe cumplir el artículo 80 de la LRJS, y si falta algún requisito, se puede subsanar según el artículo 81 de la LRJS.
Si el conflicto es salarial, la vía buena suele ser la suma de tres piezas: prueba documental, conciliación y, si hace falta, demanda. En VTC, ir tarde suele salir caro; ir con papeles y fechas, mucho menos.
Fuentes
- RevistaviajerosNuevo convenio para los conductores de VTC de Madridconsultado el 10/08/2026
- UgtandaluciaBuscador de Convenios UGT Andalucíaconsultado el 10/08/2026
- JenasaConvenio transporte de pasajeros VTC en Madrid – Grupo Jenasaconsultado el 10/08/2026
- WordPressDOCUMENTACIÓN Y ENLACES – resistencia vtcconsultado el 10/08/2026
- VeotransferEl sector de las VTC firma su primer convenio colectivo – VeoTransferconsultado el 10/08/2026
