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Convenio de Loterías y Apuestas del Estado en España: salario, jornada y derechos laborales

agosto 23, 2026 EspanaLegal 8 min read
Convenio de Loterías y Apuestas del Estado en España: salario, jornada y derechos laborales

Qué convenio te corresponde de verdad

La duda se resuelve mirando el puesto y la red donde trabajas. En España no hay un único texto para todo lo que se vende bajo la marca de Loterías y Apuestas del Estado: si estás en una Administración de Loterías, el referente es el VII Convenio colectivo sectorial estatal de las Administraciones de Loterías, publicado por la Resolución de 5 de junio de 2019 de la Dirección General de Trabajo en el BOE de 19 de junio de 2019. Si trabajas en una Delegación Comercial de SELAE, lo que manda es el Convenio colectivo de las Delegaciones Comerciales del Ente Público Empresarial Loterías y Apuestas del Estado y su prórroga/revisión salarial publicada en 2026, en el BOE-A-2026-2438.

No conviene mezclar ambos textos: cambian la red afectada, la vigencia y, sobre todo, los salarios y complementos.

No es un único convenio para todo el sector: primero hay que saber si estás en una Administración de Loterías o en una Delegación Comercial de SELAE.

Administraciones de loterías y delegaciones comerciales: diferencias clave

Punto Administraciones de loterías Delegaciones comerciales SELAE
Ámbito funcional Red Básica SELAE y administraciones de loterías Delegaciones Comerciales del EPE SELAE
Personal afectado Personal de las administraciones de loterías Personal de las delegaciones comerciales
Red incluida La red básica de venta La red de delegaciones comerciales
Exclusiones Red complementaria y Delegaciones Comerciales No es el convenio sectorial de administraciones
Vigencia 1/01/2017 a 31/12/2019; sigue vivo hasta nuevo texto si no hay denuncia eficaz Prórroga expresamente extendida hasta el 31/12/2026
Fuente oficial BOE de 19/06/2019 y resolución de la Dirección General de Trabajo BOE de 2026 con el acuerdo de prórroga y revisión

Ámbito de aplicación: quién entra y quién queda fuera

El artículo de ámbito del convenio sectorial de 2019 deja poco margen a la duda: el alcance es estatal, afecta al personal de las loterías y se ciñe a la Red Básica SELAE. Si tu centro no está dentro de esa red, no basta con que en la fachada aparezca la marca SELAE; hay que ver la cláusula concreta y el contrato.

  • Ámbito territorial: toda España. El convenio nace para aplicarse en cualquier comunidad autónoma, ya sea Madrid, Andalucía, Comunidad Valenciana, Galicia o cualquier otra.
  • Ámbito personal: el personal trabajador de las administraciones de loterías incluido en el texto publicado en el BOE de 2019.
  • Ámbito funcional: la Red Básica SELAE, no cualquier punto de venta ligado a juegos de azar.
  • Queda fuera: la red complementaria y las Delegaciones Comerciales, que tienen su propio texto.
  • Vigencia material del convenio sectorial: del 1 de enero de 2017 al 31 de diciembre de 2019, según la publicación oficial.
  • Ojo con los centros mixtos: si hay subcontratas, kioscos, quioscos de prensa con terminal o puntos de venta con funciones parecidas, no des por hecho que el convenio sectorial entra automáticamente; la clave es la adscripción real a la red incluida.

Vigencia, denuncia y prórroga del convenio

  1. Comprueba la fecha de vigencia inicial. En el convenio sectorial de administraciones de loterías la ventana fijada va del 1 de enero de 2017 al 31 de diciembre de 2019.
  2. Si quieres abrir la negociación, denuncia en plazo. El propio texto prevé la denuncia en el último trimestre de la vigencia ante la autoridad laboral competente y la parte negociadora.
  3. Espera la constitución de la comisión negociadora. Si hay denuncia, la comisión debe constituirse en el mes siguiente, sin dejar la mesa congelada.
  4. Si no hay denuncia, opera la prórroga. El convenio se prorroga por años y sigue aplicándose hasta que exista un nuevo texto que lo sustituya.
  5. No confundas esa mecánica con la de Delegaciones Comerciales. En el acuerdo publicado en 2026, la vigencia del convenio de Delegaciones Comerciales queda prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2026, con registro y publicación por la Dirección General de Trabajo.

Salario: tablas, complementos y pluses

En salario está buena parte de la diferencia real entre un texto y otro. En el acuerdo de Delegaciones Comerciales de 2026, el salario base y la antigüedad suben un 3% para 2026; la tabla salarial de 2025 y 2026 figura en el anexo I y el plus extraordinario no consolidable para 2025 en el anexo II. En el convenio sectorial de administraciones de loterías aparece además la posibilidad de un quebranto de moneda de 80 euros mensuales.

Concepto Qué fija el texto oficial Impacto práctico
Salario base 2026 Revisión del 3% en Delegaciones Comerciales Sube la cuantía mensual y también las bases ligadas al salario
Antigüedad También se revisa un 3% La antigüedad no se queda congelada para 2026
Plus extraordinario 2025 Plus no consolidable, abonable en tres plazos Se cobra aparte y no se integra como salario fijo para el futuro
Tabla salarial Anexo I del acuerdo de 2026 Ahí están las cuantías por categoría profesional
Quebranto de moneda 80 euros al mes en el convenio sectorial Compensa descuadres de caja cuando el puesto maneja efectivo
Verificación oficial Anexos I y II del BOE Si la nómina no cuadra, el anexo manda más que el resumen interno

Ejemplo de nómina con las cifras del convenio

Pedro trabaja en una Delegación Comercial en Zaragoza y en 2025 cobraba 1.500 € de salario base mensual. Con la revisión del 3%, su salario base de 2026 pasa a 1.545 € (1.500 x 1,03). Si además su puesto reconociera un quebranto de moneda de 80 € mensuales, la nómina mostraría 1.625 € brutos antes de IRPF y cotización, sin contar pagas extras ni otros complementos.

Ese mismo cálculo sirve para entender la diferencia entre un plus consolidable y uno que no lo es: si el texto dice no consolidable, ese dinero no se arrastra como base fija para los años siguientes.

Jornada, descansos y permisos: lo básico que no puedes perder de vista

La jornada en este sector se mueve dentro de los mínimos del Estatuto de los Trabajadores, sobre todo sus artículos 34, 35, 37 y 38. El convenio puede mejorar esos derechos, pero no recortarlos.

  1. Jornada ordinaria y horario. El artículo 34 ET fija la jornada ordinaria y permite ordenar el tiempo de trabajo con margen de convenio o pacto; como regla general, la jornada media no puede superar 40 horas semanales en cómputo anual y la empresa solo puede repartir irregularmente una parte de la jornada si respeta los límites legales.
  2. Horas extraordinarias. El artículo 35 ET dice que son voluntarias salvo pacto, deben registrarse y pueden compensarse con dinero o con descanso; el límite general es de 80 al año.
  3. Descanso semanal y permisos retribuidos. El artículo 37 ET protege el descanso semanal y los permisos retribuidos por las causas legales. Aquí entran supuestos como matrimonio, fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización y traslado de domicilio, sin perjuicio de mejoras del convenio.
  4. Vacaciones. El artículo 38 ET reconoce un mínimo de 30 días naturales por año trabajado. No se sustituyen por dinero salvo cuando termina la relación laboral y quedan días pendientes.
  5. Prueba de jornada. El registro diario de jornada del artículo 34.9 ET y los cuadrantes de turnos son básicos si luego necesitas reclamar horas extra, descansos mal fijados o cambios de horario sin aviso suficiente.

Si el convenio del sector mejora estos mínimos, se aplica lo más favorable para la plantilla. En la práctica, eso es lo que debes comparar siempre: convenio, contrato y nómina.

Qué hacer si no te aplican bien el convenio o te pagan mal

Si la nómina no cuadra, actúa por capas y con papeles. La reclamación de salarios prescribe al año según el art. 59.1 ET, así que no dejes pasar los meses.

  1. Revisa contrato, nóminas y cuadrantes. Comprueba categoría profesional, salario base, complementos, antigüedad, horas extra y el convenio que figura en el contrato o en la empresa.
  2. Pide aclaración por escrito. Dirige un correo o burofax a RR. HH. o a la empresa pidiendo el desglose de la diferencia: convenio aplicado, salario base, revisión, pluses y jornada.
  3. Acude a la representación legal o al sindicato. Si hay comité, delegados o sección sindical, entrega documentación: nóminas, cuadrantes, correos y registro diario de jornada.
  4. Denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Si hay incumplimiento claro del convenio, de la jornada o del salario, puedes pedir una actuación inspectora en España.
  5. Si no se soluciona, ve a conciliación y al Juzgado de lo Social. Antes de demandar, la LRJS exige, con carácter general, la conciliación previa del artículo 63 y regula la demanda en el artículo 80. El trámite se hace ante el servicio de mediación, arbitraje y conciliación de tu comunidad autónoma, y después puedes presentar la demanda en el Juzgado de lo Social.

Con nóminas, cuadrantes y correos en la mano, la reclamación de cantidad suele llegar antes y mejor.

Dónde está publicado y cómo comprobar el texto oficial

  • El convenio sectorial de administraciones de loterías está publicado en el BOE de 19 de junio de 2019, con la resolución de la Dirección General de Trabajo y sus anexos.
  • El acuerdo de prórroga y revisión salarial de Delegaciones Comerciales está publicado en el BOE-A-2026-2438.
  • Puedes contrastarlo también en la sede del BOE, en boe.es, buscando por los códigos BOE-A-2019-9216 y BOE-A-2026-2438.
  • Revisa siempre los anexos I y II antes de cerrar una nómina: ahí están las tablas salariales, la revisión del 3% y el plus extraordinario no consolidable.
  • Si tu empresa te enseña un resumen interno, compáralo con el texto oficial y con tu contrato; en España, para este sector, manda lo publicado en el BOE, no el resumen del mostrador.

En la práctica, la referencia útil es muy simple: identifica la red correcta, comprueba el BOE y mira si tu nómina respeta el texto oficial.

Fuentes

  1. FesmcugtcvAdministración y Loterías del Estado – Convenios Hostelería y Turismoconsultado el 01/08/2026
  2. UgtcatalunyaFirmado el convenio de Administraciones de Loterías del Estadoconsultado el 01/08/2026
  3. FoesLoterías-Servicios FOESconsultado el 01/08/2026
  4. VlexConvenio colectivo – Ente Público Empresarial Loterías y Apuestas …consultado el 01/08/2026
  5. Selae[PDF] 4.4. Información sobre cuestiones sociales y relativas al personal.consultado el 01/08/2026