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Policía Nacional y carta de invitación en España: cómo pedirla, requisitos y cita previa

agosto 31, 2026 EspanaLegal 9 min read
Policía Nacional y carta de invitación en España: cómo pedirla, requisitos y cita previa

Qué es la carta de invitación y cuándo la pide la Policía Nacional

La Policía Nacional tramita la carta de invitación en España para que una persona residente pueda acoger en su domicilio a un extranjero que viene por turismo o visita privada. No es un permiso de entrada ni sustituye al pasaporte, al visado ni a los demás requisitos fronterizos.

Hoy la encuadra el Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre y la Orden PRE/1283/2007, de 10 de mayo, mientras que la gestión práctica sigue haciéndose ante la comisaría competente de la Policía Nacional. La propia Sede Electrónica de la Policía Nacional identifica el trámite como procedimiento 994254 y recuerda que la resolución, la expedición y la entrega no son inmediatas.

La idea es simple: la carta sirve para acreditar quién invita, a quién, dónde se aloja y durante cuánto tiempo. En frontera, el puesto de control español puede pedirla si la persona entra por motivos privados o turísticos, sobre todo cuando se queda en una vivienda particular y no en un hotel.

La carta de invitación ayuda a justificar alojamiento y anfitrión en España, pero no “compra” la entrada: si faltan pasaporte válido, visado o medios económicos, la frontera puede denegar el acceso igualmente.

Quién puede solicitarla y en qué casos merece la pena pedirla

  • Puede pedirla quien tenga vínculo suficiente con la vivienda en España y esté legitimado para invitar.
  • Suele interesar en viajes cortos de amigos, familiares o parejas que se alojan en una casa particular.
  • Aporta valor cuando el invitado no va a dormir en un hotel y necesita acreditar dónde se quedará.
  • No sustituye el visado ni otros requisitos de entrada en España.
  • Tampoco resuelve por sí sola problemas de documentación, de fondos o de pasaporte.

Solicitantes admitidos por la Policía Nacional

  • Ciudadanos españoles con domicilio en España.
  • Nacionales de otro Estado miembro de la UE que residen en España.
  • Beneficiarios del régimen comunitario que viven legalmente en España.
  • Extranjeros con residencia legal en España, siempre que acrediten su situación y su domicilio.
  • Personas que puedan demostrar que disponen de una vivienda en España donde alojar al invitado.

Cuándo conviene tramitarla y cuándo no resuelve el problema

Conviene pedirla cuando el viaje del extranjero es para quedarse en una vivienda privada en Madrid, Sevilla, Valencia, Barcelona, Málaga o cualquier otra ciudad española y quieres dejar constancia documental de la acogida. En esos casos, la carta evita discusiones en frontera sobre dónde dormirá la persona invitada y quién asume la estancia.

No resuelve el problema si al invitado le falta lo básico para entrar en España: pasaporte en vigor, visado cuando sea exigible, prueba de medios económicos, billete de regreso o la documentación que pueda pedir el puesto fronterizo. Tampoco convierte una visita privada en una estancia turística sin más; simplemente refuerza la parte de alojamiento.

Requisitos y documentación: datos del solicitante, del invitado y de la vivienda

Documento o dato Qué acredita Quién lo aporta Observaciones útiles en comisaría
DNI, NIE o pasaporte del solicitante Identidad de quien invita Solicitante Original y, a menudo, copia
Situación de residencia o ciudadanía Derecho a tramitar la solicitud en España Solicitante Puede pedirse tarjeta de residencia o documento UE
Domicilio en España Dónde se alojará el invitado Solicitante Empadronamiento, contrato, escritura o recibo, según oficina
Datos del invitado Identidad del extranjero Solicitante Nombre, apellidos, fecha y lugar de nacimiento, nacionalidad y pasaporte
Prueba de disponibilidad de la vivienda Que el alojamiento es real y está a disposición del anfitrión Solicitante Vivienda habitual o segunda vivienda, con documentación justificativa
Justificante de la tasa 790, código 012 Pago del trámite Solicitante Se incorpora al expediente cuando la oficina lo exige

Documentación del solicitante

  • Documento de identidad en vigor: DNI, NIE o pasaporte, según seas español, ciudadano UE o residente extranjero.
  • Acreditación de que vives en España: tarjeta de residencia, certificado UE o documento equivalente.
  • Prueba de domicilio: empadronamiento, contrato de arrendamiento, escritura, recibos de suministros o documentación similar, según la Comisaría de Policía.
  • En muchas oficinas de la Policía Nacional piden original y copia, así que conviene llevar ambas cosas.
  • Si la vivienda está en otra provincia, por ejemplo en Málaga y tú resides en Sevilla, lleva documentación que demuestre que realmente puedes disponer de ese inmueble.

Datos del invitado y acreditación de la vivienda

  • Nombre y apellidos del extranjero.
  • Fecha y lugar de nacimiento.
  • Nacionalidad.
  • Número de pasaporte.
  • Domicilio exacto donde se alojará en España.
  • Fechas previstas de entrada y salida, si la comisaría lo pide.
  • Manifestación expresa de que el invitado se alojará en tu casa o en una segunda vivienda bajo tu disponibilidad.
  • Documentos que prueben esa disponibilidad: escritura, contrato, nota simple o recibo, según el caso.

Cómo pedir cita previa y presentar la solicitud en la comisaría

La cita previa y la presentación se hacen ante la Comisaría de la Policía Nacional del domicilio del solicitante. Según la oficina, el acceso puede ser por la sede electrónica o por el canal que marque esa comisaría; en grandes ciudades conviene no apurar, porque en Madrid, Barcelona o Valencia las agendas se llenan antes.

Cómo reservar la cita previa

  1. Entra en la Sede Electrónica de la Policía Nacional o en el canal que indique tu comisaría para carta de invitación.
  2. Selecciona la provincia y la oficina de Policía Nacional que corresponde a tu domicilio en España.
  3. Elige fecha y hora disponibles; si no hay, revisa varios días seguidos porque algunas agendas se liberan por tramos.
  4. Anota o imprime el justificante de la cita para llevarlo el día de la atención.

Qué llevar y qué ocurre el día de la cita

  1. Presenta la solicitud cumplimentada con los datos del solicitante y del invitado.
  2. Entrega la documentación original y las copias que te pidan en la Comisaría.
  3. Aporta el justificante de pago de la tasa 790, código 012, si ya la has abonado o si la oficina te exige tenerlo listo.
  4. La Policía revisa identidad, domicilio y disponibilidad de la vivienda; si falta algo, te lo requerirá.
  5. Si todo está correcto, la carta se tramita, se expide y después se recoge en la propia comisaría en el plazo que te indiquen.

Tasas, plazos y ejemplo de coste en España

Fase Qué pasa Plazo orientativo Quién interviene
Pago de la tasa Se abona el modelo oficial Antes o en el momento que marque la oficina Solicitante
Revisión documental La comisaría comprueba requisitos El mismo día o en días posteriores Policía Nacional
Resolución y expedición Se autoriza y se prepara la carta Variable, sin plazo único legal Policía Nacional
Recogida Se entrega la carta al solicitante Cuando lo comunique la comisaría Solicitante

Tasa 790, código 012

Concepto Dónde encaja Qué debes comprobar
Tasa 790, código 012 Pago oficial del trámite de carta de invitación Importe vigente en la fecha de solicitud
Justificante Se añade al expediente en comisaría Que el resguardo sea legible y corresponda al trámite
Medio de pago Según la operativa admitida por la Policía Nacional Si lo pagas antes o el mismo día, según la oficina

El importe no es una cifra “de memoria” que valga para siempre: la Policía Nacional actualiza la referencia del modelo y tú debes revisarlo el día que vayas a tramitarlo. En la práctica, lo importante es que lleves el justificante correcto y que el pago coincida con la carta de invitación, no con otro trámite de extranjería.

Ejemplo de coste y calendario

Ana vive en Sevilla y quiere invitar a su primo de Argentina durante 9 días en agosto. Pide cita con 6 días de margen, paga una tasa de 75,05 € en el modelo 790, código 012 y presenta la documentación en la Comisaría de la Policía Nacional de su distrito.

Si la oficina no detecta defectos, Ana recibe la resolución y recoge la carta 4 días después. Luego la envía al invitado por mensajería para que llegue antes del vuelo a Madrid-Barajas. El resultado práctico: 1 pago, 1 cita, 4 días de espera y una carta lista antes del viaje.

Qué pasa si la deniegan o falta documentación

La carta de invitación tiene una ventaja clara: ordena la prueba del alojamiento y deja menos margen a dudas en frontera. Su punto débil es el contrario: si la comisaría ve incoherencias, la denegación es rápida y te obliga a corregir a contrarreloj.

Motivos habituales de denegación y defectos de forma

  • Datos incompletos del solicitante o del invitado.
  • Pasaporte del invitado mal copiado, caducado o con un número erróneo.
  • Domicilio en España no acreditado con documentación suficiente.
  • Dudas sobre si el solicitante puede disponer realmente de la vivienda.
  • Incongruencias entre fechas del viaje y estancia prevista.
  • Falta de pago o justificante incorrecto de la tasa.
  • Documentación presentada sin original cuando la oficina exige cotejo.
  • Solicitud hecha por alguien que no está legitimado para tramitarla.

Recursos y siguiente paso ante problemas

  1. Si la comisaría te da un requerimiento, corrige lo que falte dentro del plazo que te indiquen; con carácter general, la subsanación se rige por el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, que concede 10 días para arreglar defectos formales.
  2. Si la resolución es denegatoria, léela con calma: debe estar motivada y señalar qué recurso cabe y en qué plazo.
  3. Presenta el recurso que proceda ante el órgano que te indiquen en la notificación, sin esperar al último día si el viaje ya está cerrado.
  4. Si el problema es de documentos y el viaje es inminente, prepara una nueva solicitud completa en la misma comisaría de Policía Nacional antes de mover al invitado.
  5. Si ya has comprado billetes, no mandes a la persona viajar con una carta dudosa o incompleta: la frontera española puede pedirla y dejar el caso bloqueado.

Ventajas

  • Ordena por escrito quién acoge al extranjero y en qué domicilio español.
  • Facilita la entrada en España cuando el viaje es de visita privada.
  • Ayuda a la Policía Nacional y al control fronterizo a verificar el alojamiento.
  • Es útil para estancias breves en casa de familiares o amigos.

Inconvenientes

  • Requiere cita, papeles y desplazamiento a la comisaría.
  • No es automática ni inmediata; puede tardar varios días.
  • Si falta un dato, te obliga a repetir el trámite o a subsanar.
  • No sustituye visado, pasaporte válido ni medios económicos.
  • Si se deniega, el viaje puede quedarse parado a pocos días de la salida.

Fuentes

  1. LegalitasQué es y cómo se solicita la carta de invitación a España – Legálitasconsultado el 14/07/2026
  2. PoliciaExtranjería – Documento Carta de Invitaciónconsultado el 14/07/2026
  3. Diazyasociados▷ Carta de invitación a España: Requisitos y Cómo solicitarlaconsultado el 14/07/2026