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Cita para invitación en la Policía en España: cómo pedirla y qué llevar

agosto 24, 2026 EspanaLegal 8 min read
Cita para invitación en la Policía en España: cómo pedirla y qué llevar

Qué es la carta de invitación y para qué sirve

La carta de invitación es el documento que expide la Policía Nacional en España para acreditar que una persona residente aquí invita a un extranjero que viene por motivos turísticos o privados. La propia sede electrónica de la Policía Nacional la encuadra como un trámite de expedición a favor de extranjeros que pretenden acceder al territorio nacional por esas causas.

Sirve para visitas cortas, de familia, amigos o estancias privadas, y la tramita la Dirección General de la Policía. No es un trámite de extranjería cualquiera: aquí el foco está en la persona que invita y en la comisaría que comprueba su identidad, su domicilio y el pago de la tasa.

La clave es simple: invita quien reside legalmente en España y la Policía comprueba que la solicitud está completa antes de emitir la carta.

Quién puede pedirla en España y dónde se presenta

La puede pedir quien esté legitimado por la Policía Nacional: ciudadano español, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, beneficiario del régimen comunitario o extranjero residente legal en España. La solicitud no se presenta por internet de forma ordinaria: se hace presencialmente en la Comisaría de Policía del lugar de residencia del interesado, con cita previa.

Quién puede solicitarla Qué debe acreditar Dónde se presenta
Ciudadano español Identidad y domicilio en España Comisaría de Policía del domicilio
Nacional de la UE Identidad y residencia en España Comisaría de Policía del domicilio
Beneficiario del régimen comunitario Situación de residencia válida Comisaría de Policía del domicilio
Extranjero residente legal en España Residencia legal y domicilio Comisaría de Policía del domicilio

Si vives en España, la referencia práctica es la comisaría que te corresponde por domicilio, no una oficina genérica de extranjería. Para localizarla, usa el localizador de dependencias de la Policía y comprueba que la dependencia que te interesa tramita carta de invitación.

Cómo pedir la cita previa en la Comisaría de Policía

  1. Entra en el localizador de dependencias y busca la Comisaría de Policía que corresponde a tu domicilio en España.
  2. Accede al sistema de cita previa de la Administración y selecciona el trámite de carta de invitación, no otro de extranjería que no sea el tuyo.
  3. Elige fecha y hora de la primera cita disponible y guarda el justificante o el código de reserva.
  4. Revisa antes de ir qué documentación te pide esa comisaría concreta, porque en ciudades grandes como Madrid, Barcelona, Valencia o Sevilla pueden afinar mucho el control del expediente.
  5. Acude el día señalado con todo preparado; si falta la tasa o la solicitud, lo normal es que te hagan volver a pedir hora.

Cita genérica de extranjería o cita en comisaría: cuál toca aquí

La confusión más habitual en España es reservar una cita de extranjería en un sistema que no corresponde con la carta de invitación. El trámite que aquí interesa se presenta en la Comisaría de Policía del lugar de residencia del interesado, mientras que la web general de cita previa de extranjería de la Administración puede mostrar otros servicios que no son este.

La utilidad práctica es esta: si la pantalla te lleva a una oficina que no es comisaría, retrocede y vuelve a buscar la opción correcta. La cita previa de la Administración te sirve como entrada general, pero la cita que necesitas para este expediente es la de Policía.

Qué llevar a la cita para que el expediente quede completo

  • La solicitud de expedición rellena con tus datos y los del invitado.
  • El justificante del pago de la tasa 790 código 012.
  • Tu DNI, NIE o pasaporte en vigor, según seas español, comunitario o residente legal.
  • Un documento que acredite tu domicilio en España, si la comisaría lo exige para comprobar residencia.
  • Copia de seguridad de lo anterior, por si te piden dejar una en el expediente o corregir algún dato.

Solicitud de expedición

Lleva el formulario oficial ya cumplimentado y, si va en papel, firmado antes de entrar en ventanilla. Conviene revisarlo en casa con calma: nombres, apellidos, número de documento, domicilio en España y datos del extranjero invitado. Un error tonto en un DNI o en un pasaporte te puede hacer perder la cita.

Justificante del pago de la tasa 790 código 012

La Policía revisa el resguardo del pago, no solo que hayas generado el impreso. Si el banco te sella el recibo, guárdalo; si el pago queda acreditado electrónicamente, imprime el justificante y llévalo también. Sin ese documento, el expediente suele quedar incompleto.

Identificación y acreditación de residencia

Lleva tu documento de identidad en vigor y una prueba clara de tu residencia en España. En la práctica, muchas comisarías se apoyan en el domicilio que figure en tu documentación o en un certificado de empadronamiento reciente, si hace falta acreditar que resides donde pides la carta.

Tasa 790 código 012: impreso, pago y justificante

Paso Qué haces Dónde Qué guardas
1 Generas el impreso oficial En la sede de Policía El PDF o el impreso descargado
2 Abonas la tasa Banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito El resguardo sellado o justificante electrónico
3 Compruebas el importe vigente Sede electrónica de Policía La referencia de pago por si hay incidencias
4 Llevas la prueba a comisaría Comisaría de Policía El justificante original y una copia

El impreso de la tasa modelo 790 código 012 se genera online desde la Policía Nacional y después se paga en una entidad colaboradora. Lo importante no es solo pagar, sino conservar un justificante claro y legible para enseñarlo en la cita. Si el banco no sella o el archivo se pierde, te complicas el trámite.

Ejemplo práctico de preparación del pago

Ana vive en Sevilla y quiere invitar a su hermana para 10 días en verano. Un lunes por la mañana descarga 1 impreso 790 código 012, lo paga en su banco y conserva 2 documentos: el resguardo sellado y una copia impresa. El miércoles acude a la comisaría con 3 papeles básicos —solicitud, DNI y justificante de pago— y evita tener que volver a pedir otra cita.

Plazos, silencio administrativo y recursos

  1. La resolución corresponde a la Dirección General de la Policía y, cuando se dicta, pone fin a la vía administrativa.
  2. Si vence el plazo que marque la ficha oficial sin notificación, el silencio es desestimatorio. Para el marco general de resolver, silencio y reposición, mira los artículos 21, 24, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
  3. Contra la resolución expresa cabe recurso potestativo de reposición en el plazo de 1 mes; si lo que hay es silencio administrativo, el plazo sube a 3 meses.
  4. El recurso se presenta ante el mismo órgano que resolvió o debió resolver, así que no se dirige a una oficina cualquiera.

Qué hacer si no contestan o deniegan la carta

Si no hay respuesta o la carta se deniega, revisa primero lo básico: solicitud completa, tasa pagada, documento de identidad válido y domicilio bien acreditado. Después, si procede, presenta el recurso de reposición ante la propia Dirección General de la Policía y explica con claridad qué dato falta o qué error material corriges. En muchos expedientes el problema no es jurídico, sino de documentación incompleta.

Normativa aplicable y fuentes oficiales de ayuda

  • Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, que encuadra el régimen de entrada y estancia donde se sitúa la carta de invitación.
  • Orden PRE/1283/2007, de 10 de mayo, que sigue siendo la referencia clásica del modelo y la gestión de este trámite.
  • Código del procedimiento: 994254.
  • Para plazos, silencio y reposición, la base común está en la Ley 39/2015 ya citada.
  • Si vas a presentar el expediente en una ciudad concreta, conviene mirar la sede y no fiarte de capturas antiguas o de blogs desactualizados.

Localizar oficinas y consultar la sede electrónica

  • Usa el requisitos técnicos antes de generar el impreso o descargar justificantes, sobre todo si vas a hacerlo desde el móvil.
  • Entra en la sede general de cita previa y trámites para localizar el servicio correcto sin mezclarlo con otros de extranjería.
  • Consulta la ayuda oficial de Extranjería si te surge una duda operativa sobre el trámite.
  • Ten a mano el localizador de dependencias de Policía y verifica la comisaría concreta antes de salir de casa.
  • Si tu navegador falla, prueba desde otro equipo y comprueba certificados, días inhábiles y validación de documentos electrónicos antes de repetir la cita.

Dudas frecuentes sobre la carta de invitación

1. ¿Qué es la carta de invitación?

Es el documento que tramita en España el anfitrión para invitar a una persona extranjera no residente a alojarse en su vivienda durante una estancia breve. La expide la Policía Nacional y suele exigirse cuando el visitante entra como turista y no tiene reserva hotelera. Sirve para acreditar quién le recibe, dónde se alojará y quién asume la invitación.

2. ¿Cuánto cuesta la carta de invitación en la Policía?

La solicitud lleva asociada una tasa estatal, que se paga con el modelo 790, código 012, antes de presentar la documentación. El importe exacto puede actualizarse, así que conviene comprobarlo en la Sede Electrónica de la Policía Nacional o en la propia tasa antes de ir a la comisaría. Además, no suele haber un único coste si faltan documentos y hay que volver a pedir cita.

Fuentes

  1. PoliciaPortal web de la Policía Nacional – Españaconsultado el 01/08/2026
  2. InteriorCarta de invitación – Ministerio del Interiorconsultado el 01/08/2026
  3. Administracionelectronicacita previa extranjería – Administraciones Públicasconsultado el 01/08/2026
  4. PoliciaTrámites de Extranjería – Sede electrónica de la Policía Nacionalconsultado el 01/08/2026