Qué es la autorización y en qué vuelos internacionales se exige
La autorización es el permiso de viaje que se pide en España cuando un menor español residente en España va a salir del territorio nacional sin ir acompañado por su madre, su padre o su tutor. En la práctica, sirve para que la Policía Nacional o Mossos d'Esquadra puedan comprobar que ese desplazamiento está consentido por quien ejerce la patria potestad o la tutela.
La Policía Nacional mantiene este trámite en su servicio de permiso de viaje para menores, y la base fronteriza se apoya en el artículo 7 del Reglamento (UE) 2016/399, Código de fronteras Schengen, que regula los controles a la salida y entrada por los pasos fronterizos.
Menores que viajan solos al extranjero
- Es el supuesto típico en el que el permiso sí hace falta antes de embarcar.
- El menor sale de España sin madre, padre o tutor legal a bordo.
- La aerolínea puede pedirla en el mostrador o en la puerta de embarque, además del DNI o pasaporte.
- Si el viaje es a otro país, aunque sea de la UE o Schengen, conviene llevarla siempre que el menor no viaje con su representante legal.
- Cuando el trayecto es escolar, deportivo o con una agencia, la autorización sigue siendo muy recomendable si el adulto acompañante no es progenitor ni tutor.
Qué significa salir de España en un vuelo
No es lo mismo un vuelo interno que un viaje internacional. Un Madrid-Sevilla, un Barcelona-Palma o un Bilbao-Tenerife son trayectos dentro de España; ahí no se activa este permiso específico por salida del territorio nacional. En cambio, un vuelo desde España a Lisboa, París, Londres o Rabat ya implica abandonar España y puede dar lugar a control documental antes de embarcar o en el puesto fronterizo del aeropuerto.
Lo decisivo no es solo el medio de transporte, sino que el menor cruce o no la frontera española. Por eso, cuando la familia prepara un vuelo internacional, la pregunta correcta no es si “va en avión”, sino si el menor sale de España sin ir con su madre, padre o tutor.
Cuándo no hace falta y qué casos conviene revisar
| Escenario | ¿Hace falta autorización? | Qué conviene revisar |
|---|---|---|
| Viaja con madre, padre o tutor | No, por regla general | DNI o pasaporte del menor y del adulto acompañante |
| Viaja solo | Sí | Permiso firmado y documentación del menor |
| Viaja con abuelos, tíos, monitor o centro escolar | Suele ser prudente pedirla | Billetes, datos del acompañante y papel que acredite la relación o encargo |
| Viaje con custodia compartida y solo viaja con uno de los progenitores | Normalmente no si viaja con un progenitor, pero conviene revisar el caso | Resolución judicial o convenio regulador si hay dudas |
Viaje acompañado por madre, padre o tutor
- Si el menor viaja con uno de sus progenitores o con el tutor legal, la autorización de viaje suele sobrar.
- Aun así, lleva siempre el DNI o pasaporte del menor y del adulto que acompaña.
- Si hay una situación familiar tensa, separación reciente o medidas judiciales, conviene revisar la documentación antes de ir al aeropuerto.
- Si la compañía aérea pide algún justificante adicional, lo normal es que baste con identificar bien al adulto acompañante y al menor.
Viaje con abuelos, tíos, monitor o centro escolar
Cuando el menor viaja con una tercera persona, la cosa cambia. No siempre se exige de forma automática, pero en España es la situación que más problemas genera en mostrador y en control documental. Si el viaje es con abuelos, con un tío, con un monitor de campamento o con un profesor, pedir la autorización evita sustos de última hora.
Ventajas:
- Reduce incidencias en facturación y embarque.
- Facilita la comprobación si el vuelo sale de un aeropuerto español con control documental.
- Sirve como respaldo si el acompañante no es familiar directo.
- Da seguridad si el viaje es de grupo y hay varios menores.
Inconvenientes:
- Hay que coordinar firmas y papeles con tiempo.
- Si faltan datos, tocará corregir y volver a tramitar.
- En casos de custodia conflictiva, puede hacer falta revisar resoluciones judiciales.
- No sustituye al DNI o pasaporte del menor, que siguen siendo obligatorios.
Dónde se tramita en España: Policía Nacional, sede electrónica y Mossos
- En la Comisaría de Policía del lugar de residencia de la persona interesada.
- En la Sede Electrónica de la Policía Nacional, si se opta por la vía telemática.
- En Cataluña, en los puntos habilitados por los Mossos d'Esquadra, que ofrecen tramitación en línea y presencial.
Canales oficiales disponibles
- Tramitación presencial en oficina policial.
- Tramitación electrónica, cuando el canal esté habilitado.
- Seguimiento posterior del expediente o cita, según el canal usado.
- En Cataluña, gestión específica a través del servicio autonómico.
Policía Nacional
La vía estatal se gestiona en comisaría y también a través de la sede electrónica. El trámite está pensado para menores españoles residentes en España que vayan a salir del país sin ir con madre, padre o tutor. Si prefieres la atención cara a cara, la comisaría del domicilio o residencia suele ser la opción más cómoda.
Sede electrónica
La presentación telemática evita desplazamientos y permite dejar la solicitud preparada con antelación. Después, el seguimiento del expediente depende del sistema de cita o consulta habilitado por la Policía Nacional. Si el viaje está cerca, conviene no apurar el plazo y revisar que toda la documentación suba bien y legible.
Mossos d'Esquadra en Cataluña
En Cataluña, los Mossos d'Esquadra ofrecen el permís de viatge a l'estranger per a menors, con opción en línea o presencial. Es la vía autonómica que debes mirar si resides en Barcelona, Girona, Lleida o Tarragona y quieres tramitarlo allí. La propia ficha del trámite adelanta los plazos y la validez del permiso.
Qué documentación te van a pedir para expedirla
- DNI o pasaporte del menor.
- Libro de familia o documento equivalente que acredite la filiación.
- Documentación que demuestre la patria potestad o la tutela.
- Datos completos del viaje: destino, fechas y, si procede, datos del acompañante.
- En Cataluña, además, la documentación justificativa de la relación contractual o personal cuando el viaje se hace con un tercero.
Cómo acreditar la patria potestad o la tutela
La clave no es solo enseñar un papel, sino acreditar de forma suficiente que quien firma puede autorizar ese viaje. El funcionario puede valorar cualquier medio válido en derecho para comprobar la declaración y el contenido de los documentos. Traducido a la práctica: no hace falta un único formato mágico, pero sí una prueba clara de que quien autoriza tiene capacidad legal para hacerlo.
Normalmente ayuda llevar el libro de familia, una certificación del Registro Civil, una resolución judicial si hay custodia o medidas paterno-filiales, o el documento que reconozca la tutela. Si la situación familiar es sencilla, con los datos básicos suele bastar; si hay separación, adopción o un cambio de apellidos, la oficina puede pedir más respaldo.
Casos en los que la documentación cambia
- Separación o divorcio: puede hacer falta la sentencia o el convenio regulador si hay dudas sobre quién puede autorizar.
- Adopción: conviene llevar la documentación que acredite la filiación adoptiva.
- Guarda o tutela: aporta la resolución administrativa o judicial que lo reconozca.
- Apellidos distintos entre menor y acompañante: no impide el trámite, pero sí aconseja llevar prueba de la relación legal.
- Viaje con monitor, profesor o familiar no directo: mejor llevar también un documento que identifique al adulto que acompaña.
Plazos, validez y seguimiento del permiso
| Hito | Qué ocurre | Dato útil en España |
|---|---|---|
| Solicitud | Se presenta antes del vuelo | En Cataluña, puede presentarse hasta 90 días antes del viaje |
| Expedición | La Administración emite el permiso | La validez es de 90 días desde la expedición |
| Respuesta | Se comunica el resultado | Mossos indica un plazo máximo de 3 días antes del inicio del viaje |
| Consulta | Se revisa el estado del trámite | Puede hacerse en línea o en una oficina de atención ciudadana |
Ejemplo práctico con fechas
Imagina que una familia de Sevilla tiene un vuelo a Londres el 20 de agosto para un menor que viaja con su abuela. Presenta la solicitud el 15 de junio. Si el permiso se expide el 18 de junio, su vigencia llegará hasta el 16 de septiembre, porque dura 90 días desde la emisión. Y, según el criterio que publica Mossos, la respuesta administrativa debería llegar como tarde tres días antes de salir, es decir, antes del 17 de agosto.
Esto significa que pedirlo con margen evita el clásico problema de agosto: oficina cerrada, citas agotadas y un vuelo ya pagado. Con una semana de margen se va justo; con un mes, mucho mejor.
Cómo consultar el estado del trámite
- Entra en el canal de seguimiento que te hayan indicado, ya sea la sede electrónica o el sistema de consulta de Mossos.
- Identifícate con los datos del expediente, el DNI/NIE de quien solicita o el número de referencia.
- Revisa si figura como en trámite, concedido o pendiente de subsanación.
- Si el viaje es inminente y falta algún dato, acude a la oficina de atención ciudadana o a la unidad policial donde lo presentaste.
Qué revisan en frontera y cómo salir del paso si falta algo
En el control de salida, el permiso sirve para demostrar que el menor puede abandonar España con ese acompañante concreto. La comprobación encaja con el artículo 7 del Reglamento (UE) 2016/399, Código de fronteras Schengen, con el artículo 2 de la Ley Orgánica 1/1996, de Protección Jurídica del Menor, centrado en el interés superior del menor, y con el artículo 9 de la Ley Orgánica 4/2015, de protección de la seguridad ciudadana, que se mueve en el terreno de la identificación y la documentación. A ese marco se suma la Directiva (UE) 2016/680 en el tratamiento de datos personales, y la Instrucción 10/2019, de 9 de julio, de la Secretaría de Estado de Seguridad, que concreta el criterio operativo usado por la Policía.
Si el menor sale de España sin su madre, padre o tutor, la autorización no es un papel accesorio: es la pieza que suele evitar la incidencia en el aeropuerto.
Qué comprueban en el aeropuerto
- Que el menor lleva DNI o pasaporte válido.
- Que existe autorización cuando viaja solo o con un tercero.
- Que el adulto acompañante coincide con los datos del permiso.
- Que la documentación familiar o judicial encaja con lo declarado.
- Que el destino y las fechas del vuelo coinciden con el permiso expedido.
Qué hacer si falta el permiso o surge una incidencia
- Si todavía estás en España, ve de inmediato a la comisaría o al punto de tramitación de Mossos que corresponda y presenta la autorización con la documentación completa.
- Si el vuelo sale en pocas horas, llama a la aerolínea mientras solucionas el papel; muchas incidencias se detectan en facturación, no en la puerta de embarque.
- Si el problema es una firma que falta, lleva la prueba de patria potestad o tutela y la documentación del menor para que puedan expedirla sin volver otro día.
- Si existe un conflicto de custodia o una resolución judicial, presenta la sentencia o el auto que acredite quién puede autorizar, porque ahí está la llave del trámite.
- Si ya no hay tiempo para regularizarlo antes del cierre de embarque, toca reprogramar el viaje; en un aeropuerto español no merece la pena jugársela con un menor sin la autorización correcta.
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Preguntas frecuentes sobre la autorización de vuelo de menores
Fuentes
- JlanotariosEl Permiso de Viaje para Niños Dentro de España y Fueraconsultado el 09/08/2026
- EuskadiComunicación para salida de menores al extranjero – Euskadi.eusconsultado el 09/08/2026
- ZurichPermisos de padres para viajar con menores fuera de España – Zurichconsultado el 09/08/2026
- ExterioresPermiso de salida de España para menoresconsultado el 09/08/2026
- GuardiacivilPermiso para salida de menores al extranjero – Guardia Civilconsultado el 09/08/2026
