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¿Se necesita autorización del padre para viajar fuera de España? Requisitos y casos en los que hace falta

agosto 29, 2026 EspanaLegal 9 min read
¿Se necesita autorización del padre para viajar fuera de España? Requisitos y casos en los que hace falta

Qué es la autorización de viaje y cuál es la regla general

Se necesita autorización cuando el menor español residente en España sale de viaje fuera del país sin ir con ninguno de sus progenitores o tutores. Si viaja con uno de ellos, ese permiso policial no hace falta, aunque en frontera pueden pedir la documentación que acredite quién acompaña al menor.

La base jurídica está en la patria potestad: los artículos 154 y 156 del Código Civil parten de que los progenitores ejercen conjuntamente esa función y, si hay desacuerdo, cualquiera puede acudir al juez. La autorización de viaje que expiden la Policía Nacional o la Guardia Civil no sustituye al Código Civil; en la práctica, sirve como prueba de consentimiento para el desplazamiento del menor fuera de España.

La propia Sede Electrónica de la Policía Nacional y la web del Ministerio del Interior coinciden en lo esencial: para menores españoles de menos de 18 años que viajen sin compañía de sus representantes legales, se pide DNI o pasaporte en vigor y autorización de viaje firmada.

Si el menor va con su padre, madre o tutor legal, la autorización policial no suele hacer falta; si va sin ellos, conviene llevarla siempre.

Cuándo hace falta y cuándo no hace falta

Supuesto ¿Hace falta autorización? Qué suele revisar la Policía o la frontera
Menor español residente en España que sale fuera del país sin padres ni tutores DNI o pasaporte, autorización firmada y datos del viaje
Menor español residente en España que viaja con cualquiera de sus progenitores o tutores No Identidad del menor y del adulto que acompaña
Menor que viaja con un abuelo, tío, hermano mayor o un tercero Sí, por prudencia y casi siempre en frontera Autorización expresa y prueba de parentesco o tutela
Menor español no residente que entra en España No, según Interior Domicilio habitual y documentación de identidad/nacionalidad
Menor extranjero residente en España No se aplica la autorización española general Rige su ley nacional y, en su caso, autorización consular

La regla importante es ésta: el permiso se pensó para el menor español que reside habitualmente en España y sale al extranjero sin uno de sus representantes legales. Si el niño o adolescente va acompañado por su padre, su madre o quien tenga la tutela, lo normal es que no le pidan ese documento específico en el control español.

También hay exclusiones claras. No procede para menores que entren en España si son españoles no residentes, ni para menores españoles que residan habitualmente fuera del territorio nacional. En esos casos manda la residencia habitual y la documentación que la acredite.

Qué documentación pueden pedir la Policía Nacional, la Guardia Civil y en frontera

En dependencias policiales

  • DNI o pasaporte del menor en vigor. El Ministerio del Interior recuerda que todo menor español debe llevar su DNI en vigor para viajar fuera de España.
  • Documento de identidad del adulto que comparece: DNI o pasaporte de quien firma o acompaña la autorización.
  • Acreditación de la patria potestad: Interior admite DNI, pasaporte o libro de familia para justificar esa relación cuando hace falta comprobarla.
  • Documentación adicional si el caso no es claro: resolución de tutela, guarda, custodia o cualquier otro papel que explique quién ejerce la representación legal.

En el aeropuerto, puerto o paso fronterizo

  • Billete, reserva o localizador del viaje, porque la policía de fronteras puede revisar justificantes de viaje con especial atención.
  • Autorización firmada si el menor sale sin sus padres o tutores, o si viaja con un familiar que no tiene la patria potestad.
  • Datos del acompañante y, si procede, prueba del parentesco o de la tutela.
  • Pasaporte del país de destino o visado, cuando el país al que viaja lo exija a un menor español.

Si el control se hace en frontera, el criterio suele ser más fino que en una comisaría: no basta con ir “más o menos” cubierto. Conviene llevar el original de lo que pida la compañía aérea, la frontera y el país de destino.

Cómo se tramita el permiso y quién debe comparecer

  1. Reúne la documentación antes de ir. La autorización se tramita de forma presencial y, en la práctica, merece la pena hacerlo con margen de varios días, no a última hora. Si falta un papel, te tocará volver.
  2. Acude a una Comisaría de Policía Nacional o a un puesto de la Guardia Civil. La web del Ministerio del Interior indica esas dos vías y la Sede de Policía remite al trámite presencial en dependencias policiales.
  3. Comparece uno o ambos representantes legales. Interior aclara que puede ir uno solo si tiene capacidad legal y cuenta con el consentimiento del otro progenitor; Policía resume el trámite como comparecencia de uno de los progenitores o representantes legales.
  4. Firma la autorización y conserva el original. Lo normal es que el documento quede preparado para usarlo en el viaje; llévalo junto al DNI o pasaporte del menor, no en una foto suelta en el móvil.
  5. Revisa si el viaje exige un extra. Si el menor sale en viaje solo o con una persona distinta de sus progenitores, la frontera puede pedir más comprobaciones que una comisaría ordinaria.

Casos especiales: menores extranjeros en España y españoles no residentes

La Instrucción 10/19 del Ministerio del Interior, que Interior resume en sus FAQ oficiales, aclara que no todos los menores se tratan igual. Aquí la clave no es solo la edad; también importan la nacionalidad, la residencia habitual y qué documento de viaje llevan.

Menores extranjeros residentes en España

Los menores extranjeros que residen en España se rigen por su legislación nacional. La web del Ministerio del Interior exige, para estos casos, pasaporte o documento de viaje en vigor de su país y, si su ley lo pide, autorización de sus autoridades consulares.

Eso significa que un menor marroquí, colombiano, francés o argentino que viva en España no entra automáticamente en el régimen español de autorización del padre para salir del país. Habrá que mirar primero qué exige su Estado de nacionalidad y qué documentación le pide su consulado en España.

Menores españoles no residentes que viajan a España

Si un menor español no reside en España y viaja a España sin ir con cualquiera de sus progenitores o tutores, Interior aclara que no necesitaría la autorización española pensada para los residentes. En ese supuesto, se comprueba el domicilio actual que figure en la documentación que acredita su identidad y nacionalidad, si consta.

Aquí el dato práctico es sencillo: que sea español no basta para meterlo en el mismo saco. Si su residencia habitual está fuera de España, no se aplica automáticamente el permiso español de salida, aunque sí pueden pedirle el documento de identidad, el pasaporte y cualquier prueba de su domicilio habitual.

La autorización española no se aplica igual a todos los menores: manda la combinación de residencia habitual, nacionalidad y acompañamiento.

Qué pasa si el menor viaja solo o acompañado

Viaje solo

Ana, de 15 años y residente en Sevilla, vuela a París en un billete de 132 € ida y vuelta. Si sale sola, sin su madre ni su padre, la policía de fronteras puede pedirle DNI o pasaporte en vigor, la autorización firmada y la reserva del vuelo. Si falta uno de esos papeles, el embarque o el control pueden complicarse bastante.

Viaje acompañado por un familiar

Daniel, de 16 años, sale de Málaga a Oporto con su tío. Aunque vaya acompañado, el tío no tiene la patria potestad, así que conviene llevar autorización expresa de ambos progenitores o de quien la ejerza, además del DNI del adulto y del menor. En frontera pueden preguntar quién es ese acompañante y por qué viaja con el menor.

La diferencia práctica es esta: cuando el acompañante es uno de los progenitores o tutores, el permiso suele sobrar; cuando es un familiar, un monitor o un tercero, la autorización deja de ser una formalidad y pasa a ser casi obligatoria en la práctica.

Qué hacer si falta consentimiento o el país de destino pide requisitos extra

  1. Si no hay acuerdo entre los progenitores, la salida del menor se encauza por el artículo 156 del Código Civil: cualquiera de los dos puede acudir al juez para que resuelva el conflicto. En España, esa vía judicial evita improvisar permisos que luego no sirven.
  2. Antes de comprar el billete, consulta a la Embajada o Consulado del país de destino en España. La propia Exteriores avisa de que los requisitos cambian mucho según el país y sus costumbres fronterizas.
  3. Pregunta también a la aerolínea. Algunas compañías piden formularios propios para menores, traducciones o autorizaciones con un formato concreto aunque el país de destino no sea tan estricto.
  4. Si el destino exige una autorización distinta, prepara la versión que pidan: idioma, firmas, acompañamiento y, si procede, traducción. No des por hecho que el permiso español vale en todas partes tal cual.

Recomendaciones según el país de destino

  • Comprueba si el país pide autorización propia para menores, aunque salga de España con un progenitor.
  • Revisa si la autorización debe ir en español, inglés o en el idioma local del país de destino.
  • Mira si exigen visado, formulario de entrada, prueba de alojamiento o billete de vuelta para menores.
  • Confirma las reglas de la aerolínea sobre menores no acompañados, porque a veces son más estrictas que la frontera.
  • Lleva siempre una copia en papel y otra digital, pero prioriza el original cuando el control lo pida.
  • Si el menor viaja con uno solo de los progenitores, lleva igualmente la autorización del otro aunque el destino no la exija expresamente: en España te puede ahorrar una incidencia.

Fuentes

  1. EuropaDocumentos para los menores que viajen dentro de la UEconsultado el 02/08/2026
  2. Iesalbayzinpermiso de viaje fuera españa para menores – Granada – IES Albayzínconsultado el 02/08/2026
  3. EliasymunozabogadosMe voy de viaje ¿puedo llevarme a mi hijo sin decirle a dónde a su …consultado el 02/08/2026
  4. GuardiacivilPermiso para salida de menores al extranjero – Guardia Civilconsultado el 02/08/2026
  5. ZurichPermisos de padres para viajar con menores fuera de España – Zurichconsultado el 02/08/2026