Qué es un becario en España y qué no es
Contratar a un becario en España no es firmar un contrato laboral normal: lo correcto es articular unas prácticas con convenio escrito, centro formativo y finalidad de aprendizaje. Si la persona ya terminó sus estudios o va a cubrir una necesidad ordinaria de la empresa, ya no estás ante un becario.
El becario combina estudios universitarios, de FP u otros estudios reglados con una estancia práctica en la empresa. Esa estancia sirve para aprender, no para reemplazar a un trabajador de plantilla. Por eso, cuando la empresa busca producción inmediata, horario cerrado y dependencia real, el encaje correcto suele ser otro: contrato formativo o contrato laboral ordinario, según el caso.
La clave no es el nombre que le pongas, sino la realidad: si hay formación y vínculo con el centro, hablamos de prácticas; si hay trabajo ordinario encubierto, toca revisar el contrato.
Lo mejor
- Aporta apoyo en tareas repetitivas sin subir la plantilla fija
- Permite formar talento joven en procesos y cultura de empresa
- La cuota puede ser menor si la beca está bien encajada en convenio
- Facilita detectar candidatos para futuras contrataciones sin prisa
Lo peor
- Si falta convenio, la relación puede acabar en inspección y sanción
- Sin tutor real, el becario aprende poco y la empresa incumple su fin formativo
- Usarlo como mano de obra barata encubre fraude y genera reclamaciones
- La Seguridad Social y la prevención obligan a trámites que no admiten despistes
Tipos de prácticas y figuras que se confunden
Antes de mover un papel, conviene separar figuras que en España se confunden a menudo. No todas las estancias en empresa son iguales, y mezclar una práctica académica con un contrato laboral acaba dando problemas con la Seguridad Social y con la Inspección de Trabajo.
| Figura | Vínculo en España | Finalidad | Duración | Qué no debes confundir |
|---|---|---|---|---|
| Prácticas curriculares | Convenio académico con el centro | Completar el plan de estudios | La fija el programa formativo | No son un contrato laboral |
| Prácticas extracurriculares | Convenio académico voluntario | Ganar experiencia fuera del plan docente | Dentro de los límites del centro | Siguen siendo formativas |
| Contrato formativo para la obtención de la práctica profesional | Contrato laboral | Adquirir práctica profesional tras los estudios | La marca el Estatuto de los Trabajadores | Ya hay salario y relación laboral |
| Contrato de formación en alternancia | Contrato laboral | Alternar trabajo y formación | De 3 meses a 2 años | No es una beca ni un convenio académico |
Prácticas curriculares
Las prácticas curriculares son las que van pegadas al plan de estudios. En una universidad española, en un ciclo de FP o en otra enseñanza reglada, forman parte del itinerario académico y suelen ser obligatorias o directamente previstas por el programa.
Aquí manda el centro formativo: la empresa no inventa las reglas, sino que se coordina con la universidad o con el centro de FP. La estancia tiene sentido si el alumno aplica lo que estudia, con tutoría y seguimiento, no si entra para sacar trabajo adelante sin más.
Prácticas extracurriculares
Las prácticas extracurriculares son voluntarias y se hacen fuera del plan docente, pero siguen siendo prácticas académicas, no empleo. Encajan cuando el estudiante quiere sumar experiencia antes de acabar los estudios o en paralelo a ellos.
Pueden ser remuneradas o no, según lo que admita el centro y lo que pacte la empresa. Lo que no cambia es su naturaleza: siguen siendo formativas. Si el becario acaba haciendo turnos fijos, sustituciones y tareas estructurales de plantilla, la etiqueta se queda corta.
Contrato formativo para la obtención de la práctica profesional
Esto ya no es beca. El artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores regula el contrato formativo para la obtención de la práctica profesional, que es un contrato laboral pensado para personas que ya tienen la titulación o el título habilitante y necesitan adquirir experiencia ajustada a ese perfil.
La diferencia práctica es clara: aquí hay relación laboral, salario y obligaciones propias del contrato. Si lo que buscas es cubrir un puesto con una persona ya titulada para que gane práctica real en su profesión, este puede ser el camino correcto; si lo que buscas es que un estudiante siga formándose con su centro, estás en otro terreno.
Contrato de formación en alternancia
El contrato de formación en alternancia combina actividad laboral retribuida y formación teórica. No es un convenio de prácticas, y tampoco un becario clásico. Su lógica es distinta: la persona trabaja y, a la vez, recibe formación vinculada a esa ocupación.
Su duración mínima es de 3 meses y la máxima de 2 años. En la empresa hay contrato laboral, salario y cotización, así que no conviene usarlo como atajo para meter a un alumno en prácticas sin cumplir los requisitos del convenio académico.
Requisitos para poder incorporar a un becario
- La persona debe seguir cursando estudios en una universidad, un centro de FP u otro centro educativo español que permita prácticas vinculadas a su formación.
- Tiene que existir relación real con el centro formativo: universidad, escuela, instituto o entidad docente que autorice y supervise el periodo.
- La finalidad debe ser formativa: aprender, practicar y completar estudios, no cubrir un puesto ordinario de la empresa.
- La actividad práctica debe guardar relación con lo que el alumno estudia; si no tiene nada que ver, el encaje se debilita mucho.
- La empresa debe poder ofrecer tutorización y seguimiento reales, no solo una mesa y un horario.
- Si la persona ya ha acabado los estudios y no conserva vínculo académico, normalmente ya no encaja como becario.
Cómo formalizar la incorporación: convenio y documentación
- Define con el centro formativo qué prácticas necesita el alumno y en qué periodo puede hacerlas, siempre antes del inicio.
- Confirma que el estudiante sigue matriculado y que la empresa puede ofrecer una actividad realmente ligada a su formación.
- Redacta el convenio tripartito con la empresa, el estudiante y la universidad o centro de FP.
- Firma la documentación, asigna tutor y deja cerrado el calendario de inicio, seguimiento y fin.
Qué debe recoger el convenio por escrito
- Duración exacta de las prácticas y fechas de inicio y fin.
- Horario o distribución temporal, compatible con los estudios del alumno.
- Si hay remuneración, la cuantía de la bolsa o ayuda al estudio y cómo se paga.
- Tutor en la empresa y, cuando proceda, tutor académico del centro formativo.
- Funciones formativas, objetivos y tareas concretas que no sustituyan a la plantilla.
- Régimen de prevención de riesgos, confidencialidad, protección de datos y, si procede, seguro.
Primer paso: publicar la oferta y coordinarla con el centro
- Publica la oferta con un perfil claro y una fecha de inicio realista, con margen suficiente para que el centro la revise.
- Envía la propuesta a la universidad, al centro de FP o al organismo educativo que corresponda y espera su validación antes de cerrar nada.
- Selecciona al estudiante y fija con el centro el calendario definitivo, siempre antes del primer día de prácticas.
Cotización a la Seguridad Social, bonificaciones y coste real
En España, el encaje de las prácticas en la Seguridad Social se mira en la Tesorería General de la Seguridad Social, porque la etiqueta de becario no borra por sí sola la obligación de alta o cotización cuando la norma la exige. La referencia legal actual está en la disposición adicional quincuagésima segunda de la Ley General de la Seguridad Social, que regula la inclusión de quienes realizan prácticas formativas.
| Situación | Quién gestiona el alta | Cotización | Impacto económico |
|---|---|---|---|
| Prácticas remuneradas | La empresa, según el régimen aplicable | Hay inclusión en Seguridad Social en los términos legales vigentes | Bolsa de ayuda + cuota que corresponda |
| Prácticas no remuneradas | La entidad que determine la norma o el convenio de prácticas | También puede haber inclusión en Seguridad Social | No hay bolsa, pero sí gestión y control documental |
| Bonificación o ayuda pública concreta | Quien marque la convocatoria | Puede minorar el coste total | Depende de la comunidad autónoma o del programa |
No hay una bonificación estatal automática por el mero hecho de contratar a un becario. Lo que sí puede haber son ayudas puntuales, programas autonómicos o incentivos ligados a convocatorias concretas en comunidades como Andalucía, Madrid, Cataluña o la Comunitat Valenciana. Antes de presupuestar, conviene revisar el caso con la TGSS y con el organismo que haya impulsado la ayuda.
Ejemplo de coste con una práctica remunerada
Una pyme de Sevilla acuerda una bolsa de 600 € al mes para un estudiante de FP durante 6 meses. Solo en ayuda al estudio, el coste directo ya son 3.600 €. Si además la práctica entra en el encuadre de Seguridad Social que corresponda, habrá que sumar la cotización aplicable y el coste interno de tutoría y seguimiento. El error típico es pensar que, por llamarlo beca, el desembolso desaparece.
Derechos, obligaciones y límites durante las prácticas
| Derecho u obligación | Qué significa en la práctica | Límite que no debes cruzar |
|---|---|---|
| Formación y orientación | La empresa debe enseñar, supervisar y corregir | No vale dejar al becario solo para sacar trabajo adelante |
| Tutoría | Debe haber seguimiento real en la empresa y, en su caso, en el centro | Un tutor nominal sin control no sirve |
| Compatibilidad horaria | Las prácticas deben encajar con los estudios | No puede exigirse disponibilidad total como a plantilla |
| Remuneración, si se pacta | La ayuda o bolsa debe constar por escrito | No se puede convertir en salario encubierto |
| Uso de medios y tareas | Puede usar herramientas de la empresa para aprender | No debe sustituir a una persona ausente de forma estructural |
El becario no tiene los mismos derechos que un trabajador con contrato laboral, porque no está en una relación laboral ordinaria. Tampoco hay indemnización por despido ni gratificaciones propias de plantilla si lo que existe es realmente un convenio de prácticas. Otra cosa distinta es que, si el uso que hace la empresa de esa persona es laboral en la realidad, el asunto pueda recalificarse.
Normativa aplicable y errores frecuentes que debes evitar
Las prácticas en España no se dejan al aire: hay que mirar la norma universitaria o de formación, la Seguridad Social y la figura contractual correcta si no estamos ante un convenio académico. Si la empresa se equivoca, el problema no suele ser solo administrativo; puede acabar en acta de Inspección de Trabajo, regularización de cuotas y discusión sobre si existía o no relación laboral.
Normas españolas que debes tener a mano
- Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, sobre prácticas académicas externas de estudiantes universitarios. Es la referencia básica cuando hablas de prácticas universitarias en España y deja claro su carácter formativo.
- Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, sobre la inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participan en programas de formación.
- disposición adicional quincuagésima segunda de la Ley General de la Seguridad Social, que hoy sostiene el encaje de las prácticas formativas en Seguridad Social.
- artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores, que separa el contrato formativo para la obtención de la práctica profesional y el contrato de formación en alternancia del típico convenio de becario.
Errores frecuentes al contratar a un becario
- Usar al becario como mano de obra ordinaria. Si hace turnos fijos, sustituye a plantilla o asume el puesto de un trabajador ausente, la práctica pierde su sentido formativo.
- No firmar el convenio tripartito ni dejar claras la duración, la tutoría y el horario. Sin papel, el conflicto está servido.
- Confundir prácticas con contrato laboral o con contrato formativo. Son figuras distintas y cada una exige su encaje y su documentación.
- Olvidar la Seguridad Social o dar por hecho que todo vale por llamarlo beca. En España, la TGSS y la Inspección de Trabajo miran la realidad, no la etiqueta.
Fuentes
- Hacesfalta¿Cómo contratar un becario para tu ONG? – Hacesfalta.orgconsultado el 29/07/2026
- InfoautonomosRequisitos para contratar a un becario siendo autónomoconsultado el 29/07/2026
- PayfitConvenio de un becario: condiciones y cotización – PayFitconsultado el 29/07/2026
- Becadvisor¿Cuál es la mejor plataforma para contratar becarios? – Becadvisorconsultado el 29/07/2026
- LegalitasCómo contratar a un becario – Legálitasconsultado el 29/07/2026
