Indemnización

Coste del despido en España: cuánto cuesta despedir a un trabajador y cómo se calcula

septiembre 1, 2026 EspanaLegal 10 min read
Coste del despido en España: cuánto cuesta despedir a un trabajador y cómo se calcula

El coste del despido en España no es una cifra única: suele sumar indemnización y liquidación o finiquito, y cambia según la causa de extinción. En muchos casos, la partida grande es la indemnización; en otros, el finiquito puede mover bastante la factura final.

Qué incluye de verdad el coste del despido

Indemnización y finiquito: dos cosas distintas

La liquidación o finiquito recoge lo que la empresa todavía debe cuando termina el contrato: salario pendiente, vacaciones no disfrutadas, pagas extra prorrateadas y otros conceptos ya devengados. Esa salida del contrato se encuadra en el artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores, que enumera las causas de extinción.

La indemnización es otra cosa: es la compensación legal por la extinción cuando la ley la prevé. En el despido improcedente, la regla general está en el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores. Por eso, al hablar de coste despido en España, conviene separar siempre dos capas: lo que ya se debía al trabajador y lo que la empresa paga por extinguir el contrato.

Si la carta de despido no trae causa suficiente o la causa se cae, la indemnización puede ser la parte más cara. Si además hay días trabajados sin cobrar o vacaciones pendientes, el cierre económico sube más.

Qué despidos y extinciones cambian el cálculo

Las calculadoras de referencia no trabajan con un único escenario porque la cuantía depende del tipo de extinción. La herramienta del CGPJ y la de Iberley se usan precisamente para eso: poner orden en los supuestos más habituales en España y orientar la cifra antes de reclamar o negociar.

  • Despido improcedente.
  • Despido objetivo.
  • Despido colectivo.
  • Extinción a instancia del trabajador por incumplimiento grave del empresario.
  • Extinción unilateral por modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo.
  • Extinción de personalidad jurídica de la empresa.
  • Despido por causas económicas, técnicas, organizativas o productivas.
  • Extinción por fuerza mayor o por traslado del trabajador.
  • Fin de contrato por tiempo u obra.
  • Muerte del trabajador.
  • Muerte, incapacidad o jubilación del empresario individual.
  • Liquidación en contratos de fomento de empleo.
  • Liquidación en contratos de emprendedores.

Despido improcedente

Suele ser el supuesto con mayor impacto económico porque la compensación es más alta. El artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores fija la indemnización legal de referencia y, en la práctica, es la que dispara la cuenta cuando el despido no aguanta el control judicial o la empresa reconoce la improcedencia.

Aquí la antigüedad pesa mucho: a más años trabajados, más días de salario indemnizables. Por eso una misma nómina puede traducirse en cifras muy distintas según el tiempo en la empresa y el salario bruto diario.

Despido objetivo y despido colectivo

En el despido objetivo, regulado en los artículos 52 y 53 del Estatuto de los Trabajadores, la indemnización legal baja frente a la del improcedente: la referencia habitual es de 20 días por año de servicio, con tope de 12 mensualidades.

En el despido colectivo, encajado en el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores, la lógica económica se mueve en esa misma banda, aunque el procedimiento es más complejo y afecta a varios trabajadores o a una parte relevante de la plantilla. En ambos casos, el tipo de causa y la fecha de efectos cambian la cifra final.

Extinción a instancia del trabajador por incumplimiento grave del empresario

Cuando quien rompe el contrato es el trabajador porque la empresa ha incumplido de forma grave, entra en juego el artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores. La cuantía suele equipararse a la del despido improcedente, así que el coste para la empresa puede ser muy similar al de una carta mal hecha.

Aquí no hablamos de una simple dimisión. Hace falta un incumplimiento serio y acreditable, y por eso estas reclamaciones suelen acabar en el Juzgado de lo Social si no hay acuerdo previo.

Otros supuestos de liquidación y extinción del contrato

Las calculadoras también agrupan casos menos frecuentes, pero muy reales en España: fuerza mayor, traslado del trabajador, muerte o jubilación del empresario individual, incapacidad, extinción de la personalidad jurídica, contratos temporales y modalidades especiales como los contratos de fomento de empleo o los de emprendedores.

No todos esos supuestos generan la misma compensación. Algunos llevan indemnización legal, otros solo liquidación, y en varios la cuantía depende del contrato, de la fecha y de si el cese afecta a toda la actividad o solo a una parte.

La etiqueta del despido importa más que el nombre que ponga la empresa: cambia los días por año, el tope y, al final, la factura.

Cómo se calcula el importe paso a paso

La base del cálculo es sencilla: salario bruto diario × días de indemnización reconocidos por la ley, con el tope que toque según el tipo de extinción. La calculadora del CGPJ, accesible desde la Sede electrónica del Poder Judicial, pide tres datos y hace el resto.

  1. Anota la fecha de inicio y la de fin del contrato. Sin esas dos fechas no hay antigüedad, y sin antigüedad no hay cálculo serio. Si el contrato tuvo varias etapas, conviene separarlas porque no todas se indemnizan igual.
  2. Convierte el salario a bruto diario. El propio CGPJ admite salario diario, mensual o anual. Si lo tienes en mensual o anual, la herramienta hace la conversión para trabajar con un salario bruto diario homogéneo.
  3. Identifica el tipo de extinción. No cuesta lo mismo un despido improcedente que uno objetivo o un cese por incumplimiento grave del empresario. Cada modalidad aplica su propia regla.
  4. Aplica el módulo legal correcto. En términos prácticos: 33 días por año con tope de 24 mensualidades en el improcedente; 20 días por año con tope de 12 mensualidades en el objetivo y, por regla general, en el colectivo.
  5. Añade la liquidación o finiquito. Suma salario pendiente, vacaciones no disfrutadas y pagas extra prorrateadas. Esa parte no es indemnización, pero sí forma parte del coste real para la empresa.
  6. Comprueba si hay tramos especiales. Si el contrato arranca hace muchos años o hubo cambios relevantes, la herramienta separa periodos cuando procede para que el resultado no engañe.

Ejemplo práctico de coste de despido con cifras

Ana trabaja en Sevilla desde hace 4 años, cobra 1.500 € brutos al mes y su empresa la despide de forma improcedente. Para el ejemplo, tomamos un salario anual de 21.000 € y un salario diario aproximado de 57,53 €.

  • Indemnización por improcedente: 4 años × 33 días = 132 días. 132 × 57,53 € = 7.594 € aproximadamente.
  • Liquidación o finiquito: un mes con 15 días trabajados, 8 días de vacaciones pendientes y parte proporcional de una paga extra puede situarse en torno a 1.460 €.
  • Coste total para la empresa: unos 9.054 €.

Si el mismo caso hubiera sido un despido objetivo, la indemnización bajaría a 4 años × 20 días = 80 días. 80 × 57,53 € = 4.602 € aproximadamente. Con la misma liquidación de 1.460 €, el coste final se quedaría cerca de 6.062 €.

Ese salto enseña muy bien por qué el tipo de despido manda tanto como la antigüedad.

Cuánto costó despedir en España según la estadística oficial

La primera estadística oficial del Ministerio de Trabajo y Economía Social sobre el coste de los despidos se publicó en 2021 con datos de 2020. Es una foto útil porque pone número a algo que muchas veces se discute sin base.

Indicador Dato 2020 Qué significa
Despidos realizados 479.181 Muestra el volumen de extinciones analizadas en la primera estadística oficial.
Empresas que despidieron 229.641 El fenómeno fue muy extendido en el tejido empresarial español.
Coste medio de las indemnizaciones 8.965 € por trabajador Es la media que pagó la empresa solo en indemnización.
Evolución en la última década -64 % aprox. La indemnización media ha caído con fuerza en diez años.

La lectura de fondo no es menor: en España las indemnizaciones por despido han bajado casi un 64 % en la última década, y eso ha alimentado el debate sobre si el sistema disuade de verdad el despido sin causa. También encaja con la Carta Social Europea Revisada, que España ratificó en 2021 y cuyo artículo 24.b habla de una indemnización adecuada o de otra reparación para el despido sin causa válida.

Qué validez tiene la calculadora online del CGPJ

La utilidad del CGPJ sirve para orientarte con rapidez, pero no sustituye el análisis jurídico completo del caso. Su valor es práctico: te da una cifra basada en la ley y la doctrina jurisprudencial vigente, y además se actualiza con regularidad.

Ventajas

  • Es una herramienta oficial y gratuita.
  • Está pensada para extinciones de contrato de trabajo en España.
  • Se actualiza con cambios legales y jurisprudenciales.
  • Ayuda a comparar lo que dice la empresa con lo que realmente sale al aplicar la norma.
  • Sirve para negociar con una base numérica antes de firmar.

Inconvenientes

  • El resultado no es vinculante.
  • Si metes mal la antigüedad o el salario, la cifra se desvirtúa enseguida.
  • No resuelve por sí sola particularidades de convenio, complementos o tramos antiguos del contrato.
  • No sustituye a un abogado laboralista o a un graduado social cuando hay conflicto.

Dicho de forma simple: es una buena brújula, pero no una sentencia.

Si la cifra no cuadra: plazos y pasos para reclamar

Si la cuenta no encaja, no conviene dejar pasar ni un día. En los despidos, el tiempo corre deprisa y el plazo es de caducidad.

  1. Revisa toda la documentación. Carta de despido, contrato, nóminas, certificado de empresa, vida laboral y cualquier correo o WhatsApp que aclare la causa. Sin papeles, la negociación se debilita.
  2. Presenta la papeleta de conciliación. Hazlo ante el servicio de mediación, arbitraje y conciliación de tu comunidad autónoma —SMAC, CMAC, SERCLA o el organismo equivalente— dentro del plazo de 20 días hábiles que marca el artículo 59.3 del Estatuto de los Trabajadores y la vía previa de la LRJS.
  3. Acude al acto de conciliación. Si hay avenencia, se cierra el conflicto con acuerdo. Si no la hay, te quedas con el acta para seguir adelante.
  4. Presenta demanda ante el Juzgado de lo Social. El plazo sigue vivo y la acción de despido caduca a los 20 días hábiles, según el artículo 103.1 de la LRJS. Aquí ya conviene ir con cálculo detallado y documentación ordenada.
  5. Pide revisión completa de la cifra. Si además de la indemnización discutes vacaciones, pagas extra o salario pendiente, adjunta tu propia hoja de cálculo y explica de dónde sale cada euro.

Si el despido afecta a un trabajador en Madrid, Barcelona, Valencia, Sevilla o cualquier otra provincia española, el Juzgado de lo Social competente y el servicio de conciliación autonómico serán los puntos clave para no perder el plazo.

Dudas habituales sobre el coste del despido

1. ¿Cuánto puede costarle a una empresa despedir a un trabajador en España?

Depende del tipo de despido y del salario del trabajador. Si es un despido objetivo, la indemnización general es de 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades; si es improcedente, sube a 33 días por año con tope de 24 mensualidades. Además, la empresa debe pagar el finiquito: salario pendiente, vacaciones no disfrutadas y pagas extra prorrateadas, si las hay.

2. ¿Cómo se calcula el importe de un despido?

Se toma el salario diario y se multiplica por los días de indemnización que correspondan según el tipo de despido y la antigüedad. Por ejemplo, con un salario de 60 euros al día y un despido objetivo tras 5 años, la indemnización sería 60 × 20 × 5 = 6.000 euros, siempre respetando el límite de 12 mensualidades. A eso hay que sumar el finiquito, que se calcula aparte.

3. ¿Cuánto tendría que pagar una empresa por despedir a un empleado?

La cantidad exacta cambia según el despido sea disciplinario, objetivo o improcedente. En un despido disciplinario procedente no hay indemnización, pero sí finiquito; en uno objetivo, la empresa paga 20 días por año; y si se declara improcedente, 33 días por año trabajado. El coste final puede ser muy distinto si el trabajador tiene muchos años de antigüedad o un salario alto.

Fuentes

  1. Civicabogados¿Cómo calcular la indemnización por despido? ▷ Guía 2026consultado el 02/08/2026
  2. Escueladenegociosydireccionel coste del despido, ¿cuánto te corresponde?consultado el 02/08/2026
  3. JovermarbenCómo calcular tu indemnización por despido – Marben Abogadosconsultado el 02/08/2026
  4. Personio¿Cómo calcular una indemnización por despido improcedente?consultado el 02/08/2026
  5. Ugt[PDF] Tipos de indemnizaciones por tipos de despidos – UGTconsultado el 02/08/2026