Gastos hipoteca

Gastos de novación de hipoteca con la nueva ley en España: quién paga y cuánto cuesta

octubre 2, 2026 EspanaLegal 11 min read

La novación de hipoteca en España puede salir desde unos pocos cientos de euros hasta algo más de mil, según el cambio que pactes y la comisión que cobre el banco. Desde la reforma de 2019, el reparto de gastos ya no se mira igual que antes: no es lo mismo una novación con exención fiscal que una modificación con nueva tasación o ampliación de capital.

Qué es la novación hipotecaria y qué cambios permite

La novación hipotecaria es la modificación de las condiciones de un préstamo ya firmado, sin cambiar de banco ni extinguir la hipoteca. En España la regula la Ley 2/1994, de 30 de marzo, sobre subrogación y modificación de préstamos hipotecarios, que permite formalizar esos cambios en escritura pública. La guía del Banco de España sobre novación o cambio de condiciones de la hipoteca lo resume bien: sigues con el mismo préstamo, pero con condiciones distintas.

En la práctica, la novación sirve para adaptar la cuota a tu situación económica, bajar o subir el riesgo del interés, alargar el plazo o ajustar las garantías. También puede utilizarse para pasar de variable a fija si tu banco lo acepta como modificación del préstamo. Lo importante es que no hay préstamo nuevo: se retoca el que ya existe.

Novación, subrogación y cancelación: no son lo mismo

  • Novación: sigues con el mismo banco y el mismo préstamo, pero cambian una o varias cláusulas.
  • Subrogación de acreedor: cambia el banco que cobra la hipoteca; el préstamo sigue vivo, pero el acreedor es otro.
  • Cancelación: la hipoteca se extingue y el préstamo queda totalmente pagado o refinanciado fuera de esa garantía.
  • Subrogación de deudor: cambia la persona obligada a pagar, algo distinto de modificar las condiciones del préstamo.

Cambios habituales: plazo, interés, capital, amortización y garantías

  • Plazo: ampliar años para bajar la cuota mensual o reducirlos para pagar antes.
  • Tipo de interés: cambiar el interés variable por fijo, o rebajarlo si el banco acepta.
  • Capital: ampliar el importe pendiente o, en algunos casos, reducirlo con amortización anticipada parcial.
  • Sistema de amortización: cambiar cómo se reparte cada cuota entre capital e intereses.
  • Garantías personales: añadir o quitar avalistas, fiadores o garantías accesorias.
  • Paso de variable a fija: en muchos bancos se articula como novación porque se modifica una condición esencial del préstamo.

La clave es esta: en una novación no sales de tu hipoteca, la reescribes. Por eso los gastos y el tratamiento fiscal dependen mucho de qué se modifique y de cuándo se firme.

Qué ley regula la novación y desde cuándo se aplica el nuevo reparto de gastos

El marco legal ha cambiado con dos normas clave. Por un lado, la Ley 2/1994 permite modificar el préstamo hipotecario por escritura pública. Por otro, la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario reforzó la información previa al cliente y fijó un nuevo enfoque para el reparto de gastos en las novaciones formalizadas desde el 16 de junio de 2019. El Banco de España lo recuerda en su guía textual sobre novación.

La primera pieza es el artículo 2 de la Ley 2/1994, que permite la novación modificativa del préstamo hipotecario mediante escritura pública. La segunda es el artículo 14 de la Ley 5/2019, que encaja la novación dentro de un sistema de transparencia reforzada y de distribución de gastos más claro para el consumidor.

La consecuencia práctica en España es sencilla: si firmas una novación hoy, ya no puedes mirar solo lo que decía tu escritura original. Hay que comprobar si la modificación cae dentro del régimen especial de la Ley 2/1994, si se firma después del 16 de junio de 2019 y si la operación tiene exención o bonificación en notaría, registro o AJD.

Qué novaciones entran en el nuevo régimen y cuáles no

  1. Las novaciones firmadas antes del 16 de junio de 2019 se analizan con el marco previo y con lo que se pactó entonces.
  2. Las novaciones firmadas desde el 16 de junio de 2019 quedan bajo la Ley 5/2019 y el reparto de gastos que resulte aplicable en ese momento.
  3. Si no hay una simple modificación del préstamo, sino una subrogación o una cancelación con nueva hipoteca, ya no estás ante la misma operación y cambian las reglas.
  4. Si la novación incluye ampliación de capital, la parte ampliada puede tener un tratamiento fiscal distinto de la mera modificación de interés o plazo.
  5. Si la escritura entra en la exención de la Ley 2/1994, el coste fiscal puede ser muy distinto del de una modificación ordinaria.

Quién paga los gastos de la novación tras la nueva ley

En una novación hipotecaria en España no todos los gastos caen sobre el cliente ni todos sobre el banco. La práctica actual, apoyada por la guía del Banco de España y por la normativa hipotecaria, deja el reparto así de forma orientativa:

Concepto Quién suele asumirlo Matiz práctico en España
Comisión de novación Cliente, si está pactada Puede venir en la escritura original o pactarse en la modificación
Tasación del inmueble Cliente Suele pedirla el banco si necesita valorar de nuevo la garantía
Notaría Banco, con arancel reducido o bonificado en supuestos de la Ley 2/1994 Si la novación entra en el régimen especial, el coste baja bastante
Registro de la Propiedad Banco, con arancel reducido Solo hay coste si se inscribe la escritura
Gestoría Banco, si interviene gestoría Depende de quién encargue la tramitación
IAJD Normalmente exento en las novaciones modificativas amparadas por la Ley 2/1994 Si la operación no entra en la exención, puede haber cuota
Copias notariales extra Quien las pida Las copias simples o autorizadas adicionales suelen ir aparte

La gran diferencia está en el AJD: no todas las novaciones lo pagan. Si la modificación está amparada por la exención de la Ley 2/1994 y por el régimen fiscal aplicable del Real Decreto Legislativo 1/1993, que aprueba el Texto Refundido del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, la cuota puede quedar en cero. Si no entra en esa exención, hay que mirar la escritura, la comunidad autónoma y la base imponible concreta.

Gastos con posible reducción o exención: notaría, registro e IAJD

  • La Ley 2/1994 prevé reducción de aranceles notariales y registrales en determinados supuestos de novación hipotecaria.
  • El Banco de España insiste en que esas rebajas no son un favor del banco: vienen de la normativa y deben reflejarse correctamente en la escritura.
  • El AJD puede quedar exento en novaciones modificativas concretas; si la operación se sale de esa exención, hay que volver al Texto Refundido del ITPAJD y a lo que resulte en la comunidad autónoma donde se liquide.
  • La comisión bancaria no es un gasto de notaría ni un impuesto: es un coste contractual que, si existe, debe estar pactado.
  • Si la novación incluye una ampliación de capital, esa parte puede tener un tratamiento distinto del resto de la modificación.

Cuánto cuesta una novación de hipoteca en España

Para no llevarte una sorpresa, conviene separar costes fijos y variables. Un banco puede ofrecer una novación barata en comisión, pero encarecerla con tasación, escritura e inscripción. Y al revés: una operación con exención de AJD puede quedar bastante contenida.

Ejemplo realista: Ana, de Sevilla, tiene pendiente una hipoteca de 120.000 euros y quiere cambiar el interés y ampliar el plazo. El banco le aplica una comisión del 0,1% sobre el capital pendiente: 120 euros. La tasación nueva le cuesta 300 euros, la notaría 330 euros, la gestoría 120 euros y el Registro de la Propiedad 165 euros. Como la novación entra en la exención fiscal, el AJD queda en 0 euros. Total orientativo: 1.035 euros.

Si Ana, además, ampliara capital en 20.000 euros y esa parte quedara sujeta a AJD al 0,5%, sumaría 100 euros más. Ahí el coste total subiría a 1.135 euros. La diferencia, en España, puede ser pequeña o muy seria según la comunidad autónoma y la estructura exacta de la escritura.

Comisión bancaria, tasación, notaría, gestoría, Registro e IAJD

Concepto Horquilla habitual en España Qué conviene mirar
Comisión bancaria por novación Del 0 % al 1 % del capital pendiente Si la novación es de plazo, la comisión no puede exceder del 0,1 % del capital pendiente de amortizar
Tasación del inmueble 250 a 350 euros Suele exigirla el banco si necesita una valoración actualizada
Notaría 0,2 % a 0,5 % del capital pendiente Puede haber arancel reducido por la Ley 2/1994
Gestoría 100 a 150 euros Varía mucho según la tramitación y la plaza
Registro de la Propiedad Aproximadamente el 50 % de los gastos notariales Solo hay coste si se inscribe la escritura
IAJD En simulaciones, 0,5 % sobre el capital ampliado Depende de la exención aplicable y de la comunidad autónoma

Cómo se formaliza la novación paso a paso

  1. Negocia con tu banco. Organismo: tu entidad financiera. Plazo: suele llevar varios días o semanas, según el estudio de riesgo y la documentación que aportes.
  2. Recibe la información previa. Organismo: banco y notaría. Plazo: en las novaciones sujetas a la Ley 5/2019, la documentación debe estar disponible con la antelación exigida antes de firmar, normalmente 10 días naturales.
  3. Firma la escritura pública. Organismo: notaría española. Plazo: el día fijado para la firma, una vez revisado el contenido modificado.
  4. Inscribe la novación. Organismo: Registro de la Propiedad. Plazo: la inscripción suele tramitarse en días o pocas semanas, según el registro y la carga de trabajo.

Documentos y comprobaciones antes de firmar

  • DNI o NIE de los titulares.
  • Escritura original del préstamo hipotecario.
  • Recibos recientes de la hipoteca.
  • Certificado de saldo pendiente o cuadro de amortización.
  • Última nómina o documentación de ingresos si el banco vuelve a estudiar solvencia.
  • Tasación si la entidad la pide para valorar el inmueble otra vez.
  • Oferta o propuesta de novación con el nuevo tipo, plazo o capital.
  • Revisión de la comisión de novación y de si está pactada en la escritura original.
  • Comprobación de que los gastos de notaría, registro, gestoría e impuestos están correctamente repartidos.
  • Lectura de la escritura para ver qué condiciones cambian exactamente respecto a la hipoteca inicial.

Cuándo reclamar si te han cobrado gastos abusivos

Reclamar merece la pena cuando te han cargado una comisión que no estaba pactada, gastos de notaría o registro sin base, una gestoría impuesta sin intervención real o un AJD cobrado pese a una exención aplicable. Si el banco ha aplicado bien la escritura y la operación no estaba exenta, la reclamación tiene menos recorrido.

Ventajas de reclamar:

  • Puedes recuperar importes cobrados de forma indebida.
  • Obligas al banco a justificar la cláusula y el desglose de gastos.
  • Dejas constancia escrita si luego tienes que acudir al Banco de España o al juzgado.
  • Te sirve para corregir la escritura o la liquidación si aún estás a tiempo.

Inconvenientes de reclamar:

  • El Banco de España no condena ni devuelve dinero; su criterio orienta, pero no obliga.
  • Si la comisión estaba pactada y la operación entraba en el régimen aplicable, la reclamación puede quedar en nada.
  • La vía judicial tarda más y, según el caso, exige abogado y procurador.
  • Si has firmado sin revisar la escritura, luego cuesta más discutir lo aceptado.

Vías de reclamación: banco, Banco de España y vía judicial

  1. Presenta primero una reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de tu banco. Es el paso previo lógico y el que más veces desbloquea un error de facturación.
  2. Si el banco no responde o no te convence, acude al Banco de España mediante su compendio de criterios de buenas prácticas bancarias y su sede electrónica de reclamaciones. Allí te dirán si la conducta bancaria encaja o no con las buenas prácticas.
  3. Si el importe compensa y la discusión es seria, da el paso a la vía judicial ante el juzgado competente. Es la opción más lenta, pero también la que puede acabar devolviendo el dinero.

Si la novación se ha cobrado como si fuera una hipoteca nueva, pero en realidad era una modificación amparada por la ley, merece la pena revisarla con lupa antes de dejar pasar el plazo para reclamar.

Fuentes

  1. AciertoCómo hacer una novación de hipoteca – Acierto.comconsultado el 09/08/2026
  2. BoeBOE-A-2019-3814 Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los …consultado el 09/08/2026
  3. Bbva¿Qué es la novación de una hipoteca? – BBVAconsultado el 09/08/2026
  4. Sincomisiones▷ Detalle de los gastos de novación de hipoteca en 2026consultado el 09/08/2026
  5. Uci¿Qué es la novación de una hipoteca? – UCIconsultado el 09/08/2026