Qué es el empleo del hogar en España y por qué hay que dar de alta a la trabajadora
Una empleada de hogar 20 horas semanales en España tiene que estar dada de alta en la Seguridad Social si presta servicios domésticos a cambio de salario. No es una ayuda puntual ni un favor entre vecinos: cuando hay continuidad, dependencia y pago, estamos ante una relación laboral especial.
La relación laboral especial del servicio del hogar familiar la regula el Real Decreto 1620/2011, y la guía de Empleo del hogar de Import@ss deja claro que el alta es obligatoria cuando hay salario. La gestión se hace ante la TGSS, hoy integrada en los trámites online de Import@ss, y la cuota se calcula según el salario declarado.
Si la colaboración es esporádica, sin salario y sin continuidad, no se mueve en este terreno. Pero en cuanto la relación es estable, aunque solo sean 20 horas a la semana, conviene formalizarla desde el principio: alta, contrato y cotización bien hechos evitan problemas a la familia empleadora y también a la trabajadora.
Salario de una empleada de hogar 20 horas semanales en 2026
Para 2026, la referencia oficial de Import@ss sitúa el SMI en 1.221,00 € al mes en 14 pagas, o en 1.424,50 € al mes si las pagas extra van prorrateadas. La misma fuente recoge 17.094 € brutos anuales para jornada completa de 40 horas semanales y un salario mínimo por hora de 8,90 €/hora si no incluye vacaciones, o de 9,55 €/hora si las incluye. La referencia oficial está en la calculadora del hogar de Import@ss.
Para pasar de jornada completa a 20 horas semanales, el criterio práctico es sencillo: dividir por dos, porque 20 horas son la mitad de 40. Eso sirve tanto para salario mensual como para hacer una comprobación rápida por horas.
Cálculo orientativo del salario por horas y su encaje con el SMI
| Concepto | Cálculo | Resultado orientativo |
|---|---|---|
| SMI mensual en 14 pagas para jornada completa | 1.221,00 € × 50 % | 610,50 € al mes |
| SMI mensual en 12 pagas para jornada completa | 1.424,50 € × 50 % | 712,25 € al mes |
| SMI por hora sin vacaciones | 8,90 € × 20 h | 178,00 € por semana |
| SMI por hora con vacaciones | 9,55 € × 20 h | 191,00 € por semana |
| Equivalente mensual aproximado por horas | 178,00 € × 52 / 12 | 771,33 € al mes |
La lectura práctica es esta: si el salario se fija por horas, la referencia mínima no se baja de esos importes. Si se fija por mes, hay que cuidar si las extras van aparte o prorrateadas, porque ahí cambia el número que debe figurar en el acuerdo y en la nómina.
Referencia práctica para Madrid: tramo de 20 horas semanales
Como orientación privada de mercado en Madrid, la tabla salarial de House & Kids sitúa el tramo de 8 a 20 horas semanales en 675,00 € netos al mes. Es una referencia útil para negociar, pero no sustituye el criterio oficial del SMI ni de la Seguridad Social.
Ejemplo rápido: si una familia en Madrid acuerda 20 horas semanales y toma esa cifra como guía, el coste salarial anual sería de 8.100 € netos si se paga en 12 mensualidades. Si las pagas extra se abonan aparte, el total sube. La tabla privada no publica una cuota específica para 20 horas, así que la cotización sigue teniendo que calcularse con el tramo real que marque la Seguridad Social.
Contrato de empleada de hogar 20 horas semanales: modalidades, jornada y escrito
- Indefinido: es la fórmula normal cuando el servicio va a continuar en el tiempo. Para una empleada de hogar 20 horas semanales, suele ser la opción más limpia si la necesidad de la familia es estable.
- Temporal: solo encaja si hay causa y duración concreta. No vale usarlo porque sí; el motivo tiene que quedar claro en el contrato.
- Fijo discontinuo: sirve si el trabajo se repite de forma intermitente, por temporadas o campañas, no si la prestación es continua todo el año.
- A tiempo parcial: con 20 horas semanales estamos ante un contrato parcial, y la jornada tiene que reflejarse con precisión: distribución semanal, días de trabajo, salario y descanso.
- Por escrito: el empleo del hogar admite reglas especiales, pero el contrato a tiempo parcial debe constar por escrito según el Estatuto de los Trabajadores, en sus arts. 8 y 12. El SEPE ofrece modelos de contrato que ayudan a dejar bien atado el tipo de relación.
La clave en este tipo de empleo no es solo el nombre del contrato, sino que la jornada real de 20 horas quede bien descrita. Si la familia y la trabajadora pactan días sueltos, conviene fijar el reparto de horas por escrito para evitar discusiones después.
Alta y cotización en la Seguridad Social: quién paga, qué tramo aplica y qué cubre
La cuota no sale de una cifra fija para todos, sino de un sistema de tramos ligado al salario comunicado. La calculadora de Import@ss asigna el tramo y divide la aportación entre empleador y trabajadora.
| Parte | Qué asume | Qué cubre | Cómo se calcula |
|---|---|---|---|
| Cuota del empleador | Contingencias comunes, contingencias profesionales, desempleo, Mecanismo de Equidad y FOGASA | Cobertura general y parte de la protección futura | Según el salario y el tramo comunicado |
| Cuota de la trabajadora | Contingencias comunes y desempleo | Protección directa de la persona empleada | Se descuenta de la nómina |
| Sistema de tramos | La TGSS encuadra el salario en un tramo concreto | Determina la cuota mensual | Depende del salario real declarado |
Reparto de cuotas y sistema de tramos
- La familia empleadora no paga solo por tener a la trabajadora dada de alta; paga por el salario declarado y por el tramo que le corresponda.
- La trabajadora también cotiza, y su parte se descuenta de la nómina de forma visible.
- Cuanto más alto es el salario comunicado, más arriba suele situarse el tramo y más cambia la cuota final.
- La cotización no es un adorno administrativo: protege ante enfermedad, accidente y prestaciones futuras.
Con 20 horas semanales, el salario manda sobre el tramo y el tramo manda sobre la cuota; mirar solo el sueldo, sin la cotización, deja el cálculo cojo.
Bonificaciones y reducciones que pueden rebajar la cuota
- Si la persona trabajadora está en un supuesto de familia numerosa, puede aplicar una reducción del 20 % o del 45 %, según el caso que permita la normativa y refleje Import@ss.
- La familia empleadora puede disfrutar de un descuento del 80 % en las cuotas de desempleo y FOGASA cuando se cumple el supuesto bonificado.
- Estas rebajas no se aplican solas por intuición: hay que comprobarlas en la calculadora de Import@ss y ver si el hogar encaja en el beneficio.
- Si cambia la situación familiar o el tipo de contrato, también puede cambiar la bonificación.
Derechos laborales básicos: salario, pagas extra, descansos, baja y prestaciones
El salario pactado tiene que respetar el mínimo anual y el marco del empleo del hogar que fija el Real Decreto 1620/2011. De forma supletoria, el Estatuto de los Trabajadores ordena cuestiones como el salario mínimo, las gratificaciones extraordinarias y la forma del contrato. En la práctica, una empleada de hogar 20 horas semanales no puede cobrar por debajo del SMI proporcional, aunque el acuerdo sea verbal o la relación venga de años atrás.
Las pagas extra son un derecho básico: la trabajadora tiene 2 pagas extraordinarias, salvo que se pacte su prorrateo y eso quede claro. También puede haber salario en especie, pernocta u horas de guardia, pero esos conceptos no pueden vaciar el salario en dinero ni ocultarlo en la práctica. Si se paga parte en especie, conviene dejarlo bien detallado en el recibo para que no haya dudas sobre lo que se ha abonado de verdad.
La cotización abre la puerta a la protección de la Ley General de la Seguridad Social, en su art. 42 sobre la acción protectora. Eso se traduce en cobertura ante enfermedad o accidente, y en acceso a prestaciones futuras como jubilación y otras prestaciones contributivas que dependen de las bases y del tiempo cotizado.
Qué hacer si falta el alta, sobran horas o pagan por debajo del mínimo
- Reúne pruebas y reclama por escrito a la familia: mensajes, transferencias, cuadrantes, horario real y cualquier acuerdo. El plazo para reclamar salarios es de 1 año desde que cada cantidad debió pagarse, según el art. 59.1 del Estatuto de los Trabajadores.
- Pide el alta o la rectificación en TGSS: hazlo de inmediato a través de Import@ss o en la Administración de la Seguridad Social que te corresponda. Si faltan horas o el salario declarado no coincide con la realidad, conviene corregirlo cuanto antes para evitar cuotas mal calculadas.
- Denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social: puedes hacerlo en cualquier momento si no hay alta, si sobran horas no declaradas o si la cotización es inferior a la real. La Inspección puede comprobar la relación laboral y levantar acta.
- Presenta papeleta de conciliación y, si hace falta, demanda en el juzgado de lo social: la conciliación previa se encauza por la LRJS, en especial sus arts. 63 y 64, y después se puede acudir al juzgado de lo social. En Madrid, lo habitual es el SMAC; en otras comunidades, el organismo equivalente. El plazo de los salarios sigue siendo de 1 año, así que no conviene dejarlo correr.
Si el problema es solo que faltan horas pagadas, la reclamación suele ir por cantidad. Si además no hubo alta, se puede acumular la regularización de Seguridad Social con la reclamación económica. En ambos casos, cuanto antes se mueva el expediente, mejor queda la prueba y más margen hay para recuperar dinero y cotización.
Fuentes
- Seg-socialGuía práctica del empleo en el hogar. Seguridad Socialconsultado el 10/08/2026
- Celtibericabogados¿Cuánto cobra una empleada del hogar en España?consultado el 10/08/2026
- HogarcuidadoTabla salarial y calculadora: empleadas de hogar 2026consultado el 10/08/2026
- FamilyservitTabla Salarial Empleada de Hogar 2025 – Family Servitconsultado el 10/08/2026
- Bizilan¿Cuánto debes cobrar si eres empleada de hogar? – Bizilanconsultado el 10/08/2026
