Qué salario mínimo rige para el empleo de hogar en España en 2026
En España, una empleada de hogar no puede cobrar por debajo del salario mínimo interprofesional. Para 2026, la referencia oficial de la Seguridad Social fija 1.221,00 € al mes en 14 pagas o 1.424,50 € si el salario se prorratea en 12 mensualidades; por hora, el mínimo es 8,90 €/hora sin vacaciones incluidas y 9,55 €/hora cuando la hora ya las incorpora. La base jurídica está en el artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1620/2011, que regula la relación laboral especial del servicio del hogar familiar.
La Seguridad Social lo resume en su calculadora oficial de Importass para empleo de hogar: si trabajas en una casa, el salario mínimo se adapta a la jornada real, pero no se rebaja por el mero hecho de que el trabajo sea doméstico. En anual, el suelo de 2026 queda en 17.094 € brutos.
Pagar en 12 o en 14 pagas cambia la forma de repartirlo, no el derecho de la trabajadora. Si la jornada es completa, el mínimo es el mismo que en cualquier otra actividad; si es parcial, toca hacer la proporción correcta.
El salario puede repartirse de varias maneras, pero nunca bajar del mínimo equivalente a la jornada real.
Cuánto debe cobrar según jornada completa, media jornada o por horas
Si la jornada es completa, la referencia es el SMI mensual. Si es parcial, se calcula la parte proporcional. Y si se paga por horas sueltas, el mínimo horario oficial manda sobre cualquier acuerdo verbal.
| Jornada o forma de pago | Cuantía mínima 2026 | Cómo se interpreta |
|---|---|---|
| Jornada completa, 40 h/semana | 1.221,00 € al mes | 14 pagas al año |
| Jornada completa con extras prorrateadas | 1.424,50 € al mes | 12 pagas al año |
| Media jornada, 20 h/semana | 610,50 € al mes | proporcional al 50 % de la jornada |
| Media jornada con extras prorrateadas | 712,25 € al mes | equivalente en 12 pagas |
| Por hora, sin vacaciones incluidas | 8,90 €/hora | trabajo puntual o intermitente |
| Por hora, con vacaciones incluidas | 9,55 €/hora | hora completa ya cerrada |
La regla útil es esta: si hay contrato parcial continuado, mira el porcentaje de jornada; si lo que hay son horas aisladas, usa el precio por hora. En ambos casos, el resultado no puede quedarse por debajo del mínimo legal.
Ejemplo práctico: 20 horas semanales
Ana trabaja en Sevilla 20 horas semanales limpiando, planchando y haciendo compra básica. Si cobra 550 € al mes con dos pagas extra, está por debajo del mínimo. Para esa media jornada, lo correcto es 610,50 € mensuales; le faltarían 60,50 € cada mes. En un año, la diferencia sube a 846 € brutos solo por salario base, sin contar cotizaciones.
Cómo calcular el salario bruto, el neto y las pagas extra
- Parte del salario bruto pactado para la jornada real. Bruto es lo que se devenga antes de restar cotizaciones o retenciones.
- Decide si las dos pagas extraordinarias van aparte o prorrateadas. Si van aparte, hay 12 nóminas mensuales más dos extras; si se prorratean, el total anual se reparte entre 12.
- Resta la aportación a la Seguridad Social que corresponda a la trabajadora y, si procede, la retención de IRPF.
- El resultado es el salario neto: lo que entra realmente en la cuenta.
- Comprueba que el neto no te tape un bruto insuficiente. Una nómina puede estar bien presentada y, aun así, quedar por debajo del mínimo.
Qué se descuenta de la nómina de una empleada de hogar
- La cuota de la trabajadora a la Seguridad Social, que incluye contingencias comunes, desempleo y el MEI cuando proceda.
- La retención de IRPF, solo si existe obligación de practicarla según el salario y la situación personal.
- Los anticipos de salario que se hayan entregado antes del cierre del mes.
- Las ausencias no justificadas o los periodos no trabajados, si están bien calculados y documentados.
El error más habitual es confundir salario pactado con salario neto. Si se prometen 700 € y luego se descuentan cuotas, esos 700 € eran brutos, no lo que va a cobrar al final.
Cuánto se cotiza a la Seguridad Social y cómo funcionan los tramos
Las cotizaciones del servicio doméstico se encajan en el sistema especial de la LGSS, en particular en la lógica de bases y cotización del artículo 147 de la LGSS. La base se fija por el salario y por el tramo que corresponda; la tabla de bases del empleo de hogar fue actualizada por la Orden PJC/297/2026 con efectos desde el 1 de enero de 2026, y la TGSS la aplica a través de Importass.
| Concepto | Quién lo soporta | Tipo de cuota | Qué cubre |
|---|---|---|---|
| Base por tramos | TGSS | depende del salario | determina el recibo mensual |
| Contingencias comunes | empleador y trabajadora | según tramo | enfermedad común, jubilación, incapacidad |
| Contingencias profesionales | empleador | según tramo | accidente de trabajo y enfermedad profesional |
| Desempleo | empleador 5,5 % / trabajadora 1,55 % | fijo | acceso a prestación por desempleo |
| MEI | se integra en la cuota total | 0,9 % en 2026 | refuerzo de pensiones futuras |
| FOGASA | empleador | variable | garantía salarial en supuestos tasados |
La cuota total sale de sumar la parte empresarial y la parte de la trabajadora. En este sistema, el recibo mensual no se improvisa: sale del tramo salarial y de los porcentajes que le tocan a cada uno.
La TGSS no calcula la cuota por intuición: salario, tramo y porcentaje van juntos.
Quién paga qué en la cuota mensual
- La empleadora asume contingencias comunes, contingencias profesionales, desempleo, MEI y FOGASA cuando proceda.
- La trabajadora aporta contingencias comunes y desempleo; la TGSS lo refleja en el recibo de cuotas.
- Desde enero de 2023, el desempleo se reparte con 5,5 % a cargo del empleador y 1,55 % a cargo de la trabajadora.
- La cotización sirve para cubrir bajas por enfermedad o accidente y para generar derecho a prestaciones futuras, incluida la jubilación.
Qué obligaciones tiene el empleador: alta, cotización y pago mensual
- Dar de alta a la trabajadora en la TGSS antes de que empiece a prestar el servicio. El trámite se hace en Importass y la fecha de efectos debe coincidir con el inicio real del trabajo.
- Comunicar salario, jornada, domicilio de prestación y horas semanales para que la Seguridad Social sitúe el contrato en el tramo correcto.
- Revisar cada mes el recibo de liquidación y domiciliar el pago en la cuenta bancaria indicada. Si cambian sueldo u horas, hay que comunicar la variación sin esperar a final de año.
- Guardar contrato, nóminas y justificantes de pago. Si hay revisión de la Inspección de Trabajo o una reclamación de cantidades, esa es la prueba básica.
- Tramitar la baja cuando termine la relación y corregir los datos cuando cambie la jornada o el salario.
Menos de 60 horas al mes: quién asume el alta
Desde enero de 2023, si el trabajo no llega a 60 horas mensuales, la responsabilidad del alta en la Seguridad Social recae en la persona empleadora. Ya no conviene dejar ese punto en manos de la trabajadora. Si trabaja para varias casas, cada familia responde de su parte: su alta, su tramo y su cuota.
Bonificaciones, reducciones y casos especiales en la cuota
Las bonificaciones no rebajan el salario mínimo de la empleada de hogar; solo alivian la cuota del empleador. En una casa con título de familia numerosa o con ingresos bajos, el ahorro puede ser notable, pero hay que revisar bien los requisitos antes de aplicarlo. Si se hace mal, la TGSS puede reclamar diferencias después.
Familias numerosas y rentas bajas
- Ventaja: la bonificación del 45 % para familias numerosas reduce la cuota por contingencias comunes sin tocar el sueldo de la trabajadora.
- Ventaja: en determinados hogares con rentas bajas pueden aplicarse bonificaciones del 30 % o del 45 %, también sobre contingencias comunes.
- Ventaja: el salario mínimo de la empleada se mantiene intacto; la ayuda no baja el bruto pactado.
- Inconveniente: hay que acreditar el requisito de familia numerosa o de renta baja y conservar la documentación por si la TGSS la pide.
- Inconveniente: si la bonificación se aplica sin cumplir el supuesto, después toca devolver lo bonificado.
- Inconveniente: la ayuda solo actúa sobre la cuota; no cambia la jornada, las pagas extra ni el salario base.
Qué hacer si el salario está por debajo del mínimo o la cotización es incorrecta
- Revisa la nómina y el contrato y compara horas, salario bruto y pagas extra con el mínimo que toca según la jornada.
- Reclama por escrito al empleador la diferencia salarial y pide la corrección de la cuota en la TGSS/Importass. Conserva WhatsApp, email o burofax.
- Si la cuota está mal, solicita la regularización o aporta el dato correcto para que la Seguridad Social liquide lo pendiente.
- Si no hay arreglo, presenta denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y, si quieres cobrar atrasos, demanda de reclamación de cantidad ante el Juzgado de lo Social.
- No lo dejes pasar: cuanto antes se corrige, menos diferencias, recargos y problemas con futuras prestaciones se acumulan.
Dudas habituales sobre el salario del hogar
1. ¿Cuánto hay que pagar a una empleada de hogar por 7 horas a la semana?
Con 7 horas semanales, estamos hablando de unas 30,3 horas al mes. Tomando como referencia el mínimo legal en España para trabajo por horas en el servicio del hogar familiar, el pago no debería bajar de unos 269 euros brutos al mes. Si hay pagas extras prorrateadas, vacaciones o tareas añadidas, la cifra puede subir.
Fuentes
- HouseandkidsSalario empleada de hogar 2026: SMI, cuánto se cobra y cotizaciónconsultado el 26/07/2026
- MaidsespanaTabla salarial empleadas de hogar 2026 (BOE): sueldos – Maids & Coconsultado el 26/07/2026
- HouseandseniorsSalarios y Cotización Empleadas de Hogar – House and Seniorsconsultado el 26/07/2026
- FamilyservitTabla Salarial Empleada de Hogar 2025 – Family Servitconsultado el 26/07/2026
- BbvamijubilacionSalario Mínimo de Empleadas de Hogar en 2026 – BBVA Mi Jubilaciónconsultado el 26/07/2026
