Indemnización

Indemnización máxima por despido en España: cuánto puedes cobrar y cómo se calcula

julio 26, 2026 EspanaLegal 8 min read
Indemnización máxima por despido en España: cuánto puedes cobrar y cómo se calcula

Qué indemnización corresponde según el tipo de despido

En España, la respuesta corta es esta: la indemnización cambia según el tipo de despido y, en el disciplinario, solo aparece si acaba declarado improcedente. El marco está en los arts. 52, 53, 54, 56 y 59 del Estatuto de los Trabajadores.

Tipo de despido Cuándo se usa Cuánto se paga Tope habitual Norma clave
Objetivo Causas económicas, técnicas, organizativas, de producción, ineptitud o falta de adaptación 20 días por año trabajado 12 mensualidades arts. 52 y 53 ET
Disciplinario Incumplimiento grave y culpable del trabajador 0 € si es procedente No hay indemnización art. 54 ET
Improcedente Falta de causa o de forma suficiente 33 días por año; 45 días para el tramo anterior al 12-02-2012 24 mensualidades o régimen transitorio de 42 art. 56 ET y DT 5ª Ley 3/2012

La clave práctica es sencilla: si la empresa despide por una causa objetiva y la acredita, paga una indemnización más baja; si el despido disciplinario no se sostiene, entra en juego el improcedente y sube la cuenta.

El tipo de despido decide si hay indemnización, cuánto se calcula y qué techo legal manda.

Despido objetivo en España: 20 días por año y límite de 12 mensualidades

Cuándo procede

El despido objetivo no es un despido libre: exige una causa real de las previstas en el art. 52 ET. En la práctica, las más habituales en España son:

  • causas económicas
  • causas técnicas
  • causas organizativas
  • causas de producción
  • ineptitud sobrevenida
  • falta de adaptación a cambios técnicos tras un curso adecuado

Debe notificarse por escrito, con explicación clara de la causa y con la indemnización de 20 días por año a disposición del trabajador, salvo que la empresa discuta después la cuantía por error de cálculo.

Cuánto se cobra

La regla general es 20 días de salario por año trabajado, prorrateando por meses los periodos inferiores al año y con tope de 12 mensualidades. Si llevas 7 años y 4 meses, no se pagan 7 años enteros y se ignoran los 4 meses: se computa la antigüedad real y se transforma a la fracción que corresponda.

Si la empresa no acredita bien la causa o no cumple los requisitos formales del art. 53 ET, el despido puede acabar siendo improcedente y la indemnización sube.

Despido improcedente en España: 33 días, tramo anterior a 2012 y cálculo por periodos

La indemnización por despido improcedente se fija en el art. 56 ET y, cuando hay antigüedad anterior al 12 de febrero de 2012, entra en juego la disposición transitoria quinta de la Ley 3/2012. Ahí está la razón de que en España se hable de 33 días, de 45 días y de dos topes distintos según el caso.

Tramo de antigüedad Días por año Desde cuándo hasta cuándo Límite que suele aplicar
Servicio posterior al 12-02-2012 33 días Desde el 12 de febrero de 2012 hasta la fecha del despido 24 mensualidades
Servicio anterior al 12-02-2012 45 días Desde el inicio del contrato hasta el 11 de febrero de 2012 Hasta 42 mensualidades en el régimen transitorio
Cálculo mixto 45 + 33 días Se suman los dos tramos por separado El tope final depende del periodo previo a 2012

En un contrato posterior al 12 de febrero de 2012, no hay tramo de 45 días: todo se calcula a 33 días por año. Si el contrato es anterior, hay que dividir la antigüedad en dos bloques y sumar ambas indemnizaciones.

Cómo se separa la antigüedad antes y después del 12 de febrero de 2012

  1. Marca la fecha de inicio del contrato y la fecha del despido.
  2. Calcula primero el tiempo trabajado hasta el 11 de febrero de 2012.
  3. Calcula después el tiempo trabajado desde el 12 de febrero de 2012 hasta la extinción.
  4. Aplica 45 días por año al primer tramo y 33 días por año al segundo.
  5. Suma ambos importes y comprueba el tope que corresponda.

Si el contrato empezó, por ejemplo, el 1 de mayo de 2008 y terminó el 1 de mayo de 2014, tendrás un tramo largo con 45 días y otro con 33 días. No se mezclan: se calculan por separado para que el resultado sea correcto.

Dividir la antigüedad en dos tramos no es un capricho: es la diferencia entre un cálculo de 33 días limpio y una indemnización con 45 días en la parte vieja del contrato.

Cómo se calcula la indemnización: salario diario, antigüedad y redondeos

La fórmula que usan de forma práctica los juzgados de lo social parte del salario diario: salario anual bruto computable dividido entre 365. A partir de ahí, multiplicas por los días de indemnización que te correspondan según el tipo de despido y la antigüedad.

Si tu sueldo anual es 24.820 €, el salario diario sale a 68,00 € exactos. Con ese dato ya puedes pasar del sueldo mensual al importe final, porque lo que se indemniza no es el mes, sino el día de salario.

Qué conceptos salariales entran en el cálculo

  • salario base
  • complementos salariales fijos de convenio
  • pluses habituales y consolidables, como antigüedad, turnicidad o nocturnidad si forman parte normal de la nómina
  • comisiones, incentivos o variables habituales cuando están acreditados y son retribución del trabajo
  • pagas extraordinarias prorrateadas o no, porque forman parte del salario anual real

No suelen entrar los conceptos extrasalariales, como dietas, kilometraje, gastos justificados de desplazamiento o cantidades que no retribuyen trabajo sino compensan un gasto. En la práctica laboral española, el punto de partida es el salario regulador que de verdad percibía el trabajador, no una nómina limpia recortada por la empresa.

Ejemplo de cálculo con cifras reales

Ana, despedida en Sevilla, cobra 1.500 € brutos al mes en 14 pagas, así que su salario anual es de 21.000 €. Ha trabajado 4 años y 3 meses, todos posteriores al 12 de febrero de 2012.

  1. Salario diario: 21.000 ÷ 365 = 57,53 €
  2. Antigüedad: 4,25 años
  3. Días de indemnización por improcedente: 4,25 × 33 = 140,25 días
  4. Indemnización: 140,25 × 57,53 = 8.069,35 €

Si además quedaran 12 días sueltos para completar el mes, ese resto no se pierde en el cálculo final: se integra en la antigüedad según el criterio procesal aplicable y siempre dentro del tope legal. Así evitas que una cuenta mal cerrada te quite dinero de la indemnización.

Tope máximo de la indemnización: 24 meses, 720 días y 42 mensualidades

Aquí conviven dos ideas: el límite general de la indemnización improcedente y el régimen transitorio para contratos con antigüedad antes del 12 de febrero de 2012. El art. 56 ET y la disposición transitoria quinta de la Ley 3/2012 explican por qué unas fuentes hablan de 24 meses, otras de 720 días y otras de 42 mensualidades.

Escenario Límite Qué significa en la práctica Cuándo se usa
Regla general actual 24 mensualidades = 720 días Aunque el cálculo dé más días, la indemnización se corta ahí Despidos improcedentes ordinarios con antigüedad solo posterior a 12-02-2012
Régimen transitorio Hasta 42 mensualidades Si la antigüedad anterior a 12-02-2012 genera más de 720 días, entra el tope mayor Contratos anteriores a 12-02-2012
Cálculo mixto Suma de 45 y 33 días por tramos Primero calculas cada fase y luego aplicas el límite que corresponda Despidos con antigüedad partida

La confusión sale de mezclar atajos de cálculo. Cuando lees 24 meses, 720 días o 42 mensualidades, no siempre están hablando del mismo supuesto. Un despido improcedente de un contrato nuevo suele quedarse en 24 meses; si la antigüedad vieja pesa mucho, el régimen transitorio puede empujar el techo hasta 42 mensualidades.

En los contratos largos, el límite no se mira solo en días: manda el tramo anterior a la reforma y el tope transitorio que le corresponde.

Plazos para reclamar y vía correcta: SMAC y juzgado de lo social

En España, la impugnación del despido va con prisa: tienes 20 días hábiles desde la fecha de efectos para actuar, conforme a los arts. 63 y 103 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Social y al art. 59.3 ET. Los sábados, domingos y festivos no cuentan. Antes de demandar, hace falta el intento de conciliación previa ante el SMAC o el organismo equivalente de tu comunidad autónoma.

Pasos del trámite

  1. Cuenta el plazo desde el día siguiente a la fecha de efectos del despido y anota los 20 días hábiles.
  2. Presenta la papeleta de conciliación en el SMAC, en el CMAC de Cataluña o en el servicio autonómico de conciliación que corresponda.
  3. Acude al acto de conciliación: si hay acuerdo, se firma; si no, el organismo levanta acta sin avenencia.
  4. Presenta la demanda ante el juzgado de lo social competente de tu provincia dentro del tiempo que quede vivo tras la conciliación.

Si vives en Madrid, Barcelona, Valencia, Sevilla o Bilbao, el procedimiento es el mismo: cambia el organismo concreto que recibe la papeleta, no el plazo de caducidad ni la necesidad de conciliación previa.

Qué puede hacer la empresa antes del juicio

  • reconocer que el despido es improcedente en la propia carta;
  • poner la indemnización a disposición del trabajador al comunicar el despido o en conciliación;
  • llevar una propuesta económica al SMAC para cerrar acuerdo sin juicio;
  • separar bien finiquito e indemnización, porque no son lo mismo y suelen pagarse por conceptos distintos.

En la práctica, si la empresa rectifica pronto y paga lo que toca, el conflicto puede acabar en el acto de conciliación. Si no lo hace, el juzgado de lo social decidirá si el despido es procedente, improcedente o nulo.

Fuentes

  1. Icam[PDF] indemnización por despido. tope máximo – Madrid – ICAMconsultado el 25/07/2026
  2. Poderjudicial[PDF] guía legal y jurisprudencial de la herramienta de cálculo de …consultado el 25/07/2026
  3. Calculo-despidoCálculo de Indemnización por despidoconsultado el 25/07/2026
  4. ConfislabIndemnización por despido improcedente ¿720 días o 42 …consultado el 25/07/2026
  5. EuskadiPreguntas frecuentes sobre indemnizaciones por despido – Lanbideconsultado el 25/07/2026