DNI

Tasas del DNI en España: cuánto cuestan y cómo pagarlas

agosto 13, 2026 EspanaLegal 9 min read
Tasas del DNI en España: cuánto cuestan y cómo pagarlas

Qué es la tasa del DNI y en qué trámite se paga

La tasa del DNI en España es el importe público que se abona por expedir o renovar el Documento Nacional de Identidad. En la práctica, se paga cuando vas a sacar por primera vez el DNI, cuando lo renuevas por caducidad o cuando la renovación viene provocada por causas como pérdida, sustracción o deterioro.

La base está en la Ley 84/1978, de 28 de diciembre, sobre tasas del Documento Nacional de Identidad y en el artículo 7 del Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, que regulan la expedición del documento y su sujeción a tasa. A eso se suma la exención específica prevista para familias numerosas en el artículo 12 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas.

Lo importante es esto: la obligación de pagar nace con el trámite de expedición o renovación, no con la mera cita previa. Si vas a la comisaría de la Policía Nacional en Madrid, Sevilla, Valencia o cualquier otra ciudad española, lo normal es que te pidan acreditar el supuesto concreto para cobrarte la tarifa ordinaria o aplicarte la gratuidad.

En España, el DNI no se paga “por tener cita”: se paga por la expedición o renovación concreta que te autoriza la Policía Nacional.

Cuánto cuesta sacar o renovar el DNI en España

La tasa ordinaria vigente del DNI es de 12 euros. Ese importe se aplica en la primera expedición y, por regla general, también en la renovación cuando hay caducidad, pérdida, sustracción, deterioro o renovación anticipada sin causa exenta.

Trámite en España Importe habitual Cuándo se cobra Matiz práctico
Primera expedición 12 € Al sacar el primer DNI También tributa como expedición
Renovación por caducidad 12 € Al renovar dentro o fuera del plazo Es el caso más frecuente
Renovación por pérdida, sustracción o deterioro 12 € Al emitir un nuevo documento Conviene llevar denuncia si la hay
Renovación por cambio de domicilio o datos personales 0 € Si concurre el supuesto exento Debe encajar con la causa legal de gratuidad
Familia numerosa con título vigente 0 € En expedición o renovación Hay que acreditar el beneficio

Tarifa general y supuestos habituales

  • Primera expedición del DNI, incluso si se hace en una comisaría de la Policía Nacional por primera vez.
  • Renovación por caducidad, tanto si vas justo de plazo como si ya ha caducado.
  • Renovación por deterioro material: tarjeta rota, chip dañado o fotografía inservible.
  • Renovación por pérdida o sustracción, que suele ser la causa más incómoda porque obliga a reponer el documento.
  • Renovación anticipada cuando el motivo no está exento y la oficina considera que procede el cobro.
  • Sustitución de un DNI no válido por motivos de estado del soporte o seguridad del documento.

Ejemplo práctico con importes reales

Ana vive en Sevilla y tiene 32 años. Saca por primera vez su DNI en la comisaría: paga 12 euros.

Dos años después, lo pierde en un viaje a Bilbao y pide duplicado: vuelve a pagar 12 euros.

Más tarde cambia de domicilio dentro de Andalucía y la renovación encaja en la causa de gratuidad: no paga tasa.

La diferencia total es clara: en su caso, puede pasar de abonar 12 € a 24 € si hay dos expediciones sujetas a tasa, o quedarse en 12 € si solo hubo la primera expedición.

Quién está exento de pagar la tasa del DNI

  • Las personas que acreditan la condición de familia numerosa con título vigente, ya sea de categoría general o especial.
  • Quien renueva por cambio de domicilio, cuando la expedición se ajusta al supuesto gratuito reconocido por la Policía Nacional.
  • Quien renueva por modificación de datos personales o de filiación en los supuestos en que no procede el cobro de tasa.
  • Los casos en los que la oficina de expedición confirma que la nueva emisión entra en una causa de gratuidad y no en una renovación ordinaria.
  • Los menores o mayores de edad no tienen exención automática por edad: en España no basta con ser menor para no pagar el DNI.

La clave está en la causa. Si la renovación se debe a caducidad, extravío, robo o deterioro, lo habitual es pagar. Si la renovación responde a un cambio de datos o de domicilio y la comisaría lo encuadra en la exención, la tasa no se cobra.

Familias numerosas y documentación acreditativa

  • Título oficial de familia numerosa en vigor, expedido por la comunidad autónoma competente, como la Junta de Andalucía, la Generalitat Valenciana o la Comunidad de Madrid.
  • Documento identificativo del titular que solicita el DNI, normalmente el suyo propio o el del progenitor si es menor.
  • En algunas comisarías, el carné individual de familia numerosa o una copia del título colectivo si la numerosa está reconocida en formato conjunto.
  • Si el título está caducado o pendiente de renovación, la Policía Nacional puede negar la exención hasta que lo presentes actualizado.

Lo razonable es llevar el justificante original o una copia bastante clara. Si lo tramitas en Barcelona, Zaragoza o Murcia, no cambian las reglas: la acreditación vale si la admite la oficina de expedición y está en vigor.

Cómo pagar la tasa del DNI paso a paso

Pago presencial el día de la expedición

  1. Acude a tu cita en la comisaría de expedición de la Policía Nacional con la documentación completa y el importe preparado. El trámite suele resolverse el mismo día.
  2. Presenta tu antiguo DNI, si lo tienes, y la documentación que pruebe la causa del trámite: fotografía, certificado o justificante de exención si procede.
  3. Abona la tasa en el momento en que te lo indique el personal de la oficina. En la práctica, es el camino más habitual en España.
  4. Conserva el resguardo o comprobante que te entregue la oficina, porque es la prueba de que has pagado correctamente.
  5. Revisa antes de salir que la tarjeta nueva, la fecha de caducidad y los datos impresos son correctos.

Pago online y justificante

  1. Antes de ir a la comisaría, comprueba en la oficina de la Policía Nacional de tu provincia si te han indicado un pago previo o un justificante de abono aceptado.
  2. Realiza el pago por el canal habilitado y verifica que el concepto corresponde al DNI y no a otro trámite.
  3. Descarga o imprime el justificante: debe figurar tu nombre, el importe, la fecha y el expediente o referencia.
  4. Llévalo a la cita en papel o en el móvil, pero mejor impreso si vas a una oficina pequeña o muy concurrida.
  5. Si el justificante no identifica bien el trámite, la oficina puede pedirte repetir el pago o abonar la tasa de forma presencial.

Cuándo se paga: primera expedición, renovación y cambios de datos

La tasa se paga en el momento en que se emite el nuevo DNI. En la primera expedición, el cobro es inmediato. En la renovación, depende de la causa: si es por caducidad, pérdida, sustracción o deterioro, lo normal es pagar; si es por cambio de domicilio o determinados cambios de datos personales, puede no cobrarse.

En España, la Policía Nacional permite renovar el DNI con una antelación práctica de 180 días antes de la fecha de caducidad. Ese margen evita que llegues tarde y tengas que moverte con el documento vencido, algo especialmente incómodo si viajas, firmas un contrato en una oficina de la Administración o necesitas identificarse en una entidad bancaria.

Plazos de validez y antelación para renovar

Edad o situación Vigencia del DNI Desde cuándo puede renovarse
Menores de 5 años 2 años Hasta 180 días antes de la caducidad
De 5 a 30 años 5 años Hasta 180 días antes
De 30 a 70 años 10 años Hasta 180 días antes
70 años o más Vigencia más amplia o permanente, según el supuesto Según cita y criterio de expedición
Personas con gran discapacidad, cuando proceda Vigencia adaptada al caso Según indicación de la oficina

Cuándo no deberías esperar al último día

  • Si vas a viajar fuera de España y el DNI caduca pronto.
  • Si lo necesitas para trámites con ayuntamientos, notarios o bancos.
  • Si has perdido el documento y necesitas identificación urgente.
  • Si has cambiado de nombre, apellidos o domicilio y quieres evitar un problema al usarlo.

Qué hacer si el pago falla o la tasa está mal abonada

Cómo corregir el error sin perder la cita

  1. Comprueba antes de salir de casa que el pago corresponde al DNI, no a otro documento o tasa similar.
  2. Revisa que el nombre y el DNI/NIE del titular coinciden con los datos del justificante.
  3. Si el importe es incorrecto, contacta con la comisaría de expedición de la Policía Nacional antes de acudir para que te confirmen si sirve o si debes rehacerlo.
  4. Si el pago ha fallado pero el cargo bancario aparece, guarda el apunte o extracto y enseña esa prueba en la oficina.
  5. Si no tienes justificante ni forma de demostrar el abono, lo más prudente es resolverlo antes de la cita o pedir otra, porque la oficina puede no expedir el DNI.
  6. Si el error está en una exención —por ejemplo, familia numerosa— lleva la documentación de respaldo en vigor para que te la acepten en ventanilla.

Cómo corregir el error sin perder la cita

Si detectas el problema a tiempo, la solución práctica suele pasar por la propia oficina de expedición o por la comisaría donde tienes la cita. Si el pago no identifica bien el concepto, si hay un duplicado mal emitido o si te falta el resguardo, el personal puede decirte que subsanes el defecto antes de tramitar la tarjeta. En la práctica, lo que salva la cita es llegar con una prueba clara: justificante correcto, título de familia numerosa vigente o confirmación del cargo.

Si el fallo se ve en el último minuto, no improvises. En muchos casos compensa volver a pagar bien y luego pedir aclaración del cargo erróneo, porque sin justificante válido la expedición puede quedarse parada. La regla útil es simple: DNI, importe y titular tienen que cuadrar, o la Policía Nacional te lo va a poner en pausa.

Dudas habituales sobre la tasa del DNI

1. ¿En qué casos no se paga el DNI?

El DNI es gratis cuando lo renuevas por cambio de domicilio, filiación o sexo, y también para las familias numerosas en los supuestos reconocidos por la normativa. En el resto de renovaciones y expediciones ordinarias, lo normal es abonar la tasa. Si vas a renovarlo, conviene llevar el justificante que acredite el motivo de la gratuidad.

2. ¿Cuánto cuesta sacar o renovar el DNI?

La tasa ordinaria del DNI es de 12 euros. El importe se paga en el momento de la expedición o renovación, salvo en los casos exentos. Si necesitas renovarlo, puedes abonarlo en la propia comisaría con tarjeta o en efectivo, según la oficina, y en algunos casos también por vía telemática al pedir cita.

Fuentes

  1. CaixabankCuánto cuesta renovar el DNI y el pasaporte en 2026 – CaixaBankconsultado el 14/07/2026
  2. Consumer¿Cuánto cuesta el DNI o el pasaporte? – Consumer Eroskiconsultado el 14/07/2026
  3. InteriorTasas – DNI – Ministerio del Interiorconsultado el 14/07/2026