El convenio que suele servir de referencia para IKEA en España es el del sector de grandes almacenes, no un texto “de IKEA” con efecto automático para toda la red. Si un centro o una sociedad del grupo tiene convenio propio válido, manda ese; si no, hay que mirar el sectorial y comprobar si la actividad y la superficie del centro encajan de verdad.
Qué convenio se aplica a IKEA en España
IKEA España no se resuelve por el nombre comercial, sino por el encaje jurídico del centro, la sociedad empleadora y el tipo de actividad. La referencia publicada para este sector es la Resolución de 30 de mayo de 2023, publicada en el BOE núm. 137, de 9 de junio de 2023, que registra y publica el Convenio colectivo del sector de grandes almacenes 2023-2026, código de convenio n.º 99002405011982, firmado el 10 de marzo de 2023 por ANGED y FETICO, CC.OO., VALORIAN y UGT.
En la práctica, esto significa que si una tienda o centro de trabajo de IKEA en España entra en el ámbito del convenio y no hay uno de empresa aplicable, el marco sectorial es el que marca jornada, grupos, prueba y otras condiciones. Si existe convenio de empresa, hay que comparar primero cuál es realmente aplicable y si su contenido es válido y vigente.
Publicación y registro en el BOE
La publicación no es un trámite decorativo. La hacen la autoridad laboral y el BOE porque los artículos 90.2 y 90.3 del Estatuto de los Trabajadores obligan a depositar el convenio, registrarlo y publicarlo, y el Real Decreto 713/2010 ordena el registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos.
Publicado y registrado, el convenio ya puede exigirse como regla laboral real: no es una nota interna, sino una norma colectiva aplicable si el ámbito encaja.
Ámbito de aplicación: qué empresas y personas entran
El convenio no se limita a una tienda concreta ni a una ciudad. Su ámbito es estatal y, además, el texto alcanza a las personas trabajadoras de las empresas incluidas aunque estén desplazadas temporalmente al extranjero. Para IKEA en España, lo importante no es la marca en abstracto, sino si la sociedad, el centro y la actividad están dentro del perímetro descrito por el convenio.
| Supuesto | ¿Entra en el convenio? | Qué mirar |
|---|---|---|
| Empresas de ANGED sin convenio propio | Sí | Si la sociedad y el centro operan como gran almacén y no hay convenio de empresa aplicable |
| Grupos empresariales | Sí, cuando el centro encaja en el ámbito del texto | Sociedad empleadora, actividad real y superficie de venta |
| Franquicias | Sí, si el texto las incluye y cumplen condiciones | Si existe remisión expresa o convenio propio distinto |
| Grandes superficies mixtas con superficie nacional de venta igual o superior a 30.000 m² | Sí | Superficie total de venta en España y tipo de explotación |
| Supermercados | No, salvo remisión expresa | Ver si el convenio los menciona de forma clara |
| Personas trabajadoras | Sí | Contrato, puesto y centro concreto |
| Ámbito territorial | Todo el Estado español, también desplazados al extranjero | Centro de trabajo, destino temporal y sociedad empleadora |
Si una parte del grupo opera con otra sociedad o con un formato distinto, no se da por hecho: se revisa el centro concreto, la actividad y la remisión expresa del texto.
Vigencia, efectos económicos y denuncia del convenio
La foto temporal es sencilla: el convenio rige desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2026. Sus efectos económicos también arrancan el 1 de enero de 2023, así que no hay que esperar a la publicación para que se apliquen los importes o reglas que correspondan desde esa fecha.
| Hito | Fecha | Qué significa |
|---|---|---|
| Inicio de vigencia | 1/01/2023 | El convenio entra en su periodo pactado |
| Efectos económicos | 1/01/2023 | Las cuantías y efectos salariales se aplican desde esa fecha |
| Fin de vigencia | 31/12/2026 | El texto cubre ese ciclo completo |
| Denuncia | Al menos 15 días antes del final | Si se quiere abrir una nueva negociación, hay que avisar dentro de ese margen |
La firma fue el 10 de marzo de 2023, pero lo que manda para la nómina y para la organización del trabajo es el periodo pactado y sus efectos económicos desde el 1 de enero de 2023.
Jornada y condiciones laborales reguladas en el texto
El BOE del convenio deja claro qué materias sí están dentro del texto: grupos profesionales, período de prueba, trabajo a distancia y organización del tiempo de trabajo. Eso es lo que debes comprobar antes de discutir turnos, encuadre profesional o si te pueden cambiar el esquema de prestación.
| Materia | Qué regula el convenio | Qué suele concretarse aparte |
|---|---|---|
| Grupos profesionales | Cómo se ordenan los puestos y funciones | Asignación real del puesto y tareas diarias |
| Período de prueba | Marco de duración y uso en la contratación | Lo que figure en el contrato individual |
| Trabajo a distancia | Bases generales para esa modalidad | Acuerdo escrito, medios y gastos |
| Organización del tiempo de trabajo | Cómo se ordena la jornada y su distribución | Calendario anual, cuadrantes y avisos internos |
En una empresa como IKEA, donde pesan mucho los turnos, fines de semana y campañas comerciales, la letra del convenio importa tanto como el cuadrante mensual. Si el calendario real no encaja con lo pactado, hay base para pedir revisión.
Clasificación profesional y grupos
- El grupo profesional no depende solo del nombre del puesto; manda lo que haces de verdad cada día.
- Conviene comparar tareas reales: atención al cliente, caja, reposición, almacén, coordinación, mando o cierre de sección.
- Mira el nivel de autonomía, responsabilidad y supervisión que asumes, porque eso suele separar un grupo de otro.
- Si haces funciones superiores de forma habitual, pide que te expliquen por escrito por qué te mantienen en ese grupo.
- Guarda pruebas: cuadrantes, correos, instrucciones de responsables y objetivos asignados.
- Si tu realidad diaria se parece más a otro grupo, la discrepancia no se arregla con el título del contrato, sino con la función efectiva.
Período de prueba y trabajo a distancia
- Período de prueba: tiene que estar pactado y ajustado al convenio o al contrato; si no aparece, no se puede improvisar después.
- Durante ese tiempo, la empresa y la persona trabajadora pueden desistir conforme a las reglas aplicables, pero conviene revisar siempre si la cláusula está bien puesta.
- Trabajo a distancia: el convenio marca el marco, pero el detalle debe bajar al acuerdo escrito y a la política interna del centro.
- Deben quedar claros medios, horario, disponibilidad, compensación de gastos y reversibilidad; si eso no está, el problema no se resuelve con un correo suelto.
Sueldo, tablas salariales y complementos
Aquí está la parte que más miran las plantillas de tienda: el convenio del sector de grandes almacenes trae sus tablas salariales y sus posibles complementos, pero para saber tu cifra exacta hay que leer el anexo del BOE y cruzarlo con tu grupo profesional, tu jornada y los pluses que realmente se paguen en tu centro.
Un ejemplo sencillo ayuda a verlo. Imagina a Ana, que trabaja en un centro de IKEA en Sevilla y tiene esta nómina solo como ejemplo orientativo:
| Concepto | Importe ejemplo |
|---|---|
| Salario base | 1.480 € |
| Complemento personal | 90 € |
| Prorrata de pagas extra | 130 € |
| Bruto mensual | 1.700 € |
| Cotización y retención estimadas | -340 € |
| Neto aproximado | 1.360 € |
Si, además, el centro paga un plus de domingos y festivos de 60 € ese mes, el bruto subiría a 1.760 € y el neto crecería según la retención aplicada. La idea es esta: en la nómina debes poder separar salario base, complementos y pagas, no ver una cifra cerrada sin explicación.
Dónde mirar de verdad:
- En las tablas salariales del convenio publicado en el BOE, para ver la cuantía asignada a tu grupo o nivel.
- En el contrato y en los anexos internos, para comprobar si la paga extra va prorrateada o se abona aparte.
- En la nómina, para identificar complementos personales, funcionales o de puesto, si existen.
- En las comunicaciones de empresa, si hay pluses por domingos, festivos, nocturnidad, responsabilidad o disponibilidad.
Qué hacer si no te aplican bien el convenio
- Revisa de inmediato tu contrato, la última nómina, el grupo profesional y el cuadrante. Si ves diferencias, pide rectificación por escrito a RR. HH. o a tu responsable directo en el mismo momento en que detectes el error.
- Presenta una reclamación interna ante la tienda, la dirección de personas o la representación legal de la plantilla. Hazlo por escrito y guarda acuse, correo o registro, para que no se quede en una conversación de pasillo.
- Si hay jornada mal registrada, pluses omitidos o clasificación incorrecta, presenta denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Puedes hacerlo en cualquier momento mientras dure el incumplimiento.
- Si no te lo corrigen, presenta papeleta de conciliación ante el servicio autonómico de mediación, arbitraje y conciliación de tu comunidad autónoma —SMAC, CMAC, UMAC o el órgano equivalente— antes de ir al juzgado. Si reclamas cantidades salariales, no dejes pasar el tiempo.
- Si no hay acuerdo en conciliación, presenta demanda ante el Juzgado de lo Social de tu provincia para reclamar diferencias salariales, encuadramiento profesional o el reconocimiento de las condiciones correctas.
Documentos que conviene reunir
- Contrato de trabajo y posibles anexos de puesto o movilidad.
- Nóminas de varios meses, mejor si cubren campañas, fines de semana y festivos.
- Cuadrantes, calendario laboral y cualquier registro horario disponible.
- Correos, mensajes corporativos y órdenes de responsables de tienda o zona.
- Certificado de empresa y comunicaciones de RR. HH. sobre jornada, grupo o cambios de turno.
- Si lo tienes, el convenio o la referencia interna que la empresa dice aplicar, para compararla con el texto del BOE.
Fuentes
- IberleyConvenio Colectivo de Empresa de IKEA ESPAÑA, A.B. – Iberleyconsultado el 10/08/2026
- Vlexconvenio colectivo ikea iberica – vLexconsultado el 10/08/2026
- SantamarialarealNuevo convenio de colaboración con Ikea Españaconsultado el 10/08/2026
- ElpaisCC OO propone una subida salarial del 7% en 2027 para el nuevo …consultado el 10/08/2026
- FeticoConvenio Colectivo Grandes Almacenes 2025 – Feticoconsultado el 10/08/2026
