Qué es el convenio de gestorías administrativas y a quién se aplica
El convenio colectivo estatal de gestorías administrativas fija las reglas laborales mínimas del sector en España: salario, jornada, vacaciones, permisos y clasificación profesional. Se aplica a las empresas y a las personas trabajadoras encuadradas en esta actividad, y se integra en el marco de los arts. 82 a 86 del Estatuto de los Trabajadores, que regulan qué puede pactar un convenio, cómo se negocia y qué fuerza tiene frente al contrato.
En la práctica, esto significa dos cosas muy simples. Primera: si tu empresa es una gestoría administrativa y está dentro del ámbito estatal del convenio, no puede pagarte por debajo de lo pactado en él. Segunda: el contrato individual puede mejorar el convenio, pero no rebajarlo en materias indisponibles o en mínimos legales. Por eso el convenio no va solo de nóminas; también ordena cómo se trabaja dentro de la oficina, cómo se distribuye la jornada y qué derechos básicos tienes en España.
Cuando haya dudas, piensa en esta jerarquía: ley, convenio y contrato. El ET marca el suelo; el convenio concreta el sector; el contrato solo puede sumar. Si una cláusula interna intenta empeorar un derecho mínimo, esa parte no debe aplicarse.
El convenio fija el detalle del sector; la ley pone el mínimo que nadie puede rebajar.
Vigencia del convenio, registro y fuentes oficiales que debes consultar
- El texto de referencia es el convenio estatal vigente del sector, con su periodo 2024-2026 y las revisiones o acuerdos posteriores que se hayan ido publicando.
- Para localizarlo sin perderte, cruza siempre la publicación en el BOE con el registro de convenios del Ministerio en REGCON.
- El depósito, registro y publicación no son un formalismo menor: el art. 90 del Estatuto de los Trabajadores exige esa publicidad para que el texto tenga eficacia general.
- Si ves PDFs antiguos circulando por internet, desconfía de entrada: en convenios con revisiones salariales, la fecha manda más que el archivo que te hayan reenviado por correo o WhatsApp.
- La referencia útil no es solo el texto firmado, sino la última tabla salarial o revisión que afecte al año en curso.
Qué documentos mirar para no perderte entre convenio, revisiones y tablas
- Primero, el texto íntegro del convenio: define ámbito, grupos profesionales, jornada y estructura salarial.
- Después, las revisiones salariales o acuerdos complementarios que modifiquen importes desde la firma inicial.
- Luego, las tablas salariales del año concreto; ahí es donde compruebas el salario base real de tu categoría.
- Si existe un acuerdo de actualización posterior, úsalo por delante de cualquier tabla desfasada aunque siga apareciendo en buscadores.
- Por último, verifica si el documento que te enseñan es un simple resumen informativo o una publicación con validez oficial.
Qué normas mandan si hay dudas entre convenio y ley
El convenio colectivo no vive por libre: se mueve dentro del marco legal español. Si el convenio regula un aspecto, lo hace con el margen que le da la ley; si guarda silencio, entra el Estatuto de los Trabajadores; y si una cláusula del convenio rebaja un mínimo legal, esa parte no debe aplicarse. En materia de salario, jornada, descansos o permisos, el convenio puede mejorar, concretar y ordenar, pero no vaciar el contenido mínimo que fija la norma estatal.
Por eso, cuando revises una nómina de gestoría administrativa, no basta con mirar el PDF del convenio. Hay que comparar el dato del convenio con el contrato, la nómina, el calendario laboral y, si hace falta, con la Inspección de Trabajo. En España, el convenio es muy útil precisamente porque baja al detalle del sector, pero siempre dentro del marco del ET y de la normativa laboral general.
Salario base, complementos y tablas salariales actualizadas
| Concepto | Qué fija en la nómina | Qué debes comprobar en el convenio vigente |
|---|---|---|
| Grupo o categoría profesional | Determina el salario base y la referencia de encuadramiento | Que tu puesto real encaje con las funciones que haces |
| Salario base | Retribución fija mínima de la categoría | Que no esté por debajo de la tabla del año en curso |
| Pagas extra | Dos pagas, o prorrata mensual si así se paga | Si van aparte o prorrateadas y en qué cuantía |
| Complementos salariales | Plus de puesto, responsabilidad, idioma, antigüedad u otros pactados | Si son consolidables, absorbibles o variables |
| Horas extra | Retribución o descanso compensatorio | Que se paguen o compensen según el acuerdo aplicable |
La estructura salarial se entiende bien leyendo el art. 26 del Estatuto de los Trabajadores: salario base por trabajo ordinario y, aparte, complementos salariales que dependen de la persona, del puesto o de la situación de la empresa. En gestorías administrativas, la tabla del convenio te dice el mínimo de cada categoría; lo demás es revisar si la empresa añade pluses o si ha metido conceptos que deberían figurar separados.
No te fíes solo del neto. Para saber si cobras bien, compara el bruto mensual, el bruto anual y si las pagas extra van prorrateadas. Si la empresa abona un complemento fijo todos los meses, mira si ese complemento está realmente pactado o si forma parte del salario base disfrazado de otra cosa. Eso importa porque luego afecta a cotización, atrasos y posibles diferencias salariales.
Cómo leer la tabla salarial por grupos o categorías profesionales
- Mira primero tu categoría real, no el nombre comercial del puesto.
- Comprueba el salario base mensual y el anual; muchas dudas salen de una mala prorrata.
- Separa en la nómina lo fijo de lo variable: base, pagas extra y complementos.
- Si hay plus de responsabilidad, idioma o antigüedad, verifica que aparezca con su importe y su causa.
- Si la empresa absorbe subidas con complementos, revisa si el convenio lo permite de forma expresa.
- Cuando cambies de función, revisa si también debe cambiar tu encuadramiento salarial.
Ejemplo de nómina con cifras para comprobar si se cobra bien
Ana trabaja en una gestoría en Sevilla y está encuadrada en una categoría cuyo salario de convenio equivale a 1.620 € brutos al mes en 14 pagas. Su empresa le paga 1.540 € brutos al mes, también en 14 pagas.
La diferencia es de 80 € al mes. En un año completo, Ana deja de cobrar 1.120 € brutos:
- 80 € x 14 pagas = 1.120 €
- Si además hubiera un complemento fijo de 60 € que no aparece, la diferencia anual subiría a 1.120 € + 840 € = 1.960 €
Ese cálculo sirve para detectar errores rápidos. Si la nómina no separa bien salario base y complementos, o si te han metido una prorrata que no cuadra, el problema no es solo contable: puede haber atrasos salariales y cotizaciones mal hechas.
Jornada, descansos y horas extra en las gestorías
- La jornada ordinaria se fija por convenio y, si no hay mejora sectorial, se mueve dentro del límite del art. 34 del Estatuto de los Trabajadores: 40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual.
- Entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente debe haber 12 horas de descanso, y el descanso semanal mínimo también debe respetarse.
- En gestorías es habitual la jornada partida, pero eso no autoriza a alargar el horario sin compensación ni a saltarse el calendario laboral.
- Las horas extraordinarias se rigen por el art. 35 del Estatuto de los Trabajadores: son voluntarias salvo pacto o fuerza mayor, tienen límite anual y deben compensarse con dinero o descanso.
- Si la empresa no controla el horario de forma fiable, el problema suele acabar en diferencias de jornada, horas extra o descansos mal calculados.
Jornada anual, horario y pausas dentro de la oficina
- La jornada no se mide solo por horas al día; lo importante es el cómputo anual que marque el convenio.
- La pausa del bocadillo o descanso intermedio solo cuenta como tiempo de trabajo si así lo reconoce el convenio o la empresa.
- En oficinas de gestoría es muy frecuente el horario de atención al público por la mañana y parte de la tarde; eso no cambia por sí solo los límites legales.
- Si hay teletrabajo parcial, la jornada sigue siendo la misma: cambia el lugar, no el tiempo de trabajo pactado.
- Los cuadrantes y calendarios deben ser claros para poder comprobar si se respetan festivos, puentes y descansos.
Horas extraordinarias, compensación y límites legales
Las horas extraordinarias en España no son una carta blanca para cubrir picos de trabajo de cualquier manera. El ET permite hacerlas con límites y con control, y el acuerdo aplicable debe decir si se pagan o se compensan con descanso. El máximo general es de 80 horas al año por persona trabajadora, sin contar las de fuerza mayor, y la compensación puede ser económica o en descanso equivalente si así se pacta.
En una gestoría, lo importante no es solo si te llaman un viernes por la tarde para cerrar impuestos o trámites. Importa también si esa hora queda registrada, si se paga como extra o si se compensa dentro del plazo pactado. Sin registro serio, la empresa entra en terreno muy débil si luego discute el exceso de jornada.
Vacaciones, permisos y medidas de igualdad en el sector
- Las vacaciones mínimas en España son de 30 días naturales al año y no se sustituyen por dinero salvo extinción del contrato, conforme al art. 38 del Estatuto de los Trabajadores.
- Los permisos retribuidos mínimos vienen del art. 37 del Estatuto de los Trabajadores y el convenio puede mejorarlos, nunca empeorarlos.
- En gestorías administrativas conviene revisar también si hay flexibilidad horaria, bolsas de horas o mejor encaje de conciliación para campañas de mucho trabajo.
- Las medidas de igualdad influyen en promociones, retribución, turnos y, en algunos casos, en la organización del trabajo.
- Si la empresa tiene políticas internas de conciliación, deben aplicarse de forma objetiva y sin discriminación.
Vacaciones y permisos retribuidos: qué entra y qué no
- Vacaciones: 30 días naturales; si el contrato acaba antes de disfrutarlas, se liquidan en el finiquito.
- Matrimonio: 15 días naturales.
- Hospitalización, accidente, enfermedad grave o intervención con reposo de familiares: el permiso legal existe y el convenio puede ampliarlo.
- Fallecimiento de familiar: el ET reconoce permiso retribuido y, cuando hay desplazamiento, se amplía.
- Mudanza: suele dar derecho a 1 día retribuido, salvo mejora del convenio.
- No todo lo que la empresa llama "asunto personal" es automáticamente un permiso retribuido; hay que ver el ET, el convenio y la política interna.
Medidas de igualdad, conciliación y organización del trabajo
La igualdad en España no es un adorno documental. La Ley Orgánica 3/2007, de igualdad efectiva de mujeres y hombres obliga a organizar el trabajo sin discriminación y a implantar medidas que corrijan desigualdades reales. En una gestoría eso puede verse en la promoción interna, en la asignación de tareas, en los complementos o en la forma de repartir turnos y tardes.
Si el convenio o la empresa regulan flexibilidad, teletrabajo o adaptación de jornada, esas medidas tienen que aplicarse con criterios claros y verificables. No vale reservar los horarios mejores para unas personas y cargar sistemáticamente a otras con los peores tramos, porque eso suele acabar chocando con igualdad y conciliación. En la práctica, revisar igualdad también es revisar el calendario: quién entra antes, quién sale más tarde y quién asume los picos sin compensación.
Qué hacer si tu nómina o tu jornada no respetan el convenio
- Reúne tu contrato, tus nóminas, el calendario laboral y cualquier cuadrante o correo que pruebe tu jornada real.
- Pide por escrito a la empresa o a la asesoría laboral una explicación y la regularización del salario o de las horas.
- Si no hay respuesta, presenta reclamación interna y, si hace falta, denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, que puede requerir documentación y levantar acta.
- Si la diferencia salarial sigue sin pagarse, prepara una papeleta de conciliación y, después, demanda ante el Juzgado de lo Social.
- Guarda siempre copia de todo: nóminas, WhatsApps, correos y cuadrantes. Sin prueba, reclamar es mucho más difícil.
Reclamación de salarios, diferencias y regularización de jornada
- Compara tu categoría real con la del convenio y anota el salario base que debería aparecer.
- Calcula la diferencia mensual y anual, incluyendo pagas extra y complementos.
- Pide a RR. HH. o a la gestoría de la empresa una rectificación por escrito, con fecha y cuantía.
- Si la empresa reconoce el error, exige atrasos y regularización de cotización; si no, prepara la reclamación con pruebas.
- Si la diferencia viene de horas extra no pagadas, suma fechas concretas, duración y autorización o conocimiento empresarial.
Plazos, conciliación previa y vías judiciales en España
Para reclamar salarios, el plazo general de prescripción es de un año según el art. 59 del Estatuto de los Trabajadores. Eso significa que no conviene dejar pasar meses: cada nómina prescribe por su propio vencimiento. Antes de demandar, en la mayoría de los casos hace falta conciliación previa ante el servicio autonómico competente, como el SMAC en Madrid o el organismo equivalente en tu comunidad autónoma, tal como exige el art. 63 de la LRJS.
Si la conciliación no termina con acuerdo, ya puedes ir al Juzgado de lo Social. En la práctica, para una gestoría administrativa en España, el camino útil suele ser: revisar convenio, reclamar por escrito, conciliar y, si no pagan, demandar. Cuanto antes muevas el expediente, más fácil es recuperar atrasos y corregir la jornada real.
Preguntas frecuentes
1. ¿Qué convenio se aplica en una gestoría administrativa?
En muchas gestorías administrativas de España se aplica el convenio colectivo estatal de oficinas y despachos, salvo que la empresa esté incluida en otro ámbito convencional más específico por actividad o territorio. Lo correcto es revisar el código de convenio que figura en la nómina o en el contrato para comprobar cuál te corresponde exactamente.
2. ¿Cuánto cobra un gestor administrativo en España?
Un gestor administrativo en España suele moverse, según experiencia y provincia, en una banda aproximada de 22.000 a 30.000 euros brutos anuales. En perfiles junior es frecuente empezar en torno a 1.500 euros brutos al mes, mientras que con más responsabilidad o cartera propia puede superar esa cifra con facilidad.
Fuentes
- ConsejogestoresConvenio Colectivo – Consejo General de Gestores Administrativosconsultado el 15/07/2026
- Ccoo-serviciosConvenio Colectivo de Gestorías Administrativas – CCOO Serviciosconsultado el 15/07/2026
- DibaGestorías Administrativas | Convenis col·lectius – CIDOconsultado el 15/07/2026
