Qué convenio es y a qué empresas afecta en Las Palmas
Este convenio se aplica al comercio de ferretería y actividades afines en la provincia de Las Palmas. Si tu empresa vende herramientas, material eléctrico o artículos del sector en Gran Canaria, Lanzarote o Fuerteventura, ese texto puede marcar tu salario, tu jornada y tus permisos. La denominación que aparece en bases documentales como vLex es más larga, pero el ámbito práctico es el mismo.
Ámbito de aplicación y tipos de negocio incluidos
- Ferreterías minoristas y mayoristas de la provincia de Las Palmas.
- Comercios de efectos navales.
- Tiendas de materiales eléctricos, electrodomésticos e informática.
- Establecimientos de joyería y platería.
- Comercios de armería, deportes y juguetería.
- Negocios de muebles metálicos y otros de la actividad comercial del metal.
- Empresas cuya actividad principal sea esa venta comercial, aunque mezclen productos accesorios.
- Quedan fuera, en principio, las empresas cuya actividad principal sea industrial, logística o de fabricación y no el comercio encuadrado en ese ámbito.
Cómo saber si te corresponde por tu puesto
- Mira el contrato, la nómina y el alta de empresa para ver el CNAE, el epígrafe IAE y la actividad declarada.
- Comprueba si la venta principal de la empresa es ferretería o una actividad afín dentro de la provincia de Las Palmas.
- Pide a RR. HH. o a quien lleve laboral que te diga qué convenio aplican y compáralo con lo que realmente haces cada día.
- Si sigue habiendo duda, solicita copia del texto publicado en el Boletín Oficial de Las Palmas y revisa si tu categoría encaja con el puesto que ocupas.
La clave no es el nombre comercial de la tienda, sino la actividad principal real que desarrolla en Las Palmas.
Vigencia del convenio y fechas que debes mirar primero
- 2 de diciembre de 2022: publicación del convenio en el Boletín Oficial de Las Palmas n.º 145; es el texto vigente desde 1 de enero de 2022 hasta 31 de diciembre de 2025.
- 1 de marzo de 2019: publicación en el Boletín Oficial de Las Palmas n.º 26; regula el periodo 1 de enero de 2018 a 31 de diciembre de 2021.
- 20 de junio de 2014: publicación en el Boletín Oficial de Las Palmas n.º 80; cubre el periodo 1 de enero de 2014 a 31 de diciembre de 2015.
- 28 de febrero de 2014: publicación de las tablas salariales en el Boletín Oficial de Las Palmas n.º 28; se vinculan al periodo 18 de enero de 2013 a 31 de diciembre de 2015.
- 29 de junio de 2007: revisión salarial publicada en el Boletín Oficial de Las Palmas n.º 85.
- 9 de marzo de 2007: publicación de corrección de errores y del texto del convenio en el Boletín Oficial de Las Palmas n.º 32; aplica al periodo 1 de enero de 2006 a 31 de diciembre de 2009.
- 11 de noviembre de 2005: publicación de un convenio anterior en el Boletín Oficial de Las Palmas n.º 145; válido durante 2005.
Convenio vigente y periodos anteriores
El texto que debes tomar como referencia hoy es el publicado en el Boletín Oficial de Las Palmas n.º 145, de 2 de diciembre de 2022, con vigencia desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2025. Eso importa porque una nómina de 2024 o 2025 no puede calcularse con tablas de 2019 o de 2014 si ya existe un texto posterior aplicable.
Cuando una empresa arrastra una tabla antigua, el fallo suele ser doble: mantiene el salario base viejo y, además, no regulariza atrasos desde la fecha de efectos. En este sector, donde las versiones anteriores se publicaron en 2019, 2014, 2007 y 2005, conviene mirar siempre la fecha de la nómina y la del boletín antes de discutir cantidades.
Qué revisar si hay atrasos o cambios de tablas
- Nóminas emitidas desde el 1 de enero de 2022, que son las que ya deberían reflejar el texto vigente.
- Cualquier regularización salarial publicada después, para ver si hay diferencias retroactivas.
- La categoría profesional que te han asignado, porque un cambio de puesto puede alterar la tabla que te corresponde.
- Si la empresa paga en 12 o en 14 pagas, para no confundir salario mensual con salario anual.
- Si te han aplicado todavía una tabla de 2019 o 2014, porque eso suele generar atrasos de varios meses.
- Si el convenio de empresa o el calendario interno introducen mejoras, ya que no pueden empeorar lo fijado en el texto provincial.
Salario y tablas salariales: cómo leerlas sin perderte
Las fuentes consultadas no muestran importes concretos ni grupos profesionales, así que aquí lo útil es aprender a leer la tabla cuando la tengas delante. En este convenio de Las Palmas, la referencia salarial que aparece identificada es la de 28 de febrero de 2014, pero el punto de partida real para cualquier nómina es comparar el concepto que te pagan con la tabla vigente de tu periodo.
| Apartado | Qué significa | Qué debes comprobar |
|---|---|---|
| Salario base | Retribución fija de tu categoría o grupo | Si coincide con la tabla vigente del boletín aplicable |
| Complementos | Plus de antigüedad, responsabilidad, turnicidad u otros | Si existen en el convenio y si te los están abonando |
| Pagas extraordinarias | Abono aparte o prorrateado en mensualidades | Cuántas pagas hay y si están bien repartidas |
| Jornada pactada | Horas semanales o anuales que soportan ese salario | Si el importe mensual encaja con tu jornada real |
| Atrasos | Diferencias por subida o revisión retroactiva | Si la empresa ha regularizado lo debido |
Salario base, complementos y pagas
- El salario base es la cifra fija que corresponde a tu grupo o categoría antes de añadir extras.
- Los complementos salariales pueden depender del puesto, la responsabilidad, la turnicidad, el trabajo en festivos o la antigüedad, si el texto los reconoce.
- Las pagas extra pueden cobrarse aparte o prorrateadas mes a mes; si están prorrateadas, el salario mensual sube, pero el total anual debe cuadrar.
- Si la nómina incluye un plus absorbiendo otro concepto, pide el desglose por escrito para ver si realmente compensa lo que marca el convenio.
- Cuando haya revisión salarial con efecto retroactivo, los atrasos deben calcularse desde la fecha que fije el texto o la publicación oficial.
Ejemplo de nómina comparada con convenio
Ejemplo orientativo: Ana trabaja en una ferretería de Las Palmas capital y cobra en 14 pagas. Si la tabla de su categoría marcara 1.350 € brutos al mes y en su nómina aparecen 1.290 €, la diferencia es de 60 € cada mes. En un año completo serían 840 € de menos (60 x 14). Si además la subida tuviera efecto desde enero y la empresa la regularizara en julio, habría que sumar los atrasos de esos seis meses.
Ese cálculo sirve para una cosa muy concreta: detectar si el problema es un error de categoría, una tabla antigua o un complemento que falta. Sin ese desglose, la discusión se queda en impresiones y no en números.
Jornada, descansos, vacaciones y permisos
- La jornada ordinaria máxima es de 40 horas semanales de promedio en cómputo anual, según el artículo 34.1 del Estatuto de los Trabajadores.
- Entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente deben pasar 12 horas, salvo reglas especiales válidas.
- Si trabajas más de 6 horas seguidas, corresponde un descanso intermedio de 15 minutos, salvo mejora del convenio.
- El descanso semanal debe ser de día y medio ininterrumpido.
- Las vacaciones anuales mínimas son de 30 días naturales.
- Los permisos retribuidos del artículo 37 ET deben respetarse aunque la empresa tenga mucho trabajo.
Horario, turnos y distribución de jornada
En un comercio de ferretería de Las Palmas es frecuente que haya picos por campañas, entregas, obras cercanas o sábados con más movimiento. Eso no autoriza a saltarse el marco legal: la empresa puede organizar turnos y repartir la jornada, pero el calendario debe cuadrar con la jornada anual, con los descansos y con lo que diga el convenio aplicable.
Si la empresa usa distribución irregular, el artículo 34.2 ET permite mover hasta el 10% de la jornada anual, salvo que el convenio limite más ese margen. Además, el preaviso debe respetarse y no puede convertirse en una especie de disponibilidad permanente. En la práctica, conviene pedir siempre el calendario laboral por escrito y conservarlo junto con los cuadrantes.
Vacaciones, festivos y permisos retribuidos
- Las vacaciones son de 30 días naturales y deben fijarse con antelación suficiente.
- La empresa tiene que comunicar la fecha de disfrute, como regla general, con al menos 2 meses de antelación.
- Los festivos de Canarias y los locales de la provincia de Las Palmas deben respetarse en el calendario anual.
- Los permisos retribuidos del artículo 37 ET no se sustituyen por cambios de turno improvisados.
- Si el convenio mejora vacaciones o descanso, esa mejora prevalece sobre el mínimo legal.
- Si te cambian vacaciones por necesidad organizativa, guarda el escrito o el correo para poder revisar si ha habido abuso.
Pluses, horas extra y otras condiciones que suelen generar dudas
Lo que suele favorecerte
- Si el convenio paga mejor los festivos, trabajar en domingo o en días especiales puede salirte más rentable que una jornada ordinaria.
- Las horas extraordinarias tienen límites y no pueden convertirse en rutina encubierta.
- Si el convenio reconoce pluses por turnicidad, responsabilidad o trabajo en determinadas condiciones, puedes subir tu salario real sin tocar el base.
- Un convenio bien aplicado deja menos margen a interpretaciones raras en nómina y facilita reclamar diferencias.
Lo que suele requerir revisión
- Las horas extra no siempre aparecen como tal; a veces se esconden bajo conceptos genéricos de complementos.
- Un plus puede venir prorrateado y, aun así, quedar corto si la jornada o la categoría están mal asignadas.
- La nocturnidad, si existe, debe verse clara en nómina y no mezclarse con el salario base.
- Los festivos trabajados, si no se liquidan bien, suelen ser la fuente más habitual de conflicto en comercio.
- Si la empresa absorbe y compensa cantidades sin enseñarte el cálculo, conviene pedir el detalle por escrito.
Qué conceptos mirar en la nómina
- Salario base.
- Complementos de puesto o de responsabilidad.
- Plus de turnicidad o de trabajo en sábado, si existe.
- Horas extraordinarias.
- Trabajo en festivos.
- Nocturnidad.
- Pagas extraordinarias o su prorrateo.
- Atrasos por revisión de tablas.
Dónde localizar el texto oficial y qué hacer si no te lo aplican
- Busca la versión vigente en el Boletín Oficial de Las Palmas y comprueba que coincide con el periodo de tu nómina; en este caso, la referencia clave es la publicada el 2 de diciembre de 2022 para el periodo 2022-2025.
- Contrasta el texto con tus nóminas, tu categoría y el calendario laboral de la empresa en Las Palmas.
- Si ves un error, reclama primero por escrito a la empresa y guarda copia del correo, del burofax o del registro interno.
- Si no rectifican, presenta denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en su sede electrónica o ante la oficina competente de la provincia.
- Si el conflicto sigue, presenta papeleta de conciliación ante el servicio competente de mediación, arbitraje y conciliación de Canarias, como trámite previo en la mayoría de reclamaciones laborales según el art. 63 de la Ley 36/2011, reguladora de la jurisdicción social.
- Si no hay acuerdo, presenta demanda ante el Juzgado de lo Social de la provincia de Las Palmas; si reclamas cantidades, recuerda que la prescripción general de salarios es de un año, conforme al art. 59.1 ET.
Fuentes oficiales y documentos del convenio
- Boletín Oficial de Las Palmas, que publica las versiones del convenio, sus revisiones y las tablas salariales.
- El texto del convenio vigente de 2022-2025 y los anteriores de 2019, 2014, 2007 y 2005, útiles para comprobar qué versión estaba activa en cada fecha.
- Bases documentales como vLex, que permiten seguir el historial de versiones y localizar los boletines por fecha.
- La sede y los canales de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para revisar si la empresa aplica bien el convenio.
- El servicio de mediación, arbitraje y conciliación de Canarias, que debes usar antes de ir al juzgado en la mayoría de reclamaciones individuales.
Reclamación interna y vía administrativa o judicial
- Entrega a la empresa una reclamación escrita pidiendo la corrección del salario, la jornada o el plus que falte, y hazlo en cuanto detectes la diferencia.
- Si no te contestan o te responden mal, presenta denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social; no hace falta esperar a que pasen meses para mover el expediente.
- Si el problema sigue siendo económico o de clasificación, presenta papeleta de conciliación ante el órgano competente de Canarias antes de demandar, salvo excepción legal.
- Si no hay acuerdo en conciliación, presenta demanda ante el Juzgado de lo Social de Las Palmas con nóminas, contrato, calendario y cualquier correo que pruebe la aplicación incorrecta del convenio.
- Si reclamas atrasos, calcula bien el plazo de un año para salarios y no dejes pasar el tiempo mientras negocias con la empresa.
Preguntas frecuentes sobre el convenio de ferretería
Fuentes
- FemepaConvenio de Ferretería de la Provincia de Las Palmas, período …consultado el 10/08/2026
- CefConvenios Colectivos – CEF.consultado el 10/08/2026
- RelacioneslaboralesRelaciones Laboralesconsultado el 10/08/2026
- JuntadeandaluciaHistórico del BOJA Boletín número 75 de 24/5/1995consultado el 10/08/2026
- GremideferreteriaConvenios Colectivos – Gremi de Ferreteria de Catalunyaconsultado el 10/08/2026
