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Contrato de compra de coche en España: modelo, pasos y claves

octubre 7, 2026 EspanaLegal 11 min read
Contrato de compra de coche en España: modelo, pasos y claves

Qué es el contrato de compraventa de coche y cuándo te conviene firmarlo

Un contrato de compra de coche en España conviene firmarlo siempre que el vehículo cambie de manos, y más todavía si el vendedor es un particular. Te deja por escrito quién vende, quién compra, qué coche se entrega y por cuánto, y eso encaja con los requisitos básicos de consentimiento, objeto y causa de los artículos 1254 y 1261 del Código Civil.

No hace falta notario para que exista: la compraventa nace por el acuerdo, y el contrato privado sirve como prueba si luego hay discusión sobre el precio, la fecha de entrega o el estado real del coche. Además, la DGT recuerda en su trámite de compra de un vehículo de segunda mano que hay que identificar bien al comprador en la documentación, porque ese papel será la base del cambio de titularidad.

Si el documento está bien hecho, te ahorra problemas muy comunes en España: multas que llegan a quien ya no conduce el coche, dudas sobre quién pagó la señal o una discusión sobre si el vehículo se entregó con una avería ya existente. El artículo 1278 del Código Civil refuerza que los contratos obligan, aunque no se hayan redactado con forma solemne, y los artículos 1445, 1461 y 1462 encajan con la idea de entrega del vehículo y transmisión material de la posesión.

Un contrato claro no vende más barato ni más caro, pero sí deja menos hueco para peleas después.

Qué datos y cláusulas debe recoger el contrato de compraventa

Apartado Qué debe figurar Para qué sirve
Partes Identidad completa de comprador y vendedor Evita dudas sobre quién asume cada obligación
Vehículo Matrícula, bastidor, marca, modelo y kilometraje Identifica sin ambigüedades el coche vendido
Precio Importe total, señal y forma de pago Deja cerrada la parte económica
Entrega Fecha, lugar y llaves que se entregan Fija cuándo pasa el coche al comprador
Estado y cargas Averías conocidas, ITV, reserva de dominio, embargos o leasing Reduce conflictos por defectos o deudas
Documentos Permiso de circulación, ficha técnica, justificantes pactados Facilita la transferencia y la prueba
Firmas Fecha y firma de ambas partes, con dos copias Convierte el acuerdo en prueba útil

La idea es sencilla: en una compraventa de coche entre particulares, cuanto menos se deje al aire, mejor. El artículo 1445 del Código Civil define la compraventa como el contrato por el que una parte entrega una cosa y la otra paga un precio cierto; el 1461 obliga a entregar la cosa vendida, y el 1462 aclara cuándo se entiende hecha la entrega. Por eso, en el papel importa tanto lo que se vende como el momento y la forma en que se entrega.

Si el contrato recoge bien esos extremos, luego es más fácil defender una reclamación, tramitar el cambio de nombre en Tráfico y discutir si un fallo era previo a la venta o apareció después. También ayuda a acreditar que hubo precio cierto, algo clave cuando la operación no pasa por una compraventa profesional.

Datos mínimos del comprador y del vendedor

  • Nombre y apellidos del comprador, o razón social si compra una empresa.
  • DNI, NIE o CIF del comprador, que es el dato que la DGT menciona de forma expresa para el trámite de segunda mano.
  • Nombre y apellidos del vendedor, o razón social si es una sociedad.
  • DNI, NIE o CIF del vendedor, para que no haya dudas sobre quién transmite.
  • Domicilio completo de ambas partes, útil para notificaciones si luego hay una reclamación.
  • Teléfono y correo electrónico de contacto, aunque no sean imprescindibles, porque facilitan resolver incidencias sin pelearse por papeles.
  • Si firma una persona distinta del titular, conviene añadir la representación que acredita que puede vender en nombre de otro.
  • Si el comprador o vendedor es empresa, mejor dejar constancia de la persona que firma y de su cargo.

La DGT solo explicita como mínimo los datos del comprador, pero en la práctica española compensa identificar bien a los dos lados. Un contrato con nombres incompletos o un CIF mal copiado te puede complicar la transferencia en la Jefatura Provincial de Tráfico y, si hay pleito, también la prueba.

Vehículo, precio y estado: lo que no debe quedar en el aire

  • Matrícula y número de bastidor, para identificar el coche sin margen de error.
  • Marca, modelo, versión y combustible, porque un mismo nombre comercial puede tener variantes muy distintas.
  • Kilometraje en la fecha de la firma, mejor si se añade una foto del cuadro o una referencia escrita.
  • Precio total de venta y, si existe, señal entregada antes de la firma.
  • Forma de pago: transferencia bancaria, metálico dentro de los límites legales o cheque nominativo.
  • Fecha y hora de entrega, para saber desde cuándo conduce y responde el comprador.
  • Número de llaves, manuales y accesorios que se entregan con el coche.
  • Estado conocido del vehículo: revisiones, golpes, piezas sustituidas, averías declaradas y si tiene ITV en vigor.
  • Cargas o gravámenes: reserva de dominio, leasing, embargo, multa pendiente o cualquier otra limitación que afecte a la libre transmisión.
  • Declaración expresa de si el coche se vende como está o con una garantía pactada adicional.

Documentación que conviene reunir antes de firmar

  • Permiso de circulación, para comprobar que el titular coincide con quien vende.
  • Tarjeta ITV o ficha técnica, con la inspección técnica en vigor y los datos del vehículo.
  • DNI, NIE o CIF de comprador y vendedor, si se firma entre particulares o entre empresa y particular.
  • Justificante de pago del impuesto municipal de vehículos, si el vendedor lo tiene a mano, porque ayuda a detectar recibos pendientes en España.
  • Prueba de que no hay reserva de dominio, embargo o financiación pendiente, si el coche ha estado comprado a plazos.
  • Último informe del vehículo o comprobación previa en la DGT si hay cualquier duda sobre cargas, titulares previos o incidencias.
  • Justificante de la señal o arras, si se entregó dinero antes de la firma final.
  • Poder de representación, si quien firma no es el titular que figura en el permiso de circulación.
  • Resguardo bancario o prueba de la transferencia, para que el pago quede trazado desde el primer día.

Antes de pagar, revisa también que el número de bastidor del coche coincide con el de la documentación y que no hay discrepancias en la matrícula, el color o la versión. En una compraventa de segunda mano en España, esos detalles parecen menores hasta que toca ir a Tráfico y alguien detecta un dato que no cuadra.

Cómo rellenar el modelo de contrato paso a paso

  1. Empieza por la identificación completa de las partes: nombre, apellidos, DNI/NIE/CIF y domicilio. Si falta aquí un dato, el contrato pierde fuerza práctica desde el primer minuto.
  2. Describe el vehículo con precisión: matrícula, bastidor, marca, modelo, versión, kilometraje y, si procede, extras o accesorios que se entregan.
  3. Fija el precio cierto y la forma de pago. Si hay señal, indícala aparte y aclara si se descuenta del total o si se pierde cuando una parte se echa atrás.
  4. Añade el estado del coche y las cargas conocidas. Si hay golpe previo, avería, financiación, embargo o reserva de dominio, mejor escribirlo que discutirlo después.
  5. Señala la fecha, la hora y el lugar de entrega. Ese dato es clave para saber cuándo se produce la transmisión y desde cuándo se asumen riesgos, multas o desperfectos nuevos.
  6. Revisa que el contrato diga qué documentos y llaves se entregan junto con el coche. Si no aparece, luego es fácil discutir si faltaba la segunda llave o la ficha técnica.
  7. Imprime dos copias idénticas y firma ambas partes. Una se queda cada uno, con la misma fecha y el mismo contenido.
  8. Guarda junto al contrato los justificantes de pago y cualquier anexo: fotos, mensajes, informe mecánico o recibos que expliquen el estado del vehículo.

Ejemplo real de contrato de compraventa con cifras

Marta, de Sevilla, compra a Luis un Seat León 1.6 TDI del año 2018 con 156.400 km por 8.900 euros. Pactan una señal de 500 euros por transferencia el 3 de mayo y el resto, 8.400 euros, lo paga Marta el día de la firma, en la misma cuenta del vendedor, cuando Luis le entrega el coche, las dos llaves, el permiso de circulación y la ficha técnica.

Así podría quedar redactado el tramo económico del contrato:

  • Precio total de venta: 8.900 euros.
  • Señal entregada: 500 euros, descontados del precio final.
  • Resto pendiente en la firma: 8.400 euros, mediante transferencia bancaria.
  • Fecha de entrega: 5 de mayo de 2026, a las 18:00 horas, en Sevilla.
  • Estado declarado: sin golpes estructurales conocidos, con ITV en vigor hasta noviembre de 2026 y sin cargas conocidas.

Ese tipo de redacción vale más que una frase vaga como «se vende por ocho mil y pico». Cuando luego hay que enseñar el contrato en la oficina de Tráfico de Sevilla o ante una reclamación, las cifras concretas pesan mucho más que las aproximaciones.

Trámites posteriores en la DGT tras comprar el coche

  1. Paga el impuesto que corresponda por la compra si el vendedor era un particular. El organismo competente es la comunidad autónoma donde tributa la transmisión —por ejemplo, la Agencia Tributaria de Cataluña, la Comunidad de Madrid o la Junta de Andalucía—, y el marco fiscal parte del Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, que regula el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. En la práctica, la compraventa de un coche usado entre particulares suele tributar por transmisiones patrimoniales onerosas y hay que autoliquidarla dentro del plazo que marque la norma y la sede tributaria autonómica.
  2. Pide el cambio de titularidad en la Jefatura Provincial de Tráfico o por la sede electrónica de la DGT. El trámite se apoya en el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, cuyo artículo 34 regula las transmisiones de vehículos. La gestión suele hacerse en 30 días desde la compra para que el vehículo quede a nombre del nuevo titular.
  3. Conserva el justificante de la solicitud y el contrato firmado hasta que recibas o descargues el permiso de circulación ya actualizado. Si hay una incidencia, ese papel es el que demuestra que has cumplido en plazo.
  4. Si vendiste tú el coche, comunica también la transmisión en Tráfico dentro de los 10 días siguientes para dejar rastro de que ya no eres el titular. Es la forma más limpia de evitar multas o requerimientos que lleguen a tu nombre por una venta que ya se cerró.
  5. No entregues el coche sin tener claro quién asume la liquidación del impuesto y quién presenta el cambio de titularidad. En una operación entre particulares en España, dejarlo por escrito evita que uno crea que lo hace el otro y nadie lo haga.

Qué hacer si aparecen defectos, deudas o problemas tras la compra

Si después de comprar el coche aparece una avería seria que ya existía al firmar y no se veía a simple vista, entran en juego los vicios ocultos de los artículos 1484 y 1485 del Código Civil. El primero obliga al vendedor a responder por los defectos ocultos que hagan la cosa impropia para su uso o disminuyan de tal modo ese uso que, de haberlos conocido, el comprador no la habría comprado o habría pagado menos; el segundo limita esa responsabilidad cuando los defectos son manifiestos o el comprador, por su oficio o pericia, podía conocerlos.

En esos casos, la vía típica es reclamar por escrito y con prueba: burofax, informe de taller, peritaje mecánico y copia del contrato. Si el defecto es relevante, el régimen civil permite pedir la resolución de la venta o una rebaja del precio, según el alcance del problema. Y no conviene dormirse: el artículo 1490 del Código Civil fija que la acción por saneamiento de vicios ocultos se extingue a los seis meses desde la entrega.

Si el problema no es una avería sino una deuda, embargo, reserva de dominio o una transmisión que no estaba libre de cargas, la reclamación debe ir a que se cumpla lo pactado o a recuperar el dinero si la venta se hizo ocultando esa situación. En un coche comprado en España, la diferencia entre un fallo mecánico y una carga jurídica es grande: una cosa se discute con taller y perito; la otra puede terminar en reclamación civil para exigir resolución del contrato y daños si procede.

En compraventa de coche, el tiempo juega en contra del comprador: si hay vicio oculto, la reacción tiene que ser rápida y con pruebas desde el primer día.

Fuentes

  1. Gva[PDF] contrato de compra-venta de vehículos usados contracte de …consultado el 10/08/2026
  2. SignaturitContrato de compraventa de coche: guía – Signaturitconsultado el 10/08/2026
  3. MapfreClausulas del contrato de compraventa de vehículo – Motor Mapfreconsultado el 10/08/2026
  4. OcuModelo de contrato de compraventa de coche usado entre … – OCUconsultado el 10/08/2026
  5. SanchezberenguerabogadoContrato de Compraventa de Coche: Guía y Modelo Legal 2026consultado el 10/08/2026