Qué es una multa por alcoholemia y cuándo te la pueden poner
Una alcoholemia positiva puede acabar en multa de 500 o 1.000 euros, pérdida de puntos e incluso delito penal en España. Depende de la tasa que marque el etilómetro y de si superas el umbral administrativo o el penal.
El marco está en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, y en los artículos 20 a 23 del Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, que regulan las tasas y las pruebas. En España no hace falta provocar un accidente para que te sancionen: basta con superar la tasa permitida en un control de la Guardia Civil, la Policía Local o la policía autonómica competente.
Sanción administrativa
La multa por alcoholemia, en sentido estricto, suele ser una infracción administrativa de tráfico. La tramita el órgano sancionador que corresponda: normalmente la Jefatura Provincial de Tráfico si interviene en vía interurbana, o el ayuntamiento cuando el control lo instruye la Policía Local en ciudad.
Aquí la consecuencia es doble: dinero y puntos. No te condena un juez, sino la Administración. Por eso puedes pagar con reducción si aceptas la propuesta de sanción dentro del plazo legal.
Cuándo deja de ser solo tráfico
La cosa cambia cuando la tasa sube al umbral penal o cuando, aunque el número no sea escandaloso, el agente aprecia una afectación clara en la conducción. Ahí ya no hablamos de multa administrativa, sino de un posible delito contra la seguridad vial.
La frontera práctica es esta: por debajo del umbral penal, normalmente hay sanción administrativa; por encima, o si hay influencia probada en la conducción, puede entrar el juzgado.
Qué tasas de alcohol están permitidas en España
El límite legal se mide en aire espirado, aunque la norma también da la equivalencia en sangre para orientarte. El artículo 20 del Reglamento General de Circulación distingue entre conductores en general y colectivos más sensibles, como noveles y profesionales.
Límites legales por tipo de conductor
| Colectivo | Aire espirado máximo permitido | Sangre máxima permitida | Qué significa en la práctica |
|---|---|---|---|
| Conductores en general, incluidos motoristas y ciclomotoristas | 0,25 mg/l | 0,5 g/l | Si lo superas, ya hay infracción administrativa |
| Conductores noveles, durante los 2 años siguientes al permiso | 0,15 mg/l | 0,3 g/l | La tolerancia es más baja desde el primer día |
| Conductores profesionales | 0,15 mg/l | 0,3 g/l | Aplica a quien conduce por trabajo o en transporte profesional |
Lo que conviene recordar
- La referencia que usa la policía es la del alcohol en aire espirado.
- Si eres conductor general, con 0,26 mg/l ya puedes ser sancionado.
- Si eres novel o profesional, 0,16 mg/l ya te mete en terreno de multa.
- En moto no hay un “límite especial” por el mero hecho de ir sobre dos ruedas: manda tu condición de conductor general, novel o profesional.
Cuánto te pueden multar y cuántos puntos te quitan
Las sanciones concretas están en el Anexo II del Real Decreto Legislativo 6/2015. Aquí lo importante no es solo cuánto alcohol llevas, sino en qué tramo caes: el salto de 500 a 1.000 euros llega cuando superas el límite más alto de tu categoría.
Tabla de sanciones por alcoholemia
| Tramo detectado | Multa | Puntos | A quién suele afectar |
|---|---|---|---|
| Más de 0,25 y hasta 0,50 mg/l en aire espirado | 500 € | 4 puntos | Conductores en general y motoristas/ciclomotoristas no noveles ni profesionales |
| Más de 0,50 mg/l en aire espirado | 1.000 € | 6 puntos | Conductores en general y motoristas/ciclomotoristas no noveles ni profesionales |
| Más de 0,15 y hasta 0,30 mg/l en aire espirado | 500 € | 4 puntos | Conductores noveles y profesionales |
| Más de 0,30 mg/l en aire espirado | 1.000 € | 6 puntos | Conductores noveles y profesionales |
Qué significa perder puntos
- Los puntos se restan de tu saldo del permiso, no del coche.
- Si te quedas sin saldo, te toca hacer el curso de recuperación correspondiente en España.
- La retirada de puntos es compatible con la multa económica.
- Si además hay delito, la pérdida del permiso pasa a depender del juez.
Ejemplo práctico: cuánto acaba costando una alcoholemia positiva
Caso realista con cifras
Ana vive en Sevilla y cobra 1.500 € al mes. Sale de cenar en el barrio de Triana, la paran en un control en la SE-30 y marca 0,42 mg/l en aire espirado. Como es conductora en general, entra en el tramo de 500 € y 4 puntos.
Eso significa que la sanción le supone un tercio de su nómina mensual, sin contar el disgusto y la posible subida del seguro si la póliza lo contempla. Si en vez de 0,42 hubiese dado 0,62 mg/l, ya no estaría en el tramo de 500 €: se iría a 1.000 € y 6 puntos.
Y hay un matiz más importante: si a esa tasa alta se suman signos claros de influencia en la conducción, el asunto puede dejar de ser administrativo y pasar a la jurisdicción penal por el artículo 379.2 del Código Penal.
Cuándo la alcoholemia deja de ser sanción administrativa y pasa a delito
El salto penal está en los artículos 379.2 y 383 del Código Penal. Aquí ya no te enfrentas solo a una multa de tráfico: te expones a una condena penal y a la retirada del carnet por decisión judicial.
- El artículo 379.2 castiga conducir bajo la influencia del alcohol y, en todo caso, superar 0,60 mg/l en aire espirado o 1,2 g/l en sangre.
- La pena puede ser prisión de 3 a 6 meses, multa de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
- Además, el juez puede imponer la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de 1 a 4 años.
- El artículo 383 castiga la negativa a someterse a las pruebas legalmente establecidas.
- Negarte a soplar no te salva: puede empeorar tu situación y llevarte directamente al juzgado.
Cómo funciona el control de alcoholemia en un control de la Guardia Civil o la Policía
Paso a paso del control
- La patrulla te detiene e identifica, normalmente Guardia Civil en carretera, o Policía Local, autonómica o Foral en el ámbito que corresponda en España.
- Te hacen la primera prueba con etilómetro evidencial o de muestreo, según el control.
- Si el resultado es positivo, te repiten la prueba pasados al menos 10 minutos, como prevén los artículos 21, 22 y 23 del Real Decreto 1428/2003.
- Si discrepas del resultado, puedes pedir contraste y, en su caso, prueba complementaria en centro sanitario conforme al protocolo aplicable.
- Si te niegas a soplar o a colaborar, el asunto puede acabar en diligencias por el artículo 383 del Código Penal.
Qué suele pasar en la práctica
- Si el primer soplido ya sale alto, no te fíes de “a ver si en la segunda baja”.
- Si el segundo confirma la tasa, el expediente queda muy armado.
- Si hay síntomas evidentes además del número, la discusión se complica.
- Si te niegas, el control no se cierra: cambia de vía y entra la penal.
Qué hacer si te notifican la multa o te abren diligencias
El procedimiento administrativo sancionador de tráfico y la vía común de recursos se apoyan en el artículo 94 del Real Decreto Legislativo 6/2015 y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Si el trámite es administrativo, todavía tienes margen para pagar con reducción o para defenderte.
Ruta práctica en España
- Lee la notificación que te envía la Jefatura Provincial de Tráfico, el ayuntamiento o el órgano instructor que figure en el boletín. Desde ahí empieza a correr el plazo.
- Decide en 20 días naturales si pagas con reducción del 50% o si presentas alegaciones; el pago reducido suele cerrar la vía administrativa ordinaria sobre esa sanción.
- Presenta alegaciones ante el órgano sancionador o a través de la sede electrónica de la DGT si la competencia es estatal, aportando lo que pruebe tu versión: ticket, geolocalización, testigos o el propio boletín del agente.
- Si te desestiman, valora el recurso administrativo que indique la resolución; en la práctica, la notificación te marca la vía y el plazo exactos.
- Si ya hay diligencias penales, actúas ante el Juzgado de Guardia o el Juzgado de Instrucción del partido judicial correspondiente, y conviene no ir solo ni improvisar.
Tres decisiones que no deberías dejar para el último día
- Pagar con reducción solo compensa si el expediente está claro y no vas a discutir nada.
- Alegar tiene sentido si ves un error en la medición, en la identificación o en el trámite.
- Si te citan por delito, el margen cambia por completo y la respuesta tiene que ser inmediata.
Preguntas frecuentes sobre alcoholemia y sanciones
Dudas frecuentes sobre alcoholemia y sanciones
1. ¿Cuánto cuesta la multa por alcoholemia en España?
La sanción administrativa habitual es de 500 euros y la retirada de 4 puntos si das una tasa superior a 0,25 mg/l en aire espirado, o superior a 0,15 mg/l si eres conductor novel o profesional. Si superas 0,50 mg/l, la multa sube a 1.000 euros y te quitan 6 puntos. Si además conduces con una tasa muy alta, puede haber delito penal.
2. ¿Qué multas hay por dar positivo en alcoholemia?
En España, dar positivo puede acarrear 500 euros y 4 puntos si la tasa supera 0,25 mg/l en aire espirado, o 0,15 mg/l en conductores noveles y profesionales. Si el resultado pasa de 0,50 mg/l, la sanción es de 1.000 euros y 6 puntos. Además, si el alcohol es elevado o hay síntomas de conducción temeraria, puede abrirse un procedimiento penal.
Fuentes
- AciertoMulta por positivo en alcohol | Sanciones y consecuencias legalesconsultado el 14/07/2026
- Cea-onlineLa tasa de alcoholemia: ¿es delito penal o falta administrativa? – CEAconsultado el 14/07/2026
- RaceTasa de alcoholemia en España en 2026 – RACEconsultado el 14/07/2026
