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Multa por alcoholemia de 0,90 en España: sanción, retirada del carnet y cuándo hay delito

agosto 25, 2026 EspanaLegal 8 min read
Multa por alcoholemia de 0,90 en España: sanción, retirada del carnet y cuándo hay delito

Qué significa dar 0,90 mg/l en aire espirado

Dar 0,90 mg/l en aire espirado en España supera de sobra el listón penal: el artículo 379.2 del Código Penal castiga conducir con una tasa superior a 0,60 mg/l en aire espirado o 1,2 g/l en sangre, o hacerlo bajo la influencia del alcohol. Con 0,90 mg/l estás un 50 % por encima del umbral penal, así que ya no hablamos de una simple multa administrativa.

En un control de carretera en Madrid, Sevilla o Valencia, ese resultado abre la puerta a atestado policial, juicio rápido y retirada del permiso. La clave es esta: la multa administrativa de tráfico se queda corta para una tasa como la tuya; el asunto pasa al Juzgado de Guardia y entra en el terreno penal.

Con 0,90 mg/l no discutes una sanción de tráfico al uso: discutes un delito con penas, puntos y retirada del carné.

Límites de alcohol al volante en España según el tipo de conductor

La frontera entre vía administrativa y penal se entiende mejor si miras el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, que ordena la Ley sobre Tráfico, y el artículo 20 del Reglamento General de Circulación, que fija las tasas máximas en aire espirado. El salto a delito lo marca el mismo artículo 379.2 del Código Penal.

Vía Tasa en aire espirado Qué pasa
Administrativa desde 0,25 mg/l en conductores generales sanción de tráfico, con multa y pérdida de puntos
Administrativa desde 0,15 mg/l en profesionales y noveles sanción de tráfico, con multa y pérdida de puntos
Penal desde 0,60 mg/l en cualquier conductor delito de alcoholemia
Penal menos de 0,60 mg/l, si hay influencia acreditada también puede haber delito

Conductores generales, profesionales y noveles: qué tasa permite cada caso

  • Conductor general: hasta 0,25 mg/l en aire espirado; a partir de ahí, ya entra la infracción administrativa.
  • Conductor profesional: el margen baja a 0,15 mg/l; desde esa cifra el control ya es sancionable administrativamente.
  • Novel, con menos de dos años de permiso: el límite es igual de estricto, 0,15 mg/l.
  • Menor de edad al volante: la referencia prudente es 0,0 mg/l; cualquier consumo complica muchísimo la defensa y la circulación.
  • Desde 0,60 mg/l en cualquier perfil, o si hay signos claros de influencia aunque la cifra sea inferior, el caso deja de ser administrativo y pasa a penal.

Delito de alcoholemia: penas, multa penal y retirada del carnet

El art. 379.2 del Código Penal no deja margen: si te condenan, el juez puede imponer prisión, multa o trabajos en beneficio de la comunidad, y además siempre la privación del derecho a conducir. La retirada del permiso no es opcional.

Pena Rango legal Efecto práctico
Prisión de 3 a 6 meses excepcional, reservada a casos con mayor gravedad o antecedentes
Multa penal de 6 a 12 meses el juez fija una cuota diaria según la capacidad económica
Trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días alternativa a prisión o multa, según el caso
Privación del derecho a conducir de 1 a 4 años siempre acompaña a la condena

Si hay conformidad en el juicio rápido, las penas se reducen en un tercio: prisión de 1 a 4 meses, multa de 4 a 8 meses, trabajos en beneficio de la comunidad de 20 a 60 días y privación del derecho a conducir de 8 meses a 2 años y 8 meses.

Qué cambia si hay conformidad en el juicio rápido

Por ejemplo, imagina a Javier, de Granada, que da 0,90 mg/l y reconoce los hechos en el Juzgado de Guardia. Si el juez parte de una multa de 9 meses con una cuota diaria de 8 €, la pena económica sería de 2.160 €; con la rebaja de un tercio por conformidad, quedaría en 6 meses y 1.440 €.

En la retirada del carné ocurre lo mismo: una privación pensada para 12 meses puede bajar a 8 meses, y en el tramo mínimo la práctica judicial suele dejarla en torno a 8 meses y 2 días si el reconocimiento es inmediato. Esa rebaja compensa porque evita ir a juicio y suele cerrar el asunto el mismo día.

Cómo funciona el juicio rápido por alcoholemia

El artículo 795 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal regulan el juicio rápido, que es flagrante y muy ágil en España cuando el conductor da positivo claro. En este tipo de causa el abogado no es un adorno: es obligatorio desde el inicio.

  1. La policía local o la Guardia Civil levanta el atestado en el control y recoge el resultado de las dos mediciones, normalmente con el coche inmovilizado si hace falta.
  2. El conductor recibe el acta de derechos y, si procede, una citación para el Juzgado de Guardia de la provincia correspondiente, por ejemplo en Barcelona, Málaga o Zaragoza.
  3. La causa llega al juzgado con el atestado policial y la documentación técnica, y el letrado examina el resultado de la alcoholemia y el certificado del etilómetro antes de la comparecencia.
  4. En la comparecencia, Fiscalía y defensa pueden plantear conformidad; si no la hay, el procedimiento sigue hacia juicio oral con la prueba ya incorporada.
  5. Si hay acuerdo, el juzgado dicta sentencia de conformidad y se fija la pena reducida sin tener que celebrar un juicio largo.

Por qué hace falta abogado y qué documentación recibe la defensa

El abogado es quien te dice si conviene conformarse o pelear el resultado, porque una diferencia pequeña en la estrategia cambia meses de retirada y cientos de euros. La defensa suele recibir el atestado policial, el acta de derechos, el resultado impreso de la prueba y el certificado de verificación del etilómetro; con eso se comprueba si el control se hizo bien y si la máquina estaba en regla.

También es importante revisar si hubo dos mediciones correctamente practicadas, si constan los tiempos y si el agente dejó reflejado cualquier incidencia. En un procedimiento penal por alcoholemia, esos papeles pesan tanto como la cifra.

Pruebas de alcoholemia y derechos del conductor

En el control no todo acaba con el primer soplido. El conductor puede pedir una segunda medición separada por al menos diez minutos, y si sigue sin estar conforme, puede interesar que conste su protesta para pedir una prueba complementaria.

  • Segunda medición: sirve para comprobar que el aparato mantiene el resultado y que no ha habido una lectura aislada.
  • Discrepancia con el resultado: deja constancia inmediata en el atestado si crees que el etilómetro ha fallado o que el margen no es fiable.
  • Análisis de sangre: es la vía más seria para discutir la alcoholemia cuando la cifra de aire espirado no te cuadra.
  • Coste económico: si el análisis de sangre confirma el positivo, los gastos pueden cargarse al conductor.

Qué hacer si no estás de acuerdo con el resultado

  1. Pide al agente que conste tu disconformidad en el momento, antes de firmar cualquier papel, y solicita la segunda prueba con el intervalo reglamentario de diez minutos.
  2. Si la cifra sigue saliendo alta, pide que se valore un análisis de sangre en un centro sanitario o la prueba que corresponda según el atestado y la disponibilidad del servicio.
  3. Comprueba que te entregan o te mencionan la documentación de la prueba, porque luego tu abogado la usará para revisar tiempos, aparato y cadena de custodia.
  4. Si el análisis de sangre sale positivo, asume que los gastos irán a tu cargo; si sale negativo o rebaja de forma clara la tasa, ese dato puede salvar la defensa.

Qué pasa después de la condena y cómo recuperar el permiso de conducir

Tras la sentencia, la privación del derecho a conducir se cumple de verdad: el permiso se deposita en el Juzgado que llevó la causa y queda custodiado hasta que pase el tiempo fijado. Después, toca recuperar el carné con los trámites de la Dirección General de Tráfico.

  1. Lleva el permiso al órgano judicial que haya dictado la condena o al Juzgado de Guardia que haya celebrado la conformidad, sin esperar a que te lo pidan otra vez.
  2. Cumple el plazo de retirada que marque la sentencia: en conformidad puede quedarse en 8 meses y 2 días; si hay juicio y condena, lo normal es que no baje de 1 año.
  3. Haz el curso de sensibilización y reeducación vial en un centro autorizado y concertado, tal como exige la DGT para volver a conducir con normalidad.
  4. Cuando termine la privación y tengas el curso hecho, acude a la Jefatura Provincial de Tráfico para la devolución o rehabilitación del permiso, según tu caso.
  5. Guarda la sentencia y el justificante del curso, porque te los pueden pedir si hay cualquier incidencia administrativa o si vuelves a conducir tras la fecha de finalización.

Dudas habituales sobre la alcoholemia en España

1. ¿Qué multa te ponen si das 0,90 en un control de alcoholemia?

Con 0,90 mg/l en aire espirado ya no hablamos de una simple multa administrativa: es un delito contra la seguridad vial del artículo 379.2 del Código Penal. La pena prevista es prisión de 3 a 6 meses, multa de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, además de la retirada del permiso de 1 a 4 años.

2. ¿A partir de qué tasa de alcohol te pueden meter en la cárcel?

En España, el delito se comete cuando superas 0,60 mg/l en aire espirado o 1,2 g/l en sangre, según el artículo 379.2 del Código Penal. Eso no significa cárcel automática: el juez puede imponer prisión, multa o trabajos en beneficio de la comunidad, junto con la retirada del carnet de 1 a 4 años.

3. ¿Es mucho dar 0,9 de alcohol en un control?

Sí, es una tasa muy alta: 0,90 mg/l en aire espirado supera de sobra el límite penal de 0,60 mg/l. A ese nivel ya hay delito y, además de la posible condena, te expones a que el juez te quite el carnet entre 1 y 4 años. Con esa tasa, conducir no es legal ni seguro.

Fuentes

  1. Conceptosjuridicos¿Cuánto es la multa por conducir con una tasa de 0,80?consultado el 01/08/2026
  2. AsistencialegalinmediataEl delito de alcoholemia explicado: regulación, penas, juicio y másconsultado el 01/08/2026
  3. AbogadoalcoholemiaMe enfrento a un juicio por alcoholemia con una tasa superior a 0,60consultado el 01/08/2026
  4. OnlygalSanciones y multas por alcoholemia: Tabla y descripción – onLygalconsultado el 01/08/2026
  5. AbogadodelitoalcoholemiaTasa de alcohol 0,90 –consultado el 01/08/2026