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Inspección de Trabajo y sanciones en España: qué multas pueden imponer y cómo evitarla

agosto 2, 2026 EspanaLegal 11 min read
Inspección de Trabajo y sanciones en España: qué multas pueden imponer y cómo evitarla

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social en España puede acabar en multas, liquidaciones de cuotas y pérdida de beneficios si detecta incumplimientos. La cuantía depende del tipo de infracción, del grado y de si la empresa corrige o no lo que le señalan.

Qué es la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y qué revisa

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social es el servicio público que vigila que empresas y trabajadores cumplan la normativa laboral, de Seguridad Social y de prevención en España. Su marco básico es la Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, y en la práctica actúan inspectores de Trabajo y Seguridad Social y subinspectores laborales del Ministerio de Trabajo y Economía Social.

Revisan, entre otras cosas, contratación, salarios, jornada y descansos, altas y cotización en la Seguridad Social, registro horario, prevención de riesgos laborales y, cuando toca, trabajo de personas extranjeras. En jornada, el punto clave es el artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores, que obliga al registro diario.

La prevención se apoya en la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, así que no basta con tener papeles bonitos: la empresa tiene que poder acreditar evaluación de riesgos, formación, información, EPIs y seguimiento real. Si falta documentación, la Inspección suele interpretar que el cumplimiento es débil o directamente inexistente.

Si la empresa no puede enseñar lo que hace, para la Inspección es como si no lo estuviera haciendo.

Cómo se inicia una inspección y qué documentación suelen pedir

  1. La Inspección provincial puede abrir actuación por denuncia, por campaña propia o de oficio. No siempre avisa antes.
  2. El inspector o subinspector puede personarse en el centro de trabajo, pedir papeles en el acto o dejar un requerimiento para que se remita documentación a la oficina competente.
  3. Sobre un mismo sujeto, la actuación comprobatoria no debe superar los 9 meses, salvo dilaciones imputables a la empresa o a sus dependientes.
  4. En casos tasados, el plazo puede ampliarse una sola vez hasta otros 9 meses más por especial complejidad, obstrucción, ocultación de información o cooperación administrativa entre organismos.

Cómo empieza: denuncia, actuación de oficio o visita sin aviso

En España, una inspección puede arrancar porque denuncia un trabajador, una representación legal de la plantilla, un sindicato o cualquier persona que ponga hechos concretos en conocimiento de la Inspección. También puede abrirse por una campaña de oficio, por cruces de datos con la Seguridad Social, por un accidente de trabajo o por una visita aleatoria sin aviso previo cuando el inspector entiende que es necesario.

La visita sin aviso es muy habitual. Tiene sentido: si la empresa sabe el día y la hora, puede maquillar cuadrantes, cuadrar nóminas o poner al día papeles de última hora. Por eso el inspector puede entrar, identificarse y comprobar la situación real del centro, el personal que está trabajando y la documentación disponible en ese momento.

Qué papeles suelen pedir en la primera comprobación

  • Contratos de trabajo y sus anexos, sobre todo si hay temporalidad, fijos discontinuos o cambios de jornada.
  • Nóminas y justificantes de pago, para revisar salario, complementos, horas extra y posibles diferencias con convenio.
  • Altas y bajas en la Seguridad Social, vidas laborales internas y comunicaciones a la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • Registro horario diario, cuadrantes, turnos y fichajes del personal.
  • Evaluación de riesgos, planificación preventiva, formación y entrega de información en prevención de riesgos laborales.
  • Partes de accidente, reconocimientos médicos cuando proceden y acreditación de EPIs.
  • Documentación sobre subcontratación, cesión ilegal o coordinación de actividades empresariales si hay varias empresas compartiendo centro.
  • Permisos y autorizaciones de trabajo si hay personas extranjeras en plantilla.

Plazos de la actuación inspectora: 9 meses y posible ampliación

El plazo general de las actuaciones comprobatorias sobre un mismo sujeto es de 9 meses. No es un margen abierto: si la empresa alarga la entrega de documentos o fuerza retrasos imputables a ella misma, esos periodos no juegan a su favor.

La ampliación excepcional también es de 9 meses como máximo y solo cabe una vez. Se reserva para inspecciones especialmente complejas, para supuestos de obstrucción o ocultación de información y para cuando haga falta colaboración con otras administraciones. En la práctica, esto afecta mucho a empresas con varios centros, grupo societario, contratas en cadena o litigios sobre cotización.

Qué infracciones del orden social pueden acabar en multa

Bloque sancionable Qué mira la Inspección Ejemplos frecuentes Base general
Laborales Jornada, salario, descansos, contratación y derechos de plantilla Registro horario falso, horas extra no pagadas, contratos mal hechos Real Decreto Legislativo 5/2000, LISOS
Seguridad Social Altas, cotización, diferencias de cotización y encuadramiento Personas sin alta, bases mal declaradas, cuotas omitidas LISOS
Extranjería Trabajo de personas extranjeras y autorizaciones Permiso caducado, trabajo sin autorización LISOS
Cooperativas Régimen sancionador propio de cooperativas Incumplimientos societarios o laborales del régimen cooperativo LISOS
Obstrucción Negativa a colaborar, ocultación o resistencia No enseñar libros, negar acceso, borrar archivos LISOS

La LISOS distingue infracciones leves, graves y muy graves. El grado no se pone a ojo: lo marca el artículo concreto, la conducta, el número de personas afectadas, el daño causado, la intencionalidad y la reincidencia.

Infracciones laborales

Aquí entran los incumplimientos sobre jornada, salario, descansos, contratación temporal, modificación de condiciones, cesión ilegal, tiempo parcial mal aplicado o registro horario defectuoso. En Madrid, Valencia, Sevilla o cualquier otra provincia, la Inspección suele empezar por lo más fácil de acreditar: cuadrantes, nóminas y fichajes.

Infracciones de Seguridad Social

Este bloque agrupa altas fuera de plazo, bases de cotización incorrectas, diferencias de cotización, simulación de autónomos o errores que dejan fuera parte del salario real. Si hay cuotas no ingresadas, puede llegar además un acta de liquidación con la deuda que la empresa arrastra con la Tesorería General de la Seguridad Social.

Trabajo de extranjeros y movimientos migratorios

Aquí se sancionan los supuestos en los que una persona trabaja en España sin la autorización necesaria o con un permiso que no permite esa actividad. La empresa no se salva por decir que no lo sabía: tiene que comprobarlo antes de contratar.

Infracciones en sociedades cooperativas

En cooperativas, la Inspección mira si se respeta el régimen propio del vínculo cooperativo o si se usa la forma societaria para encubrir una relación laboral normal. El problema suele aparecer cuando la cooperativa funciona, de hecho, como una empresa ordinaria con menos garantías.

Obstrucción a la labor inspectora

Negarse a colaborar sale caro. Ocultar documentación, no atender requerimientos, impedir la entrada al centro, falsear datos o borrar información puede convertirse en infracción propia, aunque el incumplimiento inicial fuera otro distinto. La obstrucción suele endurecer mucho el expediente.

Cuánto pueden multar en España: grados, tramos y el criterio que manda

Referencia Leves Graves Muy graves Qué debes comprobar
Guías resumidas 70 a 750 € 751 a 7.500 € 7.501 € en adelante Simplifican el tramo general
Texto vigente de la LISOS 70 a 750 € en sus grados 751 a 7.500 € en sus grados 7.501 a 225.018 € en sus grados Manda el artículo concreto y la graduación del caso
Lo que importa de verdad Depende del tipo de infracción Depende de agravantes y atenuantes Puede subir mucho si hay afectación colectiva o reincidencia Verifica siempre el BOE antes de pagar o recurrir

La escala real se fija en los artículos 39 y 40 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de la LISOS. Ahí está la clave: no toda infracción grave termina en la misma multa, porque el grado mínimo, medio o máximo cambia mucho el importe final. Algunas webs lo simplifican demasiado y otras mezclan tramos que no cuadran con el texto vigente.

El criterio que manda es la graduación: número de trabajadores afectados, perjuicio causado, intencionalidad, reincidencia, volumen de negocio y resistencia a la actuación inspectora. Por eso una empresa pequeña y una pyme de 50 personas pueden recibir importes muy distintos por una conducta parecida.

Ejemplo práctico de multa con cifras

Ana dirige una pyme de Sevilla con 12 trabajadores. Durante una visita, la Inspección detecta que no lleva bien el registro horario desde hace 5 meses y que a 4 empleados les ha pagado parte de las horas extra fuera de nómina. La empresa reconoce el fallo, pero ya con el acta encima.

Si la conducta se califica como infracción grave en grado medio, la sanción puede quedarse en torno a 3.750 € dentro de la horquilla legal. Si además aparece una diferencia de cotización de 1.600 € ante la Seguridad Social, el coste total real sube a 5.350 € sin contar recargos ni intereses. Cuando el grado empeora por reincidencia o por ocultación, la cifra puede acercarse al máximo legal y el golpe para la tesorería se nota de verdad.

Qué hace la Inspección si detecta una infracción: actas y efectos

  1. El inspector constata los hechos en el centro de trabajo o a través de la documentación pedida por la Inspección provincial o la unidad actuante.
  2. Si aprecia incumplimiento, levanta acta de infracción y la comunica a la empresa con los hechos, la norma infringida y la propuesta de sanción.
  3. Si además hay cuotas no ingresadas o bases mal declaradas, puede levantarse acta de liquidación ante la Tesorería General de la Seguridad Social.
  4. Desde la notificación, la empresa dispone de 15 días para presentar alegaciones y pruebas, o para reaccionar con el recurso que proceda según el acto notificado.

Acta de infracción y acta de liquidación: qué cambia para la empresa

El acta de infracción abre el expediente sancionador. No es una mera advertencia: describe qué se ha visto, por qué se considera incumplimiento y qué multa propone la Inspección. A partir de ahí, la empresa tiene que decidir si discute los hechos, si aporta pruebas o si corrige el problema antes de que la resolución se cierre.

El acta de liquidación es otra cosa. No busca castigar, sino reclamar cuotas o diferencias de cotización. Por eso tiene un efecto económico distinto y, además, es provisional hasta que se resuelva el expediente. En muchas empresas el susto doble llega por ahí: multa por un lado y deuda con la Seguridad Social por otro.

La multa castiga el incumplimiento; la liquidación reclama lo que no se cotizó bien.

Cómo recurrir una sanción de la Inspección de Trabajo

La defensa en España tiene recorrido, pero hay que moverse rápido. La Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común regula la vía administrativa, y la Ley 36/2011, reguladora de la jurisdicción social marca la impugnación judicial cuando el asunto entra en el orden social.

Qué recursos caben y en qué plazos

  • Alegaciones: 15 días desde la notificación del acta o del trámite de audiencia, con prueba documental, testifical o pericial si la tienes.
  • Recurso de alzada: 1 mes, ante el órgano superior jerárquico, conforme a los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015.
  • Recurso potestativo de reposición: 1 mes, ante el mismo órgano que dictó el acto, según los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015.
  • Revisión de oficio: sin plazo ordinario cerrado, solo para supuestos de nulidad radical y con los requisitos del artículo 106 de la Ley 39/2015.
  • Demanda judicial en el orden social: el plazo depende del acto y de lo que indique la notificación; no lo dejes para el final porque los tiempos corren y el recurso administrativo no siempre frena la ejecución.

Ventajas de recurrir:

  • Puedes corregir errores de hecho, por ejemplo nóminas mal interpretadas o cuadrantes incompletos.
  • Si la prueba es buena, puedes rebajar mucho la multa o tumbarla entera.
  • Te obliga a revisar el expediente y detectar si faltan motivación o pruebas.

Inconvenientes:

  • Los plazos son cortos y, si te despistas, la sanción gana fuerza.
  • Presentar un escrito flojo no ayuda; hace falta prueba ordenada y coherente.
  • Si reconoces hechos sin estrategia, puedes perder margen de defensa aunque luego pagues menos.

Cómo evitar una sanción: prevención y cumplimiento en la empresa

  1. Mantén el registro horario al día y revisa que refleje entradas, salidas y horas extra reales.
  2. Comprueba altas en la Seguridad Social antes de que nadie empiece a trabajar, sobre todo en campañas, hostelería, comercio y construcción.
  3. Cuadra nóminas, convenio y cotización para que salario y bases digan lo mismo.
  4. Ten preparada la documentación de prevención de riesgos: evaluación, planificación, formación y EPIs.
  5. Forma a mandos intermedios para que sepan responder a una visita inspectora sin improvisar.
  6. Guarda contratos, anexos, cuadrantes, justificantes de pago y comunicaciones con la TGSS en una carpeta accesible.

Checklist mínimo de cumplimiento antes de una visita

  • Registro horario actualizado y exportable.
  • Contratos y prórrogas firmados y localizables.
  • Nóminas del último año y justificantes bancarios de pago.
  • Altas, bajas y bases de cotización correctas.
  • Evaluación de riesgos y plan preventivo vigentes.
  • Formación en PRL y entrega de EPIs acreditadas.
  • Acreditación de permisos de trabajo si hay plantilla extranjera.
  • Persona responsable designada para atender al inspector.
  • Correo y teléfono del asesor laboral o graduado social a mano.
  • Carpeta separada con documentación de subcontratas y coordinación de actividades si compartes centro.

Un repaso serio antes de la visita cuesta poco; una sanción mal llevada cuesta mucho más. Si la empresa tiene ordenados papeles, jornadas, altas y prevención, la Inspección suele tener menos margen para sancionar y más para limitarse a comprobar que todo está en regla.

Fuentes

  1. InfoautonomosLas multas por no cumplir en una Inspección de Trabajoconsultado el 27/07/2026
  2. PerladoasesoresInspección de trabajo: Tipos, sanciones y cómo evitarlasconsultado el 27/07/2026
  3. Jover-abogadosActas de infracción en inspección de trabajo: evita sancionesconsultado el 27/07/2026
  4. MapfreSanciones derivadas de una inspección de trabajo -Blogs MAPFREconsultado el 27/07/2026
  5. ComunidadSanciones en el orden social | Comunidad de Madridconsultado el 27/07/2026