Patrimonio

Ley de Memoria Democrática y bisnietos en España: quién puede pedir la nacionalidad y qué requisitos hay

agosto 29, 2026 EspanaLegal 10 min read
Ley de Memoria Democrática y bisnietos en España: quién puede pedir la nacionalidad y qué requisitos hay

Qué regula la Ley 20/2022 sobre la nacionalidad por opción

La Ley de Memoria Democrática sí abre la puerta a la nacionalidad por opción para descendientes de españoles de origen, pero no de forma ilimitada: el encaje está en la disposición adicional octava de la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática y en la interpretación que ha hecho la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública. En España, el trámite se mueve entre los consulados, el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y el Registro Civil Consular.

La propia Administración ha manejado un volumen muy alto de expedientes: hasta el 31 de marzo de 2024, las Oficinas del Registro Civil Consular recibieron 301.121 solicitudes de opción a la nacionalidad española de origen, y el 95% se concentró en Iberoamérica y en el Consulado General de España en Miami. Eso explica por qué el procedimiento ha necesitado aclaraciones y prórrogas.

Disposición adicional octava: el derecho a optar

La disposición adicional octava reconoce el derecho a optar por la nacionalidad española a quienes nazcan fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, originariamente españoles. En la práctica, esto es lo que ha permitido que muchos descendientes que vivían fuera de España —sobre todo en América Latina, pero también en otras demarcaciones consulares— puedan recuperar el vínculo jurídico con España sin pasar por la residencia previa.

La clave no es solo el parentesco, sino la condición de español de origen del ascendiente y la prueba documental de toda la cadena familiar. Si el expediente encaja, el solicitante entra en un cauce excepcional de adquisición de la nacionalidad por opción, distinto de la residencia ordinaria del Código Civil.

Instrucción de 25 de octubre de 2022: cómo se interpreta en la práctica

La Instrucción de 25 de octubre de 2022 de la DGSJFP, citada por los consulados y por la práctica administrativa, separa dos grandes bloques:

  • Personas nacidas fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, originariamente españoles.
  • Personas que hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española por causas vinculadas a la persecución política, ideológica o de creencia, o por orientación e identidad sexual.

En la tramitación consular esto importa mucho, porque no todos los descendientes se acreditan igual. Hay expedientes con línea directa clara y otros en los que hay que reconstruir el árbol familiar con certificaciones de nacimiento, matrimonio y, cuando toca, pruebas de pérdida o renuncia de la nacionalidad del ascendiente.

La norma abre la puerta, pero el expediente se gana con la línea familiar bien probada y con el encaje exacto en la disposición adicional octava.

Quién puede pedirla: hijos, nietos y bisnietos de españoles de origen

  • Hijos de padre o madre originariamente españoles: pueden optar si nacieron fuera de España y prueban esa filiación.
  • Nietos de españoles de origen: entran cuando el abuelo o la abuela eran originariamente españoles y la documentación acredita toda la cadena familiar.
  • Bisnietos de españoles de origen: pueden presentar la solicitud cuando su línea pasa por un progenitor nieto del español, aunque ese progenitor todavía no haya obtenido resolución.
  • Descendientes que acrediten el supuesto de pérdida o renuncia de la nacionalidad por causas políticas, ideológicas, de creencia o por orientación e identidad sexual: también pueden encajar, si la prueba documental es suficiente.
  • Solicitantes con expediente consular abierto o cita ya pedida antes del cierre del plazo de recepción: la gestión sigue su curso administrativo, según el estado en que haya quedado la solicitud.

Bisnietos: cuándo pueden presentar la solicitud sin esperar al progenitor

Aquí está una de las dudas más habituales. Según la interpretación difundida por los despachos y la práctica consular, un bisnieto de español de origen puede presentar su solicitud sin esperar a que el progenitor nieto obtenga antes la nacionalidad. Lo hace amparándose en la disposición adicional octava, apartado b, de la Ley 20/2022, con la lógica de no bloquear toda la cadena familiar por la lentitud de un expediente previo.

Ahora bien, la propia tramitación queda suspendida hasta que se resuelva la solicitud del progenitor correspondiente. Por eso la recomendación práctica es adjuntar siempre el justificante de presentación del progenitor. Así el consulado ve que la cadena está en marcha y puede dejar constancia en el expediente del bisnieto.

Ejemplo: Laura, nacida en Rosario en 1997, es bisnieta de un español nacido en Galicia. Su madre, nieta del español, presentó su solicitud en el Consulado General de España el 12 de febrero de 2025 y recibió resguardo. Laura presenta la suya el 4 de abril de 2025 con ese justificante. Aunque su expediente quede suspendido, no necesita esperar a la resolución final de su madre para entrar en el procedimiento. Si el consulado la admite a trámite, el punto de entrada queda fijado; si faltara el justificante, el expediente puede pararse hasta subsanar.

Plazos, prórroga y qué ocurre con las citas pendientes

Hito Fecha / plazo Efecto en España
Plazo inicial 2 años desde la entrada en vigor de la Ley 20/2022 Ventana ordinaria para solicitar cita y presentar la opción
Cierre inicial previsto 22 de octubre de 2024 Fin del periodo de dos años anunciado por la Administración
Prórroga aprobada por el Gobierno Hasta el 22 de octubre de 2025 Un año adicional para atender solicitudes y citas pendientes
Citas ya pedidas y sin fecha asignada Se mantienen dentro de la prórroga Se atienden las solicitudes que quedaron registradas a tiempo
Cierre de recepción de citas en algunas oficinas consulares 22 de octubre de 2025 Algunas sedes consulares lo comunican como cierre operativo de la ventanilla de citas

La prórroga se aprobó para dar salida a todas las solicitudes de cita ya presentadas y pendientes de asignación, y también a las que no pudieron atenderse en los dos primeros años de aplicación. La cifra ayuda a entender la presión del sistema: hasta el 31 de marzo de 2024 ya se habían acumulado 301.121 solicitudes en los Registros Civiles Consulares.

La aparente diferencia entre la prórroga hasta el 22 de octubre de 2025 y el aviso de que ese mismo día se cerró la recepción de solicitudes de cita no es una contradicción real: una cosa es el marco ampliado por el Gobierno y otra el funcionamiento práctico de la ventanilla consular, que puede anunciar el cierre de nuevas citas para ordenar expedientes pendientes.

En la práctica, lo decisivo no es solo la fecha final del plazo: también importa si la solicitud de cita quedó registrada antes del cierre operativo del consulado.

Dónde se tramita en España y qué organismos intervienen

  1. Consulta previa en la sede electrónica del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. La información general, los requisitos y el acceso a la cita se centralizan en la sede electrónica del MAEC, que remite a la vía consular correspondiente.
  2. Petición de cita o de información en la Oficina Consular o Registro Civil Consular competente. Es el primer filtro real de entrada del expediente. Cada consulado de España en el extranjero organiza la recepción de solicitudes según su demarcación.
  3. Presentación documental y registro del expediente. El Registro Civil Consular deja constancia de la solicitud y verifica si la documentación mínima está completa o si hace falta subsanación.
  4. Consulta de instrucciones y trámites complementarios en la sede electrónica del Ministerio de Asuntos Exteriores. Allí se publican los accesos a trámites y avisos de procedimiento.
  5. Coordinación con la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública. Este órgano del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes fija el criterio jurídico de aplicación de la nacionalidad por opción.
  6. Seguimiento del expediente hasta la inscripción. Si todo encaja, el resultado acaba en la inscripción registral y, después, en la documentación española del nuevo nacional.

En algunos consulados, como el de Miami, Exteriores recuerda que los requisitos, el procedimiento y la forma de conseguir cita deben consultarse en la sede electrónica y en la propia página consular. También aclara que el 22 de octubre de 2025 se cerró el plazo para recibir solicitudes de cita para optar a la nacionalidad española en virtud de la disposición adicional octava.

Documentación mínima y cómo preparar el expediente

  • Certificación literal de nacimiento del solicitante, emitida por el registro civil del país de nacimiento o por el registro español competente si ya existe inscripción previa.
  • Certificación literal de nacimiento del padre, madre, abuelo o abuela españoles, o de la persona que marque la línea de parentesco.
  • Pruebas documentales de la cadena familiar completa: nacimientos, matrimonios y, cuando proceda, defunciones.
  • Documento de identidad o pasaporte vigente del solicitante.
  • Formulario o solicitud consular que exija la oficina española correspondiente.
  • Si el bisnieto presenta en paralelo, justificante de presentación de la solicitud del progenitor nieto.
  • En su caso, pruebas de pérdida o renuncia de la nacionalidad por las causas previstas en la instrucción administrativa.

Conviene revisar cada certificado antes de pedir cita. En muchos consulados de España fuera de territorio español el atasco no viene por la norma, sino por el papel mal emitido, la falta de legalización o la cadena familiar incompleta. Una certificación que no está literal, o un documento que no acredita bien a la madre o al abuelo español, puede dejar el expediente parado semanas.

Si falta algún papel, todavía estás a tiempo de preparar un expediente más sólido. Lo importante es no llegar a la ventanilla consular con huecos en la línea de parentesco.

Qué pasa si falta un documento, se suspende el expediente o te piden subsanar

Lo más habitual es que el consulado o el Registro Civil Consular te dé un requerimiento de subsanación. Eso significa que no te están cerrando la puerta, sino pidiéndote que completes o corrijas la documentación. En España, la regla general de subsanación de solicitudes está en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: si faltan datos o documentos, la Administración debe conceder un plazo para arreglarlo.

En los expedientes de la Ley de Memoria Democrática esto se nota especialmente en tres situaciones:

  • Falta un certificado de nacimiento o matrimonio en la línea familiar.
  • No se acredita bien el ascendiente español de origen.
  • En bisnietos, no se adjunta el justificante de la solicitud del progenitor o no consta que el expediente previo esté realmente presentado.

Si el expediente se suspende, no significa que pierdas automáticamente la opción. Significa que queda en pausa hasta que se resuelva el punto pendiente o hasta que aportes la subsanación. La receta práctica es simple: responder dentro del plazo que te den, guardar el resguardo de entrega y conservar copia de todo lo presentado en el consulado español correspondiente.

Si has pedido cita y aún no te la han asignado, conserva el justificante de registro de la solicitud. Si ya te citaron, acude con el expediente limpio, porque en esta materia los retrasos no suelen venir de la ley, sino de la documentación que falta o no se puede encajar con claridad.

Fuentes

  1. EcheverriaabogadosLey de Nietos: qué pasa después de la fecha límite y qué opciones …consultado el 02/08/2026
  2. LexmoveaNacionalidad Española por Ley Memoria Democrática – Lexmoveaconsultado el 02/08/2026
  3. AdvExtensión de la vigencia de la Ley de Memoria Democráticaconsultado el 02/08/2026
  4. PalmaabogadosextranjeriaNacionalidad española para bisnietos de españoles: ¿Es posible?consultado el 02/08/2026
  5. InclusionEl Gobierno aprueba la prórroga para obtener la nacionalidad por la …consultado el 02/08/2026