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Contrato de relevo en España: qué es, requisitos y cómo funciona

julio 24, 2026 EspanaLegal 8 min read
Contrato de relevo en España: qué es, requisitos y cómo funciona

Qué es el contrato de relevo y en qué casos aparece

El contrato de relevo es el que permite que un trabajador en España pase a jubilación parcial y que otra persona cubra la parte de jornada que queda libre. No es un contrato autónomo: nace ligado a la jubilación parcial y se apoya en los artículos 12.6 y 12.7 del Estatuto de los Trabajadores y en el artículo 215 de la LGSS, que conectan la reducción de jornada del relevado con la contratación del relevista.

En la práctica, el esquema es simple: el trabajador veterano sigue en plantilla, pero trabaja menos y cobra menos salario; la empresa, a la vez, incorpora a un relevista para cubrir ese hueco y evitar que el puesto se vacíe de golpe. La Seguridad Social recuerda que desde el 1 de abril de 2013 cambiaron los requisitos de acceso a esta modalidad, así que no vale con un acuerdo informal ni con una contratación cualquiera.

Si falla el relevo, puede fallar también la jubilación parcial: aquí importan la edad, la cotización, la jornada y la simultaneidad.

Requisitos legales: quién puede jubilarse parcialmente y quién puede ser relevista

La norma mezcla dos planos: quién puede salir parcialmente del trabajo y quién puede entrar como sustituto. El Real Decreto 1131/2002 desarrolla esa mecánica y deja claro que la empresa tiene que cuadrar ambos perfiles desde el principio.

Figura Quién puede ser Requisitos clave Contrato y jornada Norma
Trabajador relevado Asalariado que pasa a jubilación parcial Edad cercana a la ordinaria, cotización suficiente y antigüedad mínima Reduce jornada y salario; la reducción debe encajar en los márgenes legales ET art. 12 y LGSS art. 215
Trabajador relevista Persona que sustituye la parte de jornada liberada Debe estar desempleada o tener contrato de duración determinada con la empresa Contrato de relevo por escrito; puede ser indefinido o temporal y, si lo es, durar al menos hasta la edad ordinaria del relevado ET art. 12.7 y RD 1131/2002

Trabajador relevado: edad, cotización y antigüedad

  • Tiene que poder acceder a la jubilación parcial con relevo: no se trata de cualquier reducción de jornada.
  • No puede rebajar la edad en más de 3 años respecto a la edad ordinaria de jubilación.
  • Debe acreditar, con carácter general, 33 años cotizados efectivos.
  • Si tiene una discapacidad igual o superior al 33%, el umbral baja a 25 años.
  • Necesita una antigüedad mínima de 6 años en la empresa.
  • Debe venir de un contrato a jornada completa, porque la modalidad se pensó para reducir una jornada ya consolidada.
  • En determinados supuestos antiguos sigue existiendo un régimen transitorio, pero ya no es el escenario habitual.

Trabajador relevista: situación laboral y tipo de contrato

  • Debe estar en desempleo o tener con la empresa un contrato de duración determinada.
  • El contrato de relevo se formaliza por escrito, identificando al relevado, la jornada cubierta y el tiempo de duración.
  • Puede ser indefinido o temporal; si es temporal, no debe durar menos que el tiempo que falte al relevado para su jubilación ordinaria.
  • Su horario debe ajustarse a la parte de jornada que queda vacante, sin inventar una sustitución ficticia.
  • La relación laboral tiene que ser real y verificable, porque la Inspección puede revisar si el relevo existe de verdad.

Cómo funciona: jornada, duración y ejemplo numérico

  1. El trabajador pacta con la empresa la jubilación parcial y fija por escrito la reducción de jornada, la fecha de efectos y el salario que seguirá percibiendo por el trabajo efectivo.
  2. La empresa contrata al relevista de forma simultánea; no sirve dejar el puesto vacío unas semanas.
  3. La reducción de jornada del relevado suele moverse entre el 25% y el 75%; si la anticipación supera dos años, la Seguridad Social admite supuestos entre el 20% y el 33%.
  4. El contrato del relevista debe durar, como mínimo, hasta que el relevado alcance la edad ordinaria de jubilación; si se firma indefinido, puede seguir después.
  5. La empresa organiza turnos y cuadrantes para que la jornada reducida sea real y demostrable, porque la simultaneidad no es un formalismo.

Ejemplo numérico de relevo con jornada reducida

Ana, en Sevilla, tiene 63 años, 38 años cotizados y un salario bruto de 1.800 €/mes a jornada completa. Pide una jubilación parcial con reducción del 50%: pasa a trabajar 20 horas semanales si su jornada ordinaria era de 40, y su salario de trabajo baja aproximadamente a 900 €/mes, a lo que se suma la parte de prestación de jubilación parcial que le reconozca el INSS.

La empresa contrata a Javier, inscrito como demandante de empleo en el SEPE, con un contrato de relevo de 2 años y 8 meses. Javier cubre el 50% de la jornada liberada y cobra 1.050 €/mes. Si Ana hubiera pedido una reducción del 75%, el encaje horario sería mucho más exigente y habría que respetar con precisión los límites legales de porcentaje y duración.

Pasos para formalizarlo correctamente en la empresa

  1. Comprueba en la Seguridad Social si cumples edad, cotización y antigüedad; pide tu vida laboral y, si hace falta, el informe de bases. Plazo: antes de fijar la fecha de salida parcial.
  2. Firma por escrito con la empresa el acuerdo de jubilación parcial y el contrato de relevo, dejando claros la jornada, la duración y el centro de trabajo. Plazo: antes del inicio efectivo.
  3. La empresa tramita el alta del relevista ante la Tesorería General de la Seguridad Social y comunica el contrato al SEPE dentro del plazo ordinario de comunicación, que en la práctica se mueve en 10 días desde la contratación.
  4. Presenta la solicitud de jubilación parcial ante el INSS con la documentación de empresa y la vida laboral. Plazo: antes de la fecha prevista para empezar a cobrar la parcial.
  5. Guarda nóminas, cuadrantes y copias del contrato durante toda la vigencia del relevo, por si luego hay que acreditar la simultaneidad ante la Inspección o el INSS.

Salario, cotización y efectos en la pensión

Concepto Trabajador relevado Relevista Efecto práctico
Salario mensual Baja en proporción a la jornada trabajada Cobra por la jornada pactada en su contrato El relevado gana menos hoy, pero mantiene vínculo laboral
Base de cotización Se ajusta al régimen de jubilación parcial y a la jornada efectivamente trabajada Cotiza como cualquier trabajador de alta La cotización futura suele verse menos penalizada que si bajara a una media jornada ordinaria sin relevo
Pensión futura Cuando llegue la jubilación ordinaria, el INSS calculará con las bases acreditadas en toda la carrera Genera su propia carrera de cotización Si la base baja durante años, la pensión futura del relevado puede resentirse
Seguridad jurídica Depende de que el relevo esté bien hecho y documentado Depende de que el contrato sea real y simultáneo Un error de forma puede afectar al reconocimiento de la parcial y a la cotización

La idea clave es esta: el salario del relevado sí baja de forma visible, pero la pensión no se desconecta de golpe. Lo que manda es cómo se cotiza, cuánto tiempo dura la parcial y si la empresa ha cumplido el encaje legal.

Ventajas, límites y riesgos habituales

Ventajas

  • Para la empresa, permite una transición ordenada del conocimiento y de la plantilla, sin perder de golpe a una persona con experiencia.
  • Para el trabajador relevado, ofrece una salida más suave hacia la jubilación: menos horas, menos desgaste y una parte de ingresos aún activa.
  • Para el relevista, abre la puerta a una entrada real en la empresa con experiencia práctica y posibilidad de continuidad si el contrato es indefinido.
  • En sectores con turnos o picos de actividad, ayuda a ajustar mejor la organización del trabajo.

Inconvenientes

  • Los requisitos son muy estrictos y un fallo en edad, cotización, antigüedad o simultaneidad puede romper la modalidad.
  • La coordinación de horarios y centros de trabajo exige bastante gestión interna.
  • Si el relevista entra con contrato temporal, su continuidad no está garantizada.
  • La reducción de jornada no siempre permite un reparto cómodo: cuando la anticipación es mayor, los márgenes son más estrechos.
  • Si la empresa improvisa, la Inspección de Trabajo puede cuestionar el relevo y la Seguridad Social puede revisar la jubilación parcial.

El contrato de relevo funciona bien cuando se planifica; mal, cuando se firma como simple apaño de última hora.

Qué hacer si la empresa incumple o el contrato sale mal

  1. Reúne pruebas cuanto antes: contrato, alta en Seguridad Social, vida laboral, nóminas, cuadrantes y cualquier correo donde se vea la jornada real. Plazo: inmediato, en cuanto detectes el fallo.
  2. Denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social si faltan requisitos, no hay simultaneidad, el relevista no encaja o la jornada real no coincide con lo pactado. Plazo: sin esperar al final del contrato, porque la infracción puede seguir vigente.
  3. Si hay un conflicto laboral individual, presenta papeleta de conciliación ante el servicio autonómico de mediación o conciliación que corresponda. El artículo 63 de la LRJS exige, con carácter general, conciliación o mediación previa antes de acudir al Juzgado de lo Social; en acciones con caducidad, como el despido, el plazo suele ser de 20 días hábiles.
  4. Si el problema es de cotización o de reconocimiento de la jubilación parcial, reclama ante el INSS o la TGSS según el acto concreto y, si no corrigen el error, demanda ante el Juzgado de lo Social.

Vías de reclamación y órganos competentes

  • Inspección de Trabajo y Seguridad Social: para irregularidades en contratación, jornada, alta o duración real del relevo.
  • Servicio autonómico de conciliación: el paso previo habitual para intentar acuerdo sin juicio; cambia de nombre según la comunidad autónoma.
  • Juzgado de lo Social: para la demanda si no hay arreglo en conciliación o si la ley permite ir directamente.
  • INSS: para revisar el reconocimiento de la jubilación parcial o la afectación a la pensión.
  • TGSS: para corregir bases, altas o cotizaciones mal comunicadas.

Fuentes

  1. FactorialQué es el contrato de relevo, cómo funciona y en qué situaciones se …consultado el 13/07/2026
  2. CoverflexContrato de relevo 2026: requisitos y guía actualizada – Coverflexconsultado el 13/07/2026
  3. IberleyContrato de relevo – Iberleyconsultado el 13/07/2026