¿Qué es un contrato de compraventa de moto sin garantía?
Un contrato de compraventa de moto sin garantía es el documento que deja por escrito quién vende, quién compra, qué moto cambia de manos, por cuánto dinero y en qué estado se entrega. En España sirve para probar la operación, fijar la fecha de entrega y evitar discusiones después sobre el precio, el kilometraje o los accesorios que se entregaron.
También tiene valor práctico frente a la DGT, la Hacienda autonómica y, si hay conflicto, ante un juzgado. La compraventa se encuadra en los arts. 1445, 1450, 1461, 1462 y 1484 a 1490 del Código Civil, que regulan la venta, la entrega y el saneamiento por defectos ocultos. Si quien vende es un profesional, además entra en juego el TRLGDCU, arts. 114 a 127, que protege al consumidor cuando compra una moto usada a un concesionario o compraventa.
La expresión “sin garantía” no significa lo mismo en una venta entre particulares que en una venta profesional. En una moto usada entre particulares, el contrato puede limitar lo que cada parte asume; en una venta a consumidor, hay reglas imperativas que no se pueden borrar con una frase genérica.
¿Es válido pactarlo en España y qué límites impone la ley?
En España, el pacto de vender una moto “sin garantía” puede ser válido, pero solo hasta donde deja la ley. El contrato privado puede ordenar la relación entre las partes, aunque no puede vaciar de contenido normas básicas de buena fe ni eliminar derechos irrenunciables cuando hay un consumidor de por medio.
| Escenario | ¿Cabe pactar “sin garantía”? | Límite real |
|---|---|---|
| Particular a particular | Sí, con matices | No se puede ocultar mala fe ni blindar defectos ocultos conocidos |
| Profesional a particular | Solo de forma muy limitada | Rige la conformidad del bien y la garantía legal de consumo |
| Moto usada vendida a consumidor | Sí, pero con límites legales | El plazo puede reducirse en usados, nunca por debajo del mínimo legal |
| Venta con reserva de dominio o financiación | Sí, si se documenta | Hay que respetar la carga y reflejar quién la cancela |
En una compraventa civil pura, el contrato se apoya en la libertad de pactos del Código Civil, pero esa libertad no permite contradecir el régimen de entrega, saneamiento y vicios ocultos. Si el vendedor es un empresario o profesional, la moto debe entregarse conforme a lo pactado y a lo que razonablemente puede esperar un comprador medio.
Compra entre particulares
- Entre particulares no rige la garantía legal de consumo del TRLGDCU.
- Sí puede existir responsabilidad por vicios ocultos según los arts. 1484 y siguientes del Código Civil.
- La fórmula “sin garantía” puede servir para dejar claro que no hay promesas extra sobre el estado mecánico, siempre que no se escondan defectos graves conocidos.
- Si el comprador acepta una moto con una avería visible o ya explicada, conviene describirla con detalle en el contrato.
- El vendedor no queda cubierto si actúa con mala fe, falsea el kilometraje o oculta un daño serio.
Compra a profesional o concesionario
- Si vende un compraventa, taller o concesionario, el comprador es consumidor y entra la normativa del TRLGDCU.
- La venta debe ajustarse a la conformidad del bien: lo anunciado, lo pactado y lo que razonablemente cabe esperar de una moto usada.
- En usados se puede pactar un plazo de responsabilidad menor, pero no bajar del mínimo legal aplicable.
- Una cláusula de exclusión general tipo “se vende sin garantía de ningún tipo” no neutraliza la protección legal del consumidor.
- Si hay reparación, sustitución, rebaja del precio o resolución, la cláusula estampada en el contrato no vale para recortar derechos que la ley reconoce.
Un “sin garantía” bien redactado ordena la venta; un “sin garantía” genérico no borra defectos ocultos ni recorta la protección del consumidor cuando vende un profesional.
Qué debe incluir el modelo para que no deje flecos
- Nombre, DNI/NIE, domicilio y teléfono de vendedor y comprador.
- Marca, modelo, matrícula, número de bastidor y cilindrada de la moto.
- Kilometraje exacto al firmar, con referencia expresa al cuentakilómetros.
- Precio total, forma de pago y fecha en que se entrega el dinero.
- Fecha, hora y lugar de entrega de la moto y de sus llaves.
- Declaración sobre cargas: reserva de dominio, embargo, leasing o financiación pendiente.
- Relación de accesorios entregados: maletas, top case, pantalla, puños calefactables, escape homologado, etc.
- Número de llaves, mando del antirrobo y documentación entregada.
- Estado de ITV, seguro y posibles incidencias mecánicas conocidas.
- Reparto claro de multas, impuestos y gastos anteriores a la firma.
Cláusulas útiles para una moto usada
- El vendedor declara el estado conocido de la moto y las averías que ya han sido informadas.
- El comprador reconoce haber revisado la moto, probado su arranque y aceptado el estado visible.
- Se identifican los accesorios que quedan dentro del precio para evitar discusiones posteriores.
- Se fija si existe reserva de dominio o si la moto está libre de cargas, algo que conviene comprobar antes en la DGT.
- Se añade una cláusula sobre multas anteriores a la entrega: las anteriores a la firma las asume quien correspondía y las posteriores, el comprador.
- Si se permite un pequeño plazo para pagar o se pacta una señal, hay que decir qué pasa si una de las partes incumple.
Cláusulas que conviene evitar o matizar
Ventajas de redactarlas bien
- Dan prueba escrita de lo que ambas partes sabían en el momento de la venta.
- Reducen discusiones sobre accesorios, kilometraje y estado general.
- Ayudan mucho si después hay que ir a la DGT, a una aseguradora o a un juzgado.
- Sirven para distinguir una avería previa de una avería aparecida después.
Inconvenientes de las fórmulas mal hechas
- Una renuncia genérica y sin detalle puede ser papel mojado si hay mala fe o venta a consumidor.
- Las frases ambiguas tipo “la moto se vende tal cual” dejan margen a pleitos innecesarios.
- Si se intenta excluir todo por sistema, el contrato puede chocar con el Código Civil o con el TRLGDCU.
- En una venta profesional, la cláusula no puede rebajar derechos mínimos del comprador.
Cómo firmarlo y hacer el cambio de titularidad en la DGT
- Firmad el contrato por duplicado y en la misma fecha de entrega, dejando una copia para cada parte. Si se paga por transferencia, guardad el justificante bancario.
- El comprador liquida el ITP ante la hacienda de su comunidad autónoma, normalmente en 30 días hábiles desde la firma, con el modelo que toque en esa comunidad o su trámite telemático equivalente.
- Después, el comprador pide el cambio de titularidad en la Jefatura Provincial de Tráfico o en la sede electrónica de la DGT, también dentro del plazo que marque el trámite. La referencia práctica es no dejar pasar el mes desde la compra.
- El vendedor presenta la notificación de venta en la DGT para dejar constancia de que ya no tiene la moto, sobre todo si teme multas, impuestos o reclamaciones ajenas.
Documentos para firmar y para la DGT
- Contrato de compraventa firmado por ambas partes y por duplicado.
- DNI o NIE de comprador y vendedor.
- Permiso de circulación de la moto.
- Ficha técnica con la ITV en vigor, si procede.
- Justificante del ITP ya presentado o pagado en la comunidad autónoma.
- Tasa de la DGT abonada para el cambio de titularidad.
- Si existe, cancelación de reserva de dominio o documento de levantamiento de carga.
- En caso de representación, autorización firmada y DNI del representante.
Costes, impuestos y plazos que conviene prever
La compra de una moto usada entre particulares arrastra tres partidas que conviene tener claras desde el principio: el impuesto de transmisiones, la tasa de Tráfico y, si hace falta, la gestoría. El Real Decreto Legislativo 1/1993 es la base del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas, pero el tipo aplicable lo marca cada comunidad autónoma.
| Concepto | Quién suele pagarlo | Importe orientativo | Plazo práctico |
|---|---|---|---|
| ITP de la compraventa | Comprador | Entre el 4 % y el tipo autonómico aplicable | 30 días hábiles desde la firma, según trámite autonómico |
| Tasa de la DGT por cambio de titularidad | Comprador | Aproximadamente 55,70 € en turismos y motos, según tarifa vigente | Tras pagar el ITP, sin demorar la solicitud |
| Gestoría | Quien contrate el servicio | Suele moverse entre 60 € y 150 € | Puede tramitarlo en pocos días |
| Notificación de venta | Vendedor | Tasa reducida o, según el trámite, sin coste adicional relevante | Cuanto antes, mejor; idealmente en los primeros días |
El detalle importante es que el impuesto depende de la comunidad autónoma del comprador: no cuesta lo mismo en Madrid que en Andalucía, Cataluña, Comunidad Valenciana o Castilla y León. Si la moto está a nombre de un particular, no hay IVA; si la vende un profesional, la factura puede ir por otro carril fiscal.
Ejemplo con una moto de 3.000 €
Ana compra en Sevilla una moto usada de 3.000 € a un particular. Si el ITP aplicable en su comunidad fuera del 4 %, pagaría 120 € de impuesto. A eso se añadiría la tasa de la DGT, por ejemplo 55,70 €, y el coste total del cambio subiría a 175,70 €.
Si además contrata una gestoría por 90 €, la operación le saldría por 265,70 € antes de gasolina, seguro y puesta a punto. Si el tipo autonómico fuera del 8 %, el ITP se iría a 240 € y la cuenta total ya rozaría los 385,70 € con gestoría.
Qué hacer si después aparecen averías, impagos o discrepancias
- Intentad una solución directa primero: conversación clara, fotos, facturas de taller y revisión de la documentación firmada.
- Si no hay acuerdo, enviad un burofax con acuse y certificación de contenido para dejar constancia de la reclamación y de lo que se pide exactamente.
- Encargad un peritaje o un informe de taller en España para distinguir una avería de desgaste normal de un defecto previo o de un daño oculto.
- Si la otra parte no cede, valorad la reclamación formal y, si hace falta, la vía judicial ante el Juzgado de Primera Instancia que corresponda por cuantía y domicilio.
Si el comprador no paga o no cambia la titularidad
- Conserva el contrato, el justificante de entrega y cualquier prueba del precio pactado.
- Si la moto ya se entregó y falta dinero, reclama por escrito cuanto antes y fija un plazo concreto de pago.
- Presenta la notificación de venta en la DGT para que conste que ya no eres titular material de la moto.
- Guarda la transferencia bancaria, el recibí o el justificante de señal; son la mejor defensa si luego hay discusión.
- Si el comprador tarda en hacer el cambio de nombre, insiste por escrito y valora una gestoría o una consulta en la Jefatura Provincial de Tráfico.
Si aparecen vicios ocultos o una avería grave
- La reclamación se encaja en los arts. 1484 a 1490 del Código Civil: lo relevante es que el defecto existiera antes de la venta y no fuera visible con una revisión normal.
- Reúne un informe mecánico, presupuesto de reparación, fotos, vídeos, anuncios de venta y mensajes intercambiados.
- Si la avería afecta de verdad al uso de la moto, el comprador puede pedir la resolución del contrato o una rebaja del precio, según el caso.
- El plazo de la acción por vicios ocultos es de 6 meses desde la entrega, así que no conviene dejar pasar semanas sin mover el asunto.
- Si vendió un profesional y la moto no era conforme, la reclamación debe enfocarse también desde la normativa de consumo, no solo desde el Código Civil.
Fuentes
- Tramitesvehiculosonline[PDF] contrato de compraventa de vehículo usado entre particularesconsultado el 01/08/2026
- AutoretroContrato Compraventa Coche en 2026 [Descargar Modelo] – Autoretroconsultado el 01/08/2026
- Modelosycontratos¿Cómo vender un coche sin garantía si eres un particular?consultado el 01/08/2026
- Gestoriaiglesias[PDF] CONTRATO DE COMPRAVENTA DE VEHICULO USADO ENTRE …consultado el 01/08/2026
- PontgrupContrato de Compraventa de Moto: cómo rellenarlo + plantilla | PGconsultado el 01/08/2026
