Acoso laboral

Reclamación de cantidad laboral en España: cómo reclamar salarios, horas extra y finiquito

julio 30, 2026 EspanaLegal 9 min read
Reclamación de cantidad laboral en España: cómo reclamar salarios, horas extra y finiquito

Una reclamación de cantidad laboral en España sirve para exigir al empresario lo que te debe por trabajo ya hecho: salarios, horas extra, finiquito y otros importes ya devengados. Si la deuda está vencida y no la pagan, la vía normal es intentar conciliación previa y, después, acudir al juzgado social.

Qué es una reclamación de cantidad laboral y qué puedes pedir

Qué entra realmente en la deuda laboral

La base está en el salario que define el artículo 26 del Estatuto de los Trabajadores: salario base y complementos salariales. Desde ahí, una reclamación de cantidad laboral en España puede incluir:

  • Salarios mensuales impagados o pagados a medias.
  • Diferencias entre lo cobrado y lo que marca convenio, contrato o clasificación profesional.
  • Horas extraordinarias trabajadas y no abonadas.
  • Pagas extras completas o su parte proporcional si estaban devengadas.
  • Plus de nocturnidad, turnicidad, toxicidad, transporte, idiomas o cualquier complemento salarial pactado.
  • Comisiones, bonus e incentivos ya generados.
  • Vacaciones no disfrutadas y no abonadas al extinguirse el contrato.
  • El finiquito pendiente: salario del último tramo trabajado, prorrata de extras, vacaciones pendientes y cantidades variables ya ganadas.
  • Mejoras de Seguridad Social o complementos voluntarios si eran una obligación empresarial concreta y ya vencida.

Si el impago o el retraso es grave y sostenido, no solo puedes reclamar la cantidad: también puedes pedir la extinción indemnizada del contrato por incumplimiento empresarial, como permite el artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores.

No todo lo que te deben cabe en el finiquito, pero sí todo lo que ya esté ganado, vencido y sea exigible.

Plazo para reclamar salarios, horas extra y finiquito: cómo se cuenta el año

Tabla de plazos y cómputo

Concepto Plazo Desde cuándo se cuenta Qué lo interrumpe
Salario mensual 1 año Desde el día en que debió pagarse cada nómina Papeleta de conciliación, demanda, burofax fehaciente o reconocimiento de deuda
Horas extra 1 año Desde el momento en que la empresa debió abonarlas Papeleta, demanda, burofax o reconocimiento expreso
Finiquito 1 año Desde la fecha de extinción del contrato o desde que la liquidación debió pagarse Papeleta, demanda, burofax o reconocimiento de deuda
Complementos variables 1 año Desde que cada concepto quedó devengado y era exigible Reclamación fehaciente o judicial

El plazo general es el del artículo 59.1 del Estatuto de los Trabajadores: un año para las acciones derivadas del contrato de trabajo. Ojo con el detalle práctico: no corre un año entero desde la última nómina, sino un año para cada deuda concreta desde que pudo reclamarse. Una nómina de marzo no prescribirá a la vez que la de abril si se debían en fechas distintas.

La interrupción de la prescripción viene regulada por el artículo 1973 del Código Civil: la prescripción se corta por la reclamación extrajudicial del acreedor, por el ejercicio de la acción ante los tribunales y por el reconocimiento de deuda del deudor. En la práctica laboral española eso significa que una papeleta de conciliación, una demanda o incluso un burofax bien enviado te puede hacer empezar de nuevo el reloj.

Ejemplo práctico de cómputo del plazo por nóminas pendientes

Ana trabaja en Sevilla y deja de cobrar tres conceptos distintos:

  • Nómina de marzo: 1.450 € debidos el 30 de marzo.
  • Nómina de abril: 1.450 € debidos el 30 de abril.
  • Horas extra de mayo: 260 € que debían pagarse con la nómina de ese mes.

Si Ana presenta una papeleta de conciliación el 15 de marzo del año siguiente, la nómina de marzo está aún viva hasta el 30 de marzo, la de abril hasta el 30 de abril y las horas extra de mayo hasta la fecha exacta en que se hicieron exigibles. Si antes hubiese mandado un burofax el 10 de febrero, ese acto ya habría cortado la prescripción y el año volvería a contar desde cero para cada deuda afectada.

Conciliación previa en el SMAC antes de demandar

Pasos del intento previo obligatorio

  1. Presenta la papeleta ante el servicio autonómico de mediación, arbitraje y conciliación que toque en tu comunidad autónoma: SMAC en Madrid, SERCLA en Andalucía, CMAC en Cataluña, TAMIB en Baleares u otro equivalente. Hazlo antes de que venza el año de cada cantidad.
  2. Aporta en esa papeleta quién eres, qué empresa te debe dinero, qué conceptos reclamas y la cuantía aproximada. Cuanto más claro lo dejes, más útil será el intento.
  3. Espera la citación del servicio autonómico. El acto suele señalarse en pocos días o semanas, según la carga del órgano y la provincia.
  4. En el acto puede haber acuerdo, puede faltar la empresa o puede terminar sin avenencia. Si no hay pacto, el servicio emite el acta correspondiente.
  5. Guarda ese acta: la conciliación previa es el paso obligatorio previo a la demanda laboral, conforme al artículo 63 de la LRJS.
  6. Si la empresa reconoce la deuda en la conciliación, mejor: ese reconocimiento también te sirve para acreditar la cantidad y, además, corta la prescripción.

Demanda judicial por reclamación de cantidad: qué debe incluir y ante qué órgano se presenta

Contenido mínimo de la demanda y del suplico

  1. Identificación del órgano social competente: el Juzgado de lo Social o el Tribunal de Instancia con competencia social que corresponda por el lugar de prestación de servicios o las reglas de competencia aplicables.
  2. Datos completos de las partes: trabajador demandante y empresa demandada, con domicilio a efectos de notificaciones.
  3. Hechos numerados y ordenados: relación laboral, salario pactado, meses impagados, horas extra, finiquito y cualquier incidencia relevante.
  4. Cuantía exacta de cada concepto y total reclamado, diferenciando principal e intereses.
  5. Fundamentos de derecho, con cita de la normativa laboral y procesal que sostenga la reclamación.
  6. Documentos que acompañan la demanda: contrato, nóminas, convenios, cuadrantes, correos, WhatsApps, acta de conciliación y cualquier prueba del trabajo realizado.
  7. El suplico, es decir, lo que pides al juzgado: condena al pago de la cantidad concreta, con el interés correspondiente y, si procede, el resto de pronunciamientos que apoyen tu pretensión.

La demanda se formula conforme al artículo 80 de la LRJS. En la práctica, conviene presentar una demanda muy ordenada, porque en los pleitos de cantidad la pelea suele estar en los números: qué se debe, desde cuándo y con qué prueba.

Proceso monitorio laboral: cuándo compensa frente al procedimiento ordinario

Cuándo sí merece la pena

  • Cuando la deuda salarial es clara, vencida y bien documentada.
  • Cuando la cuantía no es alta y quieres un cauce más ágil que la demanda ordinaria.
  • Cuando tienes nóminas, contrato, cuadrantes o mensajes que dejan poco margen de discusión.
  • Cuando buscas una vía rápida antes de asumir un pleito más largo.

Cuándo suele salir peor

  • Si prevés que la empresa va a oponerse con fuerza y negar la deuda.
  • Si faltan documentos básicos o la cuantía está muy discutida.
  • Si el caso mezcla cantidad con otras pretensiones más complejas.
  • Si prefieres ir a una vista completa desde el principio y no perder tiempo con un trámite intermedio.

El monitorio social del artículo 101 de la LRJS puede compensar cuando el crédito es simple y la deuda salarial está bien amarrada. Fuera de ese escenario, el procedimiento ordinario suele dar menos sorpresas procesales, aunque tarde más.

FOGASA cuando la empresa es insolvente o entra en concurso

Qué cubre y con qué límites

Supuesto Qué puede pagar FOGASA Cuándo entra Límite legal clave
Salarios pendientes Parte de los salarios reconocidos y no cobrados Insolvencia declarada o concurso de la empresa El resultado de multiplicar el doble del SMI diario, con pagas extra prorrateadas, por los días adeudados, con tope de 120 días
Pagas extra y conceptos salariales asimilados Lo que tenga naturaleza salarial y esté reconocido Igual que arriba Se aplica el mismo esquema de límite salarial
Indemnizaciones Algunas indemnizaciones laborales reconocidas Insolvencia o concurso, según el título que las reconozca Límite de una anualidad, con base diaria no superior al doble del SMI
Deuda sin insolvencia declarada No actúa Si la empresa solo retrasa, pero no está insolvente ni en concurso No cubre de entrada el simple impago

FOGASA no es un pagador automático de cualquier deuda de empresa: interviene cuando hay insolvencia acreditada o concurso de acreedores y el crédito ya está en el cauce correcto. La referencia está en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Ejemplo de cobro a través de FOGASA

Imagina a Luis, en Valencia, con dos nóminas de 1.350 € pendientes y 300 € de horas extra reconocidas: la deuda total asciende a 3.000 €. Si el juzgado declara insolvente a la empresa y el cálculo legal aplicable deja a FOGASA un tope de 2.700 € para ese caso concreto, Luis cobraría 2.700 € del organismo y seguiría reclamando el resto por la vía que corresponda en el procedimiento de insolvencia o concurso. La clave está en que FOGASA no paga “lo que falte” sin límite, sino dentro de su techo legal.

Documentación básica, intereses y checklist final antes de reclamar

Qué llevar preparado

  • Contrato de trabajo y anexos.
  • Nóminas de los meses reclamados.
  • Convenio colectivo aplicable en España y, si afecta, tablas salariales.
  • Registro horario, cuadrantes, fichajes o control de jornada.
  • Correos, WhatsApps o comunicaciones donde se reconozcan horas, pluses o deuda.
  • Extractos bancarios que demuestren el impago o el abono parcial.
  • Cálculo detallado de cantidades por conceptos y fechas.
  • Acta de conciliación previa o justificante de intento ante el organismo autonómico.
  • Carta de despido, fin de contrato o documento de baja si reclamas finiquito.

Interés por mora salarial y último repaso

El salario retrasado lleva interés por mora del 10% anual, conforme al artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores. Ese interés se suma a la cantidad principal si la empresa no paga a tiempo.

Antes de presentar la reclamación, revisa esto:

  • Que cada cantidad esté bien fechada y no haya pasado el año.
  • Que el importe esté desglosado por conceptos, no solo con una cifra global.
  • Que tengas prueba suficiente de que el trabajo se hizo y el dinero no llegó.
  • Que la conciliación previa esté intentada y documentada.
  • Que la demanda copie exactamente lo pedido en la papeleta, salvo mejoras justificadas.
  • Que hayas calculado también los intereses, porque en una deuda laboral española no son un detalle menor.

Si el papel está ordenado y los plazos están vivos, la reclamación de cantidad laboral en España deja de ser un lío y pasa a ser un trámite serio, pero muy manejable.

Fuentes

  1. Cuestioneslaborales[DOC] Modelo-demanda-cantidad-1.docx – Cuestiones Laboralesconsultado el 27/07/2026
  2. Are2abogadosReclamaciones de cantidad laboral – Abogados en Madridconsultado el 27/07/2026
  3. Nsb-legalReclamaciones de Cantidad Laboral: Derechos y Procedimientosconsultado el 27/07/2026
  4. Labormind⊛ Reclamación de cantidad laboral ▷【Consulta Gratuita】consultado el 27/07/2026
  5. SyrlegalReclamación de cantidad laboral – S&R Legalconsultado el 27/07/2026