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Convenio de gasolinera en España: salario, jornada y categorías

julio 28, 2026 EspanaLegal 9 min read

¿Qué convenio aplica a una gasolinera en España?

A una gasolinera en España le suele aplicar el convenio estatal de estaciones de servicio cuando la actividad principal es la venta de carburantes y servicios asociados. Para saberlo bien, hay que cruzar el convenio con los artículos 82, 85, 86, 90, 22, 26, 34 y 59 del Estatuto de los Trabajadores, que marcan cómo se negocia, cuándo entra en vigor y cómo se ordenan salario, jornada y clasificación profesional.

Ámbito de aplicación: estaciones de servicio, gasolineras y personal afectado

  • Están dentro, por regla general, las estaciones de servicio y gasolineras con actividad de suministro de carburantes al público en España.
  • También suele quedar dentro el personal que trabaja en el propio centro: expendedores, caja, tienda, lavado, limpieza y encargados de turno.
  • Si la empresa tiene taller, lavadero o tienda con actividad integrada, hay que mirar si el convenio del centro cubre todo el conjunto o solo una parte.
  • Quedan fuera, normalmente, las contratas externas con convenio propio: mantenimiento especializado, seguridad privada o transporte ajeno a la explotación de la estación.
  • Si la empresa pertenece a un grupo con varios centros, lo decisivo no es el nombre comercial, sino la actividad real y el ámbito pactado en el convenio.

Cómo saber si te aplica este convenio o uno distinto

Primero, revisa el contrato, la nómina y la cláusula de convenio: ahí debe figurar el texto que la empresa dice aplicar. Después, comprueba si existe convenio de empresa, autonómico o provincial, porque en España puede haber concurrencia entre distintos niveles y no siempre manda el mismo texto para todo.

Si tu gasolinera está en Madrid, Barcelona, Sevilla o Valencia, lo normal es que la duda no se resuelva por la provincia en sí, sino por el ámbito funcional: qué hace realmente la empresa y qué convenio cubre esa actividad. Cuando el centro forma parte de una red de estaciones de servicio, el convenio sectorial estatal suele ser la referencia básica, salvo mejora expresa por convenio de empresa o por otro ámbito válido.

Estado del convenio: firmado, pendiente de BOE y desde cuándo obliga

  • El acuerdo se presenta como firmado el 26/06/2026 por CCOO, UGT, CEEES y Aevecar.
  • La pieza consultada contiene una contradicción interna: en un sitio habla de 2025-2026 y en otro resume el pacto como 2025-2027. A efectos prácticos, conviene tomar como referencia la versión 2025-2027 hasta que el texto oficial la confirme o la corrija.
  • La firma no basta por sí sola para cambiar nóminas de forma general: falta su publicación en el BOE para que despliegue efectos generales con seguridad jurídica.
  • Desde la publicación, las empresas deben regularizar salarios y atrasos con el texto ya registrado y publicado.
  • La lógica del art. 90 ET es clara: registro, depósito y publicación marcan el paso de acuerdo político-sindical a norma colectiva plenamente aplicable.

Hasta que salga en el BOE, hay acuerdo cerrado; desde que sale, toca ajustar nóminas, atrasos y cuadrantes sin excusas.

Salario: subidas, atrasos y revisión del IPC

La subida pactada suma 6,4% en el periodo citado. El efecto importante para la plantilla es que la mejora se aplica con retroactividad desde el 1 de enero de cada año, así que la empresa no solo sube el salario hacia delante: también debe pagar diferencias atrasadas cuando el convenio se publique y quede operativo.

Año Subida pactada Efecto sobre la nómina Atrasos
2025 3,4% Se recalcula desde el 1 de enero de 2025 Se pagan las diferencias devengadas desde esa fecha
2026 2% Se suma sobre el salario ya actualizado También con retroactividad desde 1 de enero de 2026
2027 1% Nueva actualización anual Desde 1 de enero de 2027
Revisión IPC 2026-2027 Hasta 6% anual Sin revisión a la baja Solo actúa como tope de revisión

La empresa debería haber provisionado el coste desde el 1 de enero de 2025, no esperar al BOE para hacer cuentas. Esto encaja con el art. 26 ET, porque el salario no es solo el fijo mensual: incluye lo que el convenio añada con carácter salarial, y también obliga a pagar las diferencias cuando el pacto se vuelve exigible.

Ejemplo de nómina con la subida pactada y los atrasos

Ana trabaja en una gasolinera de Sevilla y cobraba 1.500 € brutos al mes en 2024. Con la subida del 3,4% de 2025, su salario pasa a 1.551 € brutos al mes.

  • Diferencia mensual: 51 €.
  • Diferencia anual de 2025: 612 €.
  • Si el convenio se publica en el BOE en mayo de 2026, la empresa deberá abonar los atrasos acumulados desde 1 de enero de 2025 en la nómina siguiente a la publicación.
  • Sobre esa base, la subida de 2026 del 2% llevaría el salario a 1.582,02 € al mes.
  • En 2027, el 1% posterior lo situaría en 1.597,84 € al mes.

Cómo se reparte el incremento por años y qué límite tiene la revisión

  1. En 2025 se aplica una subida del 3,4% con efecto desde el 1 de enero, así que la diferencia no es solo futura: también genera atrasos.
  2. En 2026 se añade un 2% sobre el salario ya actualizado, de nuevo con retroactividad desde el 1 de enero.
  3. En 2027 se suma otro 1%, también desde el inicio del año.
  4. La cláusula de revisión por IPC para 2026 y 2027 fija un tope anual de hasta el 6% y no prevé bajar el salario si el IPC queda por debajo.

Jornada anual y reducción de horas

  1. El convenio habla de una reducción de la jornada anual, así que no basta con mirar la semana suelta: en una gasolinera cuenta el cómputo anual y cómo se reparte en cuadrantes.
  2. En la práctica, eso afecta al calendario de turnos, a los cambios de horario y a los descansos. Si la empresa te mueve de mañana a tarde o te parte la jornada, debe respetar el marco del art. 34 ET sobre jornada, descansos y horas extraordinarias.
  3. El fragmento consultado no trae la cifra exacta de horas anuales, así que no conviene inventarla ni usarla en nómina sin ver el texto final publicado. Lo correcto es contrastar el BOE y el cuadrante del centro.
  4. Las horas extra no se pueden normalizar como si fueran parte del puesto: o se compensan o se pagan según el convenio y la legalidad laboral.

Categorías profesionales y tablas salariales

La información disponible no desglosa aquí el cuadro completo de clasificación profesional, así que lo prudente es leerlo como una guía de comprobación: el artículo 22 ET permite ordenar grupos y funciones, pero el salario concreto depende de cómo el convenio etiquete cada puesto en la estación de servicio.

Grupo o puesto a comprobar Funciones habituales en una gasolinera Qué cambia en el salario
Atención al público y expendedor/a Suministro, cobro y trato directo con cliente Suele tener salario base y posibles pluses ligados al puesto
Caja y tienda Cobro, arqueo, reposición y ventas de tienda Importa la responsabilidad sobre efectivo y turnos
Encargado/a o responsable de turno Organización del personal y coordinación del centro Suele retribuir mejor por responsabilidad y mando
Limpieza y mantenimiento básico Limpieza del centro y apoyo operativo Puede activar complementos específicos del puesto

La clave práctica es esta: si la empresa te coloca en una categoría inferior a la que haces de verdad, puede estar pagando menos de lo que toca. Por eso hay que comparar funciones reales, nómina y clasificación del convenio, no solo el nombre del contrato.

Pluses, dietas y complementos

  • Plus de distancia: se menciona en 0,13 €/km en 2027; es un complemento ligado al desplazamiento y, por tanto, variable según el recorrido reconocido.
  • Plus por falta de moneda: se fija en 667 €/año desde 2026; compensa la gestión de efectivo o el desajuste de cambio en el puesto.
  • Plus de limpieza: el mínimo garantizado es de 30 €; la cifra exacta de devengo deberá verse en el texto final para saber si va por centro, por turno o por trabajador.
  • Dietas: con la información consultada no aparece una cuantía cerrada, así que no conviene asumirlas sin leer el convenio publicado.
  • Todos estos importes tienen naturaleza salarial cuando retribuyen el trabajo o las condiciones del puesto, y no un simple gasto suelto.

Cómo se cobran en nómina y cuándo empiezan a devengarse

Los complementos se suman al salario base cuando el convenio los reconoce como parte del salario. Si son fijos, entran cada mes; si son variables, dependen del trayecto, del turno o de la función concreta que hagas; y si están ligados al puesto, solo se cobran mientras desempeñas esa tarea.

En una gasolinera de España, esto importa mucho porque no es lo mismo limpiar el centro una vez al mes que cubrir siempre el turno de caja o hacer desplazamientos reconocidos por convenio. El art. 26.3 ET encaja justo aquí: complementos por condiciones personales, por el trabajo realizado o por la situación de la empresa.

Plus de distancia

Con la referencia consultada, el plus queda en 0,13 €/km para 2027. Lo relevante no es solo el importe, sino el criterio de cálculo: si el texto final lo fija por kilómetro real, la empresa tendrá que medir bien el trayecto y reflejarlo en nómina de forma separada del salario base.

Plus por falta de moneda

Este complemento se sitúa en 667 € al año desde 2026. Su lógica es compensar la carga de manejar efectivo y el problema de no tener cambio suficiente en caja, algo muy típico en estaciones de servicio con mucho cobro pequeño y turnos largos.

Plus de limpieza

El convenio marca un mínimo de 30 €. A falta del texto completo, la cuestión práctica es si lo cobra toda la plantilla del centro, solo quien limpia de forma habitual o solo quien lo hace en un turno concreto. Hasta ver la redacción final, el dato seguro es el suelo económico, no la mecánica exacta de reparto.

Qué hacer si la empresa no aplica el convenio o paga mal

  1. Revisa tu nómina, contrato y cuadrante y guarda pruebas: salario base, pluses, horas y categoría. Si ves diferencias, no dejes pasar el año, porque las cantidades salariales prescriben a los 12 meses según el art. 59 ET.
  2. Reclama por escrito a la empresa o al departamento de personal. Pide el ajuste de convenio, el pago de atrasos y un desglose de cómo han calculado tu nómina. Hazlo cuanto antes; no esperes a que cierre el ejercicio.
  3. Presenta denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Puedes hacerlo en paralelo si el incumplimiento es claro; la Inspección puede requerir a la empresa y dejar constancia del criterio aplicado.
  4. Si no se soluciona, presenta papeleta de conciliación ante el servicio autonómico de mediación que corresponda: SMAC en Madrid, SERCLA en Andalucía, CMAC en Cataluña u organismo equivalente en tu comunidad. La Ley 36/2011, reguladora de la jurisdicción social exige pasar por esa fase previa en los casos que procedan, antes de ir al Juzgado de lo Social.
  5. Si no hay acuerdo, presenta demanda en el Juzgado de lo Social. Hazlo sin apurar el plazo de un año para salarios, porque la conciliación no te regala tiempo infinito y la reclamación debe entrar dentro de la prescripción laboral.

Si te pagan mal en una gasolinera, el camino útil en España es claro: prueba documental, reclamación interna, Inspección, conciliación y, si hace falta, juzgado. Lo que no conviene es dejar pasar meses por pensar que el convenio ya se aplicará solo.

Fuentes

  1. SeccionsindicalmoeveConvenio de Estaciones de Servicioconsultado el 26/07/2026
  2. PimemenorcaConvenio colectivo estatal de estaciones de servicios – PIME Menorcaconsultado el 26/07/2026
  3. CcooEstaciones de servicio – CCOO de Industriaconsultado el 26/07/2026
  4. BoeBOE-A-2025-5175 Resolución de 6 de marzo de 2025, de la …consultado el 26/07/2026
  5. AsesoriaenlaredConvenio Colectivo Estaciones de Servicio | JAF & MCFconsultado el 26/07/2026