patria potestad

Demanda de medidas paterno-filiales con el consentimiento del otro progenitor en España: cómo se presenta y qué incluye

octubre 19, 2026 EspanaLegal 9 min read
Demanda de medidas paterno-filiales con el consentimiento del otro progenitor en España: cómo se presenta y qué incluye

Qué es la demanda de medidas paterno-filiales de mutuo acuerdo y cuándo se usa

Esta demanda se presenta cuando ambos progenitores están de acuerdo en fijar las medidas sobre sus hijos menores: guarda y custodia, régimen de visitas o estancias, comunicaciones y pensión de alimentos. Se usa en España tanto si no hubo matrimonio como si la pareja se ha roto y ya no convive.

La idea es sencilla: en vez de entrar en un pleito contencioso, los padres llevan al juzgado un texto pactado para que lo revise y, si protege bien al menor, lo apruebe. El acuerdo suele ir unido a un convenio regulador, que ordena la vida diaria del hijo común y evita discusiones futuras sobre horarios, vacaciones, gastos o decisiones escolares y sanitarias.

Cuándo encaja mejor

Encaja cuando:

  • Los progenitores viven en domicilios distintos y ya no mantienen convivencia como pareja.
  • Existe un hijo o hija menor de edad común.
  • Hay consenso real sobre con quién vive el menor, cómo se reparte el tiempo y cuánto se paga de alimentos.
  • Quieren dejar por escrito los gastos extraordinarios, los intercambios y las vacaciones para evitar conflictos en el día a día.

No hace falta que exista matrimonio. En España, estas medidas paterno-filiales son precisamente la vía habitual cuando la pareja no estaba casada o cuando la ruptura deja un vacío que conviene ordenar con una resolución judicial.

Dónde se presenta en España y qué órgano la tramita

La presentación se hace ante el órgano judicial de familia que corresponda en el partido judicial. Tras la reforma organizativa, la referencia actual es el Tribunal de Instancia, Sección de Familia, Infancia y Capacidad. Aun así, muchas webs, formularios y despachos siguen hablando de Juzgado de Primera Instancia o Juzgado de Familia porque es la denominación que se usaba antes o porque la adaptación práctica todavía no está igual en todos los sitios.

Denominación Dónde se presenta Qué significa en la práctica
Tribunal de Instancia, Sección de Familia, Infancia y Capacidad En la oficina judicial del partido judicial competente Es la referencia actual para tramitar el acuerdo sobre hijos menores
Juzgado de Primera Instancia/Familia En fuentes y modelos antiguos Sigue apareciendo como nombre habitual, pero alude al mismo tipo de asunto familiar
Órgano de familia del tribunal Por procurador y letrado, o por los cauces que admita la sede judicial Recibe la solicitud conjunta y la remite al trámite correspondiente

La reorganización viene de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, que cambia referencias antiguas de juzgados unipersonales por secciones del orden jurisdiccional dentro de los tribunales de instancia. Por eso verás a menudo dos etiquetas para el mismo circuito práctico: la nueva y la que todavía usa parte de la documentación.

Cómo leer la referencia antigua sin confundirte

Si en una sede electrónica o en un formulario del colegio de procuradores lees "Juzgado de Primera Instancia/Familia", no significa que debas buscar otra cosa distinta. Normalmente es la denominación de uso cotidiano para un asunto que, hoy, se encauza ante la sección especializada del Tribunal de Instancia competente.

  • El eje procesal es el artículo 777 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que permite tramitar por mutuo acuerdo las medidas familiares y someter al tribunal el convenio regulador para su revisión y aprobación. Es la base que explica por qué la demanda se presenta con una propuesta cerrada y no con un conflicto abierto.
  • El Código Civil, en sus arts. 82, 87 y 90, sirve de referencia para el contenido del acuerdo: el art. 82 recoge la lógica del acuerdo escrito en separación de mutuo acuerdo; el art. 87 regula el divorcio de mutuo acuerdo y la vía del convenio regulador; y el art. 90 fija qué extremos debe contener ese convenio, sobre todo cuando hay hijos.
  • El art. 90 es el que más se parece a lo que el juzgado quiere ver en una demanda de medidas paterno-filiales: claridad, concreción y protección del menor. Si el convenio deja flecos abiertos, el órgano judicial suele pedir ajustes antes de aprobarlo.
  • La Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, en su art. 5, introduce la exigencia de haber acudido antes a un medio adecuado de solución de controversias (MASC) para la admisión de las demandas civiles desde el 03/04/2025, salvo los supuestos exceptuados por la propia ley.
  • En la práctica, esto obliga a revisar dos cosas antes de presentar la solicitud: que el acuerdo familiar esté cerrado y que puedas acreditar, cuando proceda, que has intentado esa vía previa de negociación o mediación admitida por la norma.

En esta clase de asuntos, el juzgado no busca discursos: busca un acuerdo completo, coherente y útil para el menor.

Qué debe incluir el escrito y el convenio regulador

Medidas personales sobre el menor

  • Identificación del hijo o hija menor y de ambos progenitores, con sus domicilios a efectos de notificaciones.
  • Tipo de guarda y custodia: exclusiva de uno de los padres o compartida, con el reparto exacto de tiempos.
  • Régimen de estancias y comunicaciones: fines de semana, entre semana, llamadas o videollamadas, vacaciones escolares y festivos.
  • Entregas y recogidas: quién recoge al menor, dónde y a qué hora.
  • Decisiones relevantes sobre educación, salud, actividades extraescolares y viajes, para evitar discusiones posteriores.
  • Reglas sobre cambios puntuales de calendario cuando haya exámenes, enfermedades o desplazamientos familiares.

Medidas económicas

  • Pensión de alimentos mensual, con importe concreto y fecha de pago.
  • Cuenta bancaria donde se ingresa y forma de actualización anual, normalmente con el índice que pacten los padres.
  • Reparto de gastos extraordinarios: tratamientos médicos no cubiertos, ortodoncia, gafas, clases de refuerzo, viajes escolares o gastos similares.
  • Porcentaje de reparto de esos gastos, ya sea al 50/50 o en otra proporción si los ingresos son distintos.
  • Cualquier pacto adicional útil para dar estabilidad al menor y evitar que cada gasto tenga que renegociarse desde cero.

Cuando la convivencia ya es imposible y cada progenitor vive en un domicilio distinto, el convenio debe bajar a tierra la rutina del niño: dónde duerme, quién le lleva al colegio, cómo se reparten Navidades y verano y qué pasa si surge un gasto inesperado.

Ejemplo de pensión de alimentos y reparto de gastos

Ana y Marcos viven en Sevilla y tienen una hija de 7 años. Ella cobra 1.200 €/mes y él 1.800 €/mes. En su convenio pactan que la menor viva con Ana, que Marcos pague 350 €/mes de alimentos antes del día 5 de cada mes, que la cantidad se actualice cada 1 de enero según el índice pactado y que los gastos extraordinarios se repartan al 60% Marcos y 40% Ana.

Redactado en la demanda, ese pacto puede quedar así: "Marcos abonará a favor de la menor la cantidad de 350 euros mensuales en concepto de alimentos, por meses anticipados, dentro de los cinco primeros días de cada mes, y sufragará el 60% de los gastos extraordinarios debidamente justificados".

Qué documentos hay que adjuntar a la demanda

Documento Para qué sirve Observación práctica
Certificación literal de nacimiento del Registro Civil Acredita la filiación del menor Es la prueba básica cuando la filiación no matrimonial debe quedar clara
DNI, NIE o pasaporte de los progenitores Identifica a las partes Conviene aportar copia legible y actualizada
Poder del procurador Acredita la representación procesal Puede ir por poder notarial o por apoderamiento apud acta/electrónico
Convenio regulador firmado Recoge las medidas pactadas Debe ir cerrado y coherente con lo que se pide al juzgado
Documentación económica Ayuda a fijar la pensión de alimentos Nóminas, IRPF o certificados de ingresos si la cifra se discute o necesita justificación
Justificante del MASC, cuando proceda Acredita el intento previo exigido por la ley Desde el 03/04/2025 conviene revisarlo antes de presentar la demanda civil

Si la demanda la presentan los dos progenitores con abogado y procurador, lo normal es que el expediente vaya acompañado de los documentos electrónicos de representación y de la certificación literal de nacimiento del menor, porque es la pieza que acredita de forma directa la filiación y la relación jurídica sobre la que se pide el acuerdo.

Qué ocurre después de presentarla: admisión, aprobación judicial y efectos

  1. Se presenta la demanda conjunta ante el Tribunal de Instancia, Sección de Familia, Infancia y Capacidad, con el convenio regulador y la documentación de apoyo. No hay un plazo especial para firmarla, pero sí conviene hacerlo cuando el acuerdo esté maduro y sin puntos abiertos.
  2. El Letrado de la Administración de Justicia revisa si falta algún documento o algún requisito formal. Si detecta defectos, puede abrir un trámite de subsanación; en la práctica, el plazo suele ser el que marque la oficina judicial, con frecuencia de 10 días.
  3. Si hay hijos menores, se da intervención al Ministerio Fiscal para que informe sobre si el convenio protege bien sus intereses. Aquí el tiempo depende mucho de la carga del órgano judicial del partido judicial concreto.
  4. Si el juzgado lo estima necesario, puede citar a los progenitores para aclarar el contenido del acuerdo o valorar si alguna cláusula necesita retoques, sobre todo en custodia, estancias o alimentos.
  5. Si todo encaja, el tribunal dicta la resolución que aprueba el convenio. Al final, lo que se pide es claro: admisión de la solicitud y aprobación del convenio regulador como definitivo, para que tenga eficacia plena entre las partes.

Qué pasa si falta el acuerdo o el juzgado pide cambios

Ventajas de llevarlo bien cerrado

  • El trámite suele ir más rápido que un procedimiento contencioso, porque el juez no tiene que decidir entre dos versiones enfrentadas.
  • Baja el coste emocional y económico: menos vistas, menos escritos y menos tensión en el juzgado.
  • El convenio puede adaptarse mejor a la realidad del menor: horarios escolares, distancia entre domicilios, turnos de trabajo o necesidades médicas.
  • Si las cláusulas están bien concretadas, luego es más fácil cumplirlas sin pedir aclaraciones cada dos por tres.

Inconvenientes cuando algo falla

  • Si falta un documento, el órgano judicial puede detener el avance hasta que se subsane.
  • Si el convenio deja dudas sobre custodia, alimentos o gastos extraordinarios, el juzgado puede pedir una redacción nueva o una aclaración puntual.
  • Si el Ministerio Fiscal ve riesgo para el menor, puede oponerse a alguna cláusula y forzar un ajuste antes de la aprobación.
  • Si no se acredita el intento de MASC cuando ya es exigible, la demanda puede quedarse fuera de admisión hasta corregir ese defecto.

Cuando el problema es formal, lo normal es corregirlo y seguir. Cuando el problema afecta al fondo, suele tocar renegociar una cláusula concreta, rehacer el convenio y volver a presentarlo para que la aprobación tenga sentido y no deje al menor en una situación confusa.

Fuentes

  1. Hernandez-vilchesRelaciones y obligaciones paterno-filiales – Vilches Abogadosconsultado el 13/08/2026
  2. EconomistjuristDemanda solicitando la adopción de medidas paternofiliales de hijo …consultado el 13/08/2026
  3. Escalanteperez¿Cómo se tramita un acuerdo de medidas paternofiliales y por qué …consultado el 13/08/2026
  4. LexdirModelo de demanda paterno filiales – Lexdirconsultado el 13/08/2026
  5. Divorcio-madridMedidas Paterno Filiales: Demanda de Solicitud y de Modificaciónconsultado el 13/08/2026