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Convenio de empleados de notaría en España: salarios, jornada y derechos

septiembre 27, 2026 EspanaLegal 9 min read
Convenio de empleados de notaría en España: salarios, jornada y derechos

Qué es el convenio de empleados de notaría y a quién afecta

El convenio de empleados de notaría en España es el marco laboral que fija las reglas comunes para las notarías y su plantilla. El III convenio colectivo estatal fue registrado y publicado por la Resolución de 20 de junio de 2024 de la Dirección General de Trabajo, y afecta a todo el sector dentro de su ámbito funcional, personal y territorial.

Lo firmaron, por la parte trabajadora, la Asociación Estatal de Empleados de Notarías, FEAPEN-CSIF y FS-USO; por la parte empresarial, FEDANE. El propio texto hace que obligue a notarías y personas trabajadoras comprendidas en su ámbito, estén en una provincia pequeña o en grandes ciudades como Madrid, Barcelona, Valencia o Sevilla.

Qué dice el artículo 2 sobre la eficacia general

El artículo 2 deja claro que el convenio tiene eficacia general. Eso significa que no es un acuerdo privado para unas pocas notarías: durante su vigencia obliga a asociaciones y entidades patronales, sindicatos, notarios y notarias en cualquier forma de organización y a las personas trabajadoras incluidas en su ámbito.

En la práctica, esa eficacia general evita que cada despacho funcione con reglas distintas para lo básico. Si tu puesto entra en el ámbito del convenio, la referencia es el texto estatal y no lo que cada oficina quiera improvisar por su cuenta.

Si trabajas en una notaría en España, el convenio estatal te afecta por su ámbito y por su publicación en el BOE, no por la provincia en la que estés.

  • El convenio fue suscrito el 17 de abril de 2024 y después se subsanó mediante Acta de 13 de junio de 2024, antes de su publicación oficial.
  • Apareció en el BOE núm. 160, de 3 de julio de 2024, entre las páginas 82852 y 82878.
  • La resolución se apoya en el artículo 90.2 y 90.3 del Estatuto de los Trabajadores, que regulan el registro, depósito y publicación de los convenios colectivos.
  • También cita el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad.
  • CCOO lo identifica como el III Convenio colectivo estatal de notarios y personal empleado 2023-2026, lo que encaja con la lectura sindical y con la publicación en el BOE.

Salarios y estructura salarial: dónde mirar las tablas

El Título IV reserva al ámbito estatal todo lo relativo a salario y estructura salarial. Es decir, la referencia principal para saber qué se paga, cómo se ordenan los conceptos y qué revisiones pueden tocar está en el propio convenio y en las resoluciones posteriores que se publiquen en el BOE.

En las fuentes aportadas no aparecen tablas salariales con importes concretos. Lo que sí aparece es la discusión sobre el incremento salarial fijo anual, porque esa fue una de las razones por las que CCOO y UGT no firmaron el texto, según explica CCOO Servicios.

Qué revisar Dónde buscarlo Para qué te sirve
Título IV del convenio Texto publicado en el BOE Define salario y estructura salarial
Revisiones salariales Nuevas resoluciones o actas oficiales Actualizan importes y posibles atrasos
Nómina mensual Recibo salarial del despacho Compruebas base, complementos y fecha de efectos
Conflicto sobre la subida Posición sindical publicada Entiendes por qué hubo discrepancia en la firma

Si el despacho te enseña una tabla interna, compárala con el texto oficial y con la fecha de efectos. La diferencia entre una subida aplicada desde enero o desde julio puede ser grande en una nómina real.

Ejemplo de cómo leer una revisión salarial en nómina

Ana trabaja en una notaría de Sevilla y cobra 1.500 € brutos al mes en 14 pagas. Si una revisión fijara una subida del 3 %, su salario mensual pasaría a 1.545 € brutos. La mejora sería de 45 € al mes.

Si esa subida se aprobara con efectos retroactivos desde enero y el cambio se publicara seis meses después, los atrasos serían de 270 € brutos: 45 € por 6 meses. Si además se recalcularan pagas extra, el importe total subiría algo más. El truco está en mirar siempre tres datos: salario base, porcentaje y fecha de efectos.

Jornada, tiempo de trabajo, vacaciones y excedencias

  • El artículo 4 reserva al ámbito estatal el bloque de Tiempo de trabajo, jornada y excedencias, dentro del Título V completo.
  • Dentro de ese bloque también se deja a nivel estatal la distribución horaria, incluida la jornada de verano.
  • En las fuentes aportadas no aparecen cifras cerradas de horas, calendario anual, vacaciones o permisos concretos.
  • Eso obliga a leer el texto completo antes de aceptar un cuadrante, una jornada partida o un cierre de despacho en agosto.
  • Las excedencias no quedan al criterio libre de cada oficina: forman parte de las materias que el convenio quiere centralizar.

Permisos y distribución horaria: qué conviene revisar

  1. Comprueba el calendario anual del despacho y mira si incluye la jornada de verano, cambios de turno y vacaciones ya fijadas.
  2. Revisa cómo te lo han comunicado: por escrito, con antelación y con fechas claras, no de palabra y a última hora.
  3. Contrasta si el cambio afecta a jornada, descansos o permisos con el convenio y con tu contrato individual.
  4. Si hay choque entre lo que te piden y lo que dice el texto, acude primero a la representación legal de la plantilla o al sindicato y después, si hace falta, a la Inspección.

Clasificación profesional, formación y régimen disciplinario

El Título III marca la clasificación profesional. Esto sirve para saber qué funciones corresponden a cada puesto, qué tareas puedes asumir sin salirte de tu categoría y cómo se encaja una promoción interna. En una notaría, donde conviven tareas administrativas, de atención al público y de apoyo técnico, esa clasificación evita que el puesto se desdibuje.

El Título VI regula la formación. No es una pieza decorativa: en despachos notariales, los cambios de programas, protocolos, archivo y gestión documental exigen adaptación. La formación ayuda a que la plantilla no soporte sola el coste de aprender lo que la organización necesita.

El Título VII fija el régimen disciplinario. Ahí se concretan las conductas que pueden sancionarse y el marco de garantías que debe respetar la empresa. El artículo 4 también reserva a negociación estatal los períodos de prueba, en el artículo 40, para que la entrada en el puesto no quede al libre criterio de cada notaría.

No competencia, lealtad y conflictos de interés

El artículo 51 entra en un terreno delicado: no competencia, lealtad, conflictos de interés y permanencia. En una notaría, donde la información es especialmente sensible, esa materia tiene sentido. El problema aparece cuando una cláusula pensada para proteger el servicio termina siendo demasiado amplia.

Ventajas

  • Protege la confidencialidad y reduce el riesgo de que información del despacho salga fuera.
  • Ayuda a evitar dobles lealtades, por ejemplo cuando una persona trabaja cerca de clientes, proveedores o familiares con interés en la notaría.
  • Da una base clara para exigir una conducta coherente con el puesto y con el nivel de confianza que se maneja en una notaría.

Inconvenientes

  • Puede limitar trabajos externos o colaboraciones si la redacción es demasiado abierta.
  • Genera dudas cuando la prohibición de competir no está bien delimitada en tiempo, territorio o funciones.
  • Puede usarse de forma excesiva para frenar movimientos profesionales legítimos si no se interpreta con prudencia.

Negociación colectiva y concurrencia con convenios territoriales o de empresa

  1. El convenio se negoció al amparo del artículo 83.2 del Estatuto de los Trabajadores, así que parte de una base estatal pensada para ordenar todo el sector durante su vigencia.
  2. El artículo 3 dice que regula condiciones generales de trabajo en todos los ámbitos de aplicación del convenio, y añade que los convenios de ámbito territorial inferior pueden desarrollar materias propias del sector en su ámbito geográfico o aplicar los acuerdos sectoriales estatales que vayan surgiendo.
  3. El artículo 5 refuerza esa reserva material estatal: lo que el convenio centraliza no se vacía con pactos dispersos ni con reglas locales que desdibujen el marco común.
  4. El artículo 7 regula la concurrencia conforme al artículo 84 del Estatuto de los Trabajadores, también cuando entra en juego un convenio de empresa. Traducido: un convenio inferior o de empresa puede entrar en ciertas materias cuando la ley le da margen, pero no para rebajar sin más lo que el convenio estatal reserva o protege.

Qué hacer si el convenio no se cumple o hay discrepancias sindicales

  1. Reúne pruebas en papel o en digital: nóminas, cuadrantes, correos, turnos, vacaciones y cualquier comunicación del despacho. Sin eso, la reclamación se queda coja.
  2. Llévalo a la representación legal de la plantilla o al sindicato que te corresponda. En una notaría de Barcelona, Zaragoza o Cádiz, el primer filtro útil suele ser el mismo: que alguien compare el hecho con el convenio.
  3. Presenta denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Sirve para jornada, clasificación, salarios o incumplimientos visibles. No sustituye a una demanda, pero deja rastro oficial y puede obligar al despacho a corregir.
  4. Si el problema sigue, presenta papeleta de conciliación ante el servicio autonómico de mediación que toque en tu comunidad autónoma y, después, demanda en el Juzgado de lo Social. Si el conflicto es de cantidades, la acción general prescribe al año; si acaba en despido, el plazo es mucho más corto y conviene moverse sin esperar.

Qué dicen CCOO, UGT y FEDANE sobre la firma

  • CCOO dice que no suscribió el convenio porque FEDANE no aceptó un incremento salarial fijo para cada año de vigencia que cumpliera los mínimos pactados en el V AENC de marzo de 2023.
  • UGT comparte esa misma posición y tampoco firmó el texto, según la explicación sindical difundida tras la publicación en el BOE.
  • FEDANE sí firmó por la parte empresarial, así que el convenio quedó publicado y con eficacia general, aunque no con unanimidad sindical.
  • La discrepancia no está en que exista o no exista el convenio: el III Convenio colectivo estatal de notarios y personal empleado 2023-2026 está publicado. La discusión real fue el contenido salarial y, sobre todo, la falta de un incremento fijo anual asumido por la patronal.

Dudas habituales sobre el convenio de notaría

1. ¿Cuántos días de vacaciones tienen los empleados de notaría?

En el convenio estatal de oficinas de notarios, lo habitual es que el personal tenga 30 días naturales de vacaciones al año, salvo mejoras pactadas en el contrato o en la propia notaría. Si el convenio que te aplica es provincial o tiene una redacción distinta, conviene revisar su artículo de vacaciones porque puede concretar el cómputo exacto.

2. ¿Cuál es el sueldo de un subalterno en una notaría?

El sueldo de un subalterno en una notaría depende del convenio aplicable, de la provincia y de la antigüedad, pero no puede quedar por debajo del salario mínimo interprofesional. Como referencia práctica, suele ser uno de los puestos con retribución más baja de la oficina y puede mejorar con complementos y pagas extra.

Fuentes

  1. IberleyPublicado el III convenio colectivo estatal de notarios y personal …consultado el 08/08/2026
  2. BoeBOE-A-2025-2117 Resolución de 27 de enero de 2025, de la …consultado el 08/08/2026
  3. DibaNotarios y personal empleado | Convenis col·lectius – CIDOconsultado el 08/08/2026
  4. CcooConvenio Colectivo Empleados De Notarías – CCOO Appconsultado el 08/08/2026
  5. EjasoEl convenio del mes – Septiembre – EJASOconsultado el 08/08/2026