Cuando la nacionalidad aparece concedida, ya existe una resolución favorable del Ministerio de Justicia. Lo que queda es ver la notificación oficial, descargar el documento y seguir con la jura o la inscripción que corresponda en España.
Qué significa que la nacionalidad esté concedida y en qué se diferencia de otros estados
En el Código Civil, la nacionalidad por residencia se mueve entre el artículo 21, el artículo 22 y el artículo 23. El primero sitúa la adquisición de la nacionalidad por concesión; el segundo fija los requisitos de residencia; y el tercero recoge los actos finales: declaración, jura o promesa, renuncia cuando proceda e inscripción en el Registro Civil. Por eso, que el expediente figure como concedido no es una mera etiqueta: significa que la Administración ya ha resuelto a tu favor.
| Estado | Qué ves en la práctica | Qué implica |
|---|---|---|
| Abierto o registrado | la solicitud está presentada y con número | el expediente ya existe, pero no hay decisión |
| En estudio | se revisan documentos, datos y requisitos | pueden comprobar subsanaciones o seguir valorando |
| En calificación | el expediente está pendiente de decisión final | la resolución está cerca, pero aún no es favorable o desfavorable |
| Concedida | hay resolución favorable | toca revisar la notificación, descargar el original y preparar el paso siguiente |
Estados del expediente que conviene distinguir
- Abierto o registrado: la solicitud ya entró en el sistema del Ministerio de Justicia o en la Sede, pero aún no te dice si saldrá bien o mal.
- En estudio: están revisando la documentación y los datos aportados, y todavía no hay decisión final.
- En calificación: el expediente está en la fase de valoración administrativa previa a la resolución.
- Concedida: ya hay pronunciamiento favorable; desde aquí importa la notificación y la formalización posterior.
Si ves “concedida”, la pelea administrativa ya está ganada; ahora lo decisivo es localizar la notificación y completar el trámite que toca después.
Cómo comprobar si tu expediente de nacionalidad ya está concedido
Qué datos te va a pedir la consulta telemática
- Entra en la consulta de expedientes de nacionalidad española por residencia de la Sede del Ministerio de Justicia, que figura como Tramitación On-line sin Certificado Digital.
- Localiza el bloque de Datos de la solicitud.
- Rellena el NIE, el Número del expediente, el Año y la Fecha nacimiento.
- Envía la consulta y comprueba la fase que te muestre la pantalla.
- Si aparece como concedida, pasa enseguida a la notificación y descarga el documento.
Qué valor tiene la consulta online y qué no significa
La consulta online sirve para saber en qué fase está tu expediente y para orientarte sobre si ya ha habido concesión, pero no equivale a una notificación oficial. La propia Sede del Ministerio de Justicia lo dice expresamente en la página de consulta: la información que ofrece no tiene carácter de notificación, aunque sí permite ver la fase del proceso y, cuando la concesión ya está notificada, acceder al original electrónico del documento. Esa distinción importa mucho: una pantalla no sustituye al aviso formal.
Además, la fecha y hora que aparecen en la Sede son la hora oficial de la Sede Electrónica y tienen un valor meramente informativo, no de certificación horaria. Si te llega el aviso por la DEHu o por la plataforma que uses para notificaciones, es ahí donde debes abrir el documento y guardarlo.
Ejemplo de búsqueda con datos reales del expediente
Imagina que tu expediente tiene NIE X1234567L, número 456789, año 2023 y tu fecha de nacimiento es 14/05/1991. En la consulta tendrás que escribir esos cuatro datos en los campos que te pide la Sede. Si te equivocas en un número del expediente o en el año, la consulta puede devolverte un resultado erróneo o vacío, aunque el expediente exista. Por eso conviene tener a mano la resolución de entrada o el justificante de presentación antes de empezar.
Qué hacer justo después de la concesión
- Accede a la notificación electrónica en la DEHu o en la Carpeta Justicia y comprueba que el acto es efectivamente una concesión.
- Abre la resolución y descarga el original electrónico del documento.
- Revisa qué trámite te queda después en tu Registro Civil competente en España, porque la concesión no siempre cierra todo el proceso.
- Guarda una copia del PDF firmado y otra de seguridad; te puede hacer falta para futuras gestiones.
Documentación adicional y notificaciones en la DEHu
- En la página de Nacionalidad española puedes acceder al original electrónico del documento, y también al Manual acceso a notificaciones de Nacionalidad en la DEHu y al Tríptico-Acceso a notificaciones de Nacionalidad en la DEHu.
- Desde esa misma tramitación puedes aportar documentación adicional a un expediente de nacionalidad por residencia ya iniciado, a través de «Solicitud de Nacionalidad Española por Residencia».
- Si el aviso te llega a la DEHu, entra, localiza el expediente y descarga el documento antes de cerrar la sesión; el archivo firmado es el que te interesa conservar.
Requisitos técnicos para tramitar o consultar sin problemas
- AutoFirma: si vas a completar la tramitación on-line con certificado digital, instala AutoFirma. La Sede del Ministerio de Justicia indica que es necesaria para completar el trámite con éxito, y también para la solicitud de dispensa de las pruebas del Instituto Cervantes.
- Cl@ve: si accedes con Cl@ve, comprueba que tu alta sigue activa y que puedes firmar sin incidencias.
- Certificado digital y DNIe: si vas a identificarte con certificado, puedes hacerlo con un certificado reconocido o con el DNI electrónico, dentro de los servicios de Administración Electrónica.
- Representación legal o voluntaria: la tramitación electrónica permite presentar la solicitud propia o actuar en nombre de un menor, de una persona con discapacidad que requiera medidas de apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica o de un representado con mandato o poder.
- Dispensa de las pruebas del Instituto Cervantes: si no sabes leer ni escribir o tienes dificultades de aprendizaje, puedes pedir la dispensa dentro del propio trámite de nacionalidad por residencia.
Tasa, modelo 790 026 y plazos que no puedes dejar pasar
La Sede del Ministerio de Justicia ofrece la descarga del modelo 790 026 sin certificado digital y lo vincula al pago presencial de la tasa administrativa asociada a la solicitud de nacionalidad por residencia. Ojo con el impreso: no debes fotocopiarlo, porque contiene un código numérico único para cada solicitud. Y la propia Sede avisa de que la solicitud telemática tiene un plazo de dos meses desde su creación para completarse.
| Situación | Qué haces | Aviso práctico |
|---|---|---|
| Pago presencial de la tasa | descargas el modelo 790 026 y lo usas para hacer el ingreso | sirve para el pago presencial de la tasa administrativa |
| Impreso ya generado | presentas el original con su código único | no fotocopies el formulario |
| Solicitud telemática creada | la firmas y la presentas | tienes dos meses desde la fecha de creación |
Plazos y caducidades del trámite online
Si no firmas y presentas la solicitud dentro de esos dos meses, la Sede dice que se borrará de manera automática. Eso significa que el borrado afecta al borrador o a la solicitud telemática en creación, no a una concesión ya notificada. En la práctica, si dejas pasar el plazo, tendrás que volver a crear y completar la solicitud desde cero para que siga su curso.
Ayuda oficial y enlaces útiles dentro de la Sede
- Carpeta Justicia, para revisar notificaciones y documentos asociados al expediente.
- Protección de datos personales, si quieres saber cómo trata el Ministerio tu información.
- BOE, donde puedes localizar la normativa oficial publicada en España.
- Cl@ve, para el sistema de identificación electrónica de la Administración.
- DNI electrónico, si vas a usar tu documento para acceder a trámites digitales.
- Administración Electrónica, útil para entender los servicios digitales del sector público en España.
- La propia Sede del Ministerio de Justicia, donde están la consulta del expediente, la información sobre notificaciones y los trámites de nacionalidad por residencia.
Preguntas frecuentes
1. ¿Qué quiere decir que me han concedido la nacionalidad española por residencia?
Significa que el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes ha aprobado tu solicitud y reconoce que cumples los requisitos de residencia legal y continuada. La concesión no te convierte todavía en español hasta que jures o prometas fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y las leyes, trámite previsto en el artículo 23 del Código Civil (BOE: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1889-4763).
Fuentes
- HernandezcastilloabogadosYa tengo la Resolución de Nacionalidad Española por residencia …consultado el 05/08/2026
- AdministracionAdquisición de la nacionalidad – Residencia – Tu espacio europeoconsultado el 05/08/2026
- Justizia¿Sabes qué hacer una vez que obtienes la resolución favorable …consultado el 05/08/2026
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- VegaabogadoNacionalidad española ¿qué tramites se han de hacer una vez …consultado el 05/08/2026
