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Legítima estricta en España: qué es, a quién afecta y cómo se calcula

julio 28, 2026 EspanaLegal 9 min read
Legítima estricta en España: qué es, a quién afecta y cómo se calcula

Qué es la legítima estricta y por qué también se llama legítima corta

La legítima estricta es la porción mínima de la herencia que el testador no puede vaciar por libre voluntad porque la reserva la ley a los herederos forzosos, según el artículo 806 del Código Civil. También se llama legítima corta porque, en el Derecho civil común español, es el tercio intocable de la herencia.

En la práctica sucesoria española, esto se ve mucho en testamentos de Madrid, Sevilla o Valencia: puedes ordenar casi toda la sucesión, pero siempre respetando ese mínimo. El resto de la herencia se reparte entre mejora y libre disposición, que son los márgenes de maniobra reales del testador.

Cómo encaja en los tres tercios de la herencia

El Código Civil reparte la herencia común en tres bloques. La legítima estricta protege el mínimo de los legitimarios; el tercio de mejora permite favorecer a un descendiente concreto; y el tercio de libre disposición queda, como su nombre indica, a la voluntad del testador.

Tercio Qué significa Qué puede hacer el testador Norma
Legítima estricta Mínimo reservado a los legitimarios, con reparto igualitario No puede rebajarlo ni excluirlo sin causa legal art. 806 CC
Tercio de mejora Parte pensada para beneficiar a uno o varios descendientes Puede repartirlo entre hijos o nietos como prefiera artículo 808 del Código Civil
Tercio de libre disposición Parte libre de la herencia Puede dejarla a quien quiera, heredero o no art. 808 CC

Quiénes son los herederos forzosos en España

El artículo 807 del Código Civil deja claro quién entra en la protección de la legítima en España. No todos los familiares tienen el mismo lugar: el orden importa mucho.

  • Hijos y descendientes: son los primeros legitimarios. Si un hijo ha fallecido antes que el causante, sus hijos pueden entrar por representación y ocupar su lugar en la parte que les corresponda.
  • Padres y demás ascendientes: solo entran si no hay hijos ni otros descendientes. Su derecho es subsidiario, no principal.
  • Cónyuge viudo: también es heredero forzoso, pero su derecho suele ser de usufructo y depende de con quién concurra en la herencia.

Cómo se calcula la legítima estricta paso a paso

  1. Haz el inventario de la herencia: bienes, derechos y cargas del fallecido en España.
  2. Calcula el caudal hereditario neto, restando deudas y sumando las donaciones computables, como manda el artículo 818 del Código Civil.
  3. Valora si hay donaciones a hijos o descendientes que deban imputarse como adelanto o anticipo, conforme al artículo 819 del Código Civil.
  4. Divide la masa resultante en tres tercios: legítima estricta, mejora y libre disposición.
  5. Reserva un tercio para la legítima estricta y repártelo por partes iguales entre los herederos forzosos a quienes corresponda, salvo desheredación válida.

Qué bienes y deudas entran en la base de cálculo

  • Entran los bienes y derechos del causante existentes al fallecimiento: vivienda, cuentas, vehículos, participaciones, saldos bancarios o créditos a su favor.
  • Salen del cálculo las deudas exigibles y las cargas que minoran el patrimonio hereditario: préstamos pendientes, hipotecas vivas o recibos atrasados que correspondan al caudal.
  • También cuentan las donaciones computables y las liberalidades que la ley obliga a traer al cálculo de la legítima, porque si no se suman, el reparto sale falseado.
  • Si hay bienes gananciales, primero hay que liquidar la sociedad de gananciales y separar lo que era del causante de lo que era del otro cónyuge.

Ejemplo numérico de reparto con un caudal de 300.000 €

Imagina a Marta, fallecida en Sevilla, con un patrimonio neto de 300.000 € y tres hijos. En el Derecho civil común, la legítima estricta es un tercio: 100.000 €.

  • A cada hijo le corresponden 33.333,33 € de legítima estricta.
  • El tercio de mejora suma otros 100.000 €, que Marta puede dejar a uno, a dos o a los tres hijos como prefiera.
  • El tercio de libre disposición son 100.000 € más, que puede dejar a un sobrino, a una pareja o a quien quiera.

Si en el testamento Marta deja 150.000 € a un solo hijo, ese reparto solo es válido en la medida en que respete la legítima de los otros dos. Los 50.000 € que excedan los tercios disponibles podrán discutirse y, si hace falta, reclamarse frente a los herederos que hayan recibido de más.

Si no descuentas deudas ni sumas donaciones computables, el tercio legítimo sale mal y la partición también.

Qué pasa si no se respeta la legítima estricta: desheredación, reclamación y plazo

Si el testamento deja menos de lo debido, lo primero es distinguir entre un reparto incorrecto y una desheredación que sí pueda valer. La desheredación solo funciona si se hace en testamento, se expresa la causa y esa causa encaja en los artículos 848 a 857 del Código Civil, según la relación familiar del desheredado.

Si la cláusula no encaja o la causa no se prueba, el legitimario puede reclamar el complemento de su legítima frente a los coherederos y, en su caso, pedir que se reduzcan las disposiciones que invadan ese tercio. Hoy, con carácter general, la acción personal prescribe a los 5 años conforme al artículo 1964.2 del Código Civil, sin perjuicio del régimen transitorio para sucesiones anteriores a la reforma de 2015.

Cuándo puede ser válida la desheredación

  • Debe hacerse en testamento y con causa expresa; no vale una desheredación genérica o por enfado familiar.
  • Entre las causas típicas están negar alimentos sin motivo legítimo, el maltrato de obra, la injuria grave, la pérdida de patria potestad o el atentado contra la vida del testador.
  • Si el desheredado tiene hijos o nietos, éstos pueden ocupar su lugar y reclamar la parte que correspondería por representación, según el artículo 857 del Código Civil.
  • Si la causa no se acredita, la desheredación cae y el legitimario conserva su derecho a la legítima.

Cómo se reclama frente a coherederos y en qué plazo

  1. Reúne la documentación básica: certificado de defunción, certificado de últimas voluntades, testamento y escritura de herencia, si ya existe.
  2. Calcula lo que falta y manda una reclamación fehaciente a los coherederos o a quien haya recibido más de lo debido; un burofax o un requerimiento notarial suelen ser lo más práctico.
  3. Si no hay acuerdo, presenta demanda ante el Juzgado de Primera Instancia competente para pedir el complemento de legítima o la reducción de lo que la invade.
  4. No dejes pasar el plazo general de 5 años del art. 1964.2 CC; en sucesiones antiguas hay que comprobar el régimen transitorio antes de mover ficha.
  5. Si el conflicto es solo de reparto y no de fondo, intenta cerrar la partición en notaría con todas las partes presentes; si hay pelea real, el camino es judicial.

Legítima estricta, legítima global y usufructo viudal: diferencias clave

Figura Qué protege Cuánto vale en el Código Civil común Efecto práctico
Legítima estricta o corta El mínimo intangible de los legitimarios 1/3 del caudal hereditario No puede excluirse salvo desheredación válida
Legítima global o larga La suma de la legítima estricta y el tercio de mejora 2/3 del caudal hereditario Limita mucho más la libertad del testador
Usufructo del cónyuge viudo La protección económica del cónyuge supérstite Usufructo del tercio de mejora cuando concurre con descendientes El viudo disfruta, pero no adquiere la nuda propiedad

Legítima estricta o corta

Es la porción mínima intangible reservada a los legitimarios. En el Código Civil común, esa reserva equivale al tercio de la herencia que el testador no puede tocar libremente. Si se rebaja sin causa legal, el legitimario puede pedir que se le complete.

Legítima global o larga

En la práctica forense española, la legítima global o larga suele referirse a la suma de la legítima estricta y el tercio de mejora. No es libertad total: dentro de ese bloque, el testador todavía tiene que respetar los límites que marcan los descendientes y la mejora.

Usufructo del cónyuge viudo

El cónyuge viudo no recibe, por regla general, una cuota de propiedad como los hijos, sino un usufructo. Eso significa que puede usar y disfrutar los bienes, pero la nuda propiedad sigue en manos de los herederos. En el régimen del artículo 834 del Código Civil, si concurre con descendientes, su derecho recae sobre el tercio destinado a mejora.

Dónde cambia la legítima estricta: comunidades autónomas con derecho civil propio

La clave no es solo dónde vivía la persona, sino su vecindad civil. Así lo encajan el artículo 13 del Código Civil y el artículo 14 del Código Civil: si tienes vecindad civil foral, puede aplicarte un régimen sucesorio distinto del Código Civil común.

  • Cataluña: su derecho civil propio modifica la legítima y la hace mucho menos rígida que en el régimen común.
  • Aragón: la libertad de testar es más amplia y la legítima de los descendientes no funciona igual que en el Código Civil estatal.
  • Baleares: hay especialidades sucesorias propias y el reparto no siempre sigue el esquema de los tres tercios.
  • Galicia: la legítima de los descendientes se calcula con una lógica distinta a la del Derecho civil común.
  • Navarra: el sistema foral concede una libertad de disposición muy alta y reduce el peso práctico de la legítima.
  • País Vasco: también tiene reglas sucesorias propias, con matices según la vecindad civil y la situación familiar.

Qué revisar según la vecindad civil y el derecho foral

Si la herencia es de una persona con vecindad civil común, manda el Código Civil estatal y la legítima estricta se calcula como hemos visto. Si la vecindad civil es catalana, aragonesa, balear, gallega, navarra o vasca, hay que mirar primero el derecho civil propio aplicable y después hacer el cálculo, porque la cuota reservada puede cambiar mucho.

Lo importante, en España, es no confundir domicilio con vecindad civil: puedes vivir en una comunidad autónoma y seguir sujeto a otra ley sucesoria por tu historial civil. Esa diferencia cambia testamentos, particiones y reclamaciones de legítima.

Preguntas frecuentes sobre la legítima estricta

1. ¿Qué es la legítima estricta en una herencia en España?

Es la parte de la herencia que el testador no puede repartir libremente porque la ley la reserva a los herederos forzosos. En el Código Civil, la legítima de los hijos y descendientes se divide en dos tercios, y uno de ellos es la legítima estricta o corta: ese tercio debe repartirse a partes iguales entre los legitimarios (art. 808 CC, BOE: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1889-4763).

Fuentes

  1. HerenciasadeserLa Legítima Estricta en una Herenciaconsultado el 18/07/2026
  2. LexgoappLegítima estricta: Qué es y cómo se reparte – Lexgoappconsultado el 18/07/2026
  3. ProquoabogadosLegítima Estricta: ¿Cómo funciona? ¿Cuánto me corresponde?consultado el 18/07/2026
  4. Elblogsalmon¿Qué es la legítima estricta en una herencia? – El Blog Salmónconsultado el 18/07/2026
  5. AsesorLegítima ESTRICTA: ¿Qué es y cómo se REPARTE? – Asesor.Legalconsultado el 18/07/2026