Qué es la excedencia voluntaria y cómo encaja en el Estatuto de los Trabajadores
Para pedir una excedencia voluntaria en España necesitas, como mínimo, un año de antigüedad y una solicitud por escrito. La figura está en el artículo 46 del Estatuto de los Trabajadores, que la encuadra como una suspensión temporal del contrato por interés particular: sigues unido a la empresa, pero dejas de trabajar y de cobrar durante el periodo acordado.
No es lo mismo que una baja, ni que una excedencia forzosa ni que la de cuidado de hijos o familiares. La voluntaria no exige explicar por qué la pides; la clave está en que cumples los requisitos legales y respetas la duración. Lo delicado llega al final: no existe una reserva automática del puesto, sino un derecho preferente al reingreso si aparece vacante.
La excedencia voluntaria suspende el trabajo, pero no borra el vínculo laboral: por eso importa tanto pedirla bien y volver a tiempo.
Diferencias entre excedencia voluntaria, forzosa y por cuidado de hijos o familiares
| Tipo de excedencia | Quién puede pedirla | Duración | Reserva del puesto |
|---|---|---|---|
| Voluntaria | Cualquier persona trabajadora con 1 año de antigüedad, sin justificar motivo | Entre 4 meses y 5 años | No hay reserva del puesto; solo derecho preferente al reingreso |
| Forzosa | Quien asume un cargo público o sindical que impide trabajar | Mientras dure la causa | Sí, con reserva del puesto y cómputo de antigüedad |
| Por cuidado de hijos o familiares | Quien necesita atender a un menor o a un familiar en los términos del artículo 46.3 del ET | Hasta 3 años por hijo y hasta 2 años por familiar, salvo mejora convencional | Sí, con la protección legal prevista en el ET |
Requisitos para pedirla en España: antigüedad, forma de solicitud y límites temporales
- Tener al menos 1 año de antigüedad en la empresa.
- Presentarla por escrito; no vale una petición verbal ni una simple conversación con recursos humanos.
- Respetar el intervalo mínimo de 4 años desde la finalización de una excedencia voluntaria anterior.
- No hace falta justificar una causa concreta; se pide por interés particular.
- Encajar la fecha de inicio y la de fin dentro del margen legal de la excedencia que pides.
- Revisar el convenio colectivo aplicable en España, porque puede concretar el preaviso o el formato de la solicitud.
Duración mínima y máxima: cómo fijar el periodo de la excedencia
La ley deja poco margen: la excedencia voluntaria dura entre 4 meses y 5 años. Esa horquilla se cuenta sobre el periodo total de suspensión que fijas en la solicitud, no sobre las vacaciones, permisos o una baja médica. Si la pides del 1 de marzo al 31 de agosto, cuentas seis meses completos; si la pides del 15 de junio al 14 de diciembre, también estás fijando un periodo cerrado de seis meses.
| Límite | Qué significa en la práctica | Error frecuente |
|---|---|---|
| Mínimo de 4 meses | No puedes pedir una excedencia voluntaria más corta | Confundirla con unos días sueltos sin salario |
| Máximo de 5 años | La empresa no tiene que aceptar un plazo superior | Pedir 6 o 7 años como si fuera automático |
| Nueva excedencia | Deben pasar 4 años desde el final de la anterior | Contar desde la fecha de solicitud en vez de desde la finalización |
| Cómputo del periodo | Se cuenta el tramo fijado en la solicitud, con fechas claras | Mezclarlo con vacaciones, permisos o suspensión por IT |
Ejemplo práctico con fechas para calcular una excedencia voluntaria
Ana trabaja en Sevilla como administrativa y cobra 1.500 € brutos al mes. Con 4 años de antigüedad, presenta el 10 de enero de 2026 una solicitud para empezar la excedencia el 1 de marzo de 2026 y terminar el 31 de agosto de 2026. Pide 6 meses, así que cumple el mínimo legal de 4 meses y no supera el máximo de 5 años. Durante esos 6 meses dejará de cobrar esos 1.500 € al mes y, si quisiera volver el 1 de septiembre, lo razonable es que avise antes del 1 de agosto para no llegar justa al reingreso.
Cómo se solicita paso a paso a la empresa
- Redacta un escrito claro con tu nombre, DNI, puesto, antigüedad, fecha exacta de inicio y fecha de fin. En una empresa de Madrid, Valencia o Bilbao el trámite es el mismo: importa la prueba, no la ciudad.
- Entrégalo a la empresa o a recursos humanos y guarda copia sellada. Si no te reciben en mano, usa burofax con certificación de contenido o un correo con acuse de recibo para dejar constancia.
- Comprueba si tu convenio colectivo fija un preaviso o un formato concreto. Si lo hace, respétalo; si no, pide la excedencia con margen suficiente para evitar discusiones.
- Espera la respuesta por escrito. Si la empresa la concede, la fecha de inicio y la de fin deben quedar claras para que no haya líos al volver.
- Si la empresa no contesta o la deniega sin base, conserva todos los justificantes: escrito, acuse, correos y nóminas. Te harán falta si acabas en conciliación o en el Juzgado de lo Social.
Qué pasa durante la excedencia: salario, antigüedad, cotización y paro
Mientras dura la excedencia voluntaria, el contrato no desaparece: sigue el vínculo jurídico con la empresa, pero sin prestación de servicios. Eso tiene consecuencias muy concretas. No cobras salario, no generas cotización por esa relación laboral y, por regla general, ese tiempo no suma antigüedad ni vacaciones. Para el paro, la referencia clave es el artículo 267 de la Ley General de la Seguridad Social, que exige una situación legal de desempleo; la excedencia voluntaria, por sí sola, no te coloca ahí.
| Efecto | Qué ocurre durante la excedencia voluntaria | Matiz útil |
|---|---|---|
| Vínculo laboral | Sigue existiendo la relación con la empresa | No es un despido ni una baja definitiva |
| Salario | No hay salario mientras dura la excedencia | Tampoco pagas ni cobras por ese periodo |
| Cotización | No se cotiza a la Seguridad Social por esa relación | El tiempo queda sin aportación laboral activa |
| Antigüedad | No se genera antigüedad durante la suspensión | El convenio puede mejorar algún aspecto concreto |
| Vacaciones | No nacen vacaciones en ese tramo | No se acumulan días como si estuvieras trabajando |
| Paro | No nace derecho automático a prestación por desempleo | El SEPE pedirá situación legal de desempleo y cotización suficiente |
Si la empresa te niega el reingreso, no te precipites a pedir el paro como si la excedencia hubiera acabado sola. Primero hay que encajar jurídicamente la negativa; solo si deriva en una situación legal de desempleo podrás tramitar prestación ante el SEPE.
Reingreso al terminar: preaviso, derecho preferente y problemas con la empresa
Para volver, lo normal es comunicar a la empresa con al menos 1 mes de antelación que quieres reincorporarte. La ley no te reserva el mismo puesto como ocurre en otras excedencias: aquí conservas un derecho preferente al reingreso si existe vacante en tu misma categoría o en una compatible según el encaje del puesto y del convenio. No hay contradicción entre enfoques: una cosa es el derecho preferente y otra la posibilidad de que la empresa ofrezca una vacante distinta si ambas partes lo aceptan; lo que no existe es una reserva automática del puesto de origen.
Ventajas
- Mantienes el vínculo con la empresa sin romper del todo la relación laboral.
- Puedes pausar tu carrera por motivos personales sin necesidad de justificar la causa.
- Si aparece vacante adecuada, tienes preferencia frente a contrataciones externas.
- Puedes volver con la experiencia y la antigüedad previas ya asentadas en la relación laboral.
Inconvenientes
- No hay reserva absoluta del puesto, así que el regreso depende de que exista vacante.
- Durante la excedencia no cobras salario ni cotizas.
- Si la empresa se enroca, tocará reclamar y eso mete tiempo y desgaste.
- El silencio empresarial puede complicar mucho la reincorporación y obligarte a ir al juzgado.
Qué hacer si la empresa no contesta, deniega la reincorporación o no hay vacante
- Envía la solicitud de reingreso por escrito a la empresa con al menos un mes de antelación a la fecha en que quieres volver. Usa burofax o un correo con acuse para poder probarlo.
- Si la empresa guarda silencio o responde que no hay vacante, presenta papeleta de conciliación ante el servicio autonómico de mediación, arbitraje y conciliación de tu comunidad autónoma, como el SMAC en Madrid o el CMAC en Andalucía, conforme al artículo 63 de la LRJS.
- Si no hay acuerdo en conciliación, presenta demanda ante el Juzgado de lo Social. Si el conflicto se encaja como despido, vigila el plazo de 20 días hábiles del artículo 59.3 del Estatuto de los Trabajadores.
- Guarda la carta de excedencia, la solicitud de reingreso, los acuses y cualquier respuesta de la empresa; son las pruebas que más pesan cuando el caso llega a un juez.
Dudas habituales sobre la excedencia voluntaria
1. ¿Qué requisitos tengo que cumplir para solicitar una excedencia?
Depende del tipo de excedencia. Si es voluntaria, el artículo 46.2 del Estatuto de los Trabajadores exige al menos 1 año de antigüedad en la empresa y que hayan pasado 4 años desde el final de la anterior excedencia voluntaria; puedes pedirla entre 4 meses y 5 años. Si es para cuidar a un hijo o a un familiar, no se exige antigüedad previa y los plazos máximos son 3 años y 2 años, respectivamente: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11430
2. ¿En qué casos me pueden denegar una excedencia?
La excedencia voluntaria te la pueden rechazar si no cumples los requisitos del artículo 46.2 del Estatuto de los Trabajadores, sobre todo la antigüedad mínima de 1 año o el plazo de 4 años desde la anterior. En cambio, la excedencia por cuidado de hijo o familiar no se puede denegar si acreditas el motivo y cumples lo que pide el artículo 46.3. Conviene pedirla por escrito y con fecha de inicio y fin: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11430
Fuentes
- Ccoo-servicios[PDF] ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES Artículo 46. Excedencias.consultado el 31/07/2026
- GrupocastillaExcedencia Laboral: Tipos, Requisitos y Derechos | Grupo Castillaconsultado el 31/07/2026
- FactorialCómo pedir una excedencia laboral + Modelo gratis para pedirlaconsultado el 31/07/2026
- Rtve¿Cómo pedir una excedencia a tu empresa? – RTVE.esconsultado el 31/07/2026
- Uso¿Cómo pedir una excedencia de tu trabajo? | Sindicato USOconsultado el 31/07/2026
