Qué es un contrato de compraventa de automóvil y cuándo conviene usarlo
Un contrato de compraventa de automóvil es el papel que deja cerrada la venta entre comprador y vendedor en España. Sirve para fijar quién vende, quién compra, qué coche cambia de manos y por cuánto, y encaja con los artículos 1254, 1278, 1445 y 1461 del Código Civil.
Te conviene usarlo siempre que la operación sea entre particulares, tanto si el coche se entrega en Madrid como si se firma en Sevilla, Valencia o Zaragoza. Aunque el acuerdo verbal pueda existir, el contrato privado te da una prueba clara si luego hay discusión sobre el precio, el estado del vehículo o la fecha exacta de la venta.
También es útil cuando el coche se paga al contado, por transferencia o con parte aplazada, porque deja constancia de la obligación principal: el vendedor entrega el vehículo y el comprador paga el precio pactado. Si el contrato está bien hecho, después tendrás mucho más fácil el cambio de titularidad ante la DGT y la justificación del impuesto autonómico.
En una compraventa entre particulares, el contrato privado no es un adorno: es la base para probar la venta, el precio y la fecha real del cambio de manos.
Qué datos y cláusulas no pueden faltar en el contrato
- Identificación completa del comprador y del vendedor.
- Datos del vehículo: matrícula, bastidor, marca, modelo y kilometraje.
- Precio cerrado y forma de pago.
- Fecha y lugar de firma.
- Firmas de ambas partes en todas las copias.
- Copia del contrato para cada parte y anexos relevantes.
Identificación del comprador y del vendedor
La DGT pide, como mínimo, que el comprador figure con nombre y apellidos o razón social y con DNI, NIE o CIF en la página oficial para comprar un vehículo de segunda mano. En la práctica, conviene reflejar también domicilio, teléfono y correo electrónico, porque cualquier error luego complica la transferencia.
Del vendedor interesa que consten los mismos datos de identificación y que coincidan con quien aparece como titular real del coche. Si vende una empresa, hay que poner la razón social y la persona que firma en su nombre. Si vende un particular, revisa que el DNI o NIE coincida con el permiso de circulación y con la firma.
Datos del vehículo, precio y fecha de firma
Aquí no conviene quedarse corto. Deja escrito el coche exacto que se vende: matrícula, número de bastidor, marca, modelo, combustible, color y kilometraje aproximado en el momento de la firma. Si el vehículo lleva extras que se pactan aparte, como ruedas nuevas, dos llaves o navegador, también deben quedar mencionados.
El precio tiene que quedar cerrado en euros y sin ambigüedades. Mejor una cifra concreta, por ejemplo 8.500 €, que una fórmula vaga como precio a convenir. Añade la fecha y la hora si la entrega no es inmediata, porque esa marca temporal ayuda mucho si surge una multa, un siniestro o una discusión sobre quién era ya el dueño.
Firmas, copias y anexos del contrato
El contrato debe ir firmado por ambas partes. Haz dos originales, uno para el comprador y otro para el vendedor, y que los dos lleven la misma fecha y el mismo texto. Si hay cambios a mano, que los firme también quien los acepta, para evitar que después se discuta una línea o una cifra.
Como anexos, merece la pena adjuntar copia del permiso de circulación, ficha técnica, ITV en vigor si la tiene, justificante del pago y, si existe, el informe de la DGT. Si conservas fotos del cuentakilómetros, del bastidor o del estado exterior del coche en el día de la entrega, mejor todavía.
Qué revisar antes de firmar: estado del coche, cargas e incidencias
| Comprobación previa | Qué mirar | Por qué importa | Qué hacer si falla |
|---|---|---|---|
| Informe de la DGT | Situación administrativa, judicial y técnica | Detecta problemas ocultos antes de pagar | Frenar la compra hasta aclararlo |
| ITV y documentación técnica | Vigencia, defectos graves y reformas | Un coche con ITV caducada o defectos graves puede darte un disgusto en la primera salida | Pedir que se subsane o rebajar el precio |
| Estado físico del coche | Pintura, golpes, neumáticos, cinturones y cerraduras | Evita compras con daños no declarados | Dejar constancia por escrito o desistir |
| Cargas e incidencias | Embargos, precintos, reserva de dominio | Pueden bloquear la transferencia o limitar la circulación | No firmar hasta resolverlo |
Informe reducido o detallado de la DGT
Antes de pagar, pide un informe reducido o, mejor, uno detallado. La DGT recomienda el detallado porque reúne información administrativa, judicial y técnica del vehículo. Eso te permite ver si el coche está dado de baja, si tiene incidencias o si arrastra algún impedimento que afecte a su circulación o venta.
El informe reducido sirve para una primera criba, pero se queda corto cuando quieres comprar con seguridad. Si el vehículo ha pasado por varias manos, ha tenido siniestros o no te cuadra lo que te cuenta el vendedor, el detallado te da una foto más fiable. Además, te ayuda a comprobar si el kilometraje y las características del coche encajan con lo anunciado.
Reserva de dominio, embargos y precintos
La reserva de dominio es una de las cargas más delicadas. Suele aparecer cuando el coche se financió y la entidad financiera mantiene un derecho inscrito en el Registro de Bienes Muebles. Mientras no se cancele, no des por buena la venta sin comprobar que la anotación ha desaparecido o que el banco ha autorizado su levantamiento.
También hay que vigilar los embargos y los precintos. Un embargo puede afectar al vehículo y un precinto puede impedir o complicar su uso. Si el informe de la DGT o la documentación del vendedor te enseña cualquiera de esas incidencias, no firmes a ciegas: pide aclaración documental y, si hace falta, para la operación.
Cómo se firma la venta y cómo dejar acreditado el pago
- Reunid contrato, documentación del coche y documentos de identidad antes de sentaros a firmar.
- Comprobad que el precio, la fecha y los datos del vehículo están escritos igual en todas las copias.
- Haced el pago con un medio que deje rastro y guardad el justificante en el acto.
- Entregad llaves y papeles al mismo tiempo y conservad una copia firmada por cada parte.
- Reservad tiempo para el cambio de titularidad en la DGT dentro del plazo de 30 días desde la firma.
Transferencia bancaria, efectivo y resguardo del pago
La transferencia bancaria es el medio más limpio porque deja constancia del importe, la fecha y la cuenta de origen y destino. Si el precio se paga así, guarda el justificante completo, no solo la captura del móvil. Si usas efectivo, haz un recibo firmado donde conste el importe, la fecha, la matrícula y el DNI de ambos. Si el pago es mixto, documenta cada parte por separado.
Lo importante es que quede claro cuánto se ha pagado y cuándo. Si luego hay un problema con el coche, ese justificante será la prueba de que la entrega del dinero se hizo de verdad y en qué condiciones. Un WhatsApp ayuda, pero no sustituye al resguardo bancario ni al recibo firmado.
Entrega de llaves, permiso y documentación
En el mismo acto deberían entregarse las llaves, el permiso de circulación y la ficha técnica. Si hay dos juegos de llaves, mandos del garaje, libro de mantenimiento o código de la radio, deja constancia de ello. También conviene anotar el kilometraje leído en el cuadro y el estado general del vehículo en ese momento.
Si el coche no se entrega en el instante de la firma, escribe claramente quién lo guarda, hasta cuándo y en qué estado se encuentra. Así evitas discusiones sobre multas, daños o uso del vehículo entre la firma y la entrega real.
Impuesto de Transmisiones Patrimoniales: qué se paga y cómo se justifica
En la compraventa de un coche usado entre particulares, el comprador debe justificar el impuesto que le corresponda ante su comunidad autónoma. La base legal está en el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, artículos 7 y 8, que regula las transmisiones patrimoniales onerosas y quién debe pagar.
La regla general del ITP en una compraventa de coche usado
La regla práctica es sencilla: si compras a un particular, normalmente tienes que presentar el ITP en la hacienda de tu comunidad autónoma. Cada comunidad fija su gestión, su tipo impositivo y, en muchos casos, su propio formulario o canal telemático. Por eso no basta con tener el contrato: hace falta el justificante tributario que pida tu territorio, ya sea en Andalucía, la Comunidad de Madrid, Cataluña, la Comunitat Valenciana o cualquier otra.
Ejemplo: Laura compra en Alicante un Ford Focus de 2018 por 8.000 €. Si su comunidad aplica un tipo del 6 %, el ITP sale en 480 €. Guarda el justificante de presentación y pago, porque sin ese papel la DGT no le va a cerrar bien el cambio de titularidad.
Si la compra no está sujeta a ITP porque el vendedor ha emitido factura con IVA, o si existe una exención o una no sujeción, también debes conservar la prueba documental correspondiente. La DGT no quiere solo que digas que lo has pagado o que no toca: quiere ver el papel que lo acredita.
Para la DGT, lo decisivo no es solo haber cumplido con Hacienda, sino poder demostrarlo con un justificante válido de pago, exención o no sujeción.
Exención, no sujeción y justificante tributario
- Justificante de pago del ITP cuando la transmisión está sujeta y pagada.
- Resguardo de exención o de no sujeción si tu caso entra en esos supuestos.
- Factura con IVA si compras a un profesional y no procede ITP.
- Copia del contrato y de la identificación del vehículo para acompañar el trámite.
- Presentación sellada, telemática o en papel, según la comunidad autónoma competente.
Cambio de titularidad ante la DGT: plazo, coste y trámite
| Concepto | Qué dice la regla práctica | Dónde se hace | Coste |
|---|---|---|---|
| Plazo | 30 días desde la firma del contrato | DGT | Tasa según tipo de vehículo |
| Vía telemática | Trámite online sin ir a oficina | Sede electrónica de la DGT | La tasa vigente del vehículo |
| Vía presencial | Trámite en oficina con cita previa | Jefatura Provincial de Tráfico | La tasa vigente del vehículo |
Tramitación telemática en la Sede de la DGT
- Entra en la Sede electrónica de la DGT y accede al trámite de cambio de titularidad.
- Identifícate con certificado digital, Cl@ve o el sistema de acceso que admita el procedimiento.
- Adjunta el contrato firmado, el justificante del ITP o el documento equivalente y la documentación del vehículo.
- Abona la tasa que corresponda según el tipo de vehículo y descarga el resguardo final.
- Conserva el justificante junto con tu copia del contrato durante todo el tiempo que necesites acreditar la transferencia.
La vía online te ahorra desplazamientos a la Jefatura Provincial de Tráfico y suele ir bien cuando los papeles están completos. Si falta algo, la propia sede te lo marcará antes de cerrar el expediente.
Tramitación presencial en la Jefatura Provincial de Tráfico
- Pide cita previa en la DGT para la Jefatura Provincial de Tráfico que te corresponda.
- Lleva contrato original firmado, justificante del impuesto autonómico y documentos del vehículo.
- Presenta tu identificación y, si actúas por otra persona, la autorización o representación que proceda.
- Paga la tasa en el trámite o por el medio admitido por la oficina.
- Guarda el justificante de presentación y verifica que el cambio de titularidad queda anotado.
La oficina sigue siendo útil si prefieres resolverlo cara a cara, sobre todo cuando hay dudas con cargas, documentos antiguos o datos que no cuadran. En provincias con mucha carga de trabajo, como Madrid, Barcelona o Valencia, la cita previa te ahorra esperas largas.
Qué hacer si falta un papel, aparece una carga o el vendedor se retrasa
- Si falta el permiso de circulación, la ficha técnica o el DNI del vendedor, no firmes ni pagues a ciegas.
- Si el informe de la DGT enseña reserva de dominio, embargo o precinto, para la compra hasta que lo aclaren por escrito.
- Si el vendedor dice que la carga ya está cancelada, pide documento de cancelación y comprueba que el asiento registral ha desaparecido.
- Si el coche no coincide con lo anunciado en estado, kilometraje o equipamiento, deja constancia y renegocia o sal de la operación.
- Si el vendedor se retrasa en la entrega o en la firma, no sueltes el dinero completo hasta que todo esté cerrado.
Bloquear la firma si hay riesgo
Cuando aparece una incidencia seria, la mejor decisión es frenar. Si no sabes quién es el titular real, si el coche está afectado por una reserva de dominio o si la documentación no cuadra, no hay prisa que compense el riesgo. La compraventa de un coche no se arregla luego con una conversación rápida; se arregla con papeles correctos antes de pagar.
Si tienes dudas razonables, pide el informe detallado de la DGT, revisa la ficha técnica y exige al vendedor que aclare por escrito cualquier carga o incidencia. Un contrato firmado sobre una base defectuosa te deja más trabajo después, no menos.
Reclamar o repetir la operación con seguridad
Si el contrato, el pago o la transferencia se han quedado a medias, deja todo por escrito cuanto antes. Guarda mensajes, justificantes, fotos y el contrato provisional. Si es necesario, reclama la devolución del dinero o la subsanación exacta de lo pendiente antes de volver a firmar.
Cuando la operación se pueda repetir, hazla desde cero y con la documentación limpia. Mejor perder una tarde que comprar un coche con un problema que luego te siga en la DGT, en tu comunidad autónoma o en el Registro de Bienes Muebles.
Dudas frecuentes sobre la compraventa de coche
1. ¿Cómo se hace un contrato de compraventa de un coche en España?
Se hace por escrito, identificando con claridad al vendedor, al comprador y el vehículo: matrícula, bastidor, marca, modelo, kilometraje, fecha y precio. Conviene añadir que la entrega se hace libre de cargas y con la documentación al día, y que ambas partes firman dos copias. Ese contrato sirve para que el comprador pueda hacer el cambio de titularidad en Tráfico.
Fuentes
- Seguropordias[PDF] Contrato de compraventa de vehículo entre particulares sin garantíaconsultado el 01/08/2026
- AutoheroContrato de compraventa de coche: qué debe incluir y cómo hacerloconsultado el 01/08/2026
- SignaturitContrato de compraventa de coche: guía – Signaturitconsultado el 01/08/2026
- Gestoriaiglesias[PDF] CONTRATO DE COMPRAVENTA DE VEHICULO USADO ENTRE …consultado el 01/08/2026
- Fempa[DOC] CONTRATO DE COMPRAVENTA DE VEHICULO USADO – Fempaconsultado el 01/08/2026
