Qué es el contrato de compraventa de coche y cuándo hace falta
El contrato de compraventa de un coche en España es el documento que deja por escrito quién vende, quién compra, qué vehículo cambia de manos y por qué precio. Sirve para probar la operación y para tramitar después el cambio de titularidad ante la DGT.
No es un papel decorativo: encaja en la libertad de pactos del Código Civil, en concreto en los artículos 1255, 1278, 1445 y 1461. Traducido: las partes pueden fijar sus condiciones dentro de la ley, el contrato puede ser válido aunque sea privado, la compraventa existe cuando una parte entrega la cosa y la otra paga el precio, y el vendedor tiene que entregar el vehículo.
Hace falta siempre que el coche se venda entre particulares o cuando quieras dejar cerrada la operación con una prueba clara de la fecha, el precio y el estado pactado. Si luego el coche tiene una carga, una avería seria o una discrepancia sobre el kilometraje, el contrato será la primera referencia para reclamar.
Un contrato privado bien hecho no sustituye el trámite en la DGT, pero sí te protege si después hay discusión sobre la venta, la entrega o el estado del coche.
Qué datos y cláusulas debe incluir el modelo
Antes de firmar, el contrato tiene que identificar bien a las dos partes y al vehículo. Si faltan datos, la transferencia se vuelve más torpe y cualquier reclamación posterior se complica.
| Bloque | Qué debe incluir | Para qué sirve |
|---|---|---|
| Vendedor | Nombre y apellidos o razón social, DNI/NIE/CIF, domicilio completo, teléfono y firma | Acredita quién transmite el coche |
| Comprador | Nombre y apellidos o razón social, DNI/NIE/CIF, domicilio completo y firma | Permite tramitar el cambio de titularidad |
| Vehículo | Matrícula, marca, modelo, bastidor, combustible, fecha de primera matriculación y kilometraje | Evita confundir ese coche con otro |
| Precio | Precio total, forma de pago y fecha del pago | Deja cerrada la contraprestación |
| Entrega | Fecha y hora de entrega, llaves, documentación y accesorios | Fija desde cuándo responde cada uno |
| Estado | Si se vende con desgaste normal, defectos conocidos o reparaciones pendientes | Reduce discusiones por desperfectos |
Cláusulas que conviene añadir
- Kilometraje exacto en el momento de la firma, y si el cuentakilómetros ha sido manipulado o no.
- Estado real del coche: golpes, testigos encendidos, reparaciones pendientes, neumáticos y si entrega o no con segunda llave.
- Cargas o gravámenes conocidos: reserva de dominio, embargo, leasing o financiación pendiente.
- Entrega de llaves, mando, manuales, rueda de repuesto, código de radio y cuanta documentación acompaña al vehículo.
- Reparto de gastos: quién asume la gestoría, la tasa de la DGT, la cancelación de cargas o la regularización del impuesto municipal.
- Manifestación expresa de que el comprador ha visto y probado el coche, o de que lo acepta en el estado en que se encuentra, sin perjuicio del saneamiento por vicios ocultos (arts. 1484 a 1490 del Código Civil).
Qué comprobar antes de firmar y pagar
- Pide el informe reducido gratuito de la DGT y revisa la identificación básica del vehículo.
- Comprueba la ITV: fecha de caducidad, resultado, reforma anotada y que la tarjeta ITV coincida con la matrícula y el bastidor.
- Mira si hay cargas, reserva de dominio, embargo o limitación de disposición; si aparece algo, no pagues hasta tener la salida documental.
- Verifica que el vendedor es el titular real o tiene poder bastante para vender; si firma otra persona, pide la representación por escrito.
- Haz una revisión física seria: carrocería, aceite, correa de distribución, neumáticos, amortiguación, frenos, dirección, cinturones, asientos, cerraduras e interruptores.
- Prueba el coche en carretera o al menos en una vuelta corta: arranque en frío, embrague, cambios, frenada, ruidos y vibraciones.
Informe reducido de la DGT y situación administrativa
El informe reducido de la DGT es el primer filtro útil porque te da una fotografía rápida de la situación administrativa. Ahí debes mirar si el coche está de alta, si figura a nombre de quien te lo vende y si aparece alguna incidencia que bloquee el cambio de titularidad.
Si ves una baja temporal, una reserva de dominio, una multa impagada o una limitación de disposición, merece la pena pasar a un informe detallado o acudir a una oficina de Tráfico antes de soltar un euro. El informe detallado te interesa sobre todo cuando el coche es caro, cuando el vendedor no coincide con el titular o cuando el historial no cuadra con lo que te cuenta.
Reserva de dominio, impuestos y documentación del vehículo
- Reserva de dominio: comprueba en el Registro de Bienes Muebles si el coche sigue vinculado a una financiación; sin cancelación, la transferencia puede atascarse.
- IVTM: pide el justificante del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del último ejercicio, porque un recibo pendiente puede bloquear la operación.
- Permiso de circulación: verifica que esté en vigor y que la matrícula coincida con la del coche que has visto.
- Tarjeta ITV: revisa que el número de bastidor, las medidas de neumáticos y las reformas anotadas cuadren con el vehículo real.
- Documentación de apoyo: guarda copia del anuncio, mensajes, presupuesto de reparación o cualquier prueba de lo que se te prometió antes de firmar.
Pasos para firmar el contrato y cambiar la titularidad en la DGT
- Firmad el contrato privado de compraventa con fecha, hora, precio y entrega del vehículo. Desde ese momento empieza a contar el plazo de 30 días para tramitar el cambio de titularidad ante la DGT.
- El comprador liquida el ITP ante la hacienda autonómica competente, porque la compra entre particulares tributa por transmisiones patrimoniales onerosas.
- Si hay cargas, baja temporal o cualquier incidencia, resolvédla antes de presentar la transferencia. En la práctica, sin papeles limpios la Jefatura no suele avanzar.
- Presentad la solicitud de cambio de titularidad en la Jefatura Provincial de Tráfico o por Internet en la sede electrónica de la DGT.
- El vendedor debe hacer la notificación de venta y conservar su justificante. Así evita que futuras multas, impuestos o responsabilidades le sigan llegando por un coche que ya no es suyo.
- Guardad el resguardo de presentación, la copia del contrato y el justificante del ITP hasta que llegue el nuevo permiso de circulación o el justificante definitivo del trámite.
Qué presenta el comprador y qué conserva el vendedor
- Comprador: contrato firmado por ambas partes, justificante del ITP, solicitud de transferencia, identificación y, si va por gestoría, la autorización correspondiente.
- Comprador: original o copia del permiso de circulación y la tarjeta ITV si se los entregan, para no salir de la operación con papeles incompletos.
- Vendedor: copia del contrato, justificante de la notificación de venta y prueba de entrega del vehículo y de las llaves.
- Vendedor: recibo o justificante de cualquier gasto pendiente que se haya pactado por escrito, para evitar que luego se lo carguen a él.
Dónde se tramita y qué resguardo guardar
La transferencia se presenta en la Jefatura Provincial de Tráfico que corresponda o por vía telemática en la sede electrónica de la DGT, si haces el trámite online o a través de una gestoría autorizada. Lo importante no es solo iniciar el expediente, sino conservar el resguardo con fecha y número de registro.
Ese justificante te salva si hay una multa mal imputada, si la gestoría se retrasa o si necesitas probar que presentaste la documentación dentro de plazo. Guarda también el contrato original y el comprobante del pago del ITP; sin ellos, cualquier incidencia se vuelve más lenta de resolver.
Cuánto cuesta comprar un coche usado en España
| Concepto | Quién lo fija | Importe orientativo en España | Dónde se paga |
|---|---|---|---|
| ITP / TPO | Comunidad autónoma competente | Entre el 4% y el 8% del valor declarado o comprobado, según la CCAA | Hacienda autonómica |
| Tasa de cambio de titularidad de la DGT | Estado | 55,70 € para turismos y la mayoría de vehículos | DGT |
| Gestoría | Libre mercado | 100-200 € es lo habitual si delegas el trámite | Gestoría |
| Informe detallado de la DGT | DGT | Coste adicional si pides historial ampliado | DGT |
| Cancelación de reserva de dominio | Entidad financiera / registro | Variable según el caso | Registro de Bienes Muebles |
| Revisión precompra | Taller o perito | Desde 50-150 € o más, según alcance | Taller / perito |
El gasto grande suele ser el ITP, porque depende de la comunidad autónoma y del valor del coche. La tasa de la DGT es fija; la gestoría, si la contratas, también suma. Si compras en una comunidad con tipos más altos, el salto final se nota bastante.
Ejemplo de cálculo con cifras reales
Ana compra en Sevilla un turismo usado por 10.000 € a un particular. Si la comunidad autónoma aplicara un 4% de ITP, pagaría 400 € por ese impuesto. A eso le suma 55,70 € de tasa de la DGT y, si no quiere hacer colas, 150 € de gestoría.
El total de gastos administrativos se le iría a 605,70 €, sin contar posibles revisiones, cancelación de cargas o arreglos de última hora. Si además detecta una reserva de dominio que cuesta 40 € cancelar y una revisión previa de 80 €, la operación ya se acerca a 725,70 € solo en trámites y comprobaciones.
Qué hacer si surgen problemas o la transferencia se bloquea
Cuando aparece una incidencia, lo peor es seguir pagando por impulso. La ventaja de detectar el problema antes de la firma es clara: todavía puedes frenar, renegociar o pedir que el vendedor limpie la carga antes de que la DGT te cierre la puerta.
Ventajas de parar a tiempo
- Evitas pagar un coche que no se puede poner a tu nombre en plazo.
- Puedes exigir que el vendedor cancele la reserva de dominio, pague la multa o aclare la baja temporal.
- Tienes margen para negociar una rebaja si el defecto es mecánico y ya estaba allí.
- Si documentas bien la incidencia, la reclamación posterior es mucho más sólida.
Inconvenientes si lo dejas pasar
- Te puedes quedar con un coche inmovilizado o sin posibilidad de transferencia.
- Puedes heredar una carga financiera o una gestión más larga de lo previsto.
- Si firmas sin revisar y luego aparece un fallo grave, reclamar te costará tiempo y dinero.
- En una disputa por vicios ocultos, quizá necesites perito, burofax y, si no hay acuerdo, juzgado.
Cuándo parar la compra y qué salida tiene cada incidencia
- Baja temporal: para la compra y exige que se levante antes de presentar la transferencia; sin alta, no avances.
- Multas impagadas: pide justificante de pago o un acuerdo escrito de quién las asume; si no hay solución clara, no firmes.
- Limitación de disposición o reserva de dominio: reclama la cancelación documental y la inscripción de la cancelación en el registro antes de pagar el precio final.
- Vicios ocultos: si el coche falla poco después por un defecto serio no visible, reclama por escrito al vendedor y apóyate en los arts. 1484 a 1490 del Código Civil.
- Identidad dudosa o papeles que no coinciden: suspende la operación y comprueba titularidad, bastidor e ITV; si no cuadra, mejor desistir.
- Estado real distinto al pactado: si el anuncio prometía algo que no existe, no te precipites; renegocia o sal de la compra antes de cerrar.
Fuentes
- DecochesContrato de Compraventa de Coche: los modelos de la DGT y la OCUconsultado el 13/07/2026
- DgtVender un vehículo de segunda mano – DGTconsultado el 13/07/2026
- RapidtrafficContrato de compra venta pdf – Gestoría DGT Rapid Trafficconsultado el 13/07/2026
