Qué es la excedencia voluntaria en la empresa privada y en qué se diferencia de otras excedencias
Excedencia voluntaria y suspensión del contrato
La excedencia voluntaria en la empresa privada en España es una suspensión temporal del contrato: dejas de trabajar, la empresa deja de pagarte y la relación laboral sigue viva. La regula el artículo 46 del Estatuto de los Trabajadores y no implica reserva del puesto.
La diferencia clave con otras excedencias es esa: en la voluntaria no hay obligación de guardar tu plaza exacta, solo un derecho preferente a ocupar una vacante de igual o similar categoría cuando la empresa la tenga. En las excedencias por cuidado de hijos o de familiares, la protección es más fuerte y la ley sí conecta la salida con una reserva del puesto durante un tiempo.
También hay dos efectos que conviene tener claros desde el minuto uno: durante la excedencia no cobras salario de la empresa de origen y el tiempo de suspensión no computa como antigüedad. Si luego vuelves, no arrastras ese tiempo como si hubieras seguido en activo.
La excedencia voluntaria sirve para pausar el contrato, no para congelar la plaza: lo que te protege al volver es la vacante, no tu puesto exacto.
Lo mejor
- Reserva del puesto en excedencia voluntaria si hay pacto o convenio favorable
- Sirve para parar temporalmente y volver con más margen personal o profesional
- La excedencia por cuidado de hijos reserva el puesto durante el primer año
- La excedencia por cuidado de familiares mantiene la antigüedad y facilita conciliar
- Permite aceptar otro empleo o estudiar sin romper el contrato de forma definitiva
Lo peor
- La excedencia voluntaria exige al menos un año de antigüedad en la empresa
- No cobra salario ni cotiza, salvo especialidades de Seguridad Social
- En la voluntaria no existe derecho automático a reincorporación al mismo puesto
- Pedirla sin plazo escrito puede retrasar la respuesta de Recursos Humanos
- Si no respetas preaviso o forma, la empresa puede negar la salida inmediata
Requisitos para pedirla: antigüedad mínima, espera entre excedencias y quién puede solicitarla
Lo que te pide la ley
- Tener 1 año de antigüedad en la empresa. No hace falta una causa concreta: basta con cumplir ese requisito y pedirla dentro de los límites del artículo 46 ET.
- Haber dejado pasar 4 años desde la última excedencia voluntaria o de análoga naturaleza. Si pides otra antes, la empresa puede negarla con base legal.
- Ser trabajador por cuenta ajena de una empresa privada en España. Da igual que el contrato sea indefinido o temporal si ya alcanzas la antigüedad mínima y el resto del marco legal encaja.
- Formular una petición clara y comprobable. La excedencia es una decisión tuya, pero para la empresa pasa a ser obligatoria si cumples los requisitos legales.
En la práctica, muchas dudas vienen del convenio colectivo de empresa o sector. Algunos añaden reglas de preaviso, formularios internos o documentación de soporte, así que antes de mover ficha conviene leerlo con calma. Si tu convenio no añade nada, manda el marco general del Estatuto de los Trabajadores.
Duración, efectos sobre el contrato, el salario y la antigüedad
Límites legales y consecuencias prácticas
| Aspecto | Regla en la excedencia voluntaria | Efecto práctico |
|---|---|---|
| Duración mínima | 4 meses | No puedes pedir menos y encajar en la excedencia voluntaria del ET |
| Duración máxima | 5 años | Si pides más, ya no entras en el marco legal de esta modalidad |
| Salario | No hay salario ni pagas de la empresa de origen | La nómina se corta mientras dura la excedencia |
| Contrato | Se suspende, no se extingue | Sigues vinculado a la empresa, pero sin trabajar |
| Antigüedad | El tiempo de excedencia no computa | No suma para trienios, promociones internas ni antigüedad en esa empresa |
| Puesto de trabajo | No existe reserva del puesto | Solo hay derecho preferente a una vacante similar cuando aparezca |
La excedencia voluntaria puede pedirse por el tiempo que necesites dentro de ese margen legal. No hace falta justificar un motivo y tampoco estás obligado a fijar un proyecto vital cerrado para cinco años; eso sí, el periodo solicitado tiene que encajar entre el mínimo de 4 meses y el máximo de 5 años.
Ejemplo práctico de duración y cómputos
Marina trabaja en una asesoría de Zaragoza desde hace 2 años y 5 meses y cobra 1.620 € brutos al mes. Pide una excedencia voluntaria de 1 año para aceptar un contrato temporal en otra empresa de la capital aragonesa.
Ese caso encaja en la ley por dos razones muy simples: supera el año de antigüedad y el plazo pedido está entre 4 meses y 5 años. Durante esos 12 meses Marina no cobra de su empresa original y ese año no le suma antigüedad interna. Si al acabar el año pide volver y no hay una vacante de igual o similar categoría, no recupera automáticamente su antiguo puesto; queda a la espera de que aparezca una plaza compatible.
Si en lugar de 1 año hubiera pedido 4 meses, también sería válido. Si hubiera pedido 6 años, ya no hablaríamos de excedencia voluntaria en el sentido del artículo 46 ET.
Cómo se solicita y qué debe contestar la empresa
Pasos para pedirla bien
- Revisa primero tu convenio colectivo y la fecha exacta en la que quieres empezar. Si el convenio marca un preaviso, úsalo; el artículo 46 ET no fija un plazo general de 15 días, aunque algunas guías y empresas sí trabajan con ese margen.
- Presenta la solicitud por escrito ante RRHH o dirección. Indica tus datos, la fecha de inicio, la duración pedida y un domicilio o correo para notificaciones. Si puedes, deja prueba: registro interno, burofax o correo corporativo con acuse.
- Espera una contestación también por escrito. La empresa debe aceptar o denegar la excedencia de forma clara; no vale dejarte en el aire si has pedido algo que encaja en la ley.
- Si no responde o la niega sin base, activa la vía de reclamación. Antes de demandar suele tocar papeleta de conciliación ante el servicio autonómico de mediación, arbitraje y conciliación que corresponda, conforme al artículo 63 de la Ley 36/2011, reguladora de la jurisdicción social.
- Si la conciliación no arregla el asunto, presenta demanda en el Juzgado de lo Social. Guarda siempre la solicitud, la respuesta de la empresa y cualquier prueba de entrega.
Reincorporación: vacante, derecho preferente y qué pasa si la empresa calla
Lo que ocurre al volver
- No existe reserva del puesto exacto. Al terminar la excedencia voluntaria no puedes exigir la misma mesa, el mismo centro o el mismo proyecto como si nada hubiera pasado.
- Sí existe un derecho preferente a ocupar una vacante de igual o similar categoría. Eso quiere decir que, si la empresa tiene hueco compatible con tu grupo profesional, debe contar contigo antes que con una contratación externa.
- La empresa debe avisarte cuando aparezca una vacante adecuada. No basta con que tú sigas llamando: la obligación de activar el reingreso nace cuando hay puesto disponible.
- La reincorporación no es automática. Si la empresa guarda silencio, reitera por escrito y conserva pruebas; el conflicto suele terminar en una reclamación de derecho ante el Juzgado de lo Social.
La clave práctica está aquí: la excedencia voluntaria no te da una plaza reservada, sino una preferencia de entrada cuando exista vacante. Por eso hay casos en los que volver es rápido y otros en los que la espera se alarga bastante.
Trabajar durante la excedencia: otra empresa, autónomo y competencia desleal
Ventajas
- Puedes aceptar un empleo en otra empresa mientras dura la excedencia y seguir teniendo abierto el vínculo con tu empresa de origen.
- También puedes trabajar por cuenta propia como autónomo si no usas la excedencia para hacerle la guerra comercial a tu empresa anterior.
- Te permite probar otro sector, otra ciudad o un proyecto personal sin romper del todo la relación laboral previa.
- Si luego te interesa regresar, mantienes el derecho preferente sobre vacantes y no partes de cero.
Inconvenientes
- No puedes usar ese tiempo para hacer caja en tu empresa de origen: durante la excedencia no hay salario ni cotización desde ese contrato.
- Si montas un negocio o entras en una empresa competidora, el límite está en la concurrencia desleal: nada de captar clientes, llevarte información reservada o aprovechar secretos empresariales.
- Si existe pacto de no competencia o cláusulas de confidencialidad, hay que leerlas con lupa antes de moverte.
- La seguridad jurídica baja bastante si el nuevo empleo pisa el mismo mercado, porque ahí el conflicto no es la excedencia, sino la lealtad profesional.
Paro, SEPE y otras excedencias del Estatuto de los Trabajadores
Qué pasa con el desempleo y cómo se comparan
La excedencia voluntaria no te coloca, por sí sola, en situación legal de desempleo. Lo relevante, a efectos del SEPE, es la situación prevista en el artículo 267 de la Ley General de la Seguridad Social: si sigues en una excedencia voluntaria de tu empresa de origen, no hay paro por ese contrato porque no hay extinción ni despido.
Otra cosa distinta es que estés trabajando en otra empresa y ese nuevo contrato termine por despido o fin de contrato. Ahí el SEPE analizará ese vínculo nuevo, no la excedencia que mantienes con tu empresa anterior.
| Figura | Reserva del puesto | ¿Permite otro trabajo? | Efecto práctico en paro/SEPE |
|---|---|---|---|
| Excedencia voluntaria | No, solo vacante preferente | Sí, con límites de competencia | No genera desempleo mientras siga viva la suspensión |
| Excedencia por cuidado de hijos | Protección reforzada del puesto | Según la fuente aportada, no es compatible con otro trabajo | No abre por sí sola derecho a paro |
| Excedencia por cuidado de familiares | Sí, con reserva del puesto | Depende del caso y del convenio | No genera desempleo por sí sola |
| Excedencia por mejora de empleo | Depende del convenio o pacto que la reconozca | Suele vincularse a aceptar otro empleo | No equivale a una baja voluntaria ni da paro por sí misma |
Excedencia por cuidado de hijos
Esta excedencia del artículo 46 ET está pensada para cuidar hijos menores de 3 años. Tiene un trato más protector que la voluntaria: no nace de una mera conveniencia personal, sino de una necesidad de conciliación familiar. Según la fuente aportada, no se puede compatibilizar con otro trabajo, así que si la usas para un empleo paralelo puedes meterte en un problema serio con la empresa.
Excedencia por cuidado de familiares
Sirve para atender a familiares que no puedan valerse por sí mismos, dentro del marco del artículo 46 ET. Aquí la diferencia con la voluntaria es clara: la ley sí obliga a concederla y la protección del puesto es mucho mayor. En esta modalidad, la reserva del puesto existe al menos durante el periodo legal inicial y después se transforma en reserva de un puesto del mismo grupo profesional o categoría equivalente.
Excedencia por mejora de empleo
La llamada excedencia por mejora de empleo no aparece con ese nombre en el artículo 46 ET; normalmente nace del convenio colectivo o de un pacto interno de empresa. Cuando el convenio la reconoce, suele permitir salir para aceptar otra oferta laboral y mantener una reserva del puesto en los términos pactados.
La diferencia con la voluntaria está en el origen del derecho: la voluntaria es un derecho legal general del trabajador, mientras que la mejora de empleo depende mucho de lo que diga el convenio de tu sector o de tu empresa en España.
Preguntas frecuentes sobre la excedencia en empresa privada
¿Qué es lo más delicado al pedirla?
Lo más delicado suele ser la reincorporación. Mucha gente cree que al terminar la excedencia vuelve a su puesto, y no es así en la voluntaria. Lo que tienes es preferencia sobre vacantes compatibles, no reserva de plaza.
¿Puede negármela la empresa?
Si cumples antigüedad, plazo entre excedencias y duración legal, la empresa no debería negarla. Si lo hace, toca pelear el derecho con pruebas y, si hace falta, por la vía social.
¿Conviene dejarlo todo por escrito?
Sí. En una excedencia, el papel manda. Guarda solicitud, respuesta, acuses y cualquier comunicación con RRHH; luego te ahorran discusiones sobre fechas, duración y reingreso.
Fuentes
- GrupocastillaExcedencia Laboral: Tipos, Requisitos y Derechos | Grupo Castillaconsultado el 03/08/2026
- TrackpeopleExcedencia laboral: qué dice la Ley y cómo aplicarlas en tu empresa.consultado el 03/08/2026
- Ccoo-servicios[PDF] ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES Artículo 46. Excedencias.consultado el 03/08/2026
- Uso¿Cómo pedir una excedencia de tu trabajo? | Sindicato USOconsultado el 03/08/2026
- Payfit¿Cómo pedir una excedencia laboral en 2026? Tipos y requisitosconsultado el 03/08/2026
