Separación

Solicitar el divorcio en el juzgado en España: pasos, requisitos y documentos

agosto 27, 2026 EspanaLegal 8 min read
Solicitar el divorcio en el juzgado en España: pasos, requisitos y documentos

Qué es el divorcio judicial y cuándo puedes pedirlo

El divorcio judicial en España extingue el vínculo matrimonial y se pide ante el juzgado cuando uno o los dos cónyuges quieren romper el matrimonio por esa vía. La regla básica está en el art. 86 del Código Civil: no hace falta alegar una causa ni haber pasado antes por una separación judicial, y el divorcio puede instarse por uno solo, por ambos o por uno con el consentimiento del otro.

En la práctica, esto significa que el juzgado no entra a decidir quién tuvo la culpa de la ruptura. Mira si se cumplen el plazo, la forma de presentación y, cuando hay hijos menores, si las medidas protegen de verdad su interés. La posterior inscripción en el Registro Civil se hace conforme a la normativa registral española.

¿Hace falta acuerdo entre los cónyuges?

No. Puede haber tres escenarios: solicitud unilateral, demanda conjunta o petición de uno con el consentimiento del otro. Si hay acuerdo, el camino suele ser más corto porque el convenio regulador llega ya cerrado. Si no lo hay, el procedimiento pasa a ser contencioso y el juzgado resuelve las medidas discutidas.

El divorcio en España no exige explicar el motivo; lo decisivo es el encaje legal de la solicitud y el plazo desde la boda.

Requisitos legales y juzgado competente

Requisito Qué exige en España Matiz práctico Norma
Plazo mínimo Haber transcurrido 3 meses desde la celebración del matrimonio No se pide si existe riesgo para la vida, integridad física, libertad, integridad moral o libertad e indemnidad sexual del cónyuge demandante o de los hijos art. 86 CC
Órgano competente Juzgado de Primera Instancia o de Familia que corresponda según la LEC En partidos judiciales con especialización de familia, suele ir al juzgado de familia arts. 769 y 770 de la LEC
Tipo de proceso Contencioso o de mutuo acuerdo Cambia la forma de tramitarlo y la rapidez arts. 770 y 777 LEC
Excepción temporal Se puede pedir antes de los 3 meses en supuestos de riesgo Es una excepción pensada para proteger al cónyuge o a los hijos art. 86 CC

Plazo de 3 meses: cuándo se aplica y cuándo no

Si Ana y Javier se casan en Madrid el 10 de enero, el 10 de abril ya han pasado tres meses y pueden presentar la demanda de divorcio judicial. El 9 de abril todavía no. Si además existiera un riesgo serio para la integridad de Ana o de los hijos, la excepción legal permite acudir al juzgado sin esperar.

Mutuo acuerdo o contencioso: qué cambia de verdad

La diferencia no está solo en si firmáis o no un convenio. En el divorcio de mutuo acuerdo, el procedimiento suele ser más rápido, menos tenso y más barato; en el contencioso, el juzgado decide porque los cónyuges no han logrado pactar. La LEC lo encauza por los arts. 777 y 770, pero el efecto real lo notas en el tiempo, el coste y el desgaste.

Ventajas del mutuo acuerdo

  • Suele resolverse en menos tiempo porque las medidas ya van pactadas.
  • Reduce el coste procesal y evita una vista larga si no hace falta discutir prueba.
  • Da más control a la pareja sobre el convenio regulador.
  • Si hay hijos menores, el convenio se revisa, pero la base del acuerdo ya está cerrada.

Inconvenientes del contencioso

  • Obliga a iniciar demanda, esperar contestación y, normalmente, ir a juicio.
  • El proceso suele alargarse más en juzgados cargados, como ocurre en muchas plazas de Barcelona, Valencia o Sevilla.
  • El acuerdo deja de existir como marco base: el juez fija las medidas discutidas.
  • El desgaste emocional y económico suele ser mayor.

Qué medidas deben cerrarse sí o sí si hay acuerdo

  • Custodia de los hijos: compartida o exclusiva.
  • Uso de la vivienda familiar y reparto de gastos asociados.
  • Pensión de alimentos para los hijos y, si procede, otras cargas.
  • Régimen de visitas, estancias y comunicaciones.
  • Liquidación del régimen económico matrimonial, si se quiere abordar en ese momento.

Documentos para presentar la demanda o la solicitud

Para solicitar divorcio en el juzgado, lo normal es llevar una carpeta bastante concreta. No siempre te pedirán todo a la vez, pero sí conviene tenerlo preparado desde el principio:

  • Certificado literal de matrimonio, expedido por el Registro Civil.
  • Certificados literales de nacimiento de los hijos, si los hay.
  • Convenio regulador, cuando el divorcio sea de mutuo acuerdo.
  • Nóminas, vida laboral, declaración de la renta o extractos bancarios para justificar ingresos.
  • Justificantes de gastos de los menores o de la vivienda, si van a fijarse pensión o uso del domicilio.
  • Cualquier documento útil para acreditar una situación económica realista y estable.

Ejemplo de carpeta documental en un divorcio con dos hijos

Imagina un matrimonio en Zaragoza con dos menores de 7 y 10 años. Ella cobra 1.350 € netos al mes y él 1.900 €. Llevan un alquiler de 820 € y gastos escolares de 110 € por hijo. En esa carpeta no bastan los certificados civiles: conviene añadir las dos últimas nóminas de cada uno, la declaración de la renta, el recibo del alquiler, los gastos de comedor y extraescolares y el borrador del convenio con una propuesta de alimentos ajustada a esas cifras.

Pasos del divorcio en el juzgado

  1. Reúne la documentación y prepara la demanda o solicitud con abogado, y procurador cuando proceda, para presentarla ante el Juzgado de Primera Instancia o de Familia competente.
  2. Presenta el escrito en el juzgado. Si el divorcio es contencioso, se tramita por los cauces de los arts. 770 de la LEC; si es de mutuo acuerdo, entra por el art. 777 LEC.
  3. El juzgado da traslado al otro cónyuge. En el contencioso, la contestación suele hacerse en 20 días; en el de mutuo acuerdo, el trámite gira sobre la ratificación del convenio.
  4. Si hay discrepancias, se señala vista o juicio. El juzgado escucha a las partes, valora la prueba y, si hay menores, pide el informe del Ministerio Fiscal.
  5. Sale la sentencia o el decreto que aprueba el divorcio y fija las medidas. Cuando sea firme, el juzgado remite testimonio al Registro Civil para la inscripción.

Qué cambia si hay hijos menores

Cuando hay hijos menores, el convenio o la sentencia no pueden dejar cabos sueltos. El juzgado tiene que pronunciarse sobre:

  • Guarda y custodia, compartida o exclusiva.
  • Patria potestad, que normalmente seguirá siendo conjunta.
  • Pensión de alimentos, calculada según necesidades de los menores y capacidad económica de los progenitores.
  • Régimen de visitas, vacaciones, comunicación por teléfono o mensajería y entregas.
  • Uso de la vivienda familiar, que suele quedar muy ligado al interés de los hijos.
  • Medidas complementarias si hacen falta, como gastos extraordinarios o escolarización.

Intervención del Ministerio Fiscal y control del interés del menor

Cuando hay menores, el Ministerio Fiscal interviene para informar y vigilar que el acuerdo no perjudique a los hijos. El juzgado no aprueba un convenio solo porque los padres lo firmen: comprueba que la custodia, la pensión, las visitas y el uso de la vivienda encajan con el interés del menor y con los artículos 90, 92, 93, 94 y 96 del Código Civil. Si algo falla, puede pedir ajustes antes de validar el texto.

Inscripción en el Registro Civil y efectos del divorcio

Trámite registral Qué ocurre Dónde se hace Fuente oficial
Inscripción del divorcio Se practica en el Registro Civil donde conste inscrito el matrimonio En el Registro Civil correspondiente y, en su caso, en Oficinas Generales del Registro Civil y Oficinas Consulares Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil y sede del Ministerio de Justicia
Tipo de asiento Puede hacerse como inscripción marginal o como inscripción complementaria sobre la principal de matrimonio Lo gestiona el Registro Civil Ley 20/2011
Documento que remite el juzgado Testimonio firme de la resolución de divorcio Desde el juzgado al Registro Civil sede del Ministerio de Justicia
Efecto práctico El estado civil queda actualizado para certificados y trámites posteriores Importa para pedir nuevos certificados o volver a casarte normativa registral española

Desde que la resolución es firme, el vínculo matrimonial ya queda disuelto; la inscripción solo deja constancia oficial para que el Registro Civil, los certificados y cualquier trámite administrativo reflejen la realidad.

Alternativas al juzgado: divorcio ante notario o ante el Letrado de la Administración de Justicia

El art. 87 del Código Civil abre una vía extrajudicial: divorcio de mutuo acuerdo ante el Letrado de la Administración de Justicia o ante notario, siempre con abogado. Es una salida útil cuando la pareja ya tiene pactadas las medidas y no hay hijos menores no emancipados ni hijos con la capacidad modificada judicialmente que dependan de ellos.

Ventajas

  • Suele ser más rápido que el juzgado si el convenio ya está cerrado.
  • Evita la carga de una vista judicial.
  • Resulta cómodo cuando ambos viven en España y tienen clara la propuesta de medidas.
  • Puede encajar bien en divorcios sin conflicto y sin menores afectados.

Inconvenientes

  • No sirve si hay desacuerdo entre los cónyuges.
  • Tampoco sirve si existen hijos menores no emancipados o dependientes con capacidad modificada judicialmente.
  • Sigue siendo necesaria la asistencia letrada.
  • Si el pacto está mal cerrado, el notario o el LAJ no van a reconducir por completo un conflicto de fondo como sí haría un juez.

Cuándo sigue siendo obligatorio acudir al juzgado

Si hay hijos menores, si uno de los cónyuges no consiente, si el convenio no cuadra o si se discuten medidas esenciales, el camino sigue siendo el judicial. En esas situaciones, el juzgado no es una opción secundaria: es la vía obligatoria para resolver el divorcio y fijar las medidas con plenas garantías.

Fuentes

  1. Ortoladinnbier¿Cómo solicitar un divorcio en Valencia? – Ortola Dinnbierconsultado el 02/08/2026
  2. AllendeabogadosCómo Interponer una Demanda de Divorcioconsultado el 02/08/2026
  3. LegalpigeonArt 770 LEC: Guía del proceso de divorcio en España – Legal Pigeonconsultado el 02/08/2026
  4. Juntadeandalucia5.Separación, divorcio y nulidad matrimonial – Junta de Andalucíaconsultado el 02/08/2026
  5. MadriddivorcioCómo presentar la demanda de divorcio en los juzgados de Madridconsultado el 02/08/2026