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Separación de parejas no casadas con hijos en España: derechos, custodia y pensión

septiembre 10, 2026 EspanaLegal 8 min read
Separación de parejas no casadas con hijos en España: derechos, custodia y pensión

Qué cambia cuando se rompe una pareja no casada con hijos

Sin matrimonio no hay divorcio

Cuando una pareja no casada con hijos se rompe en España, no se tramita un divorcio ni una liquidación de gananciales. Si no había matrimonio, no existe régimen económico matrimonial que repartir; lo que toca es fijar medidas paternofiliales sobre los menores y, si no hay acuerdo, acudir a la vía judicial del art. 748.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Ese cauce se usa en los juzgados de familia o de primera instancia del partido judicial que corresponda, por ejemplo en Madrid, Sevilla, Valencia o Zaragoza. Lo importante no es la etiqueta de la pareja, sino ordenar la vida de los hijos: con quién viven, cómo ven al otro progenitor, cuánto se paga y qué pasa con la vivienda familiar. Si hay acuerdo, se presenta por escrito; si no lo hay, decide el juez con la prueba que aporten ambas partes.

Sin matrimonio no hay divorcio, pero sí hay que dejar atadas la custodia, los alimentos y la vivienda.

Qué deben fijar las medidas paternofiliales

Lo que no conviene dejar en el aire

Lo habitual es plasmarlo en un documento de medidas paternofiliales, muy parecido en contenido al que ordena el artículo 90 del Código Civil. Ahí se decide lo esencial para que la ruptura no se convierta en una pelea diaria.

Materia Qué se fija Claves prácticas Base legal
Guarda y custodia Quién convive de forma habitual con los hijos Puede ser exclusiva de uno de los progenitores o compartida entre ambos art. 92 del Código Civil
Visitas y comunicación Fines de semana, vacaciones, llamadas y entregas Garantiza el trato regular con el progenitor con el que no conviven art. 94 del Código Civil
Patria potestad Decisiones importantes sobre salud, educación o cambios relevantes Normalmente sigue siendo conjunta aunque la custodia sea de uno solo Marco general del Código Civil
Vivienda familiar Uso de la casa tras la ruptura Se atribuye pensando прежде en los menores y en la capacidad económica art. 96 del Código Civil

La custodia exclusiva no borra al otro progenitor: solo significa que los hijos tienen su residencia habitual con uno de los dos. La custodia compartida, por su parte, no quiere decir siempre 50/50 exacto; en España puede organizarse por semanas, quincenas o incluso por días alternos si los niños son muy pequeños y la logística lo permite. El art. 92 del Código Civil la permite, pero no la impone como regla automática.

Cómo se calcula la pensión de alimentos y quién paga los gastos

Lo que cubre y cómo se reparte

  • La pensión de alimentos la fija el art. 93 del Código Civil y se calcula según las necesidades reales de los hijos y la capacidad económica de cada progenitor.
  • Los arts. 142 a 146 del Código Civil explican que los alimentos incluyen comida, habitación, vestido, asistencia médica no cubierta y educación, y se mantienen hasta que los hijos alcancen la independencia económica, como recuerda el art. 146 del Código Civil.
  • Con custodia exclusiva, la paga normalmente el progenitor con el que no viven los menores. Con custodia compartida, puede seguir habiendo pensión si hay una diferencia clara de ingresos o si hay gastos fijos que recaen más en una casa que en la otra.
  • Los gastos ordinarios van dentro de la pensión: comida, ropa, colegio ordinario, material básico, transporte habitual. Los extraordinarios suelen ir aparte: gafas, ortodoncia, psicólogo, clases de apoyo realmente necesarias o una salida médica no prevista.
  • Lo normal es repartir los extraordinarios por porcentaje de ingresos o al 50% si así lo fija la resolución. No salen de una regla mágica; se miran nóminas, alquiler o hipoteca, otros hijos y el calendario de estancias.
  • Para una orientación inicial, puedes usar la calculadora de pensión alimenticia del CGPJ, que da una referencia útil antes de negociar o demandar.

Ejemplo de cálculo con cifras

Imagina un caso en Sevilla: Marta gana 1.300 € netos al mes y Pablo 2.200 € netos. Tienen dos hijos de 7 y 10 años y la custodia es exclusiva de Marta, con visitas de fines de semana alternos para Pablo. Una referencia razonable podría ser una pensión total de 500 € al mes, es decir, 250 € por hijo, más el 50% de las gafas, la ortodoncia y otros gastos extraordinarios acreditados.

Si Pablo baja después a 1.700 € por un despido y aporta la carta de cese y la prestación del SEPE, esa cifra no cambia sola. Hace falta pedir modificación de medidas; mientras tanto, la pensión fijada sigue viva.

Qué pasa con la vivienda familiar y los bienes en proindiviso

Si la vivienda es familiar

Cuando hay hijos menores, el uso de la vivienda familiar suele atribuirse al progenitor custodio y a los menores, porque el foco está en proteger su estabilidad. Si no hay menores o ya son mayores, el juez pondera quién necesita más la casa, quién tiene mejor capacidad económica y cómo está titulada la vivienda.

Ventajas

  • Los menores no cambian de colegio, barrio y rutinas de golpe.
  • Se reduce el impacto de la ruptura en los primeros meses.

Inconvenientes

  • El uso no cambia la propiedad: si la casa está a nombre de ambos, sigue siendo de ambos.
  • La hipoteca no desaparece por la atribución del uso; frente al banco, la deuda sigue existiendo.

Si la casa está en proindiviso

Si la vivienda u otro bien está a nombre de los dos, no hay patrimonio común de matrimonio que liquidar, pero sí una comunidad de bienes del art. 392 del Código Civil. La salida típica es la extinción de condominio del art. 400 del Código Civil: uno compra la parte del otro, o se vende y se reparte el precio.

Ventajas

  • Permite cerrar la copropiedad y dejar de compartir decisiones sobre el piso.
  • Si hay acuerdo, suele ser más limpio que seguir años con un proindiviso bloqueado.

Inconvenientes

  • Si uno no quiere vender ni comprar, el bloqueo se alarga.
  • Pueden aparecer gastos de notaría, registro, plusvalía municipal y, en su caso, impuestos.

El uso protege a los menores; la propiedad y la hipoteca se resuelven por otra vía cuando el piso es de los dos.

Mutuo acuerdo o proceso contencioso: cómo se aprueban las medidas

  1. Mutuo acuerdo. Si hay entendimiento, redactáis un acuerdo escrito con custodia, visitas, alimentos y vivienda. Si existen hijos menores de edad o con discapacidad, interviene el Ministerio Fiscal conforme al artículo 749 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. El pacto se presenta al juzgado para su aprobación y el juez comprueba que no perjudica a los hijos.
  2. Proceso contencioso. Si no hay acuerdo, uno de los progenitores presenta una propuesta de medidas paternofiliales. Entonces el juzgado decide guarda y custodia, visitas y uso de la vivienda familiar a la vista de la prueba, los horarios, el colegio y la situación económica de cada uno.
  3. Tiempo y coste. La vía amistosa suele ser más sencilla, más pacífica y más barata. En España, si el juzgado no está saturado, puede resolverse en unos 3 meses. El contencioso tarda más, genera más escritos y suele obligar a gastar más en abogado, procurador y, a veces, periciales.

Qué hacer si cambian las circunstancias o no se paga la pensión

Si cambian las circunstancias

  1. Reúne pruebas del cambio sustancial y estable: despido, ERTE, reducción de jornada, traslado a otra provincia, enfermedad, nacimiento de otro hijo o subida importante de gastos. Guarda nóminas, vida laboral, resolución del SEPE y documentos médicos.
  2. Presenta demanda de modificación de medidas ante el mismo Juzgado de Primera Instancia o de Familia que dictó las medidas, con apoyo en el artículo 775 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. No esperes a que el problema sea puntual; el cambio tiene que ser relevante y mantenerse en el tiempo.
  3. Si hay acuerdo entre los dos, lleva una nueva propuesta al juzgado para que la homologue. Si no lo hay, será el juez quien vuelva a fijar custodia, visitas o alimentos.
  4. Mientras no haya nueva resolución, sigue cumpliendo lo que ya está aprobado. Un cambio verbal no protege si luego hay impago o conflicto.

Si no pagan la pensión

  1. Pide la ejecución judicial ante el mismo juzgado que dictó la medida y reclama las mensualidades vencidas.
  2. Hazlo sin dejar pasar demasiado tiempo: la acción ejecutiva tiene el plazo general de 5 años del artículo 518 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
  3. Aporta la sentencia o el convenio aprobado, el cálculo exacto de lo debido y los justificantes de impago. Así el juzgado puede despachar ejecución con más rapidez.
  4. Si el incumplimiento es repetido, no te quedes solo en la conversación privada: la vía judicial es la que convierte la deuda en cobro real.

Cuándo conviene acudir a un abogado de familia

Cuándo merece la pena

Merece la pena acudir a un abogado de familia en España cuando la custodia compartida está discutida, cuando hay impago de la pensión, cuando la vivienda está hipotecada o en proindiviso, cuando uno quiere cambiar de domicilio a otra ciudad o a otra comunidad autónoma, o cuando hay menores con necesidades especiales y hay que coordinar terapias, colegio y gastos extraordinarios.

También compensa si hay ingresos irregulares, trabajo a turnos, una empresa propia, vacaciones conflictivas o desacuerdo sobre el colegio. En estos casos, una propuesta mal hecha puede dejarte atado durante años a un régimen peor del que el juez habría aceptado si hubieras llegado con la prueba bien armada.

Si la situación toca Sevilla, Málaga, Barcelona, Madrid o cualquier otro partido judicial español, el abogado no solo redacta: ordena documentos, calcula mejor la pensión y evita errores que luego cuestan más arreglar que empezar bien.

Fuentes

  1. Logarm-abogadosSeparacion con Hijos sin estar Casados – logarm abogadosconsultado el 04/08/2026
  2. AylagasabogadaSepararse con hijos sin estar casado – Aylagas Abogadaconsultado el 04/08/2026
  3. ElabogadoNo estoy casada, tenemos un hijo y quiero separarme – elAbogadoconsultado el 04/08/2026
  4. Gimeno-abogadosSeparación con hijos sin estar casados – Gimeno Abogadosconsultado el 04/08/2026
  5. FernandezdengraLa separación en parejas no casadas – Fernández Dengraconsultado el 04/08/2026