Qué son las arras penitenciales y en qué se diferencian de otras arras
Las arras penitenciales son una cantidad que se entrega al firmar un compromiso de compraventa para reservar el inmueble y, a la vez, dejar una salida pactada si alguna parte se arrepiente. En España su referencia clásica está en el artículo 1454 del Código Civil: si desiste el comprador, pierde lo entregado; si desiste el vendedor, debe devolver el doble.
No son un simple adelanto ni una multa cualquiera. En un contrato de vivienda en Madrid, Valencia o Sevilla, confundir unas arras con otras puede salir caro, porque cambia por completo lo que ocurre si la firma ante notario no llega a tiempo. Si el texto no lo deja claro, no conviene dar por hecho que son penitenciales.
Confirmatorias, penitenciales y penales: cómo distinguirlas en el contrato
| Tipo de arras | Qué significan | Si se echa atrás el comprador | Si se echa atrás el vendedor | ¿Hace falta probar perjuicio? |
|---|---|---|---|---|
| Confirmatorias | Anticipo del precio y prueba de que hay contrato | Puede pedirse cumplimiento o resolución con daños | Igual: cumplimiento o resolución con daños | Sí, si se reclaman daños |
| Penitenciales | Permiten desistir pagando la penalización pactada | Pierde la cantidad entregada | Devuelve el doble | No, basta el pacto |
| Penales | Fijan una pena por incumplir | Se exige la pena pactada | Se exige la pena pactada | Normalmente sí, según la acción |
La diferencia práctica está en la salida. Con arras penitenciales no hace falta discutir si hubo daño real: basta con que el contrato diga de forma expresa que son penitenciales y que se aplica el art. 1454 del Código Civil. Con arras confirmatorias o penales, el terreno es más delicado y suele haber más pelea probatoria.
La clave es esta: en las arras penitenciales no se castiga el fracaso de la operación, sino el derecho pactado a desistir con un coste cerrado.
Cuándo conviene firmarlas y en qué compraventas se usan más
Dónde encajan mejor en la práctica
- En la compra de vivienda usada en España, especialmente cuando el comprador necesita unas semanas para cerrar hipoteca, revisar cargas en el Registro de la Propiedad o vender su piso anterior.
- Cuando el vendedor quiere reservar la casa mientras termina de cancelar una hipoteca o de resolver una herencia, algo frecuente en operaciones en Barcelona, Málaga o Alicante.
- En compraventas entre particulares en las que ambas partes prefieren dejar un margen de salida antes de ir al notario.
- Si el inmueble necesita comprobaciones previas: comunidad de propietarios, derramas, situación urbanística o cédula/autorización autonómica cuando proceda.
- Cuando el vendedor necesita tiempo para desalojar la vivienda o retirar muebles y enseres.
Cuándo no suelen interesar
- Si una de las partes quiere una obligación cerrada, sin derecho a desistir.
- Si hay dudas serias sobre la financiación y no se quiere asumir el riesgo de perder dinero por una hipoteca que quizá no llegue.
- Si la titularidad o las cargas del inmueble todavía no están claras y falta documentación básica.
- Si se busca máxima rigidez contractual, porque el propio art. 1255 del Código Civil permite pactar, pero también exige dejar el contrato bien atado.
Qué debe recoger un contrato de arras penitenciales bien redactado
Cláusulas que no deberían faltar
- Identificación completa del inmueble: dirección, finca registral, referencia catastral y, si se puede, superficie y anexos como garaje o trastero.
- Precio total de la compraventa y cantidad entregada en arras, dejando claro si esa suma se descuenta después del precio final o si funciona como garantía independiente.
- Plazo para firmar escritura ante notario, con fecha cierta o una horquilla cerrada.
- Forma de pago: transferencia bancaria, cheque bancario o pago en cuenta identificada, para que quede rastro.
- Entrega de llaves y posesión: en la firma de arras, en notaría o en una fecha posterior.
- Estado de cargas y deudas: hipoteca, embargos, IBI, comunidad, suministros y, si procede, certificado de deuda cero de la comunidad.
- Reparto de gastos e impuestos: notaría, registro, gestoría y cancelación registral si existe préstamo pendiente.
- Cláusula expresa de desistimiento: que diga sin rodeos que son arras penitenciales y qué pasa si una parte no llega a firmar.
Lo importante, en términos de los artículos 1091 y 1255 del Código Civil, es que lo pactado obliga como ley entre las partes y que la libertad de pacto no sirve para dejar ambigüedades. Si el contrato está mal redactado, luego vienen los problemas de interpretación, justo cuando más prisa hay.
Cuánto se suele entregar y cómo se calcula la cantidad de arras
No hay un porcentaje legal fijado en España. En la práctica, muchas operaciones se mueven entre el 5% y el 10% del precio, aunque en pisos de entrada media también se ven cantidades más bajas si el comprador necesita más margen de maniobra.
Ejemplo realista con cifras
Ana, compradora en Sevilla, pacta un piso de 200.000 euros y entrega 10.000 euros de arras penitenciales al firmar el contrato. El esquema queda así:
- Si la compraventa llega a notaría, esos 10.000 euros se descuentan del precio y Ana paga los 190.000 euros restantes, más los gastos que le correspondan.
- Si Ana se echa atrás sin causa pactada, pierde los 10.000 euros entregados.
- Si quien se arrepiente es el vendedor, tendrá que devolver 20.000 euros.
En una vivienda así, 10.000 euros equivalen al 5% del precio. Es una cifra muy habitual porque obliga, pero no bloquea por completo la operación.
Plazos, firma y pasos desde la oferta hasta la escritura de compraventa
- Negociación inicial: comprador y vendedor cierran precio, plazo y condiciones básicas. Hasta que no se firma, no nace la obligación típica de las arras.
- Comprobaciones previas: se pide nota simple al Registro de la Propiedad, se revisan cargas, recibos y situación de la comunidad. Si hay hipoteca, el vendedor suele pedir al banco el saldo pendiente.
- Firma del contrato de arras: se formaliza por escrito, normalmente entre particulares o con apoyo de una agencia. Desde aquí empiezan a contar los plazos pactados.
- Tramitación de financiación o cancelación de cargas: el comprador mueve la hipoteca con su banco y el vendedor prepara la cancelación registral, si procede.
- Cita con notaría: en el plazo pactado, que suele estar entre 30 y 90 días, las partes firman la escritura de compraventa ante notario.
- Postfirma: el comprador liquida impuestos y lleva la escritura al Registro de la Propiedad; si había hipoteca del vendedor, se gestiona su cancelación registral.
El momento clave es la firma de las arras: desde ese día, el reloj corre. Si el contrato fija 60 días, no basta con “estar casi listo”; hace falta llegar a la fecha con todo preparado o pedir una prórroga por escrito.
Qué pasa si incumple el comprador o el vendedor
| Situación | Qué ocurre con las arras | Diferencia entre desistimiento e incumplimiento | Qué conviene mirar en el contrato |
|---|---|---|---|
| Desiste el comprador | Pierde la cantidad entregada | Es la salida típica prevista por el art. 1454 CC | Que el contrato diga que son arras penitenciales |
| Desiste el vendedor | Devuelve el doble de lo recibido | También es desistimiento, no incumplimiento técnico | Plazo de devolución y forma de pago |
| No comparece una parte o no cumple una obligación esencial | Puede haber discusión sobre incumplimiento contractual | No siempre encaja como desistimiento puro | Si el texto prevé penalización adicional o solo arras |
La diferencia importa mucho. El desistimiento es la renuncia pactada a seguir con la venta, pagando el coste fijado. El incumplimiento, en cambio, puede abrir la puerta a reclamar cumplimiento, resolución o daños si el contrato no era realmente penitencial o si la redacción deja huecos.
Qué impuestos pueden surgir para comprador y vendedor en España
Fiscalmente, las arras no viven aparte de la operación. El artículo 33 de la Ley 35/2006, del IRPF define las ganancias y pérdidas patrimoniales, y la AEAT trata estas variaciones según exista o no una alteración real del patrimonio.
En una compraventa que sí llega a la escritura, lo normal es que las arras formen parte del precio final y se integren en la ganancia o pérdida patrimonial de la transmisión en el momento de la venta. Si, por el contrario, el contrato se rompe y una parte pierde la cantidad o la cobra duplicada, ese importe puede generar una ganancia o una pérdida patrimonial en el ejercicio correspondiente, y hay que reflejarlo en la declaración del IRPF.
Aquí conviene no improvisar: no es lo mismo cobrar unas arras porque la venta se cerró que quedarse con ellas porque el comprador desistió. La fecha y la causa del movimiento importan mucho a efectos fiscales.
Cómo reclamar si hay conflicto por arras penitenciales
Pasos habituales antes de ir al juzgado
- Reúne pruebas desde el minuto uno: contrato de arras, correos, WhatsApp, justificantes de transferencia, nota simple y cualquier comunicación sobre la fecha de firma.
- Envía un requerimiento fehaciente: lo habitual es un burofax con certificación de texto y acuse de recibo, o un requerimiento notarial. Dale un plazo corto y claro para cumplir o devolver el dinero.
- Intenta una salida negociada: si la otra parte acepta devolver, cobrar o pactar una prórroga, mejor dejarlo por escrito y firmado. Una agencia inmobiliaria en España no sustituye al juez, pero puede ayudar a cerrar el conflicto.
- Presenta demanda civil: si no hay acuerdo, la reclamación se tramita ante el Juzgado de Primera Instancia que corresponda, conforme a la Ley de Enjuiciamiento Civil, y el tipo de juicio dependerá de la cuantía.
- Sigue el procedimiento hasta sentencia y, si hace falta, ejecución: si el demandado no paga voluntariamente, el juzgado puede forzar el cobro con embargo u otras medidas de ejecución.
Si la cantidad discutida es moderada, el pleito suele ser más rápido, pero no por ello barato. Por eso en España compensa mucho redactar bien las arras desde el principio: una buena cláusula ahorra meses de pelea después.
Fuentes
- TinsaQué es un contrato de arras: tipos y todo lo que debe incluir – Tinsaconsultado el 13/07/2026
- ArquitasaArras Penitenciales – Definición, Modelo descargable y más..consultado el 13/07/2026
- ConceptosjuridicosArras penitenciales – Conceptos Jurídicosconsultado el 13/07/2026
