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Certificado de últimas voluntades: cuánto tarda en España y cómo solicitarlo

julio 30, 2026 EspanaLegal 9 min read
Certificado de últimas voluntades: cuánto tarda en España y cómo solicitarlo

El certificado de últimas voluntades en España no se pide el mismo día del fallecimiento: hay que esperar 15 días hábiles. Después, cuando la Administración lo emite, tienes 90 días naturales para descargarlo si lo tramitas online.

Qué es el Certificado de Actos de Última Voluntad y para qué sirve

Qué acredita exactamente

El Certificado de Actos de Última Voluntad es el documento que acredita si una persona fallecida otorgó o no testamento en España y, si lo hizo, ante qué notario autorizó el último. No contiene el contenido del testamento ni reparte bienes: solo te dice dónde está la copia autorizada para poder pedirla después.

En la práctica, es una pieza básica en cualquier herencia en España. Sin él, el heredero o la persona que tramita la sucesión puede quedarse a ciegas, porque no sabe si debe ir a una notaría concreta o si toca abrir una sucesión intestada. Por eso se usa tanto en herencias con vivienda, cuentas bancarias, seguros de vida y adjudicaciones de bienes en toda España.

Para qué trámites se usa

  • Pedir copia autorizada del último testamento en la notaría correspondiente.
  • Comprobar si hay que tramitar una herencia con testamento o sin testamento.
  • Presentar documentación en bancos, aseguradoras y gestorías que piden acreditar el cauce sucesorio.
  • Avanzar con la declaración de herederos si no existe testamento.

La información oficial del procedimiento está en la sede del Ministerio de Justicia, que es la referencia que conviene seguir para plazos, requisitos y descarga.

Cuánto tarda en España: plazos para pedirlo, obtenerlo y descargarlo

Resumen rápido de plazos

Fase Plazo en España Qué significa
Espera mínima para solicitarlo 15 días hábiles desde el fallecimiento No puedes iniciar la solicitud antes de ese momento
Emisión / preparación Variable según la vía La sede oficial no fija en el extracto un plazo único de emisión
Descarga online 90 días naturales Cuando el certificado ya está listo, debes bajarlo dentro de ese plazo
Referencia práctica en vía presencial o postal 10 días hábiles, según BBVA Dato orientativo, no sustituye a la sede del Ministerio

Qué significa “pedirlo” y qué significa “tenerlo”

Pedirlo es presentar la solicitud completa, con la tasa pagada y el certificado de defunción. Tenerlo es que el Ministerio de Justicia ya lo ha emitido y te permite consultarlo o descargarlo con el número de solicitud.

Ese matiz importa mucho en España: puedes haber presentado todo correctamente, pero no disponer aún del certificado si sigue en tramitación. Y al revés, puedes tenerlo emitido pero perderlo si dejas pasar el plazo de descarga.

Plazos que debes contar desde el fallecimiento

  1. Cuenta desde la fecha del fallecimiento, pero no puedes registrar la solicitud hasta que hayan pasado 15 días hábiles.
  2. En ese cómputo no se cuentan sábados, domingos ni festivos, como ocurre en la Administración española.
  3. Si el fallecimiento fue en viernes, el plazo no arranca de forma efectiva hasta el siguiente día hábil.
  4. Una vez el certificado está listo, el sistema te da 90 días naturales para descargarlo.
  5. Si dejas pasar ese plazo, tendrás que volver a comprobar el estado o rehacer el trámite si el archivo ya no está disponible.

Pedirlo y descargarlo son dos momentos distintos: en España manda la espera inicial de 15 días hábiles y, después, el reloj de los 90 días naturales para bajar el certificado.

Requisitos previos antes de solicitarlo

  • La fecha de fallecimiento debe ser posterior al 2 de abril de 2009.
  • La defunción no puede estar inscrita en un juzgado de paz, porque ese supuesto queda fuera del circuito que usa este certificado.
  • Necesitas un certificado literal de defunción de la persona fallecida.
  • Debes tener claro el dato identificativo del fallecido para evitar errores en la búsqueda.
  • Si vas a presentar la solicitud por vía electrónica, conviene tener preparada la documentación en formato digital legible.

Estos requisitos aparecen en la página oficial del trámite del Ministerio de Justicia y son los que más problemas dan cuando una familia intenta acelerar una herencia en España. Si falta el certificado literal de defunción, la solicitud se atasca desde el primer minuto.

Cómo solicitarlo online en la sede del Ministerio de Justicia

Trámite telemático paso a paso

  1. Entra en la sede electrónica del Ministerio de Justicia y abre el trámite de Certificado de Actos de Última Voluntad.
  2. Comprueba antes que han pasado los 15 días hábiles desde el fallecimiento y que tienes el certificado literal de defunción.
  3. Rellena los datos del fallecido y revisa que no haya errores en nombre, apellidos, fecha o documento de identidad.
  4. Adjunta la documentación que te pidan en formato electrónico y paga la tasa 006 por la pasarela de la Agencia Tributaria.
  5. Presenta la solicitud y guarda el número de registro o de solicitud para hacer el seguimiento.
  6. Cuando el estado cambie a disponible, descarga el certificado dentro de los 90 días naturales que marca la sede.

Si presentas documentación por medios electrónicos, el marco general está en el artículo 14 de la Ley 39/2015, sobre la relación electrónica con las Administraciones Públicas. Y si acabas presentando papeles en un registro, el régimen de presentación se encaja con el artículo 16 de la Ley 39/2015.

Qué revisar antes de enviar la solicitud

  • Que el certificado literal de defunción no esté borroso ni incompleto.
  • Que la tasa 006 quede pagada y vinculada a la solicitud.
  • Que los datos del fallecido coincidan exactamente con los del Registro Civil.
  • Que conserves el justificante, porque te hará falta para consultar el estado.

Cómo solicitarlo presencialmente o por correo con el formulario 790 y la tasa 006

Solicitud presencial

  1. Descarga y cumplimenta el formulario 790 desde la sede del Ministerio de Justicia.
  2. Paga la tasa 006 en la pasarela de la Agencia Tributaria y conserva el justificante.
  3. Reúne el formulario 790, el certificado literal de defunción y la documentación identificativa que te exijan.
  4. Presenta todo en el organismo competente que indique la sede o en el registro habilitado para este trámite.
  5. Guarda el resguardo de presentación para poder consultar después el estado.

Solicitud por correo

  1. Rellena el formulario 790 con los datos completos del fallecido.
  2. Haz el pago de la tasa 006 y adjunta el justificante.
  3. Incluye el certificado literal de defunción y la documentación que acompañe la solicitud.
  4. Mete todo en un sobre y envíalo por correo al órgano tramitador que indique la sede del Ministerio.
  5. Conserva el comprobante postal por si luego necesitas acreditar el envío.

Solicitud presencial

La vía presencial sigue siendo útil cuando prefieres llevarlo todo revisado o cuando una gestoría en Madrid, Valencia, Sevilla o cualquier otra ciudad te prepara la documentación y quieres salir con el resguardo en la mano. El punto clave es no olvidar la tasa 006 y el certificado literal de defunción.

Solicitud por correo

La vía postal funciona bien si no quieres desplazarte, pero exige más cuidado con los papeles. Si falta el formulario 790, si la tasa no está pagada o si el certificado de defunción no va adjunto, la tramitación se retrasa sin remedio.

Cómo consultar el estado y descargar el certificado

Ejemplo práctico con fechas

Imagina que Laura fallece en Zaragoza el 2 de abril de 2026. La familia espera los 15 días hábiles y presenta la solicitud online el 24 de abril de 2026 con la tasa 006 pagada. El Ministerio la deja lista para descargar el 5 de mayo de 2026.

Desde ese 5 de mayo, Laura no puede descargarlo “cuando le venga bien”: tiene 90 días naturales. Si lo baja el 3 de agosto de 2026, sigue dentro de plazo. Si espera al 4 de agosto, puede encontrarse con que el archivo ya no está disponible.

Cómo se consulta

  • Accede a la sede del Ministerio de Justicia con el número de solicitud.
  • Comprueba si el estado figura como en tramitación, disponible o descargado.
  • Cuando aparezca disponible, descarga el certificado en el mismo entorno.
  • No dejes la descarga para el final: el plazo corre desde que el documento está a tu disposición, no desde que presentaste la solicitud.

La diferencia entre “presentado” y “disponible” es la que más confusión genera. En una herencia urgente, un par de días de despiste pueden complicarte el paso siguiente con la notaría o con el banco.

Validez, CSV y uso del certificado en el extranjero

Ventajas

  • El CSV o Código Seguro de Verificación permite comprobar la autenticidad del certificado en la sede electrónica.
  • Los terceros destinatarios, como notarías, bancos o asesorías, pueden verificarlo sin pedirte compulsas raras.
  • Si lo tramitas online, te ahorras desplazamientos y tienes el documento accesible durante el plazo de descarga.

Inconvenientes

  • Si dejas pasar los 90 días naturales, puedes perder el acceso a la descarga.
  • Si el certificado tiene que usarse fuera de España, normalmente no basta con tener el PDF: la propia sede del Ministerio indica que debe ir legalizado si se va a utilizar en el extranjero.
  • El receptor extranjero puede exigir un trámite adicional según su país, así que conviene comprobarlo antes de enviar la documentación.

Qué revisar si lo vas a presentar fuera de España

  • Si el país de destino acepta verificación por CSV.
  • Si exige legalización consular o el trámite equivalente que pida su autoridad.
  • Si la notaría, banco u organismo extranjero quiere original, copia o traducción jurada.

Qué hacer si la solicitud se retrasa, falta un dato o no puedes descargarlo

  • Si has presentado la solicitud y no ves movimiento, comprueba el estado con el número de solicitud en la sede del Ministerio de Justicia.
  • Si falta un dato o la documentación está incompleta, atiende el requerimiento de subsanación cuanto antes; el artículo 68 de la Ley 39/2015 regula ese trámite y da a la Administración la base para pedirte que corrijas defectos.
  • Si no puedes descargarlo porque ha pasado el plazo, revisa si sigue accesible desde la consulta o si tienes que volver a solicitar información al órgano tramitador.
  • Si el pago de la tasa 006 no se ha vinculado bien, comprueba el justificante de la Agencia Tributaria y vuelve a revisar los datos del formulario 790.
  • Si el fallecimiento fue antes del 3 de abril de 2009 o la inscripción no encaja con los requisitos del trámite, tendrás que valorar otra vía documental.
  • Si la consulta no carga o el archivo no abre, prueba con otro navegador y verifica que el CSV se introduce sin espacios ni errores.
  • Si no encuentras solución, contacta con el Ministerio de Justicia o acude a un registro para que revisen la incidencia antes de que venza el plazo de descarga.

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

1. ¿Cómo se entrega el certificado de últimas voluntades?

Se recibe por correo postal en el domicilio que indiques en la solicitud, normalmente dentro de España. Si lo pides con certificado digital en la Sede del Ministerio de Justicia, también puedes descargártelo en formato electrónico cuando esté disponible. El plazo habitual suele ser de 10 a 15 días hábiles desde que se registra la petición.

Fuentes

  1. GaronabogadosCertificado de últimas voluntades: qué es y cómo solicitarlo onlineconsultado el 27/07/2026
  2. MjusticiaCertificado de Actos de Última Voluntad – Ministerio de Justiciaconsultado el 27/07/2026
  3. GeneraliCertificado de últimas voluntades: Qué es y cómo se solicita – Generaliconsultado el 27/07/2026
  4. Hereda-yaCertificado de últimas voluntades: qué es, cómo pedirlo online y …consultado el 27/07/2026
  5. InfobaeQué pasa si no me llega el certificado de últimas voluntades – Infobaeconsultado el 27/07/2026