Qué es el seguro de responsabilidad civil profesional del ICAM y a quién cubre
El ICAM ofrece a sus colegiados un seguro de Responsabilidad Civil Profesional pensado para responder cuando un error, una omisión o una negligencia en el ejercicio de la abogacía acaba en reclamación. La póliza está contratada con CASER y se articula a través de AON, que actúa como correduría. Es una cobertura voluntaria: la contrata quien quiere reforzar su protección profesional en España, no algo automático por estar colegiado.
En la práctica, este seguro protege al abogado colegiado del ICAM frente al coste económico que puede dejar un asunto mal tramitado, una notificación perdida o un criterio profesional discutible que termine en daño para un tercero. También sirve como respaldo para el propio despacho, porque no solo entra en juego la indemnización: la póliza incorpora defensa y fianzas en los términos que verás más abajo. El foco está en la responsabilidad personal del colegiado asegurado, ejerza en Madrid capital, en otra provincia o desde cualquier punto de España.
La foto rápida es esta: 330.000 € de base, 2.900 € de franquicia y opción de subir el techo si el colegiado lo pide por el canal de AON.
Lo mejor
- Cubre reclamaciones por errores profesionales en la abogacía, incluidas defensas y costas
- Incluye defensa jurídica y gestión de siniestros, clave ante una reclamación disciplinada
- Permite trabajar con respaldo del colegio sin negociar pólizas externas cada año
- Suele adaptarse a la colegiación ejerciente, con cuotas más asumibles que un seguro privado
- Aporta tranquilidad frente a daños a clientes por negligencias documentales o plazos
Lo peor
- No cubre sanciones del ICAM ni multas administrativas por mala praxis
- Las franquicias o límites pueden quedarse cortos en asuntos de alta cuantía
- Excluye actos dolosos, fraude y asuntos fuera del ejercicio profesional asegurado
- Contratar tarde deja huecos de cobertura para reclamaciones anteriores
- Confundir póliza colegial y cobertura personal provoca sorpresas con sociedades o despachos
Cobertura base: suma asegurada, franquicia y garantías incluidas
| Concepto | Qué fija la póliza base | Qué significa en la práctica |
|---|---|---|
| Límite de cobertura | 330.000 € | Es el máximo que responde la póliza base por siniestro o reclamación, según el condicionado. |
| Franquicia | 2.900 € | Es la parte inicial que queda a cargo del asegurado antes de que entre el seguro; es la franquicia de la póliza. |
| Defensa personal | Incluida | Cubre la defensa del asegurado en procedimientos civiles, penales, arbitrales o de cualquier otro orden. |
| Fianzas judiciales | Incluidas | Prevé la prestación y/o constitución de fianzas judiciales cuando proceda. |
La clave es no confundir el límite con la franquicia. El primero es el techo económico que asume la aseguradora; la segunda es el tramo inicial que, en la póliza base, sale del bolsillo del asegurado. En un despacho pequeño de Madrid o de cualquier otra ciudad española, esta diferencia importa mucho porque cambia el impacto real de una reclamación.
La cobertura base del ICAM resulta útil cuando se busca una protección razonable sin complicarse con ampliaciones desde el primer día. Aun así, quien trabaja con asuntos de mayor riesgo, gestiones de cuantía elevada o una cartera de clientes más sensible suele mirar la posibilidad de subir el capital asegurado.
Cómo ampliar la suma asegurada y eliminar la franquicia
AON explica que se puede incrementar la suma asegurada y eliminar la franquicia existente mediante el formulario o boletín específico de ampliación que gestiona la correduría. La solicitud de ampliación es el documento práctico que te pedirán para dejar constancia de la opción elegida.
- Revisa qué cobertura quieres contratar: base o una ampliación concreta, y decide también si te interesa mantener o eliminar la franquicia.
- Completa el boletín de AON con tus datos colegiales y bancarios, tal como figuran en el ICAM, para evitar devoluciones o errores de cargo.
- Envía la solicitud dentro del periodo de contratación o renovación que marque la campaña vigente; si lo haces fuera de plazo, tendrás que esperar al siguiente ciclo que te habiliten.
- Espera la confirmación de alta de la opción elegida y comprueba que el recibo o la documentación reflejan la suma asegurada correcta.
- Si ya tienes una ampliación voluntaria contratada, no vuelvas a rellenar el formulario en cada renovación: la póliza se renueva sola salvo que quieras cambiar de opción.
500.000 € en exceso de 330.000 €
Esta alternativa añade 500.000 € al límite base de 330.000 €, así que la suma asegurada total pasa a 830.000 €. Es una subida moderada para quien quiere más margen sin saltar a cifras muy altas de golpe. Si la contratación elegida incluye la eliminación de la franquicia, el tramo inicial de 2.900 € deja de aplicarse en esa ampliación.
700.000 € en exceso de 330.000 €
Aquí el exceso contratado es de 700.000 €, de modo que la cobertura total llega a 1.030.000 €. Es una opción intermedia muy útil para despachos con algo más de exposición al riesgo, porque dobla con holgura el nivel base sin llegar a los importes más altos del catálogo. También puede ir acompañada de la eliminación de la franquicia si así figura en la contratación.
1.700.000 € en exceso de 330.000 €
Con esta modalidad, el seguro suma 1.700.000 € sobre la base de 330.000 €, y el techo total se sitúa en 2.030.000 €. Ya no hablamos de una mejora pequeña, sino de una cobertura pensada para escenarios de mayor cuantía o para colegiados que trabajan con asuntos especialmente delicados. Si la póliza elegida lo recoge, la franquicia también desaparece.
2.700.000 € en exceso de 330.000 €
Esta opción lleva la suma total asegurada a 3.030.000 €. El salto es importante y está orientado a quien busca un colchón amplio frente a reclamaciones serias o a un volumen de trabajo con más riesgo económico. Conviene mirar bien el boletín porque, en este tramo, la decisión no se toma solo por precio: se toma por exposición profesional real.
4.700.000 € en exceso de 330.000 €
Es la cobertura más alta de las publicadas: 4.700.000 € adicionales sobre la base, lo que deja una suma total de 5.030.000 €. Es la opción para quien quiere el máximo margen disponible en la póliza del ICAM. Si la modalidad contratada incorpora la supresión de la franquicia, el asegurado no asume ese primer tramo de 2.900 € en la parte cubierta por la ampliación.
En estas ampliaciones, lo que cambia no es el tipo de riesgo cubierto, sino el techo económico y, si así se contrata, la franquicia que soporta el colegiado al inicio del siniestro.
Cuánto cuesta la póliza base y las ampliaciones voluntarias
| Concepto | Lo que aparece en la información consultada | Cómo leerlo |
|---|---|---|
| Póliza base | Cobertura base de 330.000 € y franquicia de 2.900 € | En la página consultada no figura una prima base separada |
| Ampliaciones voluntarias | Varios importes publicados | La web mezcla dos series de importes y no asigna cada cifra a una opción cerrada |
En la información pública consultada, AON muestra importes para las ampliaciones, pero la página mezcla dos series y no deja claro a qué opción exacta corresponde cada cifra. Por prudencia, conviene leerlos como precios publicados, no como una tarifa cerrada por modalidad. La ficha accesible explica bien las coberturas, pero no desglosa en ese texto un precio base distinto para la póliza base.
Importes publicados por AON y cómo interpretarlos
| Importe publicado | Lectura prudente |
|---|---|
| 453,05 € | Prima publicada para una de las modalidades, sin atribución cerrada en el texto consultado |
| 547,06 € | Misma cautela: aparece como importe publicado, pero no como opción claramente identificada |
| 583,30 € | Importe visible en la página, a revisar con el boletín antes de pagar |
| 653,67 € | Precio publicado sin correspondencia cerrada en la información facilitada |
| 704,33 € | Cantidad publicada que exige comprobar la modalidad exacta |
| 774,96 € | Otra cifra de la serie visible, sin asignación en el texto aportado |
| 789,31 € | Importe publicado que no conviene interpretar aislado |
| 853,18 € | Cantidad que aparece en la misma relación de precios |
| 935,77 € | Precio publicado en la web, pendiente de casar con la opción concreta |
| 1.030,22 € | La cifra más alta visible en la serie aportada |
Ejemplo de coste total según la opción elegida
Imagina una abogada colegiada en Sevilla que valora ampliar su cobertura. Si compara dos importes publicados por AON, 453,05 € y 1.030,22 €, la diferencia entre uno y otro es de 577,17 €. Ese salto ayuda a entender que el precio de la ampliación no es un detalle menor: puede moverse bastante según la modalidad visible en el boletín, así que no conviene firmar sin revisar la opción exacta.
Cómo contratarla o revisar tu póliza
La vía práctica pasa por el boletín de ampliación, que es el canal con el que AON tramita altas, cambios y renovaciones de la ampliación. Si ya tienes una ampliación activa, normalmente no hace falta repetir la solicitud; basta con revisar si sigues en la misma opción o si quieres cambiarla.
Qué necesitas antes de enviar el boletín de AON
- Tu número de colegiado/a del ICAM y los datos personales tal y como aparecen en el Colegio.
- La cuenta bancaria donde quieres que se cargue el recibo, para evitar devoluciones.
- La opción que vas a pedir: póliza base, una ampliación concreta o una ampliación con eliminación de franquicia.
- Comprobar si ya tienes una ampliación contratada, para no duplicar trámites ni cargos.
- Un correo y un teléfono de contacto actualizados por si AON o el ICAM necesitan revisar algún dato.
Cómo cambiar de opción sin rehacer toda la solicitud
- Comprueba tu cobertura actual en el último recibo, en la documentación de la póliza o en la confirmación que te haya llegado.
- Si quieres mantener la misma opción, no envíes otra solicitud: la ampliación ya contratada se renueva sin volver a empezar desde cero.
- Si quieres cambiar de cobertura, rellena de nuevo el boletín de AON con la nueva modalidad y deja claro qué quieres modificar.
- Remite el cambio dentro del periodo de contratación o renovación que marque la campaña vigente para que entre sin incidencias.
- Guarda el justificante de envío y revisa el siguiente recibo; si algo no cuadra, la incidencia se detecta mejor con ese papel delante.
Qué cambia desde el 1 de enero de 2026 y cómo afecta al recibo
- A partir del 1 de enero de 2026, el ICAM hará la emisión separada de dos recibos en la cuenta bancaria de los colegiados/as: uno de cuota colegial y otro de la póliza de Seguro de Responsabilidad Civil Profesional, según ha comunicado el propio Colegio en esta novedad sobre la emisión de recibos.
- El cobro de la póliza de responsabilidad civil profesional pasará a hacerse con periodicidad semestral.
- La cobertura del seguro no cambia: el ajuste es administrativo y de cobro, no de garantías.
- Si revisas tu extracto bancario desde esa fecha, verás dos cargos diferenciados y no un único recibo mezclado.
Dónde pedir ayuda al colegiado y resolver incidencias
- Si tienes dudas sobre coberturas, cobros, renovación o contratación, el Servicio de Atención al Colegiado/a del ICAM es el canal que el propio Colegio señala para resolverlas.
- Si el problema está en el boletín, en la opción elegida o en la emisión de la ampliación, conviene tener delante el último recibo, el justificante de envío y tu número de colegiado/a.
- Para una incidencia rápida, revisa también si la ampliación ya estaba activa antes de volver a remitirla; muchos errores vienen de duplicar trámites cuando la póliza ya se había renovado.
- Si cambiaste de opción y no aparece en el siguiente cargo, explica la fecha de envío y la modalidad solicitada para que puedan localizar el expediente sin rodeos.
Fuentes
- IcamSeguro de vida – ICAM – Ilustre Colegio de la Abogacía de Madridconsultado el 04/08/2026
- AonInicio – ICAM – Aonconsultado el 04/08/2026
