Qué es la actualización de la renta y qué cambió con la Ley 12/2023
La actualización de la renta de la vivienda en España no es libre: depende de la fecha del contrato y del índice que toque aplicar. Desde la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, en especial su disposición adicional undécima, los contratos de arrendamiento de vivienda firmados después del 26 de mayo de 2023 ya no se revisan con IPC, sino con un índice específico de referencia.
La lógica es clara: mantener la revisión anual, pero con un freno para evitar subidas bruscas. Para comprobar el importe máximo, el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ofrece una calculadora oficial y el INE publica el IRAV, que es el dato que manda en los contratos nuevos. La propia disposición adicional undécima obligó al INE a definirlo antes del 31 de diciembre de 2024.
La fecha de firma decide el índice; la cláusula del contrato decide si hay actualización; la ley pone el tope.
Qué cambia desde el 26 de mayo de 2023
El punto de corte legal es la firma del contrato. Si el arrendamiento de vivienda se firmó con posterioridad al 26 de mayo de 2023, la actualización anual se calcula con el IRAV. Si es anterior, la referencia sigue siendo la que se pactó en el contrato y, en la práctica, suele ser IPC cuando así aparece en la cláusula.
Esto importa porque no hay un cambio automático para los contratos viejos: no se reescriben solos por haber entrado en vigor la nueva ley. Lo que manda es lo firmado y, después, el marco legal que corresponda a ese contrato en España.
Qué contratos se actualizan con IPC y cuáles con IRAV según la fecha de firma
| Fecha de firma del contrato | Índice de actualización | Qué pasa en la práctica | Observación |
|---|---|---|---|
| Hasta el 26 de mayo de 2023 | IPC, si así lo prevé la cláusula | Se aplica la referencia pactada para la revisión anual | No hay subida automática si el contrato no la contempla |
| Desde el 27 de mayo de 2023 | IRAV | La renta se actualiza con el índice de referencia específico para arrendamientos de vivienda | El arrendador no puede sustituirlo por IPC porque le resulte más cómodo |
En los contratos anteriores a esa fecha, la subida no nace de una decisión libre del propietario, sino de lo que se pactó y de lo que permita la Ley 29/1994, de Arrendamientos Urbanos. En los posteriores, el contrato se mueve dentro del marco del IRAV y de la contención de precios fijada por la ley.
Cómo se calcula la subida máxima del alquiler: IPC, IPC subyacente e IRAV
La subida máxima no se calcula con un porcentaje arbitrario. Se toma el dato oficial que corresponda al contrato y se aplica sobre la renta vigente. Si la renta es de 900 €/mes y el índice aplicable es del 2,44%, la subida máxima es de 21,96 € al mes: 900 x 0,0244 = 21,96. La nueva renta quedaría en 921,96 €/mes.
Si el contrato fuera anterior al 26 de mayo de 2023 y la cláusula remitiese a IPC, la misma renta de 900 €/mes con una variación interanual del 3,2% daría una subida de 28,80 €/mes. Ese es el motivo por el que no conviene mezclar indicadores: el IPC puede aparecer en la calculadora del MIVAU para una fecha concreta y el IRAV del INE ser otro distinto, con un efecto diferente sobre la renta.
La fórmula del IRAV según el INE
El INE define el IRAV como el valor mínimo entre cuatro referencias: la tasa de variación anual del IPC, la tasa de variación anual del IPC subyacente y las tasas de variación anual media ajustada del IPC y del IPC subyacente. Dicho en sencillo: no se toma el dato más alto, sino el más prudente de todos.
Eso hace que el índice funcione como un freno para la actualización de la renta en España. Si el IPC sube con fuerza, el IRAV no tiene por qué seguirle el ritmo. Y si el contrato es posterior al 26 de mayo de 2023, ese es el dato que cuenta para la revisión anual.
El IRAV no premia la subida más alta: busca contenerla con una referencia oficial y más conservadora.
Qué dice el artículo 18 de la LAU sobre la actualización anual
El artículo 18 de la Ley 29/1994, de Arrendamientos Urbanos fija la regla básica: durante la vigencia del contrato, la renta solo puede actualizarse en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia y en los términos pactados por las partes. Si no hay pacto expreso, no procede actualización.
Además, el artículo 18.2 añade que la renta actualizada solo será exigible desde el mes siguiente a aquel en que la parte interesada notifique por escrito a la otra parte el importe actualizado. Esto evita cambios sorpresa en el recibo y obliga a comunicar la revisión de forma clara.
La reforma de 2023 encaja esa regla general con una idea de contención de precios en los arrendamientos de vivienda: el contrato puede prever la revisión, pero el índice aplicable y el momento de exigibilidad no quedan al libre criterio del arrendador.
Qué parte puede pactarse y qué parte queda limitada por la ley
- Las partes pueden pactar si habrá actualización anual y cómo se comunicará.
- La subida solo puede aplicarse cuando se cumpla cada año de vigencia del contrato.
- Si no hay pacto expreso, no hay actualización de la renta.
- En los contratos firmados después del 26 de mayo de 2023, el índice no se elige libremente: entra el IRAV.
- La notificación debe ser escrita; no basta con cargar más dinero en el recibo sin avisar.
Dónde consultar el IRAV oficial y la calculadora del MIVAU
- Entra en la sede electrónica del INE y busca la publicación del IRAV del mes que corresponda a tu revisión. El dato se publica con periodicidad mensual y es el que debes usar si tu contrato es posterior al 26 de mayo de 2023.
- Comprueba el valor oficial del índice del mes de referencia y verifica que no estás mirando otro indicador, como el IPC. En junio de 2026, el INE publica un IRAV de 2,44; no lo confundas con el IPC interanual que aparece en otras herramientas.
- Abre la calculadora oficial del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana y mete la renta actual, la fecha de revisión y la fecha de firma del contrato. La herramienta te da el incremento máximo con transparencia.
- Contrasta el resultado con lo que te ha comunicado el arrendador. Si la cifra no coincide, guarda captura del cálculo y del dato oficial antes de pagar el siguiente recibo.
- Repite la consulta en cada aniversario del contrato, no antes. La actualización anual se mira cuando toca, no meses por adelantado.
Qué hacer si la subida no cuadra con el contrato o supera el límite
- Revisa el contrato y la carta de subida el mismo día en que la recibas: fecha de firma, cláusula de actualización, índice pactado y mes en que cumple un año.
- Comprueba el dato oficial en el INE y calcula el máximo con la calculadora del MIVAU antes de pagar el siguiente recibo. Si el contrato es posterior al 26 de mayo de 2023, no te sirve un IPC más alto para justificar la subida.
- Si no cuadra, pide rectificación por escrito al arrendador en los siguientes 7 días naturales. Hazlo con un mensaje que deje rastro, mejor burofax o correo electrónico con acuse, y adjunta tu cálculo.
- Si el arrendador mantiene la cifra, presenta una reclamación civil ante el Juzgado de Primera Instancia competente del lugar donde esté la vivienda. No dejes pasar varios recibos sin reaccionar.
- Si ya has pagado de más, conserva cada justificante para reclamar la devolución de lo cobrado indebidamente y para acreditar desde qué mes se aplicó la subida errónea.
Documentos que conviene reunir antes de reclamar
- Contrato de arrendamiento y, si existe, el anexo donde figure la cláusula de actualización.
- Carta, email o mensaje en el que el arrendador comunica la subida.
- Últimos recibos pagados y justificantes de transferencia o domiciliación.
- Captura o impresión del dato oficial del INE y del cálculo hecho con la herramienta del MIVAU.
- Cualquier respuesta del arrendador en la que reconozca el índice aplicado o el importe reclamado.
Fuentes
- AbogadosparatodosCómo se actualiza la renta en el alquiler de viviendaconsultado el 02/08/2026
- IdealistaEl índice de referencia del alquiler: guía completa — idealista/newsconsultado el 02/08/2026
- LexwayIRAV julio 2026: 2,48% · Cuánto sube el alquiler (INE)consultado el 02/08/2026
- Sindicatdellogateres[GUÍA] Quieren “actualizar” el precio del alquiler con la excusa del …consultado el 02/08/2026
- AmpervillasCómo funciona la subida del alquiler al renovar un contratoconsultado el 02/08/2026
