Qué se actualiza realmente: NIE, TIE o tarjeta caducada
Si lo que quieres es actualizar el NIE en España, casi nunca cambias el número: lo normal es renovar la TIE o pedir un duplicado o un certificado según tu caso. El NIE como identificador no caduca; lo que vence es la tarjeta o el documento que lo acredita.
En la práctica, la Policía Nacional concentra buena parte de estos trámites de extranjería, incluida la solicitud de Tarjeta de Identidad de Extranjero, renovación de autorización de residencia y solicitud de tarjeta de residencia. Si tu situación no es la de una tarjeta, sino la de obtener o certificar el número, el formulario oficial es el EX-15 del Ministerio de Inclusión.
Cuándo sí hace falta renovar o actualizar
Solo hay movimiento real del expediente cuando cambia la tarjeta, la autorización o el soporte documental: por caducidad, por pérdida, por deterioro, por cambio de datos o porque necesitas acreditar otra situación administrativa en España. Si el número sigue siendo el mismo, no estás renovando el NIE; estás actualizando la documentación que lo acompaña.
NIE
El NIE es el número de identificación de extranjero. No se expide para usar y tirar ni se sustituye por otro distinto cada vez que haces un trámite. Se mantiene durante toda tu estancia o relación administrativa con España.
TIE
La TIE es la tarjeta física, el plástico que lleva tu NIE y tus datos. Esa sí tiene fecha de caducidad, igual que muchas autorizaciones de residencia y trabajo. Si vence la tarjeta, lo que haces es renovar o sustituir la TIE, no el número.
Tarjeta caducada, perdida o deteriorada
Si la tarjeta está caducada, rota, borrada o desaparecida, el trámite correcto es pedir una nueva TIE o el documento que corresponda a tu situación. Si lo que buscas es un certificado de NIE o la primera asignación de número, el camino habitual es el EX-15; si lo que necesitas es huella y tarjeta, suele entrar en juego el EX-17.
El NIE identifica; la TIE documenta. Si cambia el soporte, el número sigue siendo el mismo.
Requisitos y documentación para pedir la renovación
La base jurídica está en el artículo 4 de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, y en el Real Decreto 557/2011, que aprueba el Reglamento de Extranjería. A partir de ahí, cada oficina provincial afina qué papeles pide de verdad.
| Documento | Cuándo suele pedirse | Qué conviene revisar |
|---|---|---|
| EX-15 | Si pides asignación o certificado de NIE | Que esté cumplimentado y firmado |
| EX-17 | Si renuevas o duplicas la TIE | Que el trámite sea de tarjeta, no de simple certificado |
| Pasaporte vigente | Casi siempre | Original y copia completa, sin páginas sueltas |
| Fotografía reciente | Habitual en TIE | Tamaño carné, fondo claro y sin retoques |
| Tarjeta caducada, pérdida o denuncia | Si renuevas soporte o pides duplicado | Lleva la tarjeta anterior o la denuncia |
| Empadronamiento | Según oficina y provincia | Útil si ha cambiado tu domicilio |
| Justificante del motivo | Siempre que la renovación dependa del caso | Contrato, matrícula, resolución, vínculo familiar o denuncia |
| Tasa modelo 790, código 012 | En la TIE y en varios duplicados | Debe estar pagada antes de presentar |
| Tarjeta de la Seguridad Social | Si eres trabajador | Suele pedirse junto con el resto de documentos |
Qué papeles suelen pedir en cualquier oficina
- Pasaporte en vigor y copia de las páginas identificativas.
- Formulario correcto: EX-15 si vas a por NIE o certificado; EX-17 si lo que tocas es la TIE.
- Tasa modelo 790, código 012, ya pagada y con justificante.
- Fotografía reciente, si el trámite es de tarjeta.
- Documento que explique el motivo: trabajo, estudios, residencia, pérdida o deterioro.
- Si eres trabajador, la tarjeta de la Seguridad Social y, cuando te la pidan, contrato o alta.
- Si hay pérdida o robo, denuncia y copia de lo que todavía conserves.
- Si renuevas por estudios o residencia, matrícula, resolución o autorización vigente, según el caso.
Dónde se tramita en España: Oficina de Extranjería, Comisaría y sede electrónica
- Oficina de Extranjería: aquí entran muchos expedientes de residencia, renovaciones y subsanaciones. Si vives en Madrid, Barcelona, Valencia, Málaga o cualquier otra provincia, la competencia suele estar en la oficina provincial que te corresponda.
- Comisaría de Policía Nacional: allí se tramitan huellas, expedición de TIE y otros trámites de extranjería que canaliza la Policía Nacional.
- Sede electrónica: cuando el procedimiento lo permite, puedes presentar la solicitud de forma telemática con certificado digital o DNIe.
- Registro o correo certificado: es la vía alternativa cuando la oficina competente admite presentación por registro o por envío certificado dirigido a esa oficina.
Cómo pedir cita previa y qué valor tiene el resguardo
La cita previa se pide en el sistema oficial que corresponda al trámite y a tu provincia. Antes de confirmarla, revisa tres cosas: que has elegido el procedimiento correcto, que la oficina es la competente y que tu NIE o pasaporte figuran sin errores.
- Entra en el sistema de cita de Extranjería o de la Policía Nacional para tu provincia.
- Selecciona el trámite exacto: TIE, huellas, certificado de NIE u otro similar.
- Comprueba fecha, oficina, nombre, NIE o pasaporte antes de guardar la reserva.
- Conserva el justificante o resguardo de la cita, porque puede servir para acreditar que la gestión está reservada, aunque no sustituye la tarjeta ni el permiso.
Pasos del trámite presencial, online y por registro
Hay tres vías reales en España: presencial, online y por registro o correo certificado. Elige la que encaje con tu trámite y con la oficina de tu provincia, porque no todas admiten lo mismo.
Presencial en Oficina de Extranjería o Comisaría
- Pide cita previa en la oficina que corresponda a tu provincia y al trámite concreto.
- Reúne originales y copias de toda la documentación, incluida la tasa pagada.
- Acude a la Oficina de Extranjería o a la Comisaría de Policía Nacional el día señalado.
- Presenta la documentación, te verificarán los datos y, si toca TIE, te tomarán las huellas o te citarán para ello.
Online con certificado digital o DNIe
- Accede a la sede electrónica o a la plataforma habilitada, normalmente con certificado digital o DNIe.
- Rellena el formulario que corresponda, EX-15 o EX-17 según tu caso.
- Adjunta los documentos escaneados en el formato que te admita la aplicación.
- Firma digitalmente y guarda el justificante de presentación con número de registro.
Por correo certificado o por registro
- Prepara la solicitud, las copias y el justificante de la tasa antes de salir de casa.
- Presenta la documentación en el registro competente o envíala por correo certificado a la Oficina de Extranjería que te corresponda.
- Conserva el resguardo de registro o el localizador de Correos, porque es tu prueba de presentación.
- Revisa los datos de contacto por si la Administración te pide una subsanación después.
Plazos para renovarlo y tasas: cuándo pedirlo y cuánto cuesta
En España puedes adelantarte 60 días antes del vencimiento y, si te has despistado, todavía tienes 90 días después de la caducidad para mover el expediente. La tasa habitual para la TIE se articula con el modelo 790, código 012, y la cuantía más frecuente es de 16,08 €.
| Momento | Qué puedes hacer | Qué conviene llevar |
|---|---|---|
| 60 días antes del vencimiento | Presentar la renovación sin esperar al último momento | Cita, formulario, tasa y documentos |
| Día de caducidad | Aún estás a tiempo de iniciar o registrar la solicitud | No dejes la tasa para después |
| Hasta 90 días después | Puedes seguir presentando la renovación | Justifica el retraso si te lo preguntan |
| Pago de la tasa | Se hace con el modelo 790, código 012 | Guarda el justificante bancario |
| Abono | Bancos, cajas de ahorro o cooperativas de crédito | Lleva el impreso correctamente cumplimentado |
Ejemplo de plazo y coste
Lucía vive en Sevilla y su TIE caduca el 30 de junio. Puede empezar la renovación desde el 1 de mayo y seguir dentro de plazo hasta finales de septiembre. Si la tasa que le genera el modelo 790, código 012, es de 16,08 €, ese es el importe que tendrá que pagar y justificar. Si deja pasar octubre, ya entra en una zona de riesgo que complica el expediente.
Supuestos especiales y errores frecuentes al renovar
- Menores de edad: la solicitud la presentan los padres o tutores legales, y algunas oficinas piden libro de familia, resolución de tutela o autorización del otro progenitor.
- Trabajadores: suele entrar la tarjeta de la Seguridad Social, y a veces contrato, alta o vida laboral para acreditar la relación laboral.
- Familiares de ciudadano de la UE: importa mucho el vínculo familiar y la documentación que pruebe la residencia del ciudadano europeo en España.
- Residencia de larga duración: cuando ya has alcanzado los 5 años de residencia legal y continuada, la renovación se mueve en ese régimen, no como si fuera un NIE nuevo.
- Errores de trámite: formulario equivocado, pasaporte caducado, cita perdida, tasa sin pagar o documentación incompleta.
Menores y tutores legales
En el caso de menores, quien firma y presenta es quien ejerce la patria potestad o tutela. En la práctica, la oficina suele pedir el pasaporte del menor, la identificación del adulto, foto reciente y la prueba de esa representación legal. Si solo comparece uno de los progenitores, puede hacer falta autorización del otro o un documento que acredite la guarda.
Trabajadores, familiares UE y residencia de larga duración
Si renuevas por trabajo, la oficina mira sobre todo que sigas vinculado al empleo o a la actividad por la que te documentaron: contrato, alta o tarjeta de la Seguridad Social. Si eres familiar de ciudadano de la UE, el foco está en el vínculo familiar y en la situación del ciudadano europeo en España, no en el simple plástico. Y si tienes residencia de larga duración, el hito de los 5 años pesa más que una renovación ordinaria: lo que se actualiza es la tarjeta que acredita ese derecho ya consolidado.
Falta de cita, caducidad o subsanación
Si el sistema no te da cita, prueba con el trámite correcto, la provincia competente o la vía online si la admiten. Si la tarjeta ya ha caducado, no te paralices: presenta igual dentro del margen de 90 días. Y si la Administración te pide subsanar, corrige lo que falte cuanto antes y conserva el justificante; en España, dejar pasar el requerimiento solo alarga el problema y puede hacerte perder una renovación sencilla.
Fuentes
- ExtranjeriaclaraRenovar NIE TIE España 2025: Requisitos y Pasos | Extranjería Claraconsultado el 02/08/2026
- InclusionHoja 13 – Renovación de la autorización de residencia temporal y …consultado el 02/08/2026
- AdministracionespublicasCita previa de extranjería – Administraciones Públicasconsultado el 02/08/2026
- ImmigrationspainCómo Renovar tu NIE o Tarjeta de Residencia en Españaconsultado el 02/08/2026
- AguadoabogadosDocumentación para renovar NIE: guía paso a paso 2025consultado el 02/08/2026
