Pagas extras

Complementos extrasalariales en España: qué son, cuáles existen y cómo se aplican

agosto 8, 2026 EspanaLegal 10 min read
Complementos extrasalariales en España: qué son, cuáles existen y cómo se aplican

Qué son los complementos extrasalariales y en qué se diferencian del salario

Los complementos extrasalariales son cantidades que la empresa paga para compensar gastos, suplidos o perjuicios ligados al trabajo, pero no para pagar el trabajo en sí. En España, esa diferencia importa porque cambia la nómina, la cotización y, en muchos casos, el tratamiento en IRPF.

La frontera con el salario es sencilla de explicar y muy fácil de discutir en pleito. El salario remunera la prestación laboral; el complemento salarial añade algo a ese salario base por antigüedad, nocturnidad, turnos, objetivos o resultados; la percepción extrasalarial cubre un coste externo al trabajo, como comer fuera, dormir en un hotel, usar el coche propio para un desplazamiento o reponer una herramienta.

La etiqueta que use la empresa no manda por sí sola. Si una partida se paga todos los meses, sin gasto real detrás y sin justificar su causa, puede acabar tratándose como salario aunque en la nómina figure como dieta o plus de desplazamiento. Por eso, en España, la prueba documental pesa mucho: tickets, facturas, partes de viaje, cuadrantes y política interna de gastos.

Qué dice el Estatuto de los Trabajadores y quién debe probarlo

El punto de partida está en el artículo 26 del Estatuto de los Trabajadores, que separa salario y percepciones no salariales. La regla práctica es clara: lo que recibe el trabajador se presume salario, salvo que la empresa demuestre que encaja en una exclusión legal.

Precepto Qué ordena Efecto práctico Quién debe probarlo
Art. 26.1 ET Excluye del salario los suplidos por gastos laborales, las prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social y las indemnizaciones por traslados, suspensiones o despidos Si compensa un gasto o un daño, no es salario La empresa, si quiere sacarlo de la retribución salarial
Art. 26.2 ET Encaja las percepciones no salariales dentro de los conceptos que no retribuyen el trabajo Quedan fuera del salario, pero necesitan causa real y prueba La empresa debe acreditar la causa compensatoria
Art. 26.3 ET Regula los complementos salariales Todo lo que complete el salario base por persona, puesto o resultados sigue siendo salario Quien discuta que no es salario deberá desmontar esa naturaleza

Art. 26.1, 26.2 y 26.3 del ET, uno por uno

  1. El art. 26.1 del ET excluye del salario los suplidos por gastos laborales, las prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social y las indemnizaciones por traslados, suspensiones o despidos. Dicho sin rodeos: si la empresa te repone un gasto o te compensa un daño ligado a una situación laboral concreta, no está pagando trabajo.
  2. El art. 26.2 del ET recoge las percepciones no salariales como categoría separada. Aquí entran las cantidades que no remuneran la prestación de servicios, sino que cubren un coste, una pérdida o un desembolso necesario para trabajar.
  3. El art. 26.3 del ET deja para los complementos salariales todo lo que complete el salario base por circunstancias personales del trabajador, por el trabajo realizado o por la situación y resultados de la empresa. Es salario, aunque se llame plus, incentivo o complemento.

Si la partida paga trabajo, es salario; si paga un gasto real del trabajo, puede ser extrasalarial.

Qué conceptos suelen tener naturaleza extrasalarial

  • Suplidos por gastos laborales.
  • Dietas de manutención y locomoción.
  • Indemnizaciones por traslados, suspensiones o despidos.
  • Quebranto de moneda.
  • Prendas de trabajo.
  • Desgaste de herramientas.
  • Pagos en especie ligados a la compensación de gastos.

Suplidos por gastos laborales

Son las cantidades que la empresa adelanta o devuelve porque el trabajador ha pagado algo necesario para hacer su trabajo. Hablamos, por ejemplo, de peajes, parking, billetes, pequeñas compras urgentes, tasas o alojamiento cuando el gasto lo provoca la actividad laboral y existe justificante.

La idea es simple: el empleado no gana más por adelantar el dinero; solo recupera lo que ha puesto de su bolsillo para cumplir una orden de trabajo. Si no hay justificante ni conexión con el servicio, la partida pierde fuerza como extrasalarial.

Dietas de manutención y locomoción

Cubren comida, alojamiento y desplazamientos ligados al servicio. En España son el ejemplo más claro de percepción extrasalarial cuando hay viaje real y una necesidad profesional que lo justifica.

La dieta no debería funcionar como una paga fija disfrazada. Si la empresa abona una cantidad mensual idéntica, aunque no haya viajes, la inspección o un juzgado pueden ver salario donde la nómina decía otra cosa. La clave está en la relación con el desplazamiento concreto y en la trazabilidad del gasto.

Indemnizaciones por traslados, suspensiones o despidos

Estas cantidades no retribuyen el puesto ni el rendimiento; reparan una situación jurídica que afecta al trabajador. Un traslado forzoso puede generar compensaciones por mudanza o cambio de residencia; una suspensión puede comportar pagos vinculados al perjuicio; un despido puede llevar a indemnización legal o pactada.

No son una paga ordinaria del mes. Su sentido es resarcitorio, no salarial. Por eso hay que diferenciarlas bien de un bonus o de un plus que se cobra por trabajar con normalidad.

Quebranto de moneda

Es típico de cajeros, cobradores y otros puestos con manejo de efectivo. Compensa el riesgo de descuadres, faltas de caja o pequeñas pérdidas derivadas de trabajar con dinero físico. No paga el trabajo en sí, sino la exposición a ese riesgo concreto.

En banca y en sectores con caja, esta partida tiene un tratamiento muy sensible. Ojo con el detalle: desde el 15 de julio de 2012 se viene integrando en la base de cotización a la Seguridad Social, así que no siempre queda fuera del cálculo de cuotas.

Prendas de trabajo y desgaste de herramientas

Si la empresa entrega uniforme, ropa de seguridad, calzado o herramientas, la lógica es de dotación laboral. Cuando además paga una cantidad por su reposición, desgaste o deterioro, esa suma sigue siendo compensatoria si responde a un uso profesional real.

La diferencia está en el propósito. Una paga fija que no depende de reposición, desgaste ni entrega de material empieza a parecer salario. En cambio, una ayuda ligada a renovar botas, guantes o herramientas de mano puede seguir siendo extrasalarial si está bien documentada.

Pagos en especie vinculados a la compensación de gastos

Puede ocurrir que la empresa no reembolse el dinero al trabajador, sino que pague directamente el hotel, el tren o el avión. Si esa entrega en especie sustituye un gasto laboral real y acreditado, puede seguir teniendo naturaleza extrasalarial.

No pasa lo mismo si el trabajador recibe un beneficio personal o una ventaja que nada tiene que ver con compensar un gasto del trabajo. Ahí ya entramos en otra lógica retributiva, y la calificación puede cambiar por completo.

Cómo se reflejan en la nómina, los descansos y la base de cotización

En nómina, lo importante no es solo el nombre de la partida, sino su efecto. La Ley General de la Seguridad Social, en su art. 147, parte de la remuneración total para fijar la base de cotización y luego excluye lo que la norma no quiere integrar. Por eso, las percepciones no salariales van separadas y, salvo excepción, no entran en esa base.

Concepto Cómo aparece en la nómina ¿Cuenta para el descanso retribuido? ¿Entra en la base de cotización?
Salario base Como salario
Complemento salarial Como retribución salarial
Dieta justificada Como percepción extrasalarial o suplido No No, salvo que en realidad encubra salario
Kilometraje acreditado Como compensación de gasto No No, si responde a desplazamiento real y probado
Quebranto de moneda Como partida específica No como salario ordinario Sí, desde 15 de julio de 2012

La consecuencia práctica es clara: si una partida es extrasalarial de verdad, no debería inflar vacaciones, pagas extra, descansos retribuidos ni cotización ordinaria. Si la empresa la usa para maquillar salario, todo eso se recalcula.

Ejemplo con dietas y kilometraje en una nómina real

Ana trabaja como técnica comercial en Sevilla y cobra 1.500 € brutos al mes de salario fijo. En febrero hace dos desplazamientos: uno a Córdoba y otro a Málaga. La empresa le abona 180 € de hotel y manutención con factura, y 70 € de peajes y aparcamiento con justificantes. Además, le paga 120 € mensuales como 'plus desplazamiento', pero sin tickets ni partes de viaje.

En la nómina, los 250 € bien documentados se reflejan como percepción extrasalarial y quedan fuera del salario. Los 120 € sin respaldo real se parecen mucho más a salario encubierto y, si hay discusión, pueden integrarse en la base de cotización y en el cálculo del IRPF. Así, la base salarial no sería 1.500 € más 370 €, sino 1.620 € si se reclasifica el plus dudoso.

Qué pasa con el IRPF y cuándo se discuten en los tribunales

En IRPF, la referencia está en la Ley 35/2006, del IRPF, art. 17.1.d, y en el Reglamento del IRPF, art. 9. La idea de fondo es la misma: si la partida es salario, tributa como rendimiento del trabajo; si compensa un gasto real y encaja en la exclusión o exención aplicable, su tratamiento fiscal cambia.

Ventajas

  • Si la partida es realmente extrasalarial, no infla el salario y evita cotizar por importes que no son retribución.
  • La nómina queda más limpia: cada euro tiene su causa y el gasto profesional no se mezcla con el sueldo.
  • En empresas con movilidad por toda España —por ejemplo, comerciales en Madrid, Barcelona o Valencia— la gestión de viajes, hoteles y kilometraje resulta más ordenada.

Inconvenientes

  • Exige prueba: factura, ticket, parte de viaje, política de gastos y coherencia con el puesto.
  • Si se clasifica mal, la AEAT, la TGSS o el juzgado pueden recalificar la partida y exigir diferencias, recargos o regularizaciones.
  • Un plus fijo disfrazado de dieta suele terminar mal cuando se revisa con lupa.

Criterios judiciales para distinguir salario y percepción extrasalarial

  • La etiqueta de la nómina no decide sola. La STS de 1 de marzo de 1986 y la STS de 23 de mayo de 1991 ya priorizan la realidad del pago frente al nombre que le ponga la empresa.
  • Si la cantidad es fija, periódica y no depende de un gasto concreto, suele oler a salario. En esa línea se mueven la STSJ de Cataluña de 24 de marzo de 2005, la STS 514/2022, de 1 de junio de 2022, y la STS 756/2023, de 23 de octubre de 2023.
  • Si la empresa acredita la causa compensatoria con partes, tickets, facturas o liquidaciones de gastos, la partida conserva mejor su naturaleza extrasalarial. La SAN 24/2023, de 28 de febrero de 2023, insiste en esa prueba documental.
  • El contexto importa. No se valora igual un quebranto de moneda en una caja de banco que un plus genérico de disponibilidad en otra empresa.
  • Los tribunales miran el convenio colectivo, la práctica real del centro de trabajo y la regularidad del pago. Una cláusula aislada no basta si la realidad cuenta otra historia.

Qué hacer si la empresa lo paga o lo clasifica mal

  1. Revisa la nómina del mes, el contrato y el convenio aplicable en tu empresa o centro de trabajo. Pide a RR. HH. el desglose exacto de la partida y guarda tickets, correos y partes de viaje. Hazlo en el momento en que detectes el error, no al final del año.
  2. Reclama por escrito a la empresa, mejor con burofax o con un correo que deje rastro. Si lo que discutes son cantidades, el art. 59.1 del ET fija un plazo general de un año para reclamar diferencias salariales.
  3. Si no corrigen el error, presenta papeleta de conciliación ante el servicio autonómico correspondiente: SMAC en Madrid, CMAC en Cataluña, ORECLA en Cantabria o el servicio equivalente de tu comunidad. La Ley 36/2011, reguladora de la jurisdicción social exige, con carácter general, el intento previo de conciliación en sus arts. 63 y 64. Si lo discutido es un despido, la acción caduca a los 20 días hábiles del art. 103 LRJS.
  4. Si no hay acuerdo, presenta demanda ante el Juzgado de lo Social de tu provincia. Lleva la nómina, el convenio, la reclamación previa, la papeleta de conciliación y toda la prueba del gasto. En Valencia, Sevilla, Zaragoza o cualquier otra provincia, el juez mirará si la partida compensaba un coste real o si era salario encubierto.
  5. Si el conflicto afecta a cotización, revisa también con la Tesorería General de la Seguridad Social la regularización de cuotas. Si la partida debió cotizar y no lo hizo, el problema no acaba en la empresa: puede arrastrar diferencias de cotización y recargos.

Fuentes

  1. Ual[PDF] Estructura del salario: Especial atención a los complementos no …consultado el 29/07/2026
  2. OpengesComplementos salariales y extrasalariales | Qué son y diferenciasconsultado el 29/07/2026
  3. Bancosantander¿Qué son los complementos salariales? – Banco Santanderconsultado el 29/07/2026
  4. Factorial¿Qué tipos de complementos salariales ofrecen las empresas?consultado el 29/07/2026
  5. Personio≫ Complementos salariales: ¿qué son y qué tipos existen? – Personioconsultado el 29/07/2026