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¿Puedo pedir una excedencia estando de baja en España? Lo que debes saber

julio 27, 2026 EspanaLegal 10 min read
¿Puedo pedir una excedencia estando de baja en España? Lo que debes saber

Qué pasa si estás de baja médica y quieres pedir una excedencia

Puedes pedir una excedencia estando de baja médica en España, pero no conviene mezclarla con la incapacidad temporal como si fuera lo mismo. La baja médica suspende el contrato por IT, mientras que la excedencia es otra suspensión distinta, regulada en el artículo 45 del Estatuto de los Trabajadores.

En una empresa española, esto importa mucho porque cambia quién te paga, qué pasa con el puesto y desde qué fecha surte efecto la decisión. Si presentas la solicitud mientras sigues en IT, la empresa puede tramitar la excedencia, pero la prestación de incapacidad temporal puede verse afectada según el momento exacto y el criterio aplicado por la Seguridad Social o la mutua.

La idea clave es sencilla: la excedencia no es una baja médica ni la baja médica es una excedencia. Una cosa es no poder trabajar por razones de salud; otra, pedir un paréntesis laboral para dejar de prestar servicios sin extinguir todavía el vínculo.

Lo decisivo no es solo pedirla, sino fijar bien la fecha de efectos y saber si sigues cobrando la IT o si queda suspendida.

Excedencia voluntaria y baja voluntaria: no son lo mismo

La excedencia voluntaria suspende el contrato; la baja voluntaria lo extingue. Esa diferencia parece pequeña, pero en España cambia el acceso al finiquito, a la reserva de puesto y al paro, que en la dimisión se regulan en el artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores.

Pros_contras

  • Dimisión o baja voluntaria: a favor, te marchas cuando quieres y puedes cambiar de empresa; en contra, pierdes el puesto y no hay indemnización. Si te vas por tu cuenta desde una baja médica, no nace derecho a paro por esa salida.
  • Excedencia voluntaria: a favor, no rompes el vínculo laboral y puedes volver si hay vacante; en contra, no tienes salario, no hay reserva del puesto y el regreso queda condicionado.
  • Cambio de empresa estando de baja: a favor, puedes firmar un nuevo contrato en España si el nuevo empleo empieza cuando ya estés de alta; en contra, no puedes trabajar activamente mientras sigues en IT y debes cuidar la compatibilidad con tu recuperación.
  • Seguir de baja sin moverte: a favor, mantienes la protección de la IT mientras dure; en contra, no resuelve por sí sola tu salida de la empresa ni tu vuelta al trabajo.

Qué tipos de excedencia existen en el Estatuto de los Trabajadores

El Estatuto de los Trabajadores distingue varias excedencias, pero para una persona que está de baja médica la que suele encajar es la voluntaria. Las demás responden a causas tasadas y tienen efectos más favorables sobre el puesto o la antigüedad, como recoge el artículo 46 del Estatuto de los Trabajadores.

  • La forzosa se reserva para cargos o mandatos que obligan a apartarse del trabajo.
  • La voluntaria sirve para pausar la relación laboral por interés propio, sin extinguirla.
  • La de cuidado de hijos protege la conciliación familiar y da una reserva más fuerte del puesto.
  • La de cuidado de familiares cubre supuestos concretos de dependencia o enfermedad en la familia.

Excedencia forzosa

Se da cuando un cargo público, un mandato representativo o una responsabilidad sindical obligan a dejar el empleo. En ese caso hay reserva de puesto y cómputo de antigüedad, porque el trabajador no se marcha por voluntad propia sino por una obligación legal o representativa.

Si el origen es un cargo electivo sindical, el encaje está en el artículo 9.1 de la Ley Orgánica de Libertad Sindical, que protege el tiempo necesario para ejercer esa función.

Excedencia voluntaria

Es la opción habitual cuando el trabajador quiere apartarse de la empresa sin extinguir aún el contrato. Suele exigir al menos un año de antigüedad y permite pedirla por un plazo de entre 4 meses y 5 años. Aquí el punto delicado es que no existe reserva del mismo puesto; solo hay derecho preferente a reingresar si aparece una vacante adecuada.

En una empresa de Valencia, Bilbao o Madrid, esto significa que no puedes dar por hecho que volverás exactamente al mismo puesto ni en la misma fecha. La empresa solo tendrá que llamarte si hay hueco compatible con tu grupo profesional o categoría equivalente.

Excedencia por cuidado de hijos

Se puede pedir para atender a un hijo por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento. La duración puede llegar hasta 3 años desde el hecho causante, y durante el primer año hay reserva del mismo puesto; después, la reserva se limita a un puesto del mismo grupo profesional o categoría equivalente.

Además, la antigüedad sigue contando a efectos laborales. Esto la hace mucho más protectora que la voluntaria común, porque el objetivo aquí no es simplemente dejar la empresa, sino facilitar la conciliación en España.

Excedencia por cuidado de familiares

Sirve para atender a un familiar hasta segundo grado que no pueda valerse por sí mismo y no trabaje. La duración máxima es de 2 años, salvo mejora por convenio colectivo, y su lógica protectora se parece a la de cuidado de hijos: no es una salida libre del trabajo, sino una herramienta de conciliación y asistencia familiar.

También aquí hay protección del puesto durante el período legal y el tiempo computa a efectos de antigüedad en los términos del Estatuto. No es una simple pausa sin efectos.

Qué efectos tiene sobre el contrato, el salario, el finiquito y la prestación por IT

La consecuencia inmediata de la excedencia es la suspensión del contrato: no trabajas y la empresa deja de pagarte salario. En la incapacidad temporal, en cambio, el contrato ya estaba suspendido por enfermedad o accidente, y la prestación la gestiona el INSS o la mutua colaboradora, según el caso, dentro del marco del artículo 169 de la Ley General de la Seguridad Social.

Situación Contrato Salario Vacaciones y pagas extra Paro Indemnización
Excedencia voluntaria estando de baja Suspensión No hay salario mientras dura la excedencia Se liquida lo devengado hasta la fecha de efectos en el finiquito No hay paro por la propia excedencia No hay indemnización
Baja voluntaria estando de baja Extinción Se deja de cobrar salario, pero la IT puede seguir si ya estaba reconocida El finiquito incluye lo pendiente: salario, vacaciones y extras proporcionales No hay paro por una dimisión No hay indemnización
Cese empresarial estando de baja Extinción La IT puede seguir si procede Finiquito completo y, en su caso, indemnización Puede haber paro si hay situación legal de desempleo Sí, si la extinción lo justifica

Qué pasa con el paro y la indemnización

  • Si te vas por dimisión, el SEPE no te reconoce paro por esa salida, porque no hay situación legal de desempleo. Otra cosa es que después tengas otro cese involuntario en una empresa distinta.
  • Si pides excedencia voluntaria, tampoco hay paro por la propia excedencia ni indemnización por el simple hecho de solicitarla.
  • Si el contrato se extingue por una causa ajena a tu voluntad, ahí sí puede haber desempleo y, según el caso, indemnización.
  • La prestación de IT no la paga el SEPE: la gestiona la Seguridad Social o la mutua, y su continuidad depende de la situación concreta y de lo que ya estuviera reconocido.

La diferencia práctica es esta: la excedencia corta el salario y condiciona la vuelta; la dimisión corta el contrato, pero no siempre corta la prestación de IT ya reconocida.

Ejemplo práctico con fechas y cifras

Ana trabaja en Sevilla, lleva 4 años en la empresa y cobra 1.500 € brutos al mes. Está de baja por lumbalgia y decide pedir una excedencia voluntaria con 15 días de preaviso, para que empiece el 16 de abril.

La empresa le debe preparar el finiquito con lo pendiente hasta esa fecha:

  • 8 días de salario del mes: 1.500 € / 30 = 50 € al día; 8 días = 400 €.
  • 8 días de vacaciones no disfrutadas: 8 × 50 € = 400 €.
  • Parte proporcional de una paga extra ya devengada: 180 €.

Total bruto aproximado del finiquito: 980 €. No hay indemnización por la excedencia. Y si en vez de excedencia hubiese presentado una dimisión, el cálculo del finiquito sería parecido, pero seguiría sin haber indemnización ni paro por la salida voluntaria.

Cómo pedirla paso a paso en España

  1. Revisa tu convenio colectivo y confirma qué tipo de excedencia te encaja. Si es voluntaria, comprueba que llevas al menos un año de antigüedad y que no estás confundiendo la solicitud con una dimisión.
  2. Prepara un escrito para la empresa con tus datos, el tipo de excedencia, la fecha exacta de inicio y la fecha de fin o de reingreso prevista. Entrégalo a Recursos Humanos o por burofax si quieres dejar prueba sólida.
  3. Si estás de baja, añade copia del parte médico o del último parte de confirmación para que no haya dudas sobre desde cuándo estabas en IT y desde cuándo quieres que empiece la excedencia.
  4. Da el preaviso que marque tu convenio; si no dice otra cosa, usa un margen de 15 días para evitar conflictos con la fecha de efectos. En paralelo, comunica la situación a la mutua colaboradora o al INSS si ellos son quienes están gestionando la prestación.
  5. Guarda todo: copia sellada, correo de entrega, acuse de recibo, partes de baja y la respuesta de la empresa. Si luego te discuten la fecha o el alcance de la excedencia, esa documentación te salva la reclamación.

Preaviso mínimo y escrito de solicitud

  1. Comprueba el plazo de preaviso de tu convenio colectivo; en muchas empresas españolas se usan 15 días, pero el convenio puede fijar otro.
  2. Presenta un escrito claro, con fecha, DNI, centro de trabajo y la frase exacta de lo que pides: excedencia voluntaria, por cuidado de hijos o por cuidado de familiares.
  3. Fija la fecha de efectos para que no coincida por error con un día en el que aún necesitas cobertura de IT o con una extinción que no querías producir.
  4. Pide siempre acuse de recibo. Si te lo entregan en mano, que firmen copia; si no, usa burofax o registro interno con sello.

Qué hacer si la empresa, la mutua o el INSS no lo aceptan

  1. Exige una respuesta por escrito y guarda la negativa, la suspensión o la denegación. Sin papel, luego cuesta probar qué pasó y cuándo pasó.
  2. Si el problema viene de la prestación de IT, presenta reclamación previa ante el INSS o la mutua dentro del plazo que te indiquen en la notificación. No esperes a que se cierre el expediente por silencio.
  3. Si el conflicto es con la empresa, presenta papeleta de conciliación ante el órgano autonómico correspondiente: SMAC en Madrid, CMAC en Cataluña, o el organismo equivalente de tu comunidad autónoma. Si no hay acuerdo, la siguiente parada es el Juzgado de lo Social.
  4. Conserva toda la prueba útil: partes de baja, informes médicos, correos, WhatsApp, burofax, nóminas, cálculo del finiquito y calendario de preaviso. Para salarios pendientes y cantidades del finiquito, recuerda que el plazo general de reclamación salarial se apoya en el artículo 59 del Estatuto de los Trabajadores.

Si tienes que defender tu postura, conviene trabajar con tres bloques normativos: el artículo 45 del Estatuto de los Trabajadores, que regula la suspensión del contrato; el artículo 46 del Estatuto de los Trabajadores, que ordena las excedencias; y el artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores, donde entra la dimisión.

Para la incapacidad temporal, la referencia actual está en el artículo 169 de la Ley General de la Seguridad Social. La discusión sobre si la excedencia voluntaria corta o no la prestación se ha apoyado en la vieja referencia del art. 131 bis LGSS y en la doctrina del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 10/10/2003 y del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 22/01/2004, que puedes localizar en CENDOJ.

La idea que dejan esas resoluciones es útil para pelear casos concretos: la mera excedencia voluntaria no debería tratarse automáticamente como causa de extinción del subsidio si ya reunías los requisitos para cobrar la IT. Si la Seguridad Social, la mutua o la empresa te lo discuten, ahí está la base para reclamar con criterio y no solo con intuición.

Fuentes

  1. FactorialCómo pedir una excedencia laboral + Modelo gratis para pedirlaconsultado el 26/07/2026
  2. Laboral-socialIncapacidad temporal durante la situación de excedencia voluntaria …consultado el 26/07/2026
  3. Aselain¿Se puede pedir excedencia después de una baja por depresión?consultado el 26/07/2026
  4. Asesoriaezequiel¿Puedo irme de excedencia estando de baja? Guía legalconsultado el 26/07/2026
  5. LexgoappHola buenas tardes mi pregunta es si puedo pedir u – Lexgoappconsultado el 26/07/2026