Extranjería

EX-15 de Extranjería en España: qué es, para qué sirve y cómo rellenarlo

julio 27, 2026 EspanaLegal 9 min read

Qué es el EX-15 y qué relación tiene con el NIE

El formulario y el número no son lo mismo

El EX-15 es el impreso que se usa en España para pedir la asignación de un NIE o determinados certificados de la Dirección General de la Policía. Lo tramita la Policía Nacional y su sede electrónica lo identifica dentro del procedimiento de solicitud de Número de Identidad de Extranjero y certificados, en la Sede Electrónica de la Policía Nacional. La base general está en el artículo 4 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, y en la normativa reglamentaria de extranjería aprobada por el Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre.

El punto clave es este: el NIE es un número administrativo, no una tarjeta ni un permiso de residencia por sí mismo. Sirve para identificarte en trámites con la Administración, con bancos, notarios, registros o empresas en España. El EX-15 no te da residencia ni autorización de trabajo; solo pide ese número o el certificado correspondiente.

El EX-15 no te convierte en residente: solo abre la puerta para que la Administración española te asigne o certifique tu NIE.

Quién debe presentarlo y para qué trámites sirve

Cuándo te lo van a pedir en España

  • Si vas a comprar una vivienda en Madrid, Barcelona, Valencia, Málaga, Sevilla o cualquier otra provincia y el notario o el registro necesita tu NIE.
  • Si quieres abrir una cuenta bancaria en España y la entidad te lo exige para identificarte fiscalmente.
  • Si tramitas una herencia, una aceptación de legado o una inscripción en el Registro de la Propiedad.
  • Si vas a matricularte en una universidad española, solicitar una beca o formalizar prácticas con efectos administrativos.
  • Si vas a montar un negocio, darte de alta como autónomo o constituir una sociedad ante notario.
  • Si una oficina pública, un ayuntamiento o un organismo estatal te pide identificarte con NIE en un expediente.

Quién puede pedirlo y cuándo no basta el pasaporte

Puede solicitarlo cualquier extranjero que necesite ese número para un acto con efectos jurídicos o económicos en España, tanto si es comunitario como si no lo es. También puede pedirlo alguien que esté fuera de España y vaya a hacer un trámite aquí, por ejemplo una compra hereditaria o una escritura pendiente.

El pasaporte identifica tu nacionalidad y tu viaje, pero no sustituye al NIE cuando el trámite español exige un identificador fiscal o administrativo. Si la operación va a firmarse en una notaría, en una entidad financiera o ante una oficina pública española, el pasaporte solo suele quedarse corto.

Casos en los que no suele hacer falta

  • Si solo estás de turismo y no vas a firmar nada en España.
  • Si ya tienes un NIE asignado y lo único que necesitas es una copia del número o un certificado, no una nueva solicitud.
  • Si el organismo acepta otro identificador y no te ha pedido expresamente NIE.

Documentos, tasa 790 código 012 y otros papeles que pueden pedirte

Lo básico que no deberías olvidar

La Policía Nacional pide el EX-15, el pasaporte o documento válido, el justificante del motivo de la solicitud y el justificante del pago de la tasa. El pago se hace con el modelo 790, código 012, y el trámite de ingreso o comprobación se apoya en la sede electrónica de la AEAT.

Documento Cuándo lo suelen pedir Qué conviene llevar
Pasaporte o documento de viaje válido Siempre Original y copia de la página de datos
Justificante del motivo Siempre Escritura, contrato, matrícula, herencia, cita notarial o escrito explicativo
Modelo 790, código 012 Siempre Justificante del pago de la tasa, con el importe vigente
Copia del EX-15 Siempre Una copia para que te la sellen o para tu expediente
Representación o poder Si firma otra persona por ti Poder notarial, autorización y documento del representante
Traducción jurada Si el papel está en otro idioma Traducción al español; en la comunidad autónoma puede admitirse lengua cooficial según la oficina

Lo que suele marcar la diferencia

  • Si el pasaporte está caducado, te pueden parar el expediente.
  • Si el motivo no está acreditado, te pedirán más papeles.
  • Si el documento viene de otro país, revisa si necesita legalización o apostilla.
  • Si presentas copias, llévalas legibles y completas.
  • Si firmas por otra persona, el poder debe encajar con la identificación del representante.

Cómo rellenar el EX-15 apartado por apartado

Antes de empezar

Rellénalo en español o en la lengua cooficial correspondiente si la oficina de la comunidad autónoma lo admite. En Cataluña, Galicia, Euskadi, Comunidad Valenciana, Baleares o Navarra puede ser útil usar la lengua cooficial si te la aceptan; si lo haces a mano, mejor en mayúsculas, sin tachones ni abreviaturas raras. Si lo haces en ordenador, imprime el formulario y firma al final.

  1. Descarga el EX-15 y ten delante pasaporte, justificante del motivo y tasa 790, código 012.
  2. Completa primero tus datos personales, porque son los que más errores provocan.
  3. Si actúa un representante, rellena ese bloque antes de pasar al domicilio.
  4. Indica dónde quieres recibir notificaciones y escribe el motivo con una frase clara.
  5. Revisa todo, firma y presenta el expediente con la documentación que te pidan en Extranjería, Policía Nacional o Consulado.

Datos del solicitante

Aquí van tu nombre y apellidos tal y como aparecen en el pasaporte, sexo, fecha de nacimiento, nacionalidad y número del documento de viaje. No inventes abreviaturas ni cambies el orden de los apellidos. Si el pasaporte tiene dos apellidos, dos nombres o caracteres especiales, copia lo que figure en la hoja biográfica. El dato identificativo debe ser exacto: un número mal copiado puede retrasar el expediente.

Representante legal

Este bloque se rellena cuando no presentas tú mismo el formulario y actúa un apoderado, tutor o representante autorizado. Los datos del representante deben coincidir con su documento de identidad y, si procede, con el poder notarial o autorización que justifica que pueda actuar por ti. Si firmas personalmente, normalmente este apartado queda en blanco.

Domicilio a efectos de notificación

Pon una dirección donde puedas recibir comunicaciones de verdad. Puede estar en España o fuera de España, pero no la dejes en blanco. Si vives en España, usa calle, número, piso, código postal, localidad y provincia. Si estás fuera, escribe la dirección internacional completa. Si la oficina te manda un requerimiento y no puede notificarte, el trámite se complica.

Motivo de la solicitud

Aquí conviene ser concreto: «adquisición de vivienda en Madrid», «apertura de cuenta bancaria», «aceptación de herencia en Valencia» o «formalización de negocio en Barcelona». El motivo debe casar con el justificante que adjuntas. Si dices una cosa y aportas papeles de otra, la oficina puede pedirte subsanación o denegar la solicitud.

Ejemplo práctico de cumplimentación y presentación en España

Un caso realista con cifras

Ana, ciudadana chilena, vive en Sevilla y va a firmar la compra de un piso de 182.000 €. El notario le advierte de que necesita NIE para escriturar. Ana rellena el EX-15 así:

  • En «Datos del solicitante» pone su nombre completo, pasaporte chileno válido y fecha de nacimiento.
  • En «Domicilio a efectos de notificación» indica su piso de alquiler en Sevilla, con código postal 41004.
  • En «Motivo de la solicitud» escribe: «adquisición de vivienda en Sevilla».
  • Adjunta pasaporte, copia del contrato de arras por 18.200 €, justificante de la tasa 790, código 012 y copia del EX-15 firmada.

Pide cita en la Comisaría de Policía Nacional de Sevilla, presenta el expediente y se queda con la copia sellada. Si todo está correcto, la asignación puede salir en pocos días, porque el procedimiento tiene un plazo máximo muy corto. En este caso, el coste directo es la tasa administrativa y, si la necesitara, una traducción jurada aparte.

Dónde se presenta en España y en el extranjero

Oficinas, comisarías y consulados comparados

Lugar de presentación Cuándo usarlo Cita previa Observaciones
Oficina de Extranjería Si tramitas desde España y tu provincia tiene oficina competente Normalmente sí Suele ser la vía habitual para quien ya está en España
Comisaría de Policía Nacional Cuando la provincia tramita allí la asignación de NIE Sí, casi siempre Lleva el expediente completo y la copia para sellar
Oficina Consular de España Si estás fuera de España Habitualmente sí Útil si resides en el extranjero o no puedes venir
Embajada o Consulado General Según el país y la demarcación consular Sí, cuando proceda Sigue las instrucciones concretas del consulado correspondiente

Qué ruta elegir según tu situación

Si estás en España, mira primero qué oficina competente hay en tu provincia y si la cita la da Extranjería o la Policía Nacional. Si estás fuera, lo normal es acudir a la oficina consular española de tu país de residencia. No todas las oficinas usan el mismo circuito, así que conviene revisar la provincia o el consulado antes de preparar el viaje o la cita.

Plazos, errores habituales y qué hacer si lo deniegan

El plazo que manda de verdad

La Sede de la Policía Nacional indica que el trámite debe resolverse en un máximo de 5 días desde la entrada de la solicitud en el registro del órgano competente. Si no contestan en ese plazo, la solicitud se entiende desestimada. Cuando falta documentación, entra en juego el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, que permite requerirte para subsanar en 10 días salvo que la oficina conceda otro plazo por causa justificada.

Fallos que más retrasan el EX-15

  • Dejar campos en blanco sin necesidad.
  • Poner un motivo genérico como «otros» sin explicar para qué quieres el NIE.
  • Presentar una tasa mal pagada o sin justificante.
  • Olvidar la copia del pasaporte o llevarlo caducado.
  • No firmar el formulario.
  • Adjuntar documentos en otro idioma sin traducción jurada cuando se necesita.

Si te lo deniegan o no contestan

Si la Administración dicta resolución denegatoria o el silencio administrativo te perjudica, puedes recurrir en vía administrativa o judicial. El recurso de reposición se apoya en los artículos 123 y 124 de la misma ley, y el contencioso-administrativo en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio. En reposición, el plazo habitual es de 1 mes; para acudir al contencioso, 2 meses desde la notificación o desde que se entienda desestimada la solicitud.

Si el expediente entra completo, lo que más pesa es la claridad del motivo y que la tasa y el pasaporte estén impecables; lo demás suele ser subsanable, pero te hace perder tiempo.

Cómo salir del bloqueo sin volver a empezar

Si te requieren más papeles, respóndeles dentro del plazo que te den y entrega solo lo que falta, bien ordenado. Si recurrir vas a recurrir, guarda siempre la copia sellada del EX-15, el justificante de registro y la tasa pagada: son la base para defender que presentaste el trámite correctamente en España.

Fuentes

  1. Extranjeria-valenciaFormulario EX‑15: Solicita tu NIE o certificado de concordanciaconsultado el 17/07/2026
  2. GemovirFormulario EX-15 (2026): Guía y Solicitud para Obtener tu NIE en …consultado el 17/07/2026
  3. PoliciaExtranjería – Certificado de no residenteconsultado el 17/07/2026
  4. MilcontratosModelo EX15 Solicitud de Número de Identidad de Extranjero (NIE …consultado el 17/07/2026
  5. Premium-villas-costa-blancaCómo Rellenar el Modelo EX-15 para el NIE en España (2026)consultado el 17/07/2026