Código penal

Código Penal y hurto en España: qué dice la ley, penas y cuándo se considera delito

octubre 18, 2026 EspanaLegal 7 min read

El hurto, en España, es llevarse una cosa mueble ajena sin permiso y con ánimo de lucro. Si lo sustraído supera 400 euros, el Código Penal lo trata como delito menos grave; si no llega, suele quedar en delito leve.

Qué es el hurto según el Código Penal

La definición está en el artículo 234 del Código Penal, dentro del Título XIII, dedicado a los delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico. Habla de quien, con ánimo de lucro, toma cosas muebles ajenas sin la voluntad de su dueño. Traducido: se apodera de un bien que no es suyo, quiere beneficiarse y no tiene consentimiento.

Lo importante es lo que falta: no hace falta romper nada ni amenazar a nadie. Un móvil cogido de una mesa, una chaqueta sacada de una tienda o dinero de una cartera pueden ser hurto si no hay violencia, intimidación ni fuerza en las cosas. Si aparece fuerza, ya miramos robo.

Dónde encaja en el Código Penal

El hurto no está aislado. Forma parte de los delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico, lo que explica que el Código Penal mire tanto al valor del objeto como al modo de actuación. La diferencia práctica entre hurto, robo y apropiación indebida suele estar en tres preguntas: qué se llevó, cómo lo hizo y si el autor tenía o no una posesión legítima previa.

La clave es simple: cosa mueble ajena, ánimo de lucro y falta de consentimiento. Si además hay fuerza, violencia o intimidación, ya no hablamos de hurto.

Cuándo el hurto pasa de delito leve a delito menos grave

La cuantía manda

La frontera legal la marca la cuantía de lo sustraído en ese mismo hecho. Si el valor no supera 400 euros, el art. 234 CP lo trata como delito leve. Si excede de 400 euros, pasa a ser delito menos grave. Cuando hay varios objetos sustraídos de una vez, se suma su valor total.

Tabla rápida

Cuantía Calificación Pena Ejemplo habitual
Hasta 400 € Delito leve de hurto Multa de 1 a 3 meses Un perfume de 120 € y unos auriculares de 180 €: total 300 €
Más de 400 € Delito menos grave de hurto Prisión de 6 a 18 meses Un móvil de 550 € o varios efectos que suman 620 €

Ese umbral no es un detalle menor: cambia la respuesta penal, la etiqueta del asunto en el juzgado y, en la práctica, la forma en que te citan y defienden.

Penas por hurto en España y agravantes que endurecen la sanción

Lo que marca el artículo 234

Para un hurto básico, la pena depende de la cuantía: multa de 1 a 3 meses si no pasa de 400 euros, y prisión de 6 a 18 meses si lo supera. Esa es la regla general del artículo 234.

Cuando entra el artículo 235

El artículo 235 del Código Penal agrava el hurto cuando concurren circunstancias especiales, como supuestos de mayor gravedad legalmente previstos. En esos casos, la pena sube a prisión de 1 a 3 años.

Ejemplo con cifras

Ana, en Sevilla, sale de una tienda con un móvil de 320 euros y una batería externa de 95 euros. Total: 415 euros. No hay violencia ni fuerza. Resultado: ya no sería delito leve, sino delito menos grave, con pena de prisión de 6 a 18 meses. Si además concurre una circunstancia agravada del artículo 235, la horquilla sube a 1 a 3 años. En cambio, si el total se quedara en 380 euros y no hubiera agravantes, lo normal sería una multa de 1 a 3 meses.

El juez no sube la pena por intuición: hace falta que el hecho encaje en alguna de las circunstancias del artículo 235 CP.

Qué diferencia hay entre hurto, robo y apropiación indebida

Comparación práctica

  • Hurto: se lleva una cosa mueble ajena sin permiso, sin fuerza, violencia ni intimidación. Es la conducta básica del art. 234 CP.
  • Robo con fuerza en las cosas: aparece cuando el autor fuerza puertas, ventanas, cerraduras o medios de acceso para entrar o sacar el bien. Lo regula el artículo 237 del Código Penal y se concreta en el artículo 238 del Código Penal.
  • Robo con violencia o intimidación: si hay empujón, amenaza, exhibición de arma o agresión para apoderarse del bien, entra el artículo 242 del Código Penal. Aquí la lesión al bien jurídico es más seria y la pena también.
  • Apropiación indebida: en el artículo 253 del Código Penal el problema no está en acceder al bien, sino en quedarse con algo que el autor recibió legítimamente y debía devolver o entregar. Por ejemplo, un dinero entregado para administrarlo o una máquina cedida en depósito.
  • La pista rápida: en el hurto nunca hubo permiso para apropiarse; en el robo se rompe o se fuerza el acceso; en la apropiación indebida la posesión inicial era lícita.

Cómo se tramita una denuncia por hurto y qué pasa en el juzgado

Del atestado a la vista

  1. Denuncia o parte policial. La víctima puede ir a Policía Nacional, Guardia Civil, Mossos d’Esquadra, Ertzaintza, Policía Foral, policía autonómica o al Juzgado de Guardia. Si tiene ticket, fotos, grabaciones o testigos, conviene llevarlos desde el primer minuto.
  2. Valoración jurídica. Si los hechos encajan como delito leve, la policía remite el atestado y el juzgado aplica el circuito del artículo 962 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. En España esto lo lleva normalmente el Juzgado de Instrucción de guardia.
  3. Citación para la vista. El juzgado señala fecha y cita a denunciante, denunciado y testigos. El señalamiento suele ser próximo para no eternizar el asunto. Si el denunciado fue citado correctamente y no comparece, la vista puede celebrarse sin él.
  4. Vista oral y prueba. En la comparecencia se oyen las versiones, se ven las grabaciones y se practican las pruebas mínimas. Después el juez dicta sentencia.
  5. Recurso. Si hay condena, puede recurrirse en apelación ante la Audiencia Provincial en el plazo del artículo 976 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, normalmente cinco días desde la notificación.

Todo este itinerario se mueve dentro de los arts. 962 a 977 LECrim y, en la práctica, se resuelve con bastante rapidez frente a un procedimiento ordinario.

Qué hacer si eres víctima o investigado por hurto

Ruta práctica si eres víctima o investigado

  1. Si eres víctima, denuncia cuanto antes ante Policía Nacional, Guardia Civil, Mossos, Ertzaintza o Juzgado de Guardia. Las primeras 24-48 horas son clave para pedir cámaras, bloquear tickets y localizar testigos.
  2. Aporta pruebas concretas: ticket, inventario, IMEI del móvil, fotografías, ubicación, mensajes o testigos. Si el hurto fue en un comercio de Madrid, Barcelona, Valencia o Sevilla, pide también las grabaciones antes de que se borren por el sistema de videovigilancia.
  3. Si eres investigado, revisa la citación en cuanto te llegue y pide asesoramiento de abogado penalista antes de la vista. No ir a ciegas puede empeorar tu defensa.
  4. Valora devolver el objeto o pagar el perjuicio si es posible y con asesoramiento. No borra el hecho, pero puede ayudar a cerrar el conflicto o a rebajar la respuesta penal según el caso.
  5. Si hay sentencia firme, consulta a tu abogado si conviene recurrir en plazo o preparar la futura cancelación de antecedentes cuando proceda. Para la apelación, el órgano es la Audiencia Provincial; para el procedimiento, el Juzgado de Instrucción.

Si el caso está verde por falta de prueba, el buen movimiento es una denuncia bien armada y una defensa muy documental. Si ya hay citación judicial, el margen está en cómo explicas los hechos, no en ignorarlos.

Fuentes

  1. AsistencialegalinmediataDelito de HURTO explicado: penas, juicio y más (Guía 2026)consultado el 15/07/2026
  2. ConceptosjuridicosArtículo 234 del Código Penal – Conceptos Jurídicosconsultado el 15/07/2026
  3. DexiaabogadosEl Delito de Hurto en el Código Penal – Dexia Abogadosconsultado el 15/07/2026