Qué es el divorcio notarial y desde cuándo existe en España
El divorcio notarial en España es la vía para disolver el matrimonio ante notario cuando ambos cónyuges están de acuerdo. Desde la reforma de la Ley 15/2015, de 2 de julio, de Jurisdicción Voluntaria, esta opción existe en nuestro país y puede usarse desde finales de julio de 2015, con los mismos efectos que el divorcio judicial cuando se cumplen los requisitos legales.
No es un trámite “informal” ni un atajo raro: la escritura pública de divorcio produce un efecto equivalente al que dicta un juzgado, siempre que el caso encaje en los arts. 87 y 90 del Código Civil y el convenio regulador sea válido. La gran diferencia es práctica: el procedimiento suele ser más ágil, menos tenso y más previsible que un proceso judicial.
Si hay acuerdo real y el caso entra en los supuestos legales, la notaría permite divorciarse con plena eficacia jurídica en España.
Lo mejor
- Trámite rápido: la escritura puede firmarse el mismo día si hay acuerdo
- Sin juicio: evitas demanda, vista y espera del Juzgado de Familia
- Coste más contenido que un procedimiento contencioso con abogado y procurador
- Menos desgaste: los cónyuges pactan convenio regulador ante notario
- La inscripción en el Registro Civil se gestiona con la escritura notarial
Lo peor
- Solo vale si hay mutuo acuerdo y sin hijos menores dependientes
- Exige abogado para ambos cónyuges, aunque firmen ante notario
- Si el convenio está mal cerrado, luego toca modificarlo en otro procedimiento
- No sirve para repartir bienes complejos sin revisar antes la liquidación
- Al firmar, el acuerdo queda cerrado y cuesta rectificar cláusulas
Requisitos para divorciarse ante notario
Antes de pedir cita en una notaría española, conviene comprobar que el caso entra de lleno en el divorcio notarial. Si falla uno solo de estos puntos, la vía notarial se cierra.
| Requisito | Qué exige en España | Consecuencia práctica |
|---|---|---|
| Mutuo acuerdo | Los dos cónyuges deben querer divorciarse y firmar el mismo convenio | Si hay conflicto, ya no vale la notaría |
| 3 meses de matrimonio | Deben haber pasado al menos 3 meses desde la boda | Si no se cumple, toca esperar o acudir al juzgado en supuestos excepcionales |
| Sin hijos menores o con medidas de apoyo dependientes | No puede haber hijos menores comunes ni hijos con medidas de apoyo judicial que dependan de los progenitores | Si existen, el notario no autoriza el divorcio |
| Convenio regulador | Hay que llevar redactado un convenio con las medidas pactadas | Sin convenio no hay escritura de divorcio |
Qué ocurre si falta alguno de los requisitos
- Si no hay mutuo acuerdo, el divorcio deja de ser notarial y pasa a ser contencioso ante el juzgado de familia.
- Si no han pasado los 3 meses desde la boda, la notaría no puede tramitarlo por esta vía, salvo los supuestos excepcionales previstos para proteger la vida o la integridad.
- Si hay hijos menores comunes, o hijos con medidas de apoyo judicial que dependan de los progenitores, el expediente debe ir por la vía judicial o, cuando proceda, ante el letrado de la Administración de Justicia.
- Si no hay convenio regulador cerrado y firmado por ambos, la escritura no se puede autorizar.
- Si uno de los cónyuges no comparece o no firma, tampoco cabe la tramitación notarial.
Hijos mayores de edad, menores, con discapacidad y embarazo
- Los hijos mayores de edad económicamente dependientes pueden condicionar el contenido del convenio si las medidas les afectan.
- Si hay hijos menores o con capacidad modificada judicialmente, la notaría, por regla general, no puede autorizar el divorcio.
- Cuando el hijo es mayor de edad y las medidas pactadas le afectan, suele exigirse que comparezca en la notaría y dé su conformidad.
- En algunos casos de embarazo, algunas notarías optan por no autorizar el divorcio y remiten a la vía judicial por prudencia.
Hijos mayores de edad económicamente dependientes
Cuando el hijo ya es mayor de edad, pero sigue económicamente ligado a la familia, puede haber medidas del convenio que le afecten de verdad: uso de la vivienda, pensión, gastos extraordinarios o reparto de cargas. En ese caso, la notaría suele pedir que comparezca y manifieste su conformidad con lo que le afecta, sobre todo si el acuerdo lo toca de forma directa.
Hijos menores o con discapacidad judicialmente modificada
Aquí el margen del notario es muy estrecho. Si existen hijos menores comunes, o hijos con medidas de apoyo judicial que dependan de los progenitores, el divorcio notarial no encaja y la pareja debe acudir al juzgado. La lógica es clara: el sistema quiere un control reforzado cuando hay menores o personas especialmente protegidas.
Embarazo de la esposa
El embarazo no aparece formulado como requisito general en el artículo 87 del Código Civil, pero en la práctica algunas notarías y determinadas fuentes lo tratan como un obstáculo y prefieren no autorizar el divorcio notarial. Si ocurre, lo normal es reconducir el caso al juzgado para evitar problemas posteriores.
Documentación necesaria y papel del abogado
- La asistencia de abogado es obligatoria: no se puede divorciar ante notario sin letrado que asesore y firme el convenio.
- Los cónyuges deben acudir personalmente a la notaría; no se tramita por poderes.
- El abogado revisa que el convenio regulador respete la ley y que no perjudique a ninguna de las partes.
- La documentación debe estar completa antes de la cita, porque si falta algo, la firma se retrasa.
- Si hay hijos mayores de edad que deben consentir, también conviene preparar su identificación y documentación.
Qué documentos te pedirá la notaría
- DNI o NIE de ambos cónyuges.
- DNI de los hijos mayores de edad que deban consentir.
- Certificado literal de matrimonio.
- Libro de familia, si existe y lo siguen pidiendo para contrastar datos.
- Convenio regulador firmado por ambos y revisado por el abogado.
- Certificado de la última residencia común del matrimonio o de la residencia habitual de cualquiera de los cónyuges.
- Certificados de nacimiento de los hijos mayores de edad, cuando sean necesarios.
- Acreditación profesional del abogado que interviene en el expediente.
Pasos del procedimiento ante notaría
- Elegir un abogado de familia en España y cerrar con él el convenio regulador, porque sin ese documento no hay divorcio notarial.
- Comprobar si el caso encaja en la notaría: mutuo acuerdo, más de 3 meses de matrimonio y ausencia de hijos menores o con medidas de apoyo dependientes.
- Elegir un notario competente en España, según el último domicilio común o la residencia habitual de cualquiera de los cónyuges.
- Presentar en la notaría toda la documentación y acudir personalmente a la firma, junto con el abogado.
- El notario revisa el expediente y, si todo está correcto, autoriza la escritura pública de divorcio; las fuentes sitúan ese control en un plazo de 5 días hábiles.
- Con la escritura firmada, se impulsa la inscripción en el Registro Civil para que el divorcio conste oficialmente.
Qué notario es competente y dónde se tramita
No vale cualquier notaría de España. La competencia territorial se fija, con carácter general, por el último domicilio común de la pareja o por el municipio de residencia habitual de cualquiera de los cónyuges. En la práctica, eso quiere decir que el trámite se hace en una notaría conectada con vuestra vida familiar reciente, no en una cualquiera elegida al azar.
Si vivís en distintas provincias, por ejemplo uno en Madrid y otro en Toledo, habrá que mirar cuál era el último domicilio común o cuál es la residencia habitual de uno de los dos. Ese detalle marca si la notaría puede o no puede autorizar el divorcio.
Qué puede hacer el notario si ve perjuicio en el convenio
El notario no se limita a recoger firmas. También controla que el convenio regulador no sea ilegal ni claramente perjudicial para uno de los cónyuges o, cuando proceda, para los hijos mayores o emancipados afectados por el pacto. Si detecta un problema serio, puede denegar la autorización.
Cuando deniega, debe dejar constancia en diligencia de los motivos de su negativa. Eso no bloquea para siempre el divorcio: la pareja puede corregir el convenio, renegociarlo o acudir al juez si el desacuerdo persiste. En otras palabras, el notario no “castiga” a nadie; simplemente frena una escritura que no pasa el filtro legal.
Plazos, efectos e inscripción en el Registro Civil
| Hito | Qué pasa | Plazo o efecto | Fuente oficial |
|---|---|---|---|
| Matrimonio previo | Deben haber pasado desde la boda al menos 3 meses para divorciarse por esta vía | Requisito previo | Código Civil |
| Revisión notarial | El notario estudia la escritura y decide si autoriza o deniega | Las fuentes sitúan el control en 5 días hábiles | Ley 15/2015 |
| Efectos del divorcio | La escritura de divorcio despliega efectos desde su firma | Efecto inmediato entre las partes | Tramitación notarial |
| Inscripción registral | Se presenta copia autorizada para que conste el divorcio | En el Registro Civil donde figure inscrito el matrimonio | Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil |
La inscripción en el Registro Civil no crea el divorcio, pero sí lo deja reflejado frente a terceros y en la documentación oficial de la pareja.
Si el convenio no supera el control del notario, el problema no es el divorcio en sí, sino el contenido del acuerdo: se corrige o se va al juez.
Coste y ventajas frente al divorcio judicial
Ventajas
- Suele ser más rápido que el juzgado: si el convenio está bien cerrado, la cita notarial puede resolver el asunto en una sola comparecencia.
- El precio suele ser más contenido que un procedimiento judicial completo.
- Hay menos tensión familiar, porque no hay vista ni enfrentamiento procesal.
- Encaja muy bien cuando el matrimonio está de acuerdo y no hay hijos menores comunes.
Inconvenientes
- Solo sirve si hay mutuo acuerdo y se cumplen todos los requisitos legales.
- Si aparece un conflicto serio sobre la vivienda, las pensiones o la liquidación, la notaría puede bloquear la escritura.
- El coste final varía según la notaría, el abogado y si hay que hacer gestiones adicionales.
- Si hay menores o hijos con medidas de apoyo dependientes, esta vía no vale y toca juzgado.
Ejemplo de coste real en España
María y Javier, casados en Sevilla desde hace 6 años y sin hijos comunes, optan por divorciarse ante notario. Pagan 110 € de notaría y 135 € de abogado de familia. Total: 245 €. Si además hubiera que tramitar liquidación de gananciales o sacar varias copias autorizadas, el importe subiría algo más, pero seguiría siendo un trámite bastante más ligero que un divorcio contencioso en juzgado.
Fuentes
- DivorcionotarialmadridDivorcio notarial Madrid | 175 € – JR Abogadosconsultado el 30/07/2026
- AdjabogadosDivorcio notarial: guía completa para separarse sin juicioconsultado el 30/07/2026
- JrabogadosDivorcio notarial Madrid 175 € Whatsapp: 647335243 | JR Abogadosconsultado el 30/07/2026
- Bnfix¿Qué requisitos son necesarios para separarse o divorciarse ante …consultado el 30/07/2026
- UnirRequisitos y documentos para divorciarse – UNIRconsultado el 30/07/2026
